Judiciales
Subastarán tres autos de alta gama incautados en narco-concesionaria RR Vip
Un Porsche Cayman, un Toyota Coupé 86 y un BMW Z4, tres de los vehículos de alta gama incautados en octubre de 2014 durante el allanamiento de una concesionaria posadeña utilizada para el lavado de activos provenientes del narcotráfico, serán entregados a la Unidad de Investigación Financiera (UIF) y sometidos a una subasta pública.
La medida fue dispuesta por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Corrientes, que falló a favor de un pedido formulado por la UIF, que intervino en la causa como querellante particular.
El planteo consistió en solicitar los tres rodados para que sean sometidos a remate y que lo recaudado sea depositado en un plazo fijo hasta que la sentencia impartida contra los responsables de la maniobra quede firme, consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones.
Entre los fundamentos, la UIF mencionó que por sus “características” los mencionados vehículos “no pueden ser afectados a fines de utilidad pública, y que, por las condiciones en las que se encuentran alojados denotan un peligro real de que su valor económico se vea inexorablemente depreciado, hasta el momento en que se resuelva en definitiva el recurso ante el tribunal de casación”.
El planteo fue remitido al Ministerio Público Fiscal, que no se opuso a la medida y, en consecuencia, el TOF dio el visto bueno para ejecutar la entrega de los rodados actualmente incautados en un depósito de la AFIP-DGA en Garupá y autorizar el remate de los mismos a través de una subasta pública que deberá ser programada para los próximos meses.
Los rodados son un Porsche Cayman S, Dominio JBB-754; un Toyota Coupe 86, Dominio MTZ-557; y un
BMW Z4, dominio MAQ-462.

El BMW Z4, dominio MAQ-462, será uno de los vehículos puestos a remate. FOTO: El Territorio
Causa RR VIP Automóviles
Los tres vehículos fueron incautados en octubre de 2014, durante un imponente allanamiento ejecutado por la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) en la concesionaria RR Vip Automóviles, que funcionaba sobre la avenida Quaranta casi Jauretche de Posadas.
El dueño de ese lugar era el empresario santafesino Roberto Rodríguez, quien en 2018 fue condenado a 13 años de prisión tras ser hallado responsable del delito de “lavado de activos de origen delictivo agravado por cometerse en habitualidad y en banda”.
Junto a él fueron condenadas otras seis personas, entre ellas su madre y su ex pareja, quienes recibieron penas de entre 10 y 4 años y medio de prisión, aunque sólo Rodríguez fue a la cárcel.
La sentencia fue confirmada en primera instancia en 2021 por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, cuyos magistrados rechazaron los planteos de los acusados y ratificaron las condenas impuestas por el TOF de Corrientes.
Además de las penas de prisión impartidas, en el mismo fallo el tribunal correntino ordenó el decomiso de los vehículos (18 en total) y de los inmuebles que fueran objeto y/o medio de lavado de activos.

RR VIP Automóviles funcionaba sobre la avenida Quaranta, casi Jauretche.
También se resolvió clausurar la personería jurídica de la empresa RR Vip que comercializaba los vehículos, del complejo turístico Tangará (ubicado en Montercalo), de la empresa de turismo Emsetur y de un corralón de Cerro Corá. A través de esas firmas, los investigadores de la histórica pesquisa financiera establecieron que circularon más de 158 millones de pesos originados en la venta de estupefacientes.
Meses después de la sentencia, el TOF además dictaminó que el inmueble donde funcionaba RR VIP pase a manos de la GNA a modo de depositario judicial.
La decisión se tomó a partir de un pedido de la Agrupación IV Misiones de dicha fuerza federal, cuyas autoridades consideraron que el local podía albergar oficinas del Centro de Reunión de Información Misiones, dependiente de la Unidad de Procedimientos Judiciales y del Grupo de Investigaciones de Delitos Económicos.
Judiciales
Dieron arresto domiciliario a los 17 policías implicados en el caso Golemba
Los 17 policías, entre activos y retirados, detenidos en el marco de la investigación por la desaparición forzada de Mario Fabián Golemba, ocurrida en marzo de 2008, quedaron este jueves bajo arresto domiciliario por disposición de la Justicia Federal de Posadas.
La medida fue adoptada por la magistrada María Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas, y la fiscal Silvina Gutiérrez analiza si presenta un recurso de apelación.
El beneficio alcanza a los 16 efectivos que habían sido detenidos durante los allanamientos realizados el lunes a la mañana y a Alfredo Lorenzo Ortiz, quien se presentó posteriormente de manera espontánea ante el juzgado.
De esta manera, los 17 sospechosos continuarán sujetos al proceso, aunque ya no permanecerán alojados en dependencias de Gendarmería Nacional. La resolución todavía puede ser apelada por la Fiscalía Federal Dos de Posadas, a cargo de Silvina Gutiérrez.
La investigación busca determinar qué ocurrió con Golemba, quien fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008, cuando regresaba a su domicilio en la zona de Dos de Mayo después de haber viajado a Oberá.
La hipótesis de la desaparición forzada
La principal hipótesis que impulsa la Fiscalía Federal sostiene que Golemba fue privado ilegalmente de su libertad y que, posteriormente, habría sido trasladado y sometido a violencia en dependencias policiales.
De acuerdo con los elementos reunidos durante la investigación, distintos testimonios ubicaron al joven dentro de la comisaría de Dos de Mayo durante las horas posteriores a su desaparición.
La pesquisa también apunta a determinar la existencia de un presunto “pacto de silencio institucional” entre integrantes de la Policía para ocultar lo ocurrido y garantizar la impunidad de los responsables.
En ese sentido, la fiscalía analiza no solamente la posible participación de quienes pudieron haber intervenido directamente en la privación de la libertad de Golemba, sino también las conductas de aquellos funcionarios que eventualmente hayan colaborado con el encubrimiento o hayan omitido actuar ante lo sucedido.
Entre los imputados se encuentra el comisario retirado Ewaldo Katz, quien estaba al frente de la comisaría de Dos de Mayo al momento de la desaparición y durante su indagatoria decidió abstenerse de declarar.
Una causa que lleva 18 años
Golemba tenía 27 años cuando desapareció. El 27 de marzo de 2008 había viajado desde Dos de Mayo hasta Oberá para asistir a una consulta médica y posteriormente emprendió el regreso.
Sin embargo, nunca llegó a su casa y desde entonces nada se supo de su paradero.
La causa tuvo durante años una investigación en el ámbito de la Justicia provincial, hasta que posteriormente pasó al fuero federal. Con el avance de la pesquisa comenzaron a incorporarse nuevos testimonios y elementos que permitieron poner el foco sobre el accionar de policías que se encontraban en funciones durante los días posteriores a la desaparición.
Las detenciones concretadas esta semana marcaron un giro significativo en una investigación que llevaba casi dos décadas sin personas imputadas por la desaparición del joven.
Ahora, con los 17 acusados bajo arresto domiciliario, la Justicia Federal deberá avanzar con el análisis de las pruebas y determinar la situación procesal de cada uno de ellos.
El caso Golemba, el “pacto de silencio institucional” y los 16 detenidos
Judiciales
Caso Belén: la defensa pidió la absolución y el tribunal delibera la sentencia
“Para esta defensa, la muerte de Belén se produce de forma natural, como consecuencia de su enfermedad”, pronunció esta mañana el defensor oficial Miguel Ángel Varela, quien se apoyó en esa premisa para refutar la acusación de asesinato planteada por la fiscalía y solicitó la absolución de Mariela Andrea Ramírez (48), madre de la adolescente con discapacidad por Síndrome Rett fallecida en julio de 2013 en Posadas.
El abogado desplegó su alegato defensivo durante más de tres horas, instancia en la que repasó testimonios recabados en la causa y concluyó en que Ramírez no tuvo dolo ni de matar, ni de abandonar a su hija Rocío Belén López (15).
Varela cuestionó el examen de autopsia practicado a la niña y en contrapartida solicitó al tribunal valorar el aporte brindado por el neurólogo infantil José Galeano como el profesional “más capacitado” para comprender el Síndrome de Rett. “Él explicó que la desnutrición y la deshidratación son consecuencias propias de la enfermedad”, indicó.
También puso en dudas el relato de Esther “Gordi” Leiva, la empleada doméstica que en su momento declaró que Ramírez dejaba “encerrada y sin comida” a Belén en la casa del barrio Terrazas con la imputada residía a mediados de la década del 2000.
“Gordi vino acá a desplegar una obra teatral más que un testimonio. Hasta en el color de los ojos mintió”, fustigó.
También atacó el testimonio de las vecinas de aquella misma época, Hilda Da Silveira y Lourdes Balmaceda, que relataron haber visto episodios de maltrato y abandono hacia Belén.
“En realidad les molestaba el sonido. Escuchaban a toda hora como a una persona que se estaba lamentando, pero en realidad era el ruido propio que hacía Belén. Se preocuparon y denunciaron, pero fue por ignorancia, por desconocimiento. Era tan sencillo cómo preguntarle a la madre qué estaba pasando”, señaló.

El tribunal pasó a cuarto intermedio para deliberar. La sentencia podría darse esta tarde o mañana.
“Víctima del Estado”
En respuesta a la teoría del caso desplegada por el fiscal Glinka, el defensor consideró que el cambio de calificación (de abandono de persona a homicidio por omisión) es nulo, aunque de igual manera planteó que “el dolo no está probado para ninguno de los casos”.
Ponderó que Ramírez amaba a su hija y le dio todos los cuidados que estaban a su alcance, descartando que la mujer haya dejado de alimentar y de hidratar a su hija en forma deliberada para quitarle la vida. “Si ella no trabajaba se quedaba en la calle”, argumentó sobre los momentos de ausencia con la niña en esos diez días que compartieron.
En ese punto, describió que su defendida se encontraba en el contexto de ser “una madre soltera, vulnerable, con precariedad laboral y casi en estado de pobreza”, por lo que pidió que el tribunal aborde la causa con perspectiva de género.
Sobre esa línea, ahondó que Ramírez fue “víctima del abandono del Estado” y “víctima de violencia económica de su ex pareja y padre de su segunda hija.
“Por culpa de él tuvieron que vender la casa del barrio Terrazas y ahí comenzó a destruirse el proyecto de vida de Mariela, que era tener una familia”, afirmó.
Como cierre, Varela pidió la absolución de su defendida y también solicitó que, en caso de que el tribunal disponga una eventual condena, Ramírez continúe en libertad hasta tanto la sentencia quede firme.
Tras oír la posterior ronda de réplicas y dúplicas, marcadas por constantes cruces y chicanas entre las partes, como prácticamente ocurrió durante las restantes siete audiencias de debate, el Tribunal Penal Uno de Posadas pasó a deliberar y se aguarda novedades respecto a la resolución.
Según comunicó el presidente del tribunal, el magistrado Gustavo Bernie, el fallo podría darse a conocer esta misma tarde o, en su defecto, el viernes a la mañana. Los vocales que acompañan a Bernie son Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante).
Fiscal pidió perpetua para la madre de Belén: “La dejó morir de hambre y sed”
Judiciales
Nuevo certificado de defunción como víctima de lesa humanidad para Tereszecuk
El Registro de las Personas de Corrientes emitió un nuevo certificado de defunción de Carlos Enrique Tereszecuk, como víctima de crímenes de lesa humanidad, en cumplimiento de la sentencia por el derecho a la verdad dictada en 2025 y como reparación para sus familiares.
Tereszecuk se graduó como trabajador social en la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Misiones (Unam), y fue secuestrado y asesinado por la dictadura cívico militar en 1976, cuando tenía 24 años.
Este nuevo documento se conoció a menos de un año del 11 de noviembre pasado, cuando el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1, de Resistencia dio a conocer por primera vez la sentencia por el derecho a la verdad bajo esa carátula y ahora finalmente se dio cumplimiento a la medida dictada por la jueza, Zunilda Niremperger.
Ahora, el certificado de defunción deja asentado oficialmente aquello que durante décadas permaneció oculto: que el cuerpo de Tereszecuk fue hallado en el río Paraná, que la causa de muerte fue un homicidio y que se trató de un crimen de lesa humanidad.
Además, fue anulada el acta de defunción original, confeccionada en 1976, y se emitió una nueva inscripción —Acta Nº 41, Tomo Nº 80, Folio Nº 41, año 2026, Empedrado— que fue entregada a sus familiares.
Desde la Comisión Provincial por la Memoria de Chaco, remarcaron que: “El nuevo certificado inscribe la restitución de Carlos Tereszecuk en un documento público con la verdad histórica que durante décadas les fue negada a sus familiares”.
Y concluye: “El Estado democrático reconoce oficialmente lo ocurrido, nombra a las víctimas y deja constancia de los crímenes del terrorismo de Estado perpetrado por la última dictadura cívico militar”.
El caso
Carlos Enrique Tereszecuk nació en Posadas, Misiones, en 1952. Tenía una activa militancia estudiantil y política, y perseguido por la represión genocida, llegó a Resistencia.
La resolución reconstruyó que fue secuestrado los primeros días del mes de noviembre de 1976 y trasladado a la Jefatura de Policía de Resistencia, donde fue alojado en el primer piso. En ese recinto funcionaba el centro clandestino de detención dirigido conjuntamente por personal policial y del Ejército.
Diferentes testigos declararon que Tereszecuk fue torturado, que estaba en pésimas condiciones de salud y que no podía mantenerse en pie ni caminar. También indicaron, por orden de los guardiacárceles, que otro detenido debió bañarlo.
Además, se pudo establecer que el joven fue asesinado en la segunda semana de noviembre de 1976, que su cuerpo fue arrojado al río Paraná y que el 15 de noviembre fue rescatado en la costa de la localidad correntina de Empedrado, situada a 70 kilómetros de la ciudad de Resistencia. Los restos fueron inhumados como NN en el cementerio de Empedrado e identificado en el año 2018 por el Equipo de Antropología Forense (EAAF).
La nueva sentencia también estableció que el arrojo de cuerpos al río Paraná no fueron hechos aislados, sino una práctica sistemática del terrorismo de Estado. En ese sentido, la investigación judicial reconstruyó un patrón común en los cuerpos recuperados: personas asesinadas, desnudas, atadas de manos y pies, con signos de ejecución, mutilaciones en las yemas de los dedos y cortes en el abdomen.
Ese entramado represivo pudo ser reconstruido a partir del trabajo de la Fiscalía Federal de Corrientes y del EAAF, que permitió identificar, entre otros, los restos de Rómulo Artieda, desaparecido del centro clandestino RI 9 de Corrientes; Julio “Bocha” Pereyra, víctima de la Masacre de Margarita Belén; y Carlos Tereszecuk, visto con vida en la Jefatura de Policía de Resistencia.
Justicia declaró crimen de lesa humanidad el homicidio de Carlos Tereszecuk
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