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El locutor Carlos Carvallo fue condenado a 12 años de cárcel por torturas en la dictadura

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Fue este viernes, en el Juzgado Federal Uno de Paraná, Entre Ríos. Es por la causa de El Brete, donde como policía torturó a un gremialista en la dictadura.

 

El locutor y ex policía Carlos Carvallo fue condenado a doce años de prisión de cumplimiento efectivo por delitos de lesa humanidad, en Paraná, durante la última dictadura cívico militar.

El veredicto del juez federal Pablo Seró se conoció esta mañana en una audiencia remota, que fue transmitida en directo por el Centro de Información Judicial (CIJ).

Carlos Carvallo, que se mezcló en los medios de Misiones para ocultar su pasado, se desempeñó al final de su carrera en FM Show, en Posadas, donde fue el principal conductor del programa insignia: El Show los Impactos, junto a Alfredo Abrazian, Alejandro Barrionuevo, José Fernández y otros.

Fue juzgado por su rol en la Policía de Entre Ríos durante los años del terrorismo de Estado. Se investigó su responsabilidad por delitos cometidos en el centro clandestino de detención y torturas que funciona al final de Paraná.

El destacamento de El Brete era un lugar sumamente aislado hace 40 años, lo cual fue aprovechado por los represores para instalar allí uno de los lugares donde eran trasladados los detenidos ilegales para mantenerlos en cautiverio en condiciones inhumanas y someterlos a diferentes tipos de torturas.

Para este fin específico, utilizaban el sótano del lugar. Una de las víctimas que estuvo allí fue el docente y sindicalista Manuel Ramat, quien reconoció a Carvallo como miembro del grupo de tareas.

Caso Ramat

Cuando en 2014 le tocó declarar en la causa Área Paraná I, ante el juez Leandro Ríos, Ramat denunció a Carvallo. Aunque ya lo había hecho en otras ocasiones desde el inicio mismo de la democracia, fue recién entonces que la Justicia tomó sus dichos.

Ríos pidió la detención, pero el ex policía se fugó. Vivía en Misiones, donde se había reciclado como locutor de radio y era un personaje conocido. Eso no le impidió permanecer prófugo durante cuatro años, hasta ser capturado en 2018 y llevado a juicio por haber detenido ilegalmente y torturado a Ramat.

Por El Brete pasaron muchos otros detenidos políticos, que también fueron víctimas del represor devenido luego en locutor. Sin embargo, este juicio se llevó adelante solamente por el caso de Ramat.

Tampoco se tuvo en cuenta la responsabilidad de otros integrantes de la fuerza de seguridad entrerriana en estos hechos. A la época de los acontecimientos, Carvallo se desempeñaba con el rango de oficial ayudante en la Dirección de Investigaciones de la Jefatura Departamental Paraná.

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Arenera rechazó intimación de la EBY y advirtió sobre acciones penales

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Arenera

La Arenera JM rechazó la intimación que le formulara la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) a regularizar -en un plazo de 72 horas- los requerimientos que la Municipalidad de Candelaria hizo a la empresa y que llevaron a su clausura preventiva hace más de 20 días, un procedimiento que la compañía minera tachó de “arbitrario e irregular”.

En una nota de descargo, fechada el 2 de diciembre, la empresa no solo rechazó la intimación que le llegó de la EBY por intermedio del jefe del Departamento de Obras Complementarias (DOC), René Martinangeli, sino que previno al funcionario sobre las consecuencias legales de persistir en requerimientos que avalen lo actuado por la Municipalidad, cuyo accionar está a las puertas del foro judicial penal.

Inexistentes

“Me dirijo a Ud., en mi calidad de representante legal de la firma J.M. S.A. a fin de responder la nota fechada el 26/11/2025, por la cual se me requiere ‘regularizar’ la situación conforme a las responsabilidades asumidas en la cláusula IV del Contrato de Comodato oportunamente celebrado por este parte, bajo apercibimiento de iniciar los trámites de rescisión del referido instrumento; aduciendo como fundamento el apercibimiento y clausura preventiva dispuesta por la Municipalidad de Candelaria, mediante la Resolución N° 02/25”, reza el escrito firmado por el abogado Fernando Canteli y el propietario de la empresa minera, Jorge Muniagurria.

“Sobre el particular, rechazo tempranamente vuestra intimación de regularizar la situación”, continúa y detalla las “irregularidades”, detectadas y recusadas por la empresa, del procedimiento de clausura del predio donde opera en la costa del río Paraná, cedido en comodato por la EBY en 2017, como resarcimiento del emplazamiento original afectado por la suba del embalse de la represa.

“La primera de tales circunstancias es que la clausura de mención, es ‘preventiva’ e inclusive no se halla firme, ya que se ha interpuesto ante el Sr. Intendente el Recurso Jerárquico respectivo; sin perjuicio de acotar que luego de ello se abre la vía contenciosa administrativa ante los órganos judiciales correspondientes”, explica la nota.

El escrito le informa al ingeniero Martinangeli que la Resolución 02/25 de la Municipalidad de Candelaria, invocada por el funcionario de la EBY en la intimación a la empresa, “ha sido dictada por un funcionario inexistente” y “una reglamentación inexistente”, y por lo tanto “ilegal”.

“El municipio de Candelaria carece de Carta Orgánica, por lo cual se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades; en dicha norma legal, no se regula la creación de una ‘Secretaria de Planificación Catastro y Medio Ambiente’, limitándose a señalar la necesidad de dictar las pertinentes ordenanzas que prevean las distintas secretarías con sus respectivas atribuciones y funciones”, explica y remarca: “No existe… en la Municipalidad de Candelaria un organismo (en este caso secretaría) que tenga las facultades de apercibir, intimar y/o clausurar actividades fundadas en el supuesto incumplimiento de normas municipales”.

“Así de grave se presenta la cuestión ya que nos vemos expuestos a actuaciones de funcionarios municipales cuyas funciones no están regladas en absoluto en ningún texto legal”, advierte la nota.

Agrega que “en una consulta dirigida al Boletín Oficial de la Provincia de Misiones, surge que no solamente no está publicada la Carta Orgánica del Municipio de Candelaria, sino que tampoco se halla publicado el supuesto Decreto Reglamentario 4/12”.

El empresario y su abogado le recuerdan al alto funcionario de Yacyretá, que si una norma jurídica, cualquiera sea su naturaleza, “no está correctamente publicada, no existe en el derecho positivo argentino”, por lo que la clausura preventiva del predio de la empresa “es absolutamente infundada e ilegal”.

“No cabe duda alguna que la simple exposición de los hechos resulta más que suficiente para dejar sin efecto la intimación sobre la regularización que me fuera cursada”, dice la respuesta de la empresa a la nota de Martinangeli, donde la EBY intima a la arenera a resolver lo relativo a la clausura, so pena de rescindirle el contrato de comodato.

Prevenidos

En otro tramo del escrito, el empresario y su abogado relatan al jefe del Departamento de Obras Complementarias que la Municipalidad de Candelaria rechazó, de manera “arbitraria y sin ningún tipo de fundamento”, la información tributaria y contable de la empresa, que le habían exigido en virtud de la recusada Resolución 02/25.

“El acto administrativo, en este caso la resolución N° 02/25, que contiene este tipo de calificación, automáticamente, es nulo en el plano judicial por carecer de motivación adecuada y abrir las puertas a la absoluta arbitrariedad”, señalan.

“Antes de terminar, debo señalar que tales actuaciones municipales merecen, largamente, las pertinentes denuncias penales por abuso de autoridad y violación de los deberes del funcionario público (art. 248 y ccts. del Código Penal Argentino), que serán presentadas en corto plazo”, anuncia el escrito de Muniagurria y Canteli.

En tal sentido, previenen a Martinangeli de avanzar con la intimación expresada en su nota a la empresa “para no hacer extensivas a terceros las denuncias pertinentes”, y le advierten “que cualquier decisión que avale el accionar delictivo descripto, hace pasible a los autores de tal confirmación de las mismas imputaciones”.

“Todo ello, sin perjuicio atento a los ingentes daños y perjuicios que me provoca el accionar referido, de iniciar oportunamente las acciones contra los funcionarios intervinientes, en procura de las indemnizaciones que me corresponden”, finaliza la nota al jefe del DOC.

Nota descargo EBY (2-12-25)

 

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Passalacqua anunció el pago del Intercosecha a más de 6400 tareferos

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El gobernador Hugo Passalacqua informó que el pasado lunes se realizaron los depósitos correspondientes al primer pago del programa Intercosecha, beneficio que alcanza a más de 6400 tareferos durante el período de inactividad del sector yerbatero. 

Informo que desde el lunes 1 de diciembre ya están depositados en las cuentas del Banco Nación el Primer Pago del Programa Intercosecha”, anunció el mandatario provincial a través de su cuenta personal de “X” sobre la suma que rondaría los $123.000.

El anuncio llegó en un contexto clave para miles de trabajadores rurales que dependen de esta asistencia, como es el caso de los tareferos que dependen de la yerba mate y que -ante la crisis económica que atraviesa el sector- se verán imposibilitados de trabajar ya que varios productores decidieron adherirse al paro de cosecha de verano (zafriña) en reclamo de un mejor precio de la hoja verde.

Actualmente el valor de referencia de la materia prima fijado por el Inym es de $423,99, aunque los secaderos y molinos pagan alrededor de $180 por kilo al productor.

El gobernador también detalló en el mismo posteo que el beneficio alcanza a más de 6.400 trabajadores de la cosecha en los meses de receso de la actividad.

De esta manera, el programa tiene como objetivo asistir a los trabajadores rurales temporarios en los períodos entre cosechas, mediante una asistencia económica que busca reducir la vulnerabilidad laboral. 

El mismo es desarrollado de manera conjunta entre el Gobierno de Misiones y el Ministerio de Trabajo y Empleo a través del Sistema de Tareferos Misioneros (Sitami).

Productores piden declarar emergencia yerbatera en Misiones

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Extienden hasta el 19 de diciembre la vigencia del Boleto Estudiantil

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El Boleto Estatal Estudiantil Misiones (BEEM), que en principio iba a funcionar hasta el 5 de diciembre, fue prorrogado hasta el viernes 19, cuando culminarían las mesas de exámenes en distintas instituciones educativas.

El anuncio lo hizo el propio gobernador, Hugo Passalacqua a través de sus redes sociales, donde apuntó: “Con el compromiso de acompañar a los  estudiantes en los exámenes del último tramo del año anuncio la prórroga del Boleto Estatal Estudiantil Misionero, que inicialmente llegaba hasta el 5 de diciembre, hasta el viernes 19, para todos los niveles y en todas las modalidades de servicio de transporte público”.

El pasado 8 de octubre el beneficio cumplió 10 años y celebró la adhesión de 400.000 usuarios en Posadas, Oberá e Iguazú.

De esta manera, fue mediante un proyecto de ley aprobado hace una década que miles de alumnos de los distintos niveles y modalidades educativas accedieron al transporte público urbano e interurbano, en condiciones más equitativas y derribando las barreras económicas que históricamente dificultaron la permanencia e incluso el egreso escolar. 

Se trata de un servicio mancomunado entre el Consejo General de Educación de Misiones y la Municipalidad de Posadas, y favorece a los alumnos de los niveles inicial, primario, secundario y universitario. 

A su vez, es solventado en su totalidad por el Gobierno provincial, con el objetivo de garantizar el acceso al transporte público a los estudiantes misioneros.

El boleto estudiantil cumplió diez años y superó los 400.000 beneficiarios

 

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