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Sancionan ley que prohíbe el glifosato e impulsa el uso de bioinsumos en Misiones

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En la quinta sesión ordinaria del año, la Cámara de Representantes de Misiones convirtió en ley un proyecto que prohíbe la utilización del herbicida glifosato e impulsa el uso de bioinsumos en la provincia.

En su artículo 7, la norma especifica que “se prohíbe la utilización del glifosato, sus componentes y afines en toda la provincia”.

Según se destaca en el texto, la nueva reglamentación, que recibe el nombre de Ley de Bioinsumos, “tiene por objeto establecer un marco regulatorio para la investigación, desarrollo, producción, procesamiento, registro, comercialización y utilización de productos biológicos naturales, conocidos como bioinsumos, que aportan a las políticas de sostenibilidad y sustentabilidad aplicadas a la agroindustria en la provincia”.

En ese marco, se define como bioinsumo “a todo producto biológico que consista o haya sido producido por microorganismos o macroorganismos, extractos o compuestos bioactivos derivados de ellos y que estén destinados a ser aplicados como insumos en la producción agropecuaria, agroalimentaria, agroindustrial, agroenergética e incluso en el saneamiento ambiental agropecuario”.

El objetivo principal de la flamante normativa es el de generar “líneas de trabajo colaborativas para promover el desarrollo de insumos biológicos, optimizar los procesos de elaboración de los productos utilizando métodos de purificación totalmente orgánicos, y promover planes de acción para el adecuado manejo del riego agropecuario y la eficiencia del uso del agua”.

Para ello, se crea el Registro Provincial de Productores de Bioinsumos, con el fin de elaborar una base de datos actualizada de las personas humanas o jurídicas que se dediquen a la investigación, desarrollo, elaboración, producción, exhibición y comercialización de productos biológicos y sus derivados.

Asimismo, se estableció que la medida entrará en plena vigencia “luego de dos (2) años desde su publicación oficial a los efectos de una transición progresiva del cambio cultural de los sistemas productivos actuales implementado a partir de la Ley XVI – N.° 124 hacia métodos más amigables con el ambiente”.

Cancerígeno

Entre los fundamentos de uno de los proyectos que integraron el dictamen final, de la autoría del presidente de la Legislatura, Carlos Rovira, se destaca un estudio reciente de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el cual señala el glifosato causó daño al ADN y los cromosomas en las células humanas analizadas: “Hay pruebas convincentes de que el glifosato puede causar cáncer en animales de laboratorio y hay pruebas limitadas de cancerinogenidad en humanos”, apunta el informe.

“La utilización de glifosato está aprobado sobre 750 productos destinados a la agricultura, plantaciones forestales y ambientes urbanos, lo que lo convierte en el herbicida más empleado a nivel mundial”, refiere el proyecto del diputado renovador.

El producto es comercializado hace más de 20 años por la multinacional Monsanto bajo la marca Roundup y su uso se incrementó significativamente a raíz del desarrollo de variedades de cultivos transgénicos de soja, maíz y algodón, se agrega.

En tanto, el documento refiere que, en la Argentina, también está permitido su uso en yerba mate, vid, trigo, girasol, hortalizas, pasturas, cítricos y frutales de pepita (manzana, pera, membrillo).

“En 2014, según datos de la misma industria, en el territorio argentino se utilizaron alrededor de 200 millones de litros de glifosato. El agroquímico se detecta en el aire durante la pulverización de los cultivos en los que es utilizado, así como también, en el agua y en los alimentos”, sostienen los argumentos.

“En consecuencia, las personas que trabajan o viven en zonas aledañas y quienes consumen alimentos que fueron rociados, están expuestas a sus efectos. De esta manera, la máxima autoridad de salud a nivel global confirma las denuncias silenciadas de los pueblos fumigados y de científicos independientes”, continúa.

Respecto a la ley sancionada ayer en la Cámara, el ex gobernador destacó “la necesidad de conceptualizar el alcance de bioinsumos como herramientas tecnológicas eficientes para incrementar la productividad del sector agrícola y agropecuario de manera sustentable”.

A su turno, otro de los autores de la iniciativa, el diputado Martín Sereno, indicó que “Misiones es pionera en normativa en cuanto a la manipulación y uso de agrotóxicos, prohibición de glifosato y programas de fomento de ferias francas en pos de la soberanía alimentaria.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Recursos Naturales, el diputado Rafael Pereyra Pigerl, señaló que “este es un día histórico para todos los misioneros, dejamos los productos sintéticos, de los cuales muchos son venenos, para volvernos una provincia con insumos biológicos o bioinsumos para proteger a todos”.

Ambiente

Orembae advierte que Corpus no cuenta con evaluación de impacto ambiental

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Corpus

La Asociación Civil Orembae aseguró que el proyecto de la represa hidroeléctrica Corpus Christi, en el emplazamiento de Pindo-í, no cuenta con Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), luego de recibir una respuesta oficial del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones a un pedido de acceso a la información pública ambiental.

“Esta respuesta viene a tirar por tierra a los propagandistas del Proyecto de la COMIP que sostienen que los impactos del emplazamiento de Corpus serían mínimo”, sostuvo Martín Ferroni, abogado de la Asociación Orembae.

Según informó la organización, la respuesta estatal, emitida el 29 de mayo en el marco del Expediente N.º 9910-114/2026, confirma que no existe un estudio de impacto ambiental presentado por los impulsores de la obra, ni dictámenes técnicos de la autoridad ambiental, audiencias públicas o una Declaración de Impacto Ambiental.

A partir de esta documentación, Orembae cuestionó las afirmaciones realizadas por representantes de la Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná (Comip) y otros promotores del proyecto, quienes sostienen que la represa afectaría una reducida superficie y un bajo número de familias.

“La Comip y el diputado (Martín) Arjol están difundiendo datos totalmente sesgados e interesados a sus propósitos de la ejecución de la represa. No cuentan con valor técnico”, señaló.

Ferroni explicó, además, que al carecer de respaldo técnico y legal, no existe una evaluación formal que permita determinar el alcance real de los impactos ambientales.

La asociación a partir de un comunicado también remarcó que los estudios de prefactibilidad mencionados por los impulsores del emprendimiento no reemplazan el procedimiento ambiental exigido por la legislación vigente.

En ese sentido, recordaron que la Ley General del Ambiente (Ley Nº. 25.675) establece la obligatoriedad de realizar una Evaluación de Impacto Ambiental antes de autorizar obras susceptibles de afectar el ambiente, además de garantizar instancias de participación ciudadana. Asimismo, citaron el Acuerdo de Escazú y el artículo 41 de la Constitución Nacional como normas que respaldan el derecho de acceso a la información ambiental.

Orembae consideró “inadmisible” avanzar en la convocatoria a un nuevo plebiscito sobre Corpus Christi sin que exista información ambiental completa y pública sobre el proyecto. “No puede haber consulta informada sin información”.

Entre los reclamos planteados, la organización solicitó el cese de la difusión de afirmaciones sobre supuestos impactos mínimos, el respeto a la decisión popular expresada en 1996 y a la normativa provincial vigente, la no convocatoria a un plebiscito mientras no se cuente con estudios ambientales completos y la garantía plena del acceso ciudadano a la información pública ambiental.

Ferroni también señaló que la respuesta remitida por el Ministerio de Ecología dejó sin contestar cinco puntos del pedido de acceso a la información pública, vinculados a las gestiones realizadas por el Poder Ejecutivo en relación con los estudios de impacto ambiental.

Según explicó, esos requerimientos apuntaban a determinar la participación de organismos provinciales en los estudios mencionados por la Comip . “No podemos afirmarlo ni tampoco desmentir porque no nos comunicaron nada. Esa información fue omitida en la respuesta oficial”, remarcó el abogado.

Orembaé presentó amparo contra Ecología por acceso a información sobre Corpus

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Misiones marca un hito con la certificación mundial de carbono forestal

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Misiones es la primera jurisdicción del mundo en obtener la certificación de un programa forestal de reducción de emisiones liderado por un gobierno subnacional. Así lo publicó este martes en su página web la organización líder en certificaciones a nivel mundial, Verra

La aprobación fue otorgada por Verra, entidad responsable del programa Verified Carbon Standard (VCS), y corresponde al Programa Jurisdiccional y Anidado REDD+ (JNR). Mecanismo diseñado para medir y certificar reducciones de emisiones derivadas de la conservación de bosques nativos.

La certificación le permite a Misiones generar créditos de carbono verificables a partir de la preservación de la Selva Paranaense. El programa es liderado por el gobierno provincial y abarca aproximadamente tres millones de hectáreas de Bosque Atlántico nativo, el principal remanente de este ecosistema en Argentina y uno de los reservorios de biodiversidad más importantes del planeta. 

Según informó Verra, durante el período comprendido entre 2017 y 2022, se logró generar aproximadamente 13,1 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente (tCO₂e) en reducciones verificadas de emisiones.

Inédito

A diferencia de los proyectos tradicionales de carbono, que suelen desarrollarse sobre superficies específicas, los programas jurisdiccionales evalúan el desempeño ambiental de una provincia o territorio en su conjunto.

Misiones fue certificada bajo el denominado “Escenario 2” del Marco JNR de Verra, una modalidad que permite a los gobiernos provinciales generar créditos de carbono por áreas forestales que no se encuentran alcanzadas por proyectos privados individuales.

Desde el punto de vista técnico, el esquema exige sistemas de monitoreo forestal, medición de emisiones, trazabilidad y mecanismos de distribución de beneficios que garanticen que las reducciones de carbono sean reales, adicionales y verificables por organismos independientes.

Además, cualquier proyecto privado que opere dentro de la provincia deberá ajustarse a las líneas de base aprobadas por el programa jurisdiccional, evitando la doble contabilización de emisiones reducidas.

Antecedente

El reconocimiento de Verra llega apenas dos semanas después de que el gobierno de Misiones anunciara en el Senado de la Nación que había recibido la aprobación final de la auditoría internacional para certificar 10,9 millones de créditos de carbono generados entre 2017 y 2022.

En aquella presentación, el ministro de Hacienda, Adolfo Safrán, destacó que la provincia había construido desde 2021 un esquema propio de mercados de carbono, respaldado por normativa específica y con participación de propietarios privados, anticipando el hito internacional que ahora se concretó con la inscripción oficial del programa en el registro de Verra.

Financiamiento climático internacional

La certificación abre la puerta al acceso de financiamiento climático internacional mediante la comercialización de créditos de carbono de alta integridad ambiental.

Los créditos representan toneladas de dióxido de carbono que dejaron de emitirse gracias a la conservación de los bosques y pueden ser adquiridos por empresas, gobiernos u organizaciones que buscan compensar parte de su huella de carbono.

Durante la presentación en el Senado se explicó que los recursos generados por la venta de créditos serán administrados mediante un fideicomiso y estarán destinados a financiar proyectos ambientales, compensar a propietarios privados que participan del esquema y fortalecer las acciones de conservación y control de la deforestación.

Reconocimiento internacional

“Este programa demuestra lo que es posible cuando los gobiernos lideran la acción climática. Misiones construyó las instituciones, las políticas y las alianzas necesarias para proteger sus bosques y llevar los resultados de ese trabajo al mercado. Así luce el éxito cuando las políticas públicas y los mercados de carbono trabajan juntos”, destacó Mandy Rambharos, directora ejecutiva de Verra.

Por su parte, Adolfo Safrán, señaló en la publicación de Verra: “Celebramos haber alcanzado un hito tan importante para la conservación. La Provincia de Misiones siempre ha hecho de la protección de la selva una política de Estado. Nuestro mecanismo de distribución de beneficios permitirá devolver a la comunidad el esfuerzo realizado durante décadas. Invitamos a los inversores calificados interesados en créditos de alta calidad a sumarse y apoyarnos en esta iniciativa. Agradecemos a Verra por su colaboración permanente y su disposición para trabajar junto a nosotros.”

Con su inscripción definitiva en el Registro Verra, Misiones se posiciona como una referencia internacional en materia de conservación forestal, mercados de carbono y financiamiento climático basado en resultados verificables

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Ambiente

Orembaé presentó amparo contra Ecología por acceso a información sobre Corpus

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Orembaé presentó amparo contra Ecología por acceso a información sobre Corpus

La Asociación Civil Orembaé interpuso una acción de amparo ante la Justicia provincial contra el ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones por la falta de respuesta a un pedido formal de acceso a información pública ambiental vinculado al Proyecto Corpus y al cumplimiento del mandato popular surgido del plebiscito de 1996.

La presentación judicial quedó radicada en el Juzgado Civil y Comercial Cinco de Posadas, luego de que vencieran los plazos legales establecidos por la Ley XVI N.º 81 de Acceso a la Información Ambiental sin que el organismo provincial brindara respuesta.

Martín Ferroni, abogado de la asociación, sostuvo “no se trata de una cuestión de falta de transparencia, sino de un incumplimiento de deberes legales”. y remarcó que “el acceso a la información ambiental constituye un derecho humano reconocido tanto por la legislación argentina como por tratados internacionales”.

El pedido administrativo había sido presentado el 22 de abril y contemplaba dos ejes principales. Por un lado, se solicitó información sobre las gestiones realizadas por el Poder Ejecutivo provincial ante el gobierno nacional en cumplimiento de la Ley XI N.º 5, norma que ratifica el resultado del plebiscito realizado el 14 de abril de 1996, donde la ciudadanía misionera se expresó mayoritariamente en rechazo a la construcción de la represa Corpus Christi sobre el río Paraná.

Por otro lado, Orembaé requirió acceso a estudios de prefactibilidad y factibilidad técnica y ambiental, Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA), Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA), registros de participación ciudadana y demás actuaciones vinculadas al proyecto en el emplazamiento Pindo-I, documentación que -según señalaron- habría sido generada por la Comisión Mixta del Río Paraná (Comip) y otros organismos intervinientes.

“La Comip está difundiendo públicamente la existencia de supuestos estudios vinculados al proyecto y queremos saber si efectivamente se realizaron conforme a los procedimientos legales establecidos por la provincia”, señaló Ferroni.

En la presentación judicial, la organización también cuestiona la intervención de la Comip sobre cuestiones ambientales y territoriales que, según afirman, corresponden al dominio originario de la provincia de Misiones. “Los bienes naturales pertenecen a la provincia y no a la Nación”, apuntó.

Asimismo, desde la asociación indicaron que la legislación vigente impide legalmente avanzar con la construcción de Corpus o cualquier otra represa sobre el tramo del río Paraná correspondiente al territorio misionero. “La Ley XI N.º 5 tiene origen en la voluntad soberana del pueblo expresada mediante plebiscito y no puede ser dejada sin efecto por una mayoría legislativa simple ni por decisiones administrativas”, planteron.

La acción judicial se fundamenta en el artículo 16 de la Constitución Provincial, el artículo 43 de la Constitución Nacional, la Ley XII N.º 2 de Amparo, la Ley General del Ambiente N.º 25.675 y el Acuerdo de Escazú, tratado internacional que garantiza el acceso oportuno y efectivo a la información ambiental.

Además del amparo, Orembaé solicitó una medida cautelar urgente para que la Justicia ordene al ministerio de Ecología entregar la información requerida en un plazo máximo de cinco días hábiles.

El abogado advirtió que analiza avanzar con denuncias penales contra funcionarios responsables por presunto incumplimiento de deberes de funcionario público, así como realizar presentaciones ante organismos internacionales por posibles incumplimientos de las obligaciones asumidas por Argentina en el marco del Acuerdo de Escazú.

“El acceso a la información ambiental es un derecho humano y su vulneración sistemática no puede quedar sin consecuencias jurídicas”, concluyó Ferroni.

Ambientalista sobre nuevo debate por represas: “Corpus está prohibido por ley”

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