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La Corte le dijo a Misiones que la prescripción tributaria es de 5 años; no de 10

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Fue en un fallo de la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”. Reafirmó la facultad de la Nación.

POSADAS. La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que “la prescripción de las obligaciones tributarias locales” se rige “por lo estatuido por el Congreso de la Nación para toda la República”, al rechazar el plazo de diez años que está en vigencia en Misiones.

El fallo correspondió a la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”.

El máximo órgano de administración de Justicia atribuyó a las normas superiores lo relativo a plazos, momento de inicio y causales de interrupción o suspensión que se aplican en las obligaciones tributarias locales.

De esa manera, desestimó la postura del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones que había rechazado el planteo de prescripción opuesto por la Provincia y declaró aplicable el plazo de diez años previsto en el artículo 118 del Código Fiscal provincial, entonces vigente.

En su fallo, la Corte determinó que la prescripción “no es un instituto propio del derecho público local, sino un instituto general del derecho, lo que ha justificado que, en ejercicio de la habilitación conferida al legislador nacional por el art. 75, inciso 12, de la Constitución Nacional, aquel estableciera un régimen destinado a comprender la generalidad de las acciones susceptibles de extinguirse por esa vía”.

Límite a las Legislaturas

En consecuencia, “las legislaturas locales no se hallaran habilitadas para dictar leyes incompatibles con las previsiones que al respecto contenían los códigos de fondo”, remarcó la Corte con las firmas de Elena Highton de Nolazco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti.

Y añadió que los hechos del caso “no deben ser juzgados a la luz del nuevo Código Civil y Comercial ni sobre la base del principio de la aplicación inmediata de la nueva ley, sino de conformidad con la legislación anterior”.

Ello debido a que “no se ha controvertido en autos que la deuda tributaria reclamada en concepto del impuesto sobre los ingresos brutos responde a los períodos fiscales comprendidos entre los años 1987 y 1997. Esto es, que fue constituida y se tornó exigible bajo la vigencia de la ley anterior”.

Además “su determinación de oficio ha sido realizada varios años antes del dictado del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y, que lo mismo ha ocurrido con la decisión final adoptada por la administración, de manera tal que el plazo de prescripción para reclamar el ingreso de aquel tributo, se ha iniciado y ha corrido durante la vigencia del antiguo régimen”.

En dicho tramo, la Corte citó la resolución 2506/02 de la Dirección General de Rentas de Misiones del 18 de diciembre de 2002 y la resolución 183, del 4 de mayo de 2005 del Ministerio de Hacienda, Finanzas Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Misiones.

Disidencia

En disidencia, Rosatti, opinó que las provincias, y obviamente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “cuentan con competencia para regular la prescripción de la acción tributaria en toda su extensión; esto es, en cuanto refiere a los poderes del Fisco para reclamar sus tributos (el plazo, la forma de cómputo y las causales de suspensión y/o interrupción) y en lo atinente a la acción de repetición”.

Añadió que “tampoco importa habilitar a las jurisdicciones locales a fijar plazos excesivamente extensos, disponer causales de suspensión o interrupción improcedentes, o habilitar modos de computar los plazos que tiendan a perjudicar a los contribuyentes”.

“Los poderes fiscales provinciales y municipales -tal como ocurre con el nacional- se encuentran sujetos a los principios constitucionales de la tributación y, con particular referencia al caso, al principio de razonabilidad”, puntualizó.

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El Poder Judicial de Misiones no adhiere al asueto del 1 de diciembre

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Hoy comenzó la feria judicial en Misiones hasta el 21 de julio

Luego de que el gobierno de la provincia de Misiones decretara asueto administrativo para el lunes 1 de diciembre, en el marco del aniversario por el natalicio del prócer misionero Andrés Guacurarí, el Poder Judicial comunicó que no adherirá.

Lo hizo a través de un breve comunicado titulado: “Honrar la labor del Prócer Misionero trabajando”, y resaltó: “El Poder Judicial de Misiones no adherirá al asueto del 1 de diciembre”.

Inicialmente el asueto administrativo alcanzaba al mencionado organismo, junto al Poder Legislativo, el Tribunal de Cuentas, entes autárquicos y descentralizados, instituciones bancarias y organismos nacionales con asiento en la provincia.

Si bien el aniversario Nº 247 es el domingo 30 de noviembre, el cese de actividades se hará efectivo el día lunes 1 de diciembre.

La casta judicial: la feria y el ciudadano invisible

 

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Ampym convoca a funcionarios a asamblea yerbatera el jueves en San Vicente

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La Asociación Misionera de Productores de Yerba Mate (Ampym) convocó a autoridades competentes en materia agropecuaria y yerbatera a la asamblea que se llevará a cabo el próximo jueves a las 15 en ruta 14, frente a la cooperativa tabacalera de San Vicente, con el objetivo de “abordar la grave situación que atraviesa el sector”. 

A través de un comunicado, los miembros de Ampym, manifestaron: “Durante los últimos meses, la realidad económica que enfrentan los productores se ha tornado insostenible, producto de la falta de cumplimiento del precio justo de la hoja verde y la yerba canchada, valor que hoy no cubre los costos reales de producción ni garantiza la continuidad del trabajo de miles de familias rurales”.

A lo que añadieron: “La creciente cantidad de cheques rechazados por falta de fondos, situación que está generando endeudamiento, pérdida de liquidez y riesgo de quebranto entre los productores primarios”.

Frente a este escenario, consideraron que “no están dadas las condiciones para iniciar la cosecha de la zafriña durante el mes de diciembre, ni la cosecha gruesa, mientras no exista una respuesta concreta y garantizada respecto al precio oficial y a la normalización inmediata de los pagos adeudados”.

El precio de referencia para la producción -fijado meses atrás por el Inym- es de alrededor de $423,99 por kilo de hoja verde, sin embargo, los productores denuncian que en la práctica están recibiendo solo $180 por kilo en algunas localidades.

Por este motivo, solicitaron formalmente a los representantes legislativos y autoridades del área competente a que participen de la reunión el próximo jueves a las 15 en San Vicente, donde prevén analizar la situación económica y productiva actual del sector yerbatero, plantear medidas inmediatas que garanticen el cumplimiento del precio justo y la cobertura plena de los costos de producción, exigir la cancelación de los cheques pendientes y la restitución de la cadena de pagos y establecer criterios conjuntos sobre el inicio o la postergación de la cosecha.

La crítica situación amerita la presencia y el compromiso activo de quienes tienen responsabilidad institucional en el diseño y control de las políticas públicas del sector”, enfatiazron desde Ampym.

De esta manera, la reunión será de carácter institucional y tendrá como eje central plantear la crisis yerbatera que comenzó a desatarse desde la aprobación del Decreto de Necesidad y Urgencia 170/23, tras la asunción del presidente Javier Milei, lo que afectó el regular funcionamiento del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym), acelerando la caída del precio de la hoja verde dentro de uno de los eslabones más bajos de la cadena productiva. 

Yerbateros: “La industria se dio cuenta de que eliminar el Inym fue un error”

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Vuelve el Ahora Fiestas: del 20 al 31 de diciembre, con reintegros de 25%

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Con vistas a las fiestas de fin de año, el programa de descuentos Ahora Fiestas estará vigente del 20 al 31 de diciembre en todos los comercios adheridos de la provincia, con reintegros de 25% y hasta 6 cuotas sin interés con Banco Macro.

El anuncio fue realizado por el gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, a través de sus redes sociales: “Del 20 al 31 de diciembre vuelve el Ahora Fiestas. Mirá la cantidad de ventajas que tenés para tus compras navideñas”.

Los rubros que tendrán el beneficio de 25% de reintegro y pagos en 6 cuotas son: indumentaria, calzados, electrodomésticos,  juguetes, celulares, artículos para el hogar, librería, deportes, ópticas, blanquería y regalos

Además, los lunes, miércoles y viernes, cuando están vigentes los programas Ahora Misiones y Ahora Bienes Durables rigen las condiciones y beneficios de reintegros y cantidad de cuotas de dichos programas.

Ahora Fiestas, tradición misionera”, afirmó el gobernador sobre el programa de descuentos que funciona como política que promueve las ventas y el consumo local, para dinamizar así el comercio dentro de la provincia. 

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