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“A seis meses de aprobada la ley, no hubo una sola muerte vinculada al aborto”

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"A seis meses de aprobada la ley, no hubo una sola muerte vinculada al aborto"

Tras cumplise medio año de la legalización del aborto en Argentina, la ministra de Mujeres, Género y Diversidad de la Nación, Elizabeth Goméz Alcorta, habló sobre la implementación de la IVE y sostuvo: “No hubo una sola muerte vinculada al aborto en estos 6 meses”

 

El pasado 30 de diciembre del 2020, la Cámara de Senadores de la Nación aprobó el proyecto que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en el país, con 38 votos a favor y 29 en contra. 

A medio año del hecho historico, Goméz Alcorta habló sobre la conformidad con la aplicación de la ley en todo el territorio nacional: “Hoy son 6 meses de la ley de Aborto. Estamos conformes con su puesta en vigencia en todo el país, no hay ninguna provincia donde no funcione. Del 30 de diciembre, donde había 970 efectores que hacían la IVE, hoy tenemos 1.154, es decir, que hoy tenemos 200 lugares más de la salud pública”, dijo en diálogo con el medio El Destape Radio

La ministra explicó que desde el Ministerio de Salud se están encargando de gestionar los lugares donde se lleva adelante la práctica.

“Por un lado, suministrar y, por el otro, asegurar que haya más lugares en pueblos o en ciudades más pequeñas, porque también el acceso a la práctica es que sea donde vivo”, puntualizó. 

En esa línea, la funcionaria sostuvo: “Hemos tenido más de 30 acciones judiciales que intentaron que no se aplique la ley de aborto. Hay denuncias porque a veces no se da la medicación completa o se demora la atención para el IVE”. 

Y remarcó: “No hubo una sola muerte vinculada al aborto en estos 6 meses. Es muy contundente”.

Acceso al derecho

Por su parte, Valeria Isla, directora nacional de Salud Sexual y Reproductiva, reafirmó la postura de Alcorta y confirmó que se llegó al primer semestre de la ley “con buenas noticias”, en entrevista con Télam.  

Además, la directora puso en valor el Protocolo para la Atención Integral de las personas con derecho a la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo, oficializado el pasado 28 de mayo. 

El protocolo brinda a los entes de salud pública herramientas para llevar adelante la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), hasta las 14 semanas de gestación, y también para la práctica de la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). 

En esa línea, Isla dijo: “Hay insumos disponibles en los centros de salud para realizar la práctica. Hay más de 1.100 equipos de salud en todo el país que la garantizan”. 

Y agregó: “Estamos realizando capacitaciones para todas las provincias para ampliar el número de profesionales que garanticen la práctica”. 

De acuerdo a la implementación de la reciente ley, la funcionaria informó que, durante el primer semestre 2021, se distribuyeron 15.445 tratamientos de misoprostol y “se iniciaron dos procesos de compra”, uno al Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA) y otro al Laboratorio Industrial Farmacéutico de Santa Fe (LIF) “por un total de 100.000 tratamientos de Misoprostol 200 mcg”.

Por otra parte, Isla confirmó que desde diciembre se recibieron “más de 7.700 consultas” al 0800-222-3444 – línea telefónica nacional, gratuita y confidencial de salud sexual y reproductiva- sobre acceso al derecho. 

Caso María del Valle Gonzalez López

El 11 de abril, María del Valle Gonzáles López (23), oriunda de Mendoza, murió luego de una cirugía y la Justicia mendocina investiga su muerte debido a que días antes se había realizado una intervención voluntaria del embarazo. 

La joven era presidenta de la Juventud Radical de La Paz, y falleció en el Hospital Perrupato producto de un cuadro de septicemia. 

María se había presentado el 7 de abril al hospital público de su pueblo solicitando la práctica de la IVE. Presuntamente se le suministro misoprostol, según informaron medios locales. 

Dos días después, la joven se sintió mal por lo que fue ingresada en el nosocomio, donde estuvo internada un día y al siguiente falleció. 

Tras su muerte, se abrió una investigación judicial en el Este mendocino, para averiguar el motivo de la muerte de la joven y si no se trataría de una mala praxis. 

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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