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Cerraron por 30 días los 160 pasos fronterizos de Argentina

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El cierre es para los 160 pasos fronterizos terrestres del país. El ministro justificó la decisión de restringir por las fronteras el ingreso de extranjeros que hayan estado en los últimos 12 días en áreas de circulación del virus: “Es una medida fuerte pero necesaria”, explicó el funcionario en rueda de prensa, mientras advirtió que hay ingreso de ese tipo de visitante especialmente por Mendoza y Puerto Iguazú.

BUENOS AIRES. El Gobierno Nacional prohibió por 30 días el ingreso al país de extranjeros no residentes que hayan estado en “zonas afectadas” por el coronavirus en los últimos 14 días previos a su llegada. Además confirmó 11 nuevos casos de Covid-19.

En una resolución del Ministerio de Salud, publicada este sábado por la noche en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció que el plazo de vigencia de 30 días podrá abreviarse o extenderse conforme la evolución de la situación epidemiológica.

Indica además que la Dirección Nacional de Migraciones “podrá establecer excepciones a efectos de atender circunstancias de necesidad debidamente fundadas”.

Además, las cartera sanitaria confirmó este sábado once nuevos casos de Covid-19 que se registraron en la ciudad de Buenos Aires y en las provincias de Santa Fe, Chaco y la provincia de Buenos Aires. De estos, diez registran antecedentes de viaje a zonas de riesgo y el restante corresponde con un contacto estrecho con uno de los casos confirmados.

El reporte publicado por la cartera sanitaria nacional indica que el total de casos confirmados en Argentina es de cuarenta y cinco, de los cuales dos fallecieron.

Asimismo, el funcionario remarcó que “los argentinos que regresaron desde Europa, EEUU, Corea del Sur, China e Irán y también los extranjeros que ingresaron al país desde esos destinos deben cumplir con el decreto presidencial de cuarentena por 14 días”.

“En este marco, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) está remitiendo a todas las provincias la información de personas que deben estar en cuarentena para que las autoridades competentes constaten su cumplimiento”, subrayó.

En ese sentido, el titular de la cartera de Interior aseguró que “la DNM realiza inspecciones de oficio para constatar que los extranjeros procedentes de los destinos mencionados estén cumpliendo con la cuarentena”.

El ministro de Salud, Ginés González García, afirmó, tras una recorrida por el Instituto Malbrán, que las nuevas medidas “tienen que ver con mayores controles en el ingreso de extranjeros en puntos como Mendoza o la ciudad misionera de Iguazú, donde hay alta circulación de turistas provenientes de zonas con circulación de Covid-19”.

Resolución N° 567-20
ALCANCES
ARTÍCULO 1°: Establécese la prohibición de ingreso al país por un plazo de TREINTA (30) días de las personas extranjeras no residentes que hayan transitado por “zonas afectadas” en los CATORCE (14) días previos a su llegada, en los términos del artículo 4° del Decreto N° 260/2020. El plazo de vigencia de la prohibición de ingreso al país podrá abreviarse o extenderse conforme la evolución de la situación epidemiológica.

APLICACIÓN DNM: A partir del día 14 de marzo de 2020 se establece la PROHICION de ingreso o reingreso de todos aquellos extranjeros que NO RESIDAN en la República Argentina y que hayan visitado, transitado o permanecido en los siguientes países: EEUU de Norteamérica; Corea del Sur; Japón; Irán; China y Europa (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido-queda incluido- República Checa, Rumanía y Suecia). Esto se podrá establecer a partir de la revisión del pasaporte o de la manifestación en la DDJJ de Salud o manifestación verbal del mismo, en ese caso se deberá dejar constancia de ello mediante un acta conformada por el pasajero.

ARTÍCULO 2°: La DIRECCCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, y las demás autoridades competentes en la materia, adoptarán las medidas que resulten necesarias a fin de implementar lo establecido en el artículo 1° de la presente resolución. La autoridad migratoria, podrá establecer excepciones a efectos de atender circunstancias de necesidad debidamente fundadas.
APLICACIÓN DNM: Se contempló exceptuar a los tripulantes (aéreos, terrestres o marítimos –fluviales) para no interrumpir los flujos comerciales o desabastecer las poblaciones. Asimismo se contempla la excepción de aquellos extranjeros que deban concurrir a establecimientos hospitalarios o corra riesgo su salud o integridad física.

ARTÍCULO 3°: La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL
APLICACIÓN DNM: A partir del día 14 de marzo de 2020.


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El gobierno limitó acceso a la información sobre los perros de Milei

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El gobierno le puso un bozal a la información sobre los perros del presidente Javier Milei, que viven en la Quinta de Olivos en una serie de caniles especialmente ambientados.

Un reciente dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo del ministro Rodolfo Barra, estableció límites para las solicitudes de acceso a la información sobre el tema y los extendió a cualquier dato que pueda ser considerado parte de la “vida privada” de Milei.

Barra, contestó así un pedido de la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, ante los requerimientos sobre los clones de cuatro patas de su hermano, amparados en la Ley de Acceso a la Información Pública 27.275, y dictaminó que las consultas deben rechazarse por “banales”.

Los perros, a quien Milei llama “mis hijitos de cuatro patas”, fueron desde el día después del triunfo electoral un tema de interés que, incluso, en un determinado momento fue abordado como una cuestión de Estado.

En mayo pasado, un informe de CNN Español mostró cómo fue la clonación de Conan, por la que Milei pagó US$50.000 y de la que resultaron los cinco mastines ingleses que lo acompañan en Olivos.

Banalidades

El dictamen de Barra se ocupó en primer término de aclarar que, según la información que recibió de Karina Milei, los gastos que generaron los perros del presidente no corrieron por cuenta del Tesoro Nacional, y además afirmó que la naturaleza de la información que se solicita corresponde a la “vida privada” del mandatario y no afecta al interés público.

La banalidad misma de la cuestión impone no sólo el rechazo del pedido sino que debería mover a la reflexión acerca del gasto (material y personal) innecesario, inútil e intrascendente que, para el Tesoro, este tipo de solicitudes provoca”, escribió.

“En todos los casos las áreas competentes de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación informaron que los gastos vinculados con el acondicionamiento del Sector Casa sustentable, para ser utilizado para caniles y/o los relacionados con el cuidado y manutención de las mascotas, no fueron abonados con fondos del Tesoro Nacional”, indicó.

Barra, reconoció el rango constitucional del acceso a la información pública, ya que promueve la “participación ciudadana” y la “transparencia” en la gestión, aunque más adelante indicó que las consultas ciudadanas recibidas por la oficina de Karina Milei no se corresponden con el espíritu de la ley.

“La consulta que motiva esta intervención -explicó Barra- tiene como antecedente las numerosas peticiones dirigidas a conocer ciertos aspectos vinculados a las mascotas del Presidente de la Nación, tales como, la cantidad, raza, nombre, edad, marca y tipo del alimento que consumen, elementos destinados al cuidado y manutención, incluido su embellecimiento; información vinculada a su estadía en la residencia Presidencial -fecha de ingreso, profesionales afectados a su cuidado pasado y presente, entre otros-, y al origen de los fondos con los que se solventaron las obras destinadas a su alojamiento (caniles)”.

Admitir este tipo de solicitudes -sostuvo Barra- importaría un notorio apartamiento del espíritu y la letra de la Ley, con consecuencias no deseables a la luz del objetivo que persigue el régimen, llevando al absurdo de procesar por dicho procedimiento, pedidos que no involucran cuestiones públicas ligadas a la actividad estatal.”

“La información a la que se hace referencia en el objeto de la consulta no califica como pública, no se justifica su divulgación”, escribió.

“La información que se solicita se refiere a un aspecto de la vida privada y familiar del Señor Presidente de la Nación”, dictaminó Barra y explicó: “Si bien, la Residencia Presidencial de Olivos es una instalación pública, también es el hogar temporal del Presidente y la privacidad de este espacio debe ser respetada”.


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El gobierno aumentó por decreto el salario mínimo en cuotas hasta octubre

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Tras el fracaso de las conversaciones con empresarios y sindicatos, el gobierno nacional estableció por decreto los aumentos del salario mínimo que regirán en los próximos meses, elevando el monto a $254.231,91 pesos en julio y hasta llegar a $271.571,22 en octubre.

Los incrementos fueron instrumentados a partir de la Resolución 13/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial y comenzarán a regir desde el próximo mes.

El decreto establece que el salario mínimo, vital y móvil pasará de los actuales $234.315,24 a $254.231,91 en julio, para todos los trabajadores mensualizados que cumplen una jornada legal completa de trabajo. Para los trabajadores jornalizados, en tanto, la hora subirá a $1.271,16.

Desde el 1 de agosto, por su parte, el piso salarial será de $262.432,93 para la jornada laboral y de $1.312,16 por hora para trabajadores jornalizados. Los montos de septiembre, a su vez, serán de $268.056,50 y de $1.340,28, respectivamente.

El último aumento dispuesto en este decreto será en octubre, mes en el cual el mínimo llegará a los $271.571,22, mientras que la hora de trabajo se abonará $1.357,86.

“En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”, se aclaró en la resolución firmada por el gobierno que lidera el presidente Javier Milei.

El más bajo en tres décadas

De acuerdo a un informe del Centro de Investigación y Formación (Cifra) de la Central de los Trabajadores de la Argentina (CTA), que encabeza Hugo “Cachorro” Godoy, el salario mínimo tiene un poder de compra 32,1% menor del que tenía en noviembre del año pasado, ya que “los aumentos nominales sumaron 60,5% respecto de noviembre de 2023, cuando en el mismo período se proyecta acumular una inflación superior al 136%”.

El mismo estudio indicó que en lo que va del año, el salario mínimo en términos reales fue 53,1% menor que en 2015 y está en el nivel “más bajo de las últimas tres décadas”.

Y agregó: “El valor es inferior incluso al vigente durante la mayor parte de la década de 1990. En ese entonces, como ahora, el nivel era tan bajo que este instrumento había perdido su rol como piso salarial, tal como se buscaba desde un gobierno que bregaba por la desregulación y flexibilización del mercado de trabajo”.


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Sturzenegger desmintió extensión de jornada laboral y vuelta del “ticket canasta”

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El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, desmintió que el gobierno estuviera impulsando la extensión de la jornada laboral y la vuelta de los “tickets canasta”, como publicaron esta semana diarios porteños como El Destape, Crónica y Página/12, y un sinnúmero de medios provinciales, entre los que se cuenta La Voz de Misiones.

FALSO”, se limitó a escribir Sturzenegger en su cuenta de X sobre un artículo de El Destape, que daba cuenta de la información surgida a la par de la reglamentación del capítulo laboral de la Ley Bases y las conversaciones del secretario de Trabajo, Julio Cordero, con representantes de las centrales sindicales y las cámaras empresariales.

La información periodística desmentida por el ministro, sugería que el plan de avanzar en una reforma laboral que reponga figuras jurídicas de los ’90, como los tickets creados por el ministro de Economía de Carlos Menem, Domingo Cavallo, que permitía a las patronales pagar parte de los salarios de sus trabajadores en vales de comida intercambiables en supermercados, está “inspirado” en ideas que Sturzenegger ya plasmó en el mega DNU 70/23, cuyo capítulo laboral fue frenado por un amparo que está a consideración de la Corte Suprema de Justicia.

La idea es ampliar la jornada laboral, de 8 a 12 horas, por convenio colectivo; la vuelta de los tickets y la habilitación de contratos de tipo “intermedio”, que introduzcan nuevas figuras en la relación laboral, como la del “trabajador colaborador”, diseñada para los monotributistas.


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