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La Corte le dijo a Misiones que la prescripción tributaria es de 5 años; no de 10

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Fue en un fallo de la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”. Reafirmó la facultad de la Nación.

POSADAS. La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que “la prescripción de las obligaciones tributarias locales” se rige “por lo estatuido por el Congreso de la Nación para toda la República”, al rechazar el plazo de diez años que está en vigencia en Misiones.

El fallo correspondió a la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”.

El máximo órgano de administración de Justicia atribuyó a las normas superiores lo relativo a plazos, momento de inicio y causales de interrupción o suspensión que se aplican en las obligaciones tributarias locales.

De esa manera, desestimó la postura del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones que había rechazado el planteo de prescripción opuesto por la Provincia y declaró aplicable el plazo de diez años previsto en el artículo 118 del Código Fiscal provincial, entonces vigente.

En su fallo, la Corte determinó que la prescripción “no es un instituto propio del derecho público local, sino un instituto general del derecho, lo que ha justificado que, en ejercicio de la habilitación conferida al legislador nacional por el art. 75, inciso 12, de la Constitución Nacional, aquel estableciera un régimen destinado a comprender la generalidad de las acciones susceptibles de extinguirse por esa vía”.

Límite a las Legislaturas

En consecuencia, “las legislaturas locales no se hallaran habilitadas para dictar leyes incompatibles con las previsiones que al respecto contenían los códigos de fondo”, remarcó la Corte con las firmas de Elena Highton de Nolazco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti.

Y añadió que los hechos del caso “no deben ser juzgados a la luz del nuevo Código Civil y Comercial ni sobre la base del principio de la aplicación inmediata de la nueva ley, sino de conformidad con la legislación anterior”.

Ello debido a que “no se ha controvertido en autos que la deuda tributaria reclamada en concepto del impuesto sobre los ingresos brutos responde a los períodos fiscales comprendidos entre los años 1987 y 1997. Esto es, que fue constituida y se tornó exigible bajo la vigencia de la ley anterior”.

Además “su determinación de oficio ha sido realizada varios años antes del dictado del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y, que lo mismo ha ocurrido con la decisión final adoptada por la administración, de manera tal que el plazo de prescripción para reclamar el ingreso de aquel tributo, se ha iniciado y ha corrido durante la vigencia del antiguo régimen”.

En dicho tramo, la Corte citó la resolución 2506/02 de la Dirección General de Rentas de Misiones del 18 de diciembre de 2002 y la resolución 183, del 4 de mayo de 2005 del Ministerio de Hacienda, Finanzas Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Misiones.

Disidencia

En disidencia, Rosatti, opinó que las provincias, y obviamente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “cuentan con competencia para regular la prescripción de la acción tributaria en toda su extensión; esto es, en cuanto refiere a los poderes del Fisco para reclamar sus tributos (el plazo, la forma de cómputo y las causales de suspensión y/o interrupción) y en lo atinente a la acción de repetición”.

Añadió que “tampoco importa habilitar a las jurisdicciones locales a fijar plazos excesivamente extensos, disponer causales de suspensión o interrupción improcedentes, o habilitar modos de computar los plazos que tiendan a perjudicar a los contribuyentes”.

“Los poderes fiscales provinciales y municipales -tal como ocurre con el nacional- se encuentran sujetos a los principios constitucionales de la tributación y, con particular referencia al caso, al principio de razonabilidad”, puntualizó.

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Emipa acusó a Ruff por amenazar con máquinas a mbyas de Puente Quemado II

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El conflicto territorial entre la comunidad mbya Puente Quemado II y el empresario forestal Alfredo Ruff, quien reclama la restitución de los lotes 71 al 78 en Garuhapé, sumó un nuevo capítulo de “tensión y amenazas” esta mañana.

Según consta la denuncia pública realizada por el Equipo Misiones de Pastoral Aborigen (Emipa), este lunes el empresario arribó al predio relevado en el marco de la Ley 26.160, sobre el que exige la devolución del territorio, y ante los integrantes de la comunidad “insistió constantemente en el derecho de propiedad privada por sobre los derechos indígenas”.

A través de un comunicado, Emipa aseguró que Ruff se dirigió a los miembros de la comunidad y lanzó: “Ustedes son paraguayos” y “usurpadores”.

En un video que fue adjunto al escrito difundido en sus redes sociales, también se escucha la frase: “Vamos a seguir trabajando y si hay que empujar con máquinas, vamos a empujar con máquinas“.

Acorde al mismo comunicado, en su defensa, los mbya intentaron explicarle sobre la preexistencia y los alcances de la normativa nacional e internacional que protegen los derechos de los Pueblos Indígenas, en alusión a la Ley 26.160, de emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades originarias y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Sin embargo, aseguran que “no fueron escuchados y siguieron las acusaciones”.

En pos de dar respuestas a este conflicto, el Ministerio de Derechos Humanos y la Dirección de Asuntos Guaraníes tienen prevista una nueva mesa de diálogo esta semana para abordar la situación derivada del desalojo de familias el pasado 28 de julio.

A dicha mesa de trabajo serán convocados representantes de la Policía de Misiones, del ministerio de Gobierno, del Poder Judicial, del Ministerio Público Fiscal, de la Municipalidad de Garuhapé, de la parte propietaria del inmueble, del Consejo de Caciques, caciques de otras comunidades mbya guaraní y un intérprete.

 

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Remiseros rechazan trasladar a mbyas a Puente Quemado II por amenazas

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Remiseros rechazan trasladar a mbyas a Puente Quemado II por amenazas

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En medio del conflicto territorial que involucra a la comunidad mbya Puente Quemado II y al empresario forestal Alfredo Ruff, este domingo se viralizó un audio en el que un hombre “sugirió” a un remisero no trasladar a los integrantes de la tekoa, lo que infundió miedo y propagó temor entre quienes prestan el servicio particular en Garuhapé.

No vayas a venir más acá para el lugar donde los paisanos están haciendo protestas porque ya te tienen marcado los milicos. No vayas a traer más paisanos para acá”, se escucha en el audio enviado por un hombre que se identificó como César. 

Luego de este episodio, uno de los remiseros locales aseguró que no ofrecerá el traslado a los miembros de la comunidad por temor a represalias. “Yo no voy a llevar más gente porque no quiero problemas con los colonos y menos con la autoridad”, manifestó un chofer de la zona consultado por La Voz de Misiones.

Esta comunidad se encuentra ubicada a 22 kilómetros de la ruta nacional 12, por lo que la única forma de acceder es a pie o a través de vehículos contratados de manera particular.

En los últimos años, Puente Quemado II fue blanco de denuncias por parte del empresario forestal Ruff, quien reclama la restitución de los lotes 71 al 78, territorio que fue relevado en el marco de la Ley 26.160.

El martes 28 de julio, siete familias fueron desalojadas del predio mediante una medida judicial ordenada el pasado 17 de julio por el juez de Instrucción Dos de Jardín América, a cargo del juez Roberto Sena, y suspendida tras la apelación presentada por abogados del Equipo Misiones de Pastoral Aborigen (Emipa).

La ilegalidad del procedimiento fue advertida por el Ministerio Público Fiscal, por lo que, tras 48 horas de la ejecución, la Fiscalía de Instrucción Uno de Puerto Rico, a cargo de Héctor Simón, dictaminó dejar sin efecto el desalojo

Finalmente, este domingo los miembros de la comunidad regresaron al predio y allí se encontraron con personal policial. Además, según material fotográfico difundido por el grupo de activistas Rebelión o Extinción Misiones, el propio empresario habría arribado al lugar cubriendo su rostro con un pasamontaña. 

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Productores celebraron la quinta Fiesta del Azúcar Rubio en Mojón Grande

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En Mojón Grande residen más de 60 familias productoras de caña de azúcar y derivados, quienes este domingo celebraron la quinta edición de la Fiesta Provincial del Azúcar Rubio Artesanal. Como principal economía del municipio, el año pasado vendió 250.000 kilogramos de azúcar a la empresa bonaerense Cachafaz, lo que generó ingresos superiores a los $350 millones. 

Si bien la producción de caña y la elaboración de miel, rapadura y azúcar rubio se remonta a una antigua tradición regional, en esta localidad la actividad recibió un fuerte impulso en el año 2019 con la sanción de la Ley Provincial VI Nº 230 que declaró a Mojón Grande Capital Provincial del Azúcar Rubio Artesanal.

En esa localidad, ubicada dentro del departamento misionero de San Javier, los productores cultivan caña de azúcar sobre tierras propicias para el crecimiento de plantas de alta calidad y elaboran el azúcar -sin agregados químicos- en sus casas, utilizando herramientas y maquinaria especializada en espacios acondicionados, y luego venden el producto final a la Cooperativa Agrícola Mojón Grande y acopiadores.

Con el correr del tiempo, la legislación fue ampliada por la Ley VIII N.º 107, sancionada en 2024, que la estableció como sede permanente de la fiesta que inició en el año 2022, y brindó las condiciones necesarias para que el sector consolide su crecimiento con inversiones en infraestructura y organización cooperativa. 

Fue así que en el año 2025, la cooperativa local acopió y comercializó 350.000 kilos de azúcar distribuidos en trece cargas con destino a Buenos Aires, lo que generó ingresos superiores a $350 millones para las familias productoras, además de ampliar su inserción comercial de productos como rapadura, miel de caña, dulces, mermeladas y panificados.

“Es lo que más inyecta dinero a las familias de los productores en este momento tan complicado para todas las cosas de la chacra, y eso hace que se multiplique y distribuya en otros sectores de la economía, no solo de Mojón Grande, sino también de la región“, destacó Adrián Solis, intendente de Mojón Grande consultado por La Voz de Misiones.

Exposición de productos locales

La fiesta

La quinta edición de la Fiesta Provincial del Azúcar Rubio Artesanal se concretó este domingo 2 de agosto y reunió a productores, emprendedores y vecinos, tanto de Mojón Grande, como también de Gobernador López, Ameghino, Dos Arroyos y San Javier.

Sobre este evento organizado por la Municipalidad, el intendente remarcó: “La fiesta vino a poner en valor la producción familiar y se convirtió en una vidriera para mostrar esta actividad que es tan importante para la región. Por otra parte, la fiesta permitió atraer más visitantes a Mojón Grande, como “el lugar del azúcar”, y eso ayuda mucho”.

Respecto a los desafíos productivos, analizó: “De ahora en más apuntamos a seguir ampliando el mercado del azúcar rubio, apoyar a los productores y hacer que cada día esta producción cobre más importancia y que las familias puedan encontrar el progreso económico a través de la producción de azúcar”.

Durante la jornada, recibieron al gobernador Hugo Passalacqua, quien recorrió los stands, entregó insumos deportivos y destacó el crecimiento de la actividad en el municipio.

El evento contó con exposición de productores, feria gastronómica y de emprendedores, demostraciones del proceso de elaboración del azúcar rubio artesanal, espectáculos musicales y propuestas para toda la familia. 

Fotos: Misiones Online

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