Policiales
Apóstoles: un joven lucha por su vida tras ser atacado por una patota
Tiene 17 años y cuando salió de un boliche para acompañar a su amiga fue atacado a patadas, golpes y cascotazos que lo dejaron inconsciente. Hay seis detenidos.
APÓSTOLES. Como mínimo, habrían sido seis los que lo golpearon hasta dejarlo inconsciente y tirado en la vereda. La víctima fue un adolescente de 17 años al que sus agresores no le tuvieron piedad.
Lo golpearon hasta romperle los huesos. Alguien los conocía y eso permitió que cuatro de ellos fueran los primeros detenidos, mientras que dos restantes fueron buscados intensamente por la Policía hasta que fueron aprehendidos.
El joven se encuentra en estado crítico internado en terapia intensiva del Hospital Madariaga. En consulta con familiares y fuentes del caso, Valentín Maximiliano Monzón, se encontraba en un local bailable del centro en compañía de su hermana y algunas amigas.
Cuando llegó la hora de cierre se dispusieron a dejar el lugar. Salieron a pie y específicamente el joven acompañaba a una de las chicas hasta su casa. De repente vieron que se había desatado una corrida y ellos también corrieron.
Apenas habían llegado a la intersección de las calles Alvear fueron alcanzados por una patota que arremetió a golpes contra el joven.
Primero lo golpearon con un cascote en la cabeza, hecho que prácticamente lo puso knock out, y luego lo patearon por todo el cuerpo.
Monzón no fue el único que fue agredido, dado que según se pudo saber, la gresca habría sido generalizada y hubo varios contusos a causa de los cascotes que fueron arrojados por quienes “salieron a buscar pleito”, según indicaron testigos del hecho.
El joven fue auxiliado por sus amigos y mientras uno daba aviso al padre de lo que había ocurrido una ambulancia se puso en camino. Lo cargaron y lo llevaron al hospital local.
Tras ser revisado por el médico fue derivado a Posadas para que le realizaran estudios de mayor complejidad, para establecer de forma fehaciente la gravedad de las lesiones que había sufrido.
Llegó al nosocomio de esta capital a las 7 y lo llevaron directo a terapia. El médico ordenó que se le practicara una tomografía computada.
Este estudio dio cuenta que presentaba “traumatismo de cráneo, rotura de maxilar inferior, rotura de tabique nasal, rotura de piezas dentales, contusiones en las costillas provocadas presumiblemente por puntapiés, brazo y antebrazo quebrado en tres partes.
El médico que lo revisó nos explicó que temía que se le formara un coágulo en la cabeza e intentaban que no se duerma para que no se agrave su situación”, explicó la madre.
Por otra parte remarcó que en un principio ella se alarmó porque le salía sangre por la nariz y el oído, “pero el doctor explicó que dentro de todo eso era bueno para que no se formaran coágulos, porque de lo contrario debería entrar a cirugía. Más allá de ello, estas primeras 24 horas serán críticas”, señaló la progenitora.
Dijo también que le preguntó a su hijo qué fue lo que había sucedido “pero no se acordaba de nada”, a causa de los golpes.
El padre del joven radicó la denuncia y en base a averiguaciones y datos de testigos, efectivos del Comando Radioeléctrico de Apóstoles salieron en búsqueda de los sospechosos. Tres jóvenes de 19 años, dos de 18 y uno de 17 fueron arrestados en diferentes operativos.
Tomó intervención el Juzgado de Instrucción 4, desde donde se ordenó que cinco quedaran detenidos en sede policial. En tanto, el menor de 17 años, fue trasladado a la Unidad Penal IV de Posadas, donde permanecerá a disposición del Juzgado Correccional y de Menores N°2.
Primera Edición
Judiciales
Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”
La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.
En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.
Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.
“Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.
La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.
En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.
Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.
Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.
En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.
La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.
A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.
El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Judiciales
Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos
Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.
Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.
Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.
El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.
Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia.
Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.
En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.
“Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.
Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.
Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.
El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.
Juicio y versiones
Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.
La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.
La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.
Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.
En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.
Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.
Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.
Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida
Policiales
Resguardan a cuatro niños encerrados y sin comida en Villa Bonita
La Policía de Misiones asistió a cuatro niños que fueron encontrados sin alimentos y en estado de vulnerabilidad extrema en un departamento de alquiler situado sobre la calle Puerto Iguazú de Villa Bonita.
El hecho se registró hoy alrededor de las 11:30 por efectivos de la Unidad Regional II, quienes arribaron al lugar y entregaron a los menores a familiares para su resguardo y posterior intervención del área social municipal.
El operativo se realizó en conjunto con el Comando Radioeléctrico, donde fueron alertados sobre la situación. Inmediatamente, el personal de la división de emergencia urbana constató la presencia de dos niñas de 3 años, y dos niños de 2 y 4 años, quienes permanecían encerrados y sin alimentos desde el sábado por la tarde, momento en que su madre se habría ausentado del domicilio, sin datos actuales sobre su paradero.
Ante el cuadro crítico, los policías adquirieron alimentos de primera necesidad para brindar asistencia alimentaria inmediata a los menores, como así también dieron intervención al gabinete interdisciplinario policial de esa jurisdicción.
Minutos después, lograron establecer contacto con la ciudadana Mary Graciela R. (26), tía de los niños, quien se hizo presente en el lugar y manifestó desconocer la situación en la que se encontraban sus sobrinos.
Por razones de urgencia y preservación de la integridad de los menores, la fuerza procedió a la entrega de los cuatro niños a su tía para guarda y custodia responsable, hasta tanto se definan nuevas medidas del sistema de protección.
Algunos detalles
Durante las entrevistas con los moradores del barrio, los vecinos coincidieron en que la situación detectada sería presuntamente habitual, señalando que la madre los dejaría solos, encerrados y sin alimentos durante varios días, y que los niños podrían ser víctimas de maltrato sistemático cuando la progenitora se encuentra en el domicilio.
En ese contexto, se requirió la intervención del área social, interviniendo el equipo de Asistentes Sociales de la Municipalidad de Oberá, que fue activado para el abordaje del grupo familiar y el seguimiento institucional del caso.
La causa fue informada al Juzgado y organismos provinciales competentes para la continuidad de las investigaciones y el resguardo integral de los menores.
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