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Dos represores de la dictadura condenados por torturas en la U-17 de Candelaria

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Dos ex agentes del Servicio Penitenciario Federal, José María Cuenca y Rubén Gómez, fueron condenados este martes por crímenes de lesa humanidad cometidos contra ocho detenidos políticos en la Unidad Penal Federal Nº 17 de Candelaria, entre los años 1976 y 1978.

Es el segundo juicio que enfrentan ambos por los delitos de torturas a presos políticos, luego que en un primer proceso en 2009 fueran condenados a 20 y 23 años de prisión por iguales delitos contra otras 18 personas.

Cuenca y Gómez estaban asignados a la custodia de los presos políticos que llegaban al penal de los diversos centros clandestinos de detención que funcionaron en aquella época.

“Los detenidos llegaban muy deteriorados física y psíquicamente por las torturas en los centros clandestinos”, describió la fiscal Vivian Barbosa, en la audiencia de esta tarde, del juicio oral y público que se desarrolló en el Tribunal Oral Federal (TOF), de Posadas.

Las nuevas denuncias

Este nuevo juicio contra ambos represores surge de la acusación presentada por el Ministerio de Derechos Humanos de la Provincia, por las denuncias de los ex detenidos Epifanio Acevedo, Héctor Escobar, Juan José Álvarez, Alejandro Rodríguez, José Guillermo Sosa, Pedro Ireneo Ávalos, Hipólito Benítez, y José Aníbal López.

Al momento de este nuevo proceso, los ex guardias penitenciarios purgaban sus condenas en la misma U-17 donde cometieron sus crímenes, aunque habían empezado a gozar de un régimen de salidas domiciliarias, que ahora, tras estas nuevas condenas, se interrumpirá, afirmó la fiscal Barbosa a La Voz de Misiones.

Es el quinto juicio por crímenes de lesa humanidad que se tramita en Misiones. Por la pandemia, ambos represores participaron de las audiencias por Zoom desde la prisión.

El testimonio de Escobar y Rodríguez, dos de las víctimas que prestaron declaración en la audiencia de hoy, y de los testigos Esteban Lozina y Ricardo Ortellado, que tenía entonces 17 años, ubicó a Cuenca y Gómez en el lugar de los hechos y permitió establecer una mecánica y rutina común entre ambos.

Según relataron, en la U-17 los detenidos políticos estaban alojados en un pabellón separado de los presos comunes, que a su vez tenía un sector destinado a la “recuperación” de quienes regresaban de las sesiones de tortura de Cuenca y Gómez.

El lobo feroz

Los ex guardiacárceles tenían 24 y 25 años cuando prestaron servicio en la U-17. Gómez, estuvo de mayo de 1976 a enero de 1978, en que fue promovido a jefe de Despacho de la Subdirección. Cuenca, de febrero de 1976 a marzo de 1978, cuando se fue de instructor del SPF. Ambos ocuparon la jefatura de Seguridad Interna de la U-17.

Las víctimas los describieron como “personajes siniestros”, que infundían el terror con su sola presencia. Contaron que Gómez era el más aficionado a los tormentos físicos, y que por su ferocidad lo habían apodado el “lobo”. Cuenca –señalaron-, se especializaba en “tortura psicológica”.

Héctor Escobar contó que en una ocasión, Cuenca le pidió que escribiera una carta de despedida a su familia porque iban a fusilarlo esa misma noche, y que incluso montó un simulacro de fusilamiento.

Otra de las víctimas, Epifanio Acevedo, señaló que era habitual que Cuenca amartillara una pistola descargada en la cabeza de un detenido y tirara del gatillo solo para reírse.

Apelarán la sentencia

La Fiscalía pidió 4 años y seis meses de prisión para Gómez, y 5 años para Cuenca, ambos por los delitos de tormentos agravados en concurso real.

La fiscal Barbosa explicó que el Ministerio Público tomó en cuenta como atenuantes el buen comportamiento de ambos represores y los cursos que tomaron estando en prisión.

Por su parte, la querella representada en la sala por el abogado Juan Martínez, del Ministerio de Derechos Humanos, pidió una pena de 15 años para cada uno.

Antes de que el tribunal, integrado por los jueces Víctor Antonio Alonso, Fermín Amado Ceroleni y Juan Manuel Iglesias, se retirara a deliberar sobre la sentencia, se les permitió a los represores unas últimas palabras.

“¿Tienen algo que decir luego de todo lo dicho y oído?”, les preguntó el juez.

“Deseo que con este fallo se dé por satisfecha la necesidad de justicia de las víctimas”, dijo Cuenca. Gómez no quiso abundar y se limitó a decir: “Reitero lo que ya expresé”, en relación con la declaración donde, junto a su compañero, reconoció los crímenes que se le imputan.

Finalmente, el tribunal regresó a la sala y leyó la sentencia: Cuenca fue condenado a 5 años, y Gómez a 4. El fallo unifica las penas con las anteriores de 2009, que los represores vienen purgando en Candelaria, a 23 y 25 años respectivamente.

Gómez saldrá en libertad en 2034. Cuenca, dos años antes, en 2032.

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Matías Sebely: “Si Passalacqua decide ser candidato, lo voy a respaldar”

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El intendente de Leandro N. Alem, Matías Sebely, aseguró que respaldará la candidatura del gobernador Hugo Passalacqua, si el mandatario decide ir por su reelección.

Asimismo, Sebely adelantó su participación en la próxima reunión de los intendentes con el Gabinete provincial que encabeza el ministro Coordinador, Carlos Kako Sartori.

“No me gusta hablar de internas o hacer conjeturas con dimes y diretes, siempre tuve una actitud abierta, de diálogo en pos de la construcción de consensos. Estoy más enfocado en la gestión y la planificación de nuestra ciudad, mis vecinos me eligieron para eso”, esgrimió Sebely cuando LVM le preguntó sobre las diferencias que salieron a la luz en el oficialismo cuando el diputado Carlos Rovira anunció la defunción de la Renovación y el nacimiento de Encuentro Misionero.

“Tengo la cabeza puesta en las obras pendientes y en una cadena eventos que vamos a realizar en la ciudad con motivo de su centenario, que es el 26 de diciembre”, afirmó.

Sin embargo, adelantó que “si Passalacqua decide ser candidato, yo lo voy a respaldar de la misma manera que lo hice anteriormente” y señaló: “Hasta el momento no escuché de la boca del gobernador nada sobre su futuro político, cuando él lo decida seguramente estaremos ahí”.

Sebely, uno de los intendentes que estuvo junto al gobernador en el palco del acto de Cerro Corá por el 9 de Julio, garantizó su participación en la reunión que se realizará el próximo jueves en la localidad de San Ignacio, de la que se presume que participará Passalacqua.

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El Senado postergó la ley de propiedad privada hasta el 6 de agosto

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El oficialismo no consiguió los votos necesarios para aprobar el proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada y pidió que la sesión de este jueves del Senado pasara a cuarto intermedio hasta el 6 de agosto próximo.

El pedido para postergar el debate de la ley, fue impulsado por la jefa del bloque de La Libertad Avanza (LLA), Patricia Bullrich, y se aprobó por 65 votos a favor, 3 en contra y una abstención.

Según la prensa acreditada en el Congreso, las versiones de la postergación del debate circulaban en los pasillos del Senado desde el mediodía, debido a las dificultades de Bullrich para reunir la mayoría necesaria para la media sanción del proyecto que elimina las restricciones para la compra de tierras rurales por parte de empresarios extranjeros, habilita los desalojos exprés y desmantela las protecciones sobre los bosques nativos y las tierras arrasadas por el fuego.

Así, al oficialismo no le alcanzó con los aliados del PRO y la UCR, y el apoyo de senadores provinciales como los misioneros Martín Goerling (PRO), Sonia Rojas Decut y Carlos Arce (Encuentro Misionero), y debió resignarse a postergar el tratamiento de un tema que desvela a la Casa Rosada y que la oposición considera una “ley de extranjerización de la tierra”.

La ley vigente no prohíbe la adquisición de tierras rurales a extranjeros, pero establece un límite del 15 % sobre el total de la superficie rural del país, que el gobierno de Milei pretende ahora eliminar, habilitando la concentración de territorios considerados estratégicos en manos de particulares y empresas foráneas.

El paquete del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, modifica también el régimen de expropiaciones, al restringir el concepto de “utilidad pública” y aumentar el monto de las indemnizaciones.

La reforma habilita, además, los desalojos exprés al permitir que un juez ordene la restitución inmediata de un inmueble sin esperar una sentencia judicial definitiva, como es hasta ahora; y modifica también la Ley de Manejo del Fuego, barriendo las restricciones para cambiar el destino de las tierras incendiadas para facilitar la especulación inmobiliaria.

Entrega

Si bien, desde el gobierno misionero no se hizo pública ninguna postura sobre el proyecto, la Red de Mujeres del Movimiento Por lo que Viene, que impulsa la reelección del gobernador Hugo Passalacqua, dio a conocer el martes un pronunciamiento titulado “Ante el Senado de la Nación en defensa del patrimonio territorial de Misiones”, de cara a la sesión de hoy por el proyecto de la Casa Rosada.

En el documento, el espacio passalacquista capitaneado por la esposa del mandatario, Viviana Rovira, solicitó a los tres senadores nacionales por Misiones que voten en contra de la iniciativa, al considerar que pone en riesgo el patrimonio territorial de la provincia.

“Ese proyecto no es una ley de propiedad. Es una ley de entrega”, sostiene el comunicado.

Misiones, segunda

Según el Observatorio de Tierras, desarrollado por investigadores del CONICET y la UBA, hoy los capitales extranjeros poseen alrededor del 5 % —unas 13 millones de hectáreas, una superficie similar a la provincia de Santa Fe o a toda Inglaterra—, por lo que la normativa actual todavía les permitiría adquirir cerca de 26 millones de hectáreas más.

Un ranking del organismo, basado en datos del Registro Nacional de Tierras Rurales (RNTR), muestra que Misiones ocupa el segundo lugar del ranking de provincias con mayor concentración extranjera de su territorio.

La tierra colorada registra el 11,07% de extranjerización de sus tierras rurales, mayormente de la corporación internacional Arauco, que concentra unas 234.000 hectáreas, cerca del 10% del total de la superficie provincial en manos foráneas.

Salta lidera la tabla, con un 11,56% de su territorio rural en manos de extranjeros. En tercer lugar, se ubica San Juan, con el 10,36% a 10,48%; cuarto, aparece Catamarca, con un 8,64% y en el quinto puesto, Santa Cruz, con el 8,11%.

Aunque técnicamente ninguna provincia supera de manera global el límite legal del 15% establecido por la Ley de Tierras vigente, el mapa interactivo del CONICET y la UBA expone que 36 departamentos o distritos locales sí violan ese tope, superando ampliamente los límites permitidos.

Los casos más críticos en el país, donde la extranjerización supera el 50% de la tierra del departamento, son Lácar, en Neuquén, con un 54,17% de sus tierras rurales en manos extranjeras, especialmente en áreas turísticas y cordilleranas como San Martín de los Andes; General Lamadrid, en La Rioja, con más del 50% de su territorio rural bajo dominio extranjero; Molinos y San Carlos, en Salta, que registran entre el 58% y el 60% de propiedad extranjera; e Iglesia, en San Juan, donde uno de cuada cuatro campos es propiedad de extranjeros.

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Política

Quórum en el Senado para tratar Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada

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Con 37 presentes y 35 ausentes, el oficialismo logró habilitar la sesión para debatir el proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada que propone eliminar las restricciones para la compra de tierras por parte de extranjeros.

Desde el inicio de la sesión, se pudo observar la presencia en el recinto de los misioneros Martín Goerling (PRO), Sonia Rojas Decut y Carlos Arce (Encuentro Misionero).

Uno de los puntos centrales del proyecto en cuestión es la eliminación de los límites para que los extranjeros puedan adquirir tierras y dispone que las provincias tendrán que autorizar las ventas a extranjeros.

De esta manera, se prohibirá la adquisición de tierras rurales por parte de los Estados Extranjeros, y de empresas con participación estatal extranjera, cualquiera sea la forma jurídica que adopten, salvo autorización de la provincia donde se encuentre ubicado el inmueble y del Poder Ejecutivo Nacional.

Cada provincia conservará la jurisdicción plena sobre el territorio comprendido dentro de sus respectivos límites, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Nacional. En los casos de zonas de frontera deberá haber una autorización de los gobiernos nacionales y provinciales.

Si no existe un reparo ni del gobierno nacional ni provincial se reconocerá el silencio administrativo, con lo cual a los 180 días serán propietarios de pleno derecho.

En la versión número 13 del dictamen se mantuvo la prohibición para que una empresa privada con capital de algún país extranjero pueda adquirir tierras, y el requisito para zonas fronterizas de tener aval de las provincias, el Gobierno y el Congreso Nacional.

Desalojos

Se aplicará un desalojo exprés solo en los casos en que se trate de inmuebles usurpados o tenedores precarios, donde el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si “el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria”.

El juez podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño de este terreno, vivienda o campo.

Los inquilinos que adeuden el pago de sus contratos deberán recibir de parte del propietario una carta documento y otorgar un plazo de al menos 10 días corridos para ponerse al día, que se contarán desde que reciben la respectiva notificación.

La notificación se deberá realizar en el domicilio denunciado en el contrato o también por correo electrónico y deberá precisar el lugar exacto del pago. Si se mantiene el incumplimiento del inquilino, el propietario puede iniciar la acción de desalojo que se efectuará en un plazo de 10 días hábiles.

Otro punto es que el propietario no puede negarse a recibir las llaves ni poner condiciones para aceptarlas, aunque puede dejar asentado por escrito que quedan deudas pendientes por reclamar después. 

En el caso de que haya menores o adultos en situación de desamparado, el juez deberá darle intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar, disponiendo un plazo prudencial que no excederá de 10 días para asegurar una alternativa habitacional transitoria, sin perjuicio de la continuidad del proceso.

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