Provinciales
Juez de Puerto Iguazú rechazó presentación contra el pase sanitario

El juez Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, pero actualmente a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral por subrogancia legal, rechazó el recurso de habeas corpus presentado por dos vecinos de Puerto Esperanza que se manifestaron en contra del pasaporte sanitario impuesto en forma conjunta por los ministerios de Gobierno y Salud de Misiones, el cual rige desde el 1 de enero.
En su resolución, firmada el viernes, el juez Brites dictaminó rechazar “in limine”, es decir, sin más trámites, la presentación de los vecinos de Puerto Esperanza “por no darse ninguno de los supuestos contemplados”.
El recurso de habeas corpus fue presentado el miércoles de la semana pasada, bajo el patrocinio del abogado particular y además concejal de Montecarlo por Juntos por el Cambio (PRO), Lucas Vega.
En el documento, los accionantes se manifestaron en contra de la aplicación del pasaporte sanitario, argumentando que la medida era abusiva, arbitraria, que limita el derecho a la libertad, que viola los principios de confidencialidad y que transforma a los ciudadanos misioneros sin el permiso en virtuales “muertos civiles”.
Además, agregan que ninguna declaración de emergencia sanitaria puede pasar por alto a la Constitución Nacional, ni privar de la libertad.
La presentación fue analizada por el juez Brites, que el viernes firmó el rechazo del habeas corpus al considerar, entre otros puntos, que “el planteo formulado no logra demostrar que la normativa impugnada implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales y colectivos”.
En esa línea, el magistrado añade en su resolución que “cabe remarcar que, el Estado provincial funda su decisión en virtud de la emergencia epidemiológica y sanitaria, con el objetivo de proteger la salud pública -clara obligación indeclinable del Estado-“.
En su planteo, al cual La Voz de Misiones tuvo acceso, Brites sostiene que el pase sanitario debe ser analizado en el marco de que las medidas fueron dispuestas con el objetivo de proteger la salud pública evitando la propagación del Covid-19 y permitiendo un proceso de re-apertura de las actividades, adhiriendo además a disposiciones del Ejecutivo nacional, siguiendo recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y considerando los efectos de la nueva variante Ómicron.
“(…) Las medidas fueron dictadas por el Ministerio de Gobierno y de Salud con motivo de una emergencia, siendo adoptadas dentro de un prudente marco de discrecionalidad, pero en base a motivaciones objetivas, plasmadas en los informes epidemiológicos del Ministerio de Salud -como autoridad sanitaria con competencia técnica específica en la materia. En ese contexto, debo guardar deferencia respecto de la decisión del Poder Administrador, pues resultaría ajeno a mi competencia, en el marco de una acción de habeas corpus, decidir sobre el acierto o desacierto, la mayor o menor conveniencia de dichas medidas”, se sostiene en el fallo.
Y continúa: “A ello, debemos sumar que el derecho a la libertad -como todo derecho- no es absoluto. Es decir, existen otros valores que el ordenamiento jurídico también protege, tal como ocurre con la cuestión vinculada a la salud pública de la población en general. En otras palabras, la libertad individual “supuestamente afectada” (tal y como lo alegan los accionantes), no pueden excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas necesarias para poner fin a una situación de pandemia que tanto daño y sufrimiento a causado a lo largo y ancho del planeta”.
En base a todo lo expuesto es que Brites concluye que “por estos argumentos, considero es que lo solicitado por los accionantes -se preserva- en lo que a su presentación respecta, de ningún modo cumplen con los supuestos establecidos en el artículo 3 contemplada en la ley 23.098, amén de ello los accionantes no han especificado tampoco limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria de persona determinada/s, por la que la presente acción carece de la individualización de beneficiario, por ello escapa a un supuesto de restricción ambulatoria a remediar por medio del hábeas corpus; una razón más, para el rechazo in limine de la acción, con costas al accionante”.
Otro habeas corpus con similares características fue presentado en paralelo por una vecina de Montecarlo, ante el recientemente creado juzgado universal de esa localidad.
Rechazo nacional
Sandra Pitta, investigadora y ex candidata a diputada nacional por Juntos por el Cambio, presentó a comienzos de enero un recurso similar y también fue rechazado.
La presentación se trató de un recurso de habeas corpus colectivo en el cual pidió que se declare la inconstitucionalidad del pase sanitario aplicado por Decisión Administrativa 1198/2021.
La científica sostuvo que se trata de una medida que “condiciona os derechos de movilidad de las personas ya que le exigen la vacunación -cuando no es obligatoria- para ingresar a eventos masivos”.
La presentación fue analizada por el juez nacional de instrucción Alfredo Godoy, que finalmente terminó rechazando el habeas corpus y, por consiguiente, avalando la medida del Gobierno.
Según consignó Infobae, primero el juez “explicó que en tres oportunidades citó a Pitta a una audiencia para ratificar la presentación pero la investigadora no se presentó”.
“La normativa cuestionada se ha dictado con la evidente intención de evitar la propagación de una enfermedad catalogada como pandemia, en miras de salvaguardar intereses superiores, por lo que el fin perseguido por la norma, en tanto el bien jurídico que se pretende proteger la salud pública es legítimo, los medios utilizados son razonables y prudentes”, sostuvo el juez Godoy en su fallo, según el mismo portal porteño.
Desde Republicanos Unidos, agrupación liderada por Ricardo López Murphy y que actualmente pertenece Pitta, iban a apelar el fallo para que la cuestión sea analizada por la Cámara del Crimen.
En Corrientes y La Plata también se rechazaron recursos similares, en tanto que recientemente la Corte Suprema de Justicia de Nación rechazó habilitar la feria judicial para tratar planteos contra la aplicación del pasaporte sanitario.
Provinciales
Docentes cortan ruta 12 en Montecarlo en desacuerdo con el aumento del 5,1%

Docentes del Frente de Trabajadores de la Educación en Lucha (FTEL), Autoconvocados 100% y el Movimiento Pedagógico de Liberación (MPL) cortan el tránsito de la ruta nacional 12, a la altura del kilómetro 1.519, en la localidad de Montecarlo.
La medida de fuerza que ejecutan los educadores sobre la arteria nacional estaba prevista para hoy en desacuerdo por el incremento salarial del 5,1% que anunció el gobierno provincial a aplicarse en dos tramos durante el periodo julio – octubre.
El incremento que propuso la patronal, un 2,5% en julio y otro 2,5% para septiembre, fue rechazado por las agrupaciones de docentes disidentes que este miércoles se movilizan, como así también por los gremios oficialistas al considerar “insuficiente” la propuesta.
Si bien todo el sector educativo rechazó la recomposición salarial del 5,1%, las autoridades provinciales definieron que se aplicaría lo propuesto en las mesas de diálogo realizadas el pasado jueves.
Debido a la postura oficial, los gremios disidentes anunciaron medidas de fuerza bajo la consigna “Basta de Ajuste”, de las cuales una se lleva a cabo en estos momentos sobre la ruta nacional 12 en Montecarlo por tiempo indefinido.
Según informó la Policía de Misiones, serían unos 75 trabajadores protestando sobre la arteria y agentes trabajan en el desvío de los vehículos por caminos alternativos.
Definen 5,1% de aumento para docentes y gremios en desacuerdo harán paro
Provinciales
Definen 5,1% de aumento para docentes y gremios en desacuerdo harán paro

En la mañana de hoy autoridades del gobierno provincial plantearon, ante los gremios de la mesa de diálogo docente, una recomposición salarial del 5,1% para el período julio-octubre de 2025, monto que finalmente fue rechazado, pero que de igual manera será aplicado. Por su parte, los gremios disidentes convocaron a paro por 24 horas, con movilización y asambleas para este viernes.
Del encuentro que se desarrolló en el Salón Oval del Ministerio de Educación, participaron el sindicato de Educadores Misioneros Alfredo Bravo (Semab), la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones (UDPM), la Unión Docentes Argentinos (UDA), la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica (Amet) y el Sindicato de Docentes de Educación Pública de Gestión Privada (Sidepp), quienes rechazaron el incremento salarial ofrecido.
La propuesta del gobierno consistió en una recomposición del 5,1% en los sueldos netos de bolsillo para el período julio-octubre de 2025, distribuidos en dos tramos: un 2,5% de aumento en julio y otro 2,5% en septiembre.
De esta manera, para julio el básico ascenderá a $165.000,77 y el mínimo salarial (con el Fopid) a $613.449 para los docentes sin antigüedad, $629.633 para los de cinco años, $655.929 para los de diez años, $679.796 para los de 15, $767.703 para los de 20 y $855.410 para quienes cuentan con 25 o más años de antigüedad.
Al mismo tiempo, planteó que el 33% del Fopid, que hasta ahora era no remunerativo, pasará a serlo a partir de agosto y se estableció el pago de las suplementarias docentes de abril y mayo durante julio, y la de junio en agosto.
Del encuentro participaron el ministro de Educación Ramiro Aranda, la ministra de Trabajo Silvana Giménez, el ministro de Hacienda Adolfo Safrán, la presidenta del CGE Daniela López y su equipo de trabajo conformado por el secretario general de UDPM Rubén Darío Caballero y demás representantes sindicales.
El rechazo
Culminado el cónclave, desde UDPM manifestaron su disconformidad con el incremento salarial a través de un comunicado: “Debido a considerar insuficiente la propuesta NO hay acuerdo en lo salarial”.
Sin embargo, reconocieron que se establecieron otros acuerdos en el marco de la mesa de diálogo, como ser: el remunerativo de un 33% del Fopid a partir de agosto, el pago de suplementaria de abril y mayo en el mes de julio, y la de junio en el mes de agosto.
También se acordaron nuevas reuniones de las mesas técnicas, siendo la de previsional y preceptores en la semana del 4 de agosto, la técnica pedagógica de jornada extendida y completa en la semana del 11 de agosto, salud laboral en la semana del 25 de agosto, educación técnica en la semana del 18 de agosto y técnica sobre cargos MEP/MET de escuelas públicas de gestión privada en la semana del 18 de agosto.
Finalmente contemplaron agilizar el contrato de porteros suplentes cuando se produce la vacante, analizar situación de acceso y terminalidad de las E.P.J.A en la primera semana de septiembre e incorporar un año más de titularización, vacante 2023 y la estabilidad laboral acorde a los requisitos mínimos establecidos por resolución.
Paro y movilización
Casi en simultáneo, se realizó una negociación en la Escuela Normal Estados Unidos del Brasil junto a los docentes que integran el Frente de Trabajadores de la Educación en Lucha (FTEL), Autoconvocados 100% y el del Movimiento Pedagógico de Liberación (MPL), quienes también rechazaron la propuesta.
“El gobierno provincial trajo como propuesta de aumento de $15.000 para julio y después recién en septiembre otro incremento de $15.000. En resumen eso fue lo que nos ofrecieron, por lo cual nosotros rechazamos de manera categórica. No hubo firma ni acta”, manifestó un docente del FTEL.
Frente a este panorama, los gremios mencionados decidieron convocar a paro por 24 horas con asamblea para este viernes 11 de julio, medida que se replicará durante el receso invernal los días miércoles 16 y jueves 24 de julio, con movilizaciones en distintas localidades.
Provinciales
Renovar la VTV vencida tendrá un recargo de 35% por trimestre

Por una disposición del ministerio de Gobierno, los talleres encargados de realizar la Verificación Técnica Vehicular (VTV) aplicarán un recargo de 35% por trimestre a quienes acudan a renovar el trámite con obleas vencidas.
La novedad fue informada por el diario Primera Edición, que además consignó que la normativa entrará en vigencia a partir del 1 de agosto y donde se estipula una tolerancia máxima de 10 días corridos desde el vencimiento de la VTV para no aplicar el recargo.
De lo contrario, los talleres estarán habilitados a cobrar un extra de 35% por cada trimestre transcurrido desde el vencimiento de la oblea anterior.
Es decir que, si un usuario acude a renovar una VTV que venció en un plazo estipulado entre tres y seis meses pagará un 70% más y si ocurre en un plazo de entre seis y nueve meses abonará un 105% más. Y así sucesivamente.
La medida se dispuso en paralelo a la autorización de un 30% de aumento en los valores del trámite, lo que elevó los precios de $42.000 a $54.600 para un autor particular y de $16.000 a $40.500 para motovehículos. A esos montos habrá que sumar los porcentajes que se correspondan a la cantidad de días transcurridos a partir del vencimiento de la licencia anterior.
Según añadió el mismo matutino posadeño, los recargos obedecen a resguardar la seguridad vial, debido a la detección de un importante número de usuarios que acuden a renovar el trámite con las licencias ya vencidas, lo cual constituye una infracción a las normas de tránsito.
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