Judiciales
Revés del STJ para Pietrowski y sigue activo su pedido de captura
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones declaró inadmisible un último recurso de casación presentado por la defensa Pedro Darío Pietrowski (52), ex intendente y ex diputado provincial acusado de violencia de género contra su ex esposa, y de esta manera continúa vigente su pedido de captura para que finalmente sea juzgado por sus hechos en un debate oral y público, proceso que ya fue suspendido tres veces en un año por sus constantes faltazos.
El recurso que estaba en trámite de análisis en el STJ fue presentado por el letrado Ricardo Skanata, defensor de Pietrowski, luego que el magistrado César Raúl Jiménez, titular del Juzgado Correccional y de Menores Dos de Posadas, declarara prescripta la causa por desobediencia judicial contra el imputado, pero continuara el curso de la acción penal por el delito de amenazas.
Contra esa resolución Skanata presentó un recurso de casación, pero ahora el máximo órgano judicial resolvió declarar inadmisible el planteo. “Considero que la denegatoria del pedido de prescripción de la acción no resulta revisable por esta vía casatoria, en tanto no reviste el carácter de sentencia definitiva”, sostuvo en su voto el camarista Marcelo Benítez, según pudo confirmar La Voz de Misiones mediante altas fuentes consultadas.
Jorge Antonio Rojas fue otro de los magistrados del STJ en votar en contra del planteo defensivo. “De la lectura de los autos se advierte que el objeto de la resolución recurrida no cumple con el requisito de sentencia definitiva o equiparable a tal para habilitar la instancia casatoria”, coincidió con Benítez.
Pero en su voto Rojas también hizo un repaso de las reiteradas veces en que Pietrowski faltó a las audiencias de juicio programadas en su contra y puso en relieve el estado de rebeldía en que el imputado se encuentra desde hace más de un año.
“Conocido por todos es que a la fecha Pietrowski continúa en condición de rebeldía, y no sólo frustró la realización de las audiencias de debate, sino que también dio lugar a la formación de varios expedientes que corren por cuerda y dan cuenta de las constantes e infructuosas medidas que se han tomado a fin de dar con su paradero, generando nuevamente un dispendio jurisdiccional y policial innecesario. Descrito ello, encuentro necesario decir enfáticamente que el prófugo no puede ser oído, y la justicia no debe acordarle audiencia a quien se alza contra sus resoluciones”, sostuvo el camarista en su voto.
Y consideró que “receptar la petición de la defensa, sería, a mi criterio, institucionalizar la impunidad mediante el sendero de la Justicia decadente. En efecto, si cuando por realizarse el juicio oral el imputado desaparece y estando prófugo pide a través de su defensor la extinción del caso, resulta una burla a la justicia y un procedimiento imposible de consentir en una República de derecho”.
El resto de los camaristas intervinientes adhirieron a los votos de Benítez y Rojas, por lo que resolvieron declarar “mal concedido” el recurso de casación interpuesto y, en consecuencia, inadmisible.
Tras este revés judicial, el expediente volverá a manos del magistrado Jiménez, que deberá continuar el proceso normal de la causa por el delito de amenazas contra Pietrowski. Esto también significa que sigue declarado en “rebeldía” y continúa vigente su pedido de captura.
Faltazos
Pietrowski, ex intendente de Almafuerte y ex diputado provincial, faltó a su juicio en tres oportunidades durante el 2021.
La primera fecha estipulada para el juicio fue el 18 de abril de ese año, pero el hombre se ausentó sin aviso y dos días después presentó en forma electrónica un certificado médico en el cual alegaba un cuadro de hipertensión.
Con ese documento sorteó el pedido de detención que se había librado en su contra y el juicio se reprogramó para el 3 de junio, pero el proceso volvió a ser suspendido a raíz de la presentación de otro certificado médico, esta vez por Covid-19.
De esta manera, se programó una tercera fecha para realizar el juicio en la sala de debates del Palacio de Justicia el 27 de julio. El banquillo de los acusados volvió a estar vacío. Pietrowski faltó por tercera vez y su defensa presentó pedidos de nulidad.
Allí mismo, la fiscal María Laura Álvarez, interviniente en ese entonces por subrogancia legal, formuló un pedido para declarar en rebeldía al ex intendente y ordenar su detención. El juez Jiménez dio lugar al pedido.
En septiembre del año pasado hubo varios allanamientos en inmuebles y domicilios laborales relacionados al imputado, tanto en Misiones como en Corrientes, pero los resultados fueron negativos.
Las causas
La causa contra Pietrowski comenzó en agosto de 2018, cuando su ex esposa y actual intendenta de Almafuerte, Celia Smiak, lo denunció por reiterados hechos de violencia de género.
Según la denuncia, el último episodio ocurrió el 28 de julio de ese año. Esa noche, tras regresar del concejo local, el acusado amenazó a su pareja en el domicilio en el que convivían y también la agredió tomándola del cuello. “Te voy a eliminar, sí, yo lo voy a hacer, vos vas a suplicar por la vida”, habrían sido las palabras del acusado.
Pocos días después, la Justicia de Familia le impuso a Pietrowski una exclusión de hogar y restricción de acercamiento hacia su esposa e hijos, pero el hombre incumplió y eso le valió una segunda causa penal por el delito de desobediencia. Ese expediente fue declarado prescripto, pero el de amenazas continúa su curso.
Judiciales
Acusado de abuso fue absuelto en 2022 y ahora condenado a 12 años de cárcel
Tras la anulación del fallo que dispuso su absolución por el beneficio de la duda en 2022, el Tribunal Penal Uno de Posadas realizó un nuevo debate oral contra el hijo de una ex funcionaria provincial acusado de abusos sexuales en perjuicio de una hija menor de edad y esta tarde lo condenó a una pena de 12 años de prisión efectiva.
La nueva sentencia fue dictada esta tarde, después de una extensa jornada de alegatos y después de varias audiencias de debate que incluyeron sucesivos cambios de defensa e incluso registró un faltazo del imputado, que luego argumentó haberse internado en una clínica de salud mental pero terminó siendo detenido.
El implicado se trata de J. R. G. -hijo de una ex funcionaria del Iprodha- quien en 2013 fue denunciado por abusos contra una hija de 5 años en ese entonces, causa que en 2022 llegó a debate oral y resultó absuelto por el beneficio de la duda, aunque ese fallo, dictado por los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Juan Manuel Monte (subrogante), fue anulado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) al entender que hubo una errónea valoración de la prueba.
De esta manera, se ordenó la realización de un nuevo proceso oral que arrancó semanas atrás frente a un tribunal integrado por los magistrados Gustavo Bernie, Juan Carlos Sosa y Miguel Mattos, ambos subrogantes.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Vladimir Glinka, en tanto que como querellante particular volvió a participar el letrado Hugo Zapana, quienes hoy coincidieron al solicitar una pena de 16 años de prisión para el implicado.
Al comienzo del debate el imputado contó con la defensa de Eduardo Paredes, Mauricio Vergara y Florencia Romero, aunque uno a uno fueron renunciando, lo que derivó en demoras en la continuidad del proceso.
Finalmente, este martes el imputado -su identidad completa no se revela para no revictimizar a la víctima- contó con el patrocinio del defensor oficial Mario Ramírez y del abogado particular Federico Tilli, quienes insistieron en absolución del imputado o en forma subsidiaria solicitaron una pena de 3 años de prisión en suspenso por abuso simple.
Después de una larga deliberación, los jueces decidieron condenar a Ramos a la pena de 12 años de prisión efectiva como penalmente responsable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo, dos hechos, en concurso real”.
El ahora condenado continuará privado de su libertad en una celda de la comisaría Cuarta de Posadas, hasta tanto el mismo tribunal analice un pedido de prisión domiciliaria solicitada por la defensa. Los fundamentos de la nueva sentencia se conocerán el 26 de marzo.
El STJ anuló sentencia que absolvió a imputado por abuso en Posadas
Judiciales
Muerte en edificio posadeño: detenido negó haber lanzado al vacío a la víctima
El expediente que investiga la muerte de Marcelo Ojeda Krejzezúk (31), registrada el viernes a la madrugada tras su caída desde el tercer piso de un edificio sobre la calle Gómez Portiño de Posadas, avanzó este lunes con la indagatoria al único detenido que tiene la causa, Marcos Andrés Á. (27), quien negó la acusación por homicidio que pesa en su contra y planteó la posibilidad de que la víctima se haya suicidado luego de la pelea mantenida en el departamento.
La audiencia de declaración indagatoria se concretó esta mañana, una vez que el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Posadas por subrogancia legal, recibiera el sumario del caso y el informe de autopsia, examen que concluyó que la muerte de Ojeda fue consecuencia de un “politraumatismo craneal”, lesión compatible con el impacto del cuerpo contra el suelo.
La declaración del implicado se dio una vez formalizada la designación de Víctor Luciano Gómez como abogado defensor particular y su testimonio se extendió durante más de dos horas.
Según pudo averiguar La Voz de Misiones, ante el juez Verón y ante la fiscal Amalia Spinatto -conectada por Zoom-, Marcos brindó un pormenorizado relato de los sucesos ocurridos antes, durante y después del hecho que se investiga.

El detenido fue encontrado malherido y ensangrentado a cinco cuadras del lugar.
Bar, pelea y muerte
En ese marco, señaló que jueves a la noche asistió junto a Ojeda a un bar pub del microcentro posadeño, donde permaneció hasta las 2 del viernes, cuando decidieron regresar al departamento en el que convivían hace varios meses, dado que la víctima vino desde Esquina, Corrientes, para buscar trabajo y asentarse en Posadas.
Junto a ellos estuvo unos minutos un tercer joven que después dejó el inmueble y allí se desató el conflicto entre los involucrados, quienes mantenían una relación de confianza debido a que Marcos es ahijado del padre de Ojeda.
En su indagatoria, el detenido aseguró que en determinado momento decidió acostarse y Ojeda pretendió hacerlo junto a él, pero Marcos se negó y esa situación dio inicio a un enfrentamiento.
“Yo ahí dije ‘me voy’, pero él me atacó y después agarró un cuchillo con el que me hizo un corte. Yo ahí empecé a defenderme y al intentar sacarle el cuchillo los dos nos lastimamos también”, fue parte de su declaración.
En esas circunstancias -amplió el Marcos-, Ojeda se resbaló producto de la sangre desparramada en el piso y quedó tendido en el piso, situación que él aprovechó para retirarse del departamento en busca de ayuda.

Marcelo Ojeda tenía 31 años y era oriundo de Esquina, Corrientes.
El imputado sostuvo que recién se enteró de la muerte de su “primo” una vez trasladado a la comisaría, luego de que la Policía lo encontrara malherido, ensangrentado y en shock en el skate park de la costanera, a unas cinco cuadras del departamento ubicado en Gómez Portiño, casi Urquiza.
Ante las preguntas de las partes, el joven negó haber lanzando o empujado accidentalmente durante la pelea a la víctima por el balcón. A su entender, hipotetizó que quizás Ojeda pudo arrojarse por decisión propia.
Culminada la audiencia, el juez Verón imputó al muchacho por homicidio simple -que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión- y dispuso que continué privado de su libertad, aunque en paralelo la defensa presentó un pedido de excarcelación que ahora debe ser analizado por las partes.
Mientras tanto, el proceso continúa con la toma de testimoniales y se aguarda el resultado de las pericias científicas realizadas en la escena del hecho, principalmente en los estudios tendientes a determinar a quién corresponden las manchas de sangre detectadas en la baranda de la ventana balcón del departamento.
Judiciales
Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE
Un fallo judicial hizo lugar parcialmente a una acción de amparo por acceso a la información pública presentada contra la Municipalidad de Eldorado y ordenó al Ejecutivo, a cargo del intendente Rodrigo “Pipo” Durán, a completar datos vinculados al servicio de transporte urbano de pasajeros.
La demanda fue presentada por los abogados José Luis Fuentes y María Mercedes Galeano, quienes solicitaron que el municipio entregue de manera completa y gratuita información relacionada con el sistema de transporte urbano en la ciudad, respaldándose en el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución Nacional, la Constitución de Misiones y la Ley IV N.º 58.
Según consta en el fallo del Juzgado Civil y Comercial Uno de la Tercera Circunscripción Judicial de Misiones, al que accedió La Voz de Misiones, los demandantes realizaron un pedido administrativo ante la Municipalidad de Eldorado el 2 de octubre de 2025. El municipio respondió el 20 del mismo mes mediante correo electrónico, aunque Fuentes y Galeano consideraron que la información brindada era parcial.
Concretamente, los letrados solicitan que la comuna informe sobre lo ocurrido con la empresa ETCE durante el paro total del servicio de transporte en la ciudad, que se produjo sin previo aviso y paralizó completamente la movilidad de los vecinos el 1 de octubre. En ese contexto, un día después el Ejecutivo firmó con la prestataria un acuerdo de reconocimiento de deuda por 1.400 millones de pesos, que luego fue validado por el Concejo Deliberante. Los demandantes buscan conocer los pormenores de esa decisión, según señalaron en un comunicado.
Respuesta de la Muni
La Municipalidad de Eldorado se presentó en el expediente a través de sus apoderados legales, contestó la demanda y solicitó su rechazo, negó en términos generales los hechos planteados por los demandantes, aportó documentación como prueba y dejó planteada la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En la causa también intervino el Ministerio Público Fiscal de Misiones, que en su dictamen consideró que la acción no sería procedente, al entender que los demandantes contaban con otras vías administrativas para realizar el reclamo. El organismo participó en el proceso en su rol de defensor del patrimonio del fisco.
El fallo
Al analizar el caso, el juzgado interviniente entendió que la vía del amparo resultaba formalmente procedente y que el derecho de acceso a la información pública constituye una herramienta para el control ciudadano de la gestión estatal. El fallo también señaló que los organismos públicos tienen la “obligación de facilitar el acceso a la información disponible o indicar el lugar donde puede ser consultada”.
Tras evaluar la documentación incorporada al expediente, el tribunal concluyó que el municipio respondió dentro de un plazo razonable, pero que la información entregada no cubría todos los puntos solicitados ni indicaba en dónde podía accederse a los datos faltantes.
Asimismo, la Justicia precisó además que el derecho de acceso a la información pública se “limita a la información existente en poder del Estado” y no obliga a la administración a generar documentos nuevos o elaborar informes especiales que no formen parte de sus registros.
Con ese contexto, la sentencia resolvió hacer lugar parcialmente al amparo de Fuentes y Galeano y ordenó a la Municipalidad de Eldorado que, en un plazo de diez días, entregue la información solicitada o indique de forma clara la dependencia u oficina donde se encuentre disponible para su consulta.
“Este fallo pone un límite muy claro a la opacidad del poder político. No se puede dejar a una ciudad entera sin transporte y al día siguiente reconocer una deuda de más de 1.400 millones de pesos sin que la sociedad sepa cómo se calculó, de dónde surge, qué se pagó, qué se condonó y qué expediente respalda todo eso. Si al concesionario se le termina pagando una suma que equivale a más de un millón de dólares, la ciudadanía tiene derecho a conocer hasta el último papel de esa decisión”, apuntó el abogado José Luis Fuentes tras conocerse la decisión de la Justicia misionera.
La Voz de Misiones consultó al Ejecutivo municipal sobre el fallo y una fuente señaló que la Municipalidad “respondió en su momento el pedido de información solicitado por los demandantes”. En ese sentido, indicó que, en cumplimiento de la resolución judicial, “se completará o se indicará el acceso a la documentación existente”.
Además, la misma fuente sostuvo que “desde el día uno sostuvimos que la gestión pública debe ser transparente, pero también responsable en el uso de los recursos administrativos”.
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