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Revelan que un secretario judicial intentó cubrir a Santa Cruz cuando viajó a Perú

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Es Daniel Morcillo, quien secundó al juez César Jiménez en la juicio contra la ex modelo. El diario digital Infobae aseguró que firmó un acta sobre la presencia de ésta en Posadas, cuando en realidad estaba en Perú.

POSADAS. Un secretario judicial intentó cubrir la ausencia de la ex modelo Rocío Fiorella Santa Cruz firmando un acta de comparecencia, cuando en realidad ésta se encontraba en Perú, reveló el diario digital porteño Infobae.

El funcionario involucrado por la publicación es el doctor Daniel Morcillo (en la foto, a la derecha), quien el 26 de diciembre de 2018 firmó un acta que daba cuenta de la presentación de Santa Cruz en el juzgado, en medio de un escándalo por haber violado la prohibición de salir del país.

Infobae, en una nota titulada  “La vida de viajes prohibidos y complicidad judicial de la ex candidata a Miss Argentina condenada por matar a un hombre”, describió los pormenores del caso que se abrió con la muerte de Ramón Cabrera, arrollado por el auto que manejaba Santa Cruz.

“El miércoles 26 de diciembre, un acta judicial firmada por el secretario Daniel Morcillo, integrante del juzgado que la condenó, indicó que efectivamente Rocío Santa Cruz se hizo presente esa mañana ante la Justicia tal como se lo habían solicitado.

Pero, ¿cómo podía ser? ¿La misma mujer que había estado volando el 25 a Perú estaba en la mañana del 26 en Misiones? Parece magia pero no. Tiene otro nombre: complicidad judicial”, según reveló la publicación porteña, tras detallar los pormenores del viaje de la mujer y su pareja.

A esa altura, ya pesaba sobre la ex modelo y abogada de la AFIP una condena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, por aquél hecho que protagonizó en enero de 2016, mientras conducía alcoholizada su auto, en Posadas.

El acto de desobediencia derivó en el encarcelamiento de la condenada desde febrero de este año y por el término de 155 días, pero recuperó la libertad mediante la presentación de un recurso de habeas corpus, en una medida judicial que despertó reacciones en contra y a favor.

Con respecto a la intervención del secretario Morcillo que reveló Infobae, se trató de un hecho desconocido hasta ahora, que podría desembocar en su separación del cargo y hasta la exoneración como funcionario judicial por “falsificación de documento público”, según trascendió.

La nota periodística agregó que el miércoles 26/12/2018, “exactamente a las 8.43 y a las 11.25, Rocío mantuvo dos comunicaciones desde el exterior con un celular localizado en Posadas.

Fueron llamadas de varios minutos con el abonado finalizado en 8200. ¿A quién pertenece ese número de teléfono? A Daniel Morcillo, el secretario del juzgado que le había dictado la sentencia y la prohibición de salida del país que luego firmó el acta que indicaba que Santa Cruz se había presentado en tiempo y forma tras su citación y que estaba a derecho”.

Y añadió que “hasta el día de hoy, tras pasar por la cárcel y ser liberada esta semana, Santa Cruz insiste con que nunca salió del país a pesar de las pruebas recolectadas. Tanto ella como su defensa aseguran que estuvieron en la provincia de Chaco durante esos días. Inclusive una fuente cercana a ella y que trabaja en su representación legal va más allá: “Si salió o no del país no tiene relevancia. Ella se presentó en tiempo y forma en el juzgado que es lo que exige la ley. Mientras ella cumpla con eso significa que está a derecho”.

 

fica que está a derecho”.

Judiciales

Ex juez pide censura a LVM por nota sobre entrega de bebés en Concepción

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juez reyes concepción

Una semana después del informe que releva un esquema de entrega de bebés en Concepción de la Sierra llegó una amenaza de censura contra La Voz de Misiones. Lo hizo el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, quien ahora se desempeña como abogado defensor particular de una pareja bonaerense que fue condenada por los delitos cometidos en el hecho investigado.

El ex magistrado, que fue destituido por un juicio político realizado en 2007, envío una carta documento a título a personal que llegó este lunes a la mañana a la redacción de La Voz de Misiones, medio que el 5 de enero pasado publicó la nota “Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena”.

En dicha publicación, LVM expuso dos casos de entrega de niños recién nacidos que ocurrieron entre 2021 y 2022 en Concepción de la Sierra, donde los diversos autores implicados, tanto la madre biológica, como quienes oficiaron de intermediarios y quienes recibieron a los menores, asumieron sus respectivas responsabilidades en sendos acuerdos de juicio abreviado que se tradujeron en sentencias condenatorias.

Uno de esos involucra a la pareja conformada por el utilero de escenografía Luis Gabriel Ibáñez y a su esposa Lorena Soledad Márquez, quienes residen en San Miguel, provincia de Buenos Aires, pero que en marzo de 2022 vinieron hasta la tierra colorada para llevarse a una niña de cuatro meses con la que convivieron unos pocos meses hasta que el Juzgado Multifuero de Apóstoles descubrió la maniobra y ordenó un operativo de rescate que se concretó exitosamente.

Después de ello, se activó una causa penal que fue dirigida por la magistrada Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas. El expediente continuó su curso normal, con incorporación de pruebas, toma de indagatorias y exámenes de ADN, hasta que fue enviado a juicio oral, aunque antes de llegar a esa instancia los bonaerenses firmaron un acuerdo de juicio abreviado donde admitieron su culpabilidad con la anuencia de Reyes como abogado defensor.

De esa manera, tanto Ibáñez como Márquez recibieron 3 años de prisión en suspenso por delitos de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, con la diferencia de que a la mujer también se le atribuyó “promoción e intermediación”.

La carta documento de Reyes fue emitida el 9 de enero y llegó hoy a la redacción de LVM.

“Merecen la censura”

Ahora, Reyes, en su carácter de abogado defensor de ambos condenados, pero a título personal y desde su estudio en J.J. Lanusse 136 de Apóstoles, envío una carta documento intimando al medio a eliminar la nota publicada argumentando “calumnias”, atacando la fuente de información y considerando que los datos revelados “merecen la censura”.

Intimo se abstenga a calumniar a mis defendidos mencionados en el segundo caso publicado en las redes sociales, en clara violación ART. 1° Ley 27.708, que únicamente pudieron ser obtenidos de fuentes judiciales del fuero penal federal y provincial”, invoca Reyes.

En otro párrafo, arguye que “el periodismo viola el ART. 28 CN porque están incurriendo en el delito revelando los datos de los involucrados judicialmente y con ello perjudican el honor, la reputación e integridad de personas concretas”.

“Es indudable que obtuvieron esos datos y los publicaron injustificadamente con un efecto de amplitud y velocidad impredecible que merecen la censura”, remata luego.

Incluso, añade cuestiones que de índole cuasi personal que en ningún momento fueron objeto de la publicación efectuada por este diario. En su escrito Reyes acusa que “el juez y la defensora oficial de Apóstoles inculparon falsamente a sus defensores por instigadores a cometer delito supresión de identidad” y acto seguido se defiende “nunca antes tuvimos contactos con ellos ni la madre de la niña”.

El documento cierra con una intimidación de 72 horas para “retractarse y suprimir de las redes dicha noticia”, con la advertencia de ser “demandados y querellados” en caso contrario.

Información pública

Asesores consultados por LVM calificaron la presentación como “errónea, improcedente y hasta contradictoria”.

Por ejemplo, explicaron que uno de los articulados citados, el ART. 1° Ley 27.708 (Ley Argentina Digital), que tiene por objeto declarar “de interés público el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones, y sus recursos asociados, estableciendo y garantizando la completa neutralidad de las redes”, normativa considerada “no aplicable” para este caso puntual.

Además, yerra severamente Reyes cuando hipotetiza sobre el origen de la información. Es que, más allá de las inobjetables fuentes consultadas por este medio, el fallo que condena a sus defendidos es de público conocimiento en internet, donde el documento está a solo unos click’s de distancia para quien sabe navegar en sitios oficiales de información pública.

Sin ir más lejos, la sentencia condenatoria de 16 páginas emitida por el Tribunal Oral Federal de Posadas contra los defendidos de Reyes se encuentra aún disponible en el Centro de Información Judicial (CIJ), siendo de esta manera información pública, a disposición de cualquier ciudadano.

El fallo que condena a los defendidos de Reyes es público en el Centro de Información Judicial (CIJ) del Poder Judicial de la Nación.

Destituido

Reyes, que ahora ejerce como abogado particular, supo ser un juez marcado por resoluciones polémicas que incluso le valieron un juicio político que derivó en su destitución.

El ex magistrado fue titular del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, pero fue acusado de habilitar un recurso de amparo a favor de la empresa “Touché-Moreno Ocampo y Otros UTE”, que le permitió extraer 3 millones de pesos del banco Macro, supuestamente en concepto de pagos pendientes por el cobro tercerizado de morosos de Rentas.

Esa situación le valió un Jury que culminó en 2007 con su destitución del cargo. Para evitar la expulsión había renunciado, pero la dimisión no le fue aceptada.

El nombre Reyes, además, volvió a ser noticia recientemente cuando se supo que la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) ordenó reabrir la investigación por la muerte del soldado Mauro Ramírez, ocurrida el 26 de junio de 2003 dentro del destacamento de Monte 30 del Ejército Argentino en Apóstoles.

El primero en atender esa causa fue Reyes cuando dirigía el Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, pero en tres meses decidió archivar el expediente al considerar el hecho como suicidio, tesis que aún 20 años después sigue en duda, con fuertes indicios de que en realidad se trató de un caso de violencia institucional. 

Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena

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Policiales

Peatón falleció tras ser atropellado por un auto sobre ruta 12 en Jardín América

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En la madrugada de este lunes, un automóvil Fiat Cronos, conducido por un hombre de 66 años, circulaba en sentido Iguazú–Posadas cuando embistió a un peatón, provocando su muerte sobre la ruta 12 a la altura del kilómetro 1441, en jurisdicción de la ciudad de Jardín América.

La víctima fue identificada como Hugo Orlando Villar (60), quien se encontraba domiciliado en Colonia Primavera. Al momento del impacto quedó sobre la banquina, sin obstruir la circulación vehicular.

En el lugar trabajó personal policial de la Comisaría Seccional Primera de Jardín América, dependiente de la Unidad Regional IX.

Por disposición judicial, las autoridades procedieron al secuestro del vehículo involucrado y practicaron los exámenes de dosaje sanguíneo tanto al conductor como a la víctima

Por estas horas realizan las averiguaciones correspondientes a fin de establecer la identidad del fallecido y los motivos que desencadenaron el fatal desenlace.

Por disposición judicial, el cuerpo fue entregado a un familiar para velatorio y posterior inhumación.

Identificaron al peatón que murió atropellado sobre avenida Quaranta

 

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Policiales

Un hombre en una moto brasileña chocó y murió sobre la avenida Quaranta

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Un hombre que conducía una motocicleta con dominio brasileño y cuya identidad aún no fue establecida falleció esta tarde en un accidente de tránsito protagonizado contra un automóvil sobre la avenida Quaranta de Posadas.

De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, el siniestro ocurrió a las 16.50, en Quaranta y avenida Zapiola, en jurisdicción de la comisaría Decimoctava, dependiente de la Unidad Regional X.

En ese sitio, por causas que se intentan establecer, colisionaron un automóvil Chevrolet Prisma conducido por Fabián Guillermo E. y una motocicleta BMW GS, patente brasileña, guiada por un hombre cuya identidad aún se desconoce.

Como consecuencia del fuerte impacto, el motociclista falleció en el lugar, mientras que el conductor del auto fue trasladado al hospital Madariaga para recibir la atención médica correspondiente.

En el lugar trabajó el personal de la comisaría jurisdiccional y los agentes especializados de la División Científica, quienes realizaron las pericias de rigor para esclarecer las circunstancias del suceso y determinar posibles responsabilidades.

El auto era conducido por Fabián Guillermo E., quien fue llevado al hospital. 

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