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Separan a mamá de su hijo de 3 años por un informe de psicóloga particular

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Denunció a psicóloga de Irigoyen por el informe que la separó de su hijo

Una jueza de San Pedro le otorgó la custodia al padre, quien hace dos años fue expulsado del hogar por golpear a la madre de su hijo. Un año después, en una salida de fin de semana, el hombre llevó al pequeño a ser examinado por una psicóloga, en cuyo informe -escrito en un recetario médico- se basó la Justicia para separar a la mamá de su bebé. La progenitora denunció a la profesional.

 

En noviembre del 2019, una mujer de 28 años denunció por violencia de género a su esposo, Matías A., de 31, en la Comisaría de la Mujer de Bernardo de Irigoyen. El denunciado es suboficial del Ejército Argentino y presta servicios en la Compañía de Cazadores de Monte XVIII.

A raíz de la denuncia, la Justica ordenó la expulsión del hogar del suboficial y una prohibición de acercamiento a la víctima, quien además, le asignaron un botón de pánico, que nunca llegó a recibir porque se trasladó a otro municipio.  

Por miedo, la joven denunciante decidió mudarse de localidad junto a sus dos hijos, una nena de 7 años y un niño de 3; este último producto de la relación con su esposo militar.

Una sorpresa

Un año después de la denuncia, en noviembre de 2020, Matías se presentó en el nuevo domicilio de su ex y le solicitó pasar unos días con los niños. Para su sorpresa, el militar iba acompañado con su nueva pareja, la oficial subayudante Camila O., quien le había tomado la denuncia de violencia de género en la Comisaria de la Mujer, según explicó la víctima a La Voz de Misiones.

Sin embargo, la madre de los niños no se opuso al pedido de su ex pareja y accedió a que lleve unos días a los menores. Luego del tiempo compartido con su padre, los pequeños fueron restituidos al domicilio materno.

En una segunda oportunidad, el suboficial buscó nuevamente a los chicos para pasar un fin de semana juntos en Irigoyen. La madre, confiada de que los regrese a su hogar, como antes había sucedido, accedió al pedido.

Pero nada ocurrió como ella pensaba. El 18 de diciembre de 2020, mientras se encontraba en su casa, recibió un WhatsApp de la Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la localidad en la que se encuentra actualmente. En el mensaje, se le informaba que Matías le haría entrega de su hija sin su hermanito, de quien el denunciado es padre biológico.

Sin entender qué pasaba, la mujer se acercó a la Comisaría local para realizar una denuncia por lo que estaba sucediendo. Allí, efectivos de la policía le entregaron una cédula de notificación donde le avisaban que el padre quedaba con la guarda provisoria del pequeño de 3 años.

Después recibir la cédula y realizar la exposición policial, la joven volvió a su casa y aguardó a que su hija regresara con su ex pareja, quien se presentó junto a la niña en el hogar de la madre, acompañado de un móvil policial.

El informe psicológico en un recetario médico

Luego de que la mamá haya sido intempestivamente separada de su hijo, se enteró que, durante la visita del pequeño al hogar de Matías A., el militar llevó al niño con la licenciada en psicología Silvia Bernardy, en Bernardo de Irigoyen.

En un escueto informe, escrito a mano en un recetario médico, la profesional sugirió que “se considere de manera permanente la suspensión de contacto con la figura materna, hasta que se pueda llevar a cabo las pericias judiciales que requiere el caso”.

El documento realizado el 14 de diciembre, al cual tuvo acceso LVM, fue el argumento por el cual, cuatro días después de la consulta, la jueza Mariangel Koziarski -titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar N 3 de San Pedro- tomó la decisión de otorgar la guarda provisoria al padre por dos meses.

En diálogo con La Voz de Misiones, la madre relató: “Él tiene la guarda provisoria de mi bebé y yo no entiendo porqué. Entonces hago la denuncia para que me restituyan a mi hijo y me presento con mi abogada en San Pedro, donde estaba el expediente y me entero que la jueza ya se había declarado incompetente en la causa”, relató la madre angustiada .

Además, la mujer se enteró que un psicólogo habría examinado a su pequeño: “nos dijeron que había un informe de una psicóloga particular”, recordó.

En este sentido, la progenitora agregó que “la psicóloga se tomó el tupé de ensuciarme a más no poder, diciendo que yo soy una madre golpeadora, entre otras cosas horribles, no sé con qué argumento”, enfatizó.

“Supuestamente hizo horas de juego en una sesión. Encima, mi hija me dijo: ‘Mami, a mi hermanito no le llevaron a ningún lado, ninguna doctora jugó con él, nunca se movió de al lado mío’. Se olvidó que mi nena razona, que ya cuenta las cosas. A mí me encantaría que esa mujer me mire a la cara y me explique”, sentenció la denunciante.

Asimismo, la progenitora comentó que, desde comienzos de este año, el padre obstaculiza la relación con su hijo, cuando el Juzgado ordenó que debía garantizarse la comunicación y contacto telefónico. Además, la muchacha relató que su niño fue sacado de la provincia sin su consentimiento, hecho que también denunció ante la Justicia.

Psicóloga en la mira

Con el miedo de no poder volver a ver a su pequeño, la madre denunció penalmente -el pasado jueves 28 de enero- a la psicóloga Silvia Bernardy. En la acusación policial se describe que: “Hicieron un informe superficial sin pruebas ni argumentos”.

Y agrega que “esta psicóloga le impidió el contacto físico por dos meses con su hijo, motivo por el cual perdió totalmente el contacto, porque Matías no le pasa el teléfono para que hable con su bebé”.

Además, en la exposición, la joven de 28 se ofrece a ser entrevistada por la misma profesional que vio a su niño, para que “pueda ver qué tan peligrosa puede ser”.

La causa

El expediente de la causa actualmente se tramita en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia 1, de Leandro N. Alem. La abogada de la progenitora pidió el reintegro del menor al hogar materno y el cese del impedimento de contacto. 

Por otro lado, la representante legal de la mujer comentó a La Voz de Misiones que se solicitó que se realicen pericias psicologías con un profesional judicial, ya que entienden que el informe se dio en el ámbito privado y fue realizado de manera parcial. 

“Mi mamá llega a tiempo, sino me iba a matar”

Matías A. y su esposa vivían en el barrio militar de Bernardo de Irigoyen, junto al hijo de 3 años que tienen en común y a la niña de 7, producto de una relación anterior de la madre.

Según relató la joven de 28 años a LVM, el suboficial, que sigue prestando servicios en el regimiento, siempre fue violento y celoso.

“Yo nunca denuncié porque tenía miedo. Un día me levantó del cuello y me puso un cuchillo en la panza. Otra vez, los vecinos a la madrugada escucharon mis gritos y llamaron a la policía”, contó.

La muchacha relató que descubrió una infidelidad de su marido y, cuando le reclamó, “me pega, me agarra del cuello y me quiere estrangular; todo eso vieron las criaturas”. En ese momento, el niño de 3 años fue en búsqueda de su abuela: “Ella estaba en la casa de la vecina de atrás, mi hijo sale corriendo a buscarla y mi mamá llega a tiempo, sino me iba a matar”.

“Yo me escondí en la casa de la vecina y después me acompañaron a hacer la denuncia, me revisó el médico. Ahí le ponen una perimetral a él y hacen la expulsión de hogar”, explicó.

El hecho de violencia, que ocurrió en noviembre del 2019, fue denunciado en la Comisaría de la Mujer de Bernardo de Irigoyen, donde la actual pareja de Matías, la oficial subayudante Camila O., le tomó la denuncia a la víctima.

Luego de eso, la madre de los menores continuó viviendo en el barrio militar: “Ese tiempo fue un constante maltrato psicológico de él, que yo ya no aguantaba más, porque él violaba la perimetral. Como no aguantaba más le pedí por favor a mi papá que me ayude, él vive en otra localidad”.

Fue entonces que la denunciante optó por mudarse: “Mi amiga me consiguió un camión de mudanza y el 5 de diciembre me fui de Bernardo de Irigoyen”, explicó y agregó: “No pude recibir el botón de pánico porque tenía audiencia más adelante y yo me fui”.

Desde la separación de la pareja hubo dos etapas marcadas, primero: “Nunca más supe de Matías. Yo lo llamaba porque jamás quise que mi hijo pierda el contacto con su papá, más allá de todos los problemas que él tenía conmigo, pero no le atendió para Navidad, para Año Nuevo, tampoco en su cumpleaños”.

Un  años más tardes, para finales de 2020, Matías volvió a aparecer: “Después escribía esporádicamente preguntando por ellos. En noviembre del año pasado me pidió por favor si yo le podía dejar que vaya a pasar un fin de semana con él y yo, de común acuerdo, con confianza, le doy a mis hijos”, concluyó la madre, que busca reunirse con su pequeño.

Judiciales

Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko

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Jabornicky

El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.

En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.

“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.

“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.

Temerarias

El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.

Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.

El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.

Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.

“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.

Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.

“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.

Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.

“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.

Amonestación

Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.

A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.

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Policiales

Cruzaba la avenida Quaranta con su hijo y murió arrollada por un auto

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Una mujer de 47 años falleció esta mañana al ser embestida por un automóvil mientras cruzaba la avenida Quaranta de Posadas junto a su hijo.

De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, la víctima fue identificada como Antonia Isabel Lima (47).

El hecho ocurrió esta mañana, cerca de las 11, cuando la mujer cruzaba la avenida Quaranta, en inmediaciones a la avenida Zapiola, hasta que, por causas que se intentan establecer, fue arrollada por un automóvil Fiat Siena que circulaba en sentido Oeste-Este.

Como consecuencia del hecho, la mujer perdió la vida en el acto, mientras que su hijo menor de edad debió recibir asistencia profesional.

En el sitio trabajaron diversas dependencias policiales que llevaron adelante las tareas de rigor y las correspondientes pericias para esclarecer las circunstancias del siniestro.

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Judiciales

Piden detención de Alejandro Jabornicky por publicar fotos con su ex pareja

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La diputada provincial electa, Rita Marina Flores, denunció a su ex pareja, el abogado Alejandro Jabornicky, por “violencia de género digital” y a través de la querella pidió su prisión preventiva, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en una publicación pagada de la red social.

Flores oficializó la presentación judicial el jueves pasado, en la Fiscalía de Instrucción Dos de Posadas, y solicitó que se agregue al Expediente 1353277/2025, de la causa por violencia de género contra el letrado por hechos ocurridos a principios de septiembre en el domicilio de Jabornicky, que se tramita en el Juzgado de Instrucción Siete, a cargo del juez Miguel Mattos.

En la ocasión de esa primera denuncia, el domicilio del abogado fue allanado, y Jabornicky fue detenido y estuvo cuatro días recluido en una celda de la comisaría Segunda, sobre la avenida Tambor de Tacuarí, incomunicado.

A la par, la Justicia le concedió a Flores un botón de pánico y le impuso a Jabornicky una orden de restricción que, ahora, con la publicación de su foto con ella en Instagram, la represente legal de la diputada provincial electa considera violentada por el letrado.

Boluda

“La orden de restricción es una manda judicial y desobedecer es una falla penal; es desobediencia judicial”, afirmó Silvia Risko, abogada de Flores en declaraciones a LVM, y agregó: “La orden es que no puede ni acercarse físicamente, ni por teléfono, ni mail u otro contacto”.

“Son fotos del año pasado, que él promocionó pagando publicidad”, apuntó Risko y lanzó: “Eso es cagarse en la orden del juez”.

La abogada remarcó, además, “la intención de hostigamiento, invalidación y revictimización”, de parte de Jabornicky hacia su cliente, e incluso acusó al letrado de “intentar minar la imagen pública” de Flores, de cara a su asunción en la Legislatura el 10 de diciembre próximo.

“Paga una publi en la red social a días de asumir ella”, precisó Risko y contó que, a partir de esta publicación de Jabornicky, Flores “comenzó a recibir mensajes de gente que le pregunta si volvió con él, y eso la hizo perder la tranquilidad”.

“El agravante es el hecho de que pague la publicación, con el claro objetivo de invalidar su denuncia por violencia, para que la gente diga: ‘Mirá, esta boluda volvió al final’”, afirmó.

Ciclo

La fitración del escrito de Flores, al que tuvo acceso La Voz de Misiones, encuadra jurídicamente todo lo argumentado por Risko.

“El hostigamiento a través de un medio público digital NO significa una intromisión menor, sino un ACTO DELIBERADO DE CIBER- HOSTIGAMIENTO que REACTIVA el ciclo de violencia, EXPONIENDO PÚBLICAMENTE A LA VÍCTIMA JUNTO  A  SU  AGRESOR, interrumpiendo de manera efectiva la indemnidad psicológica de la Sra. Rita Marina FLORES y REAFIRMANDO el poder y control que el imputado pretende tener sobre la víctima, REVICTIMIZÁNDOLA, quien revive la situación traumática sufrida por las amenazas de muerte y violencia ejercida hacia su persona y el de su niña, generando un estado de terror y total indefensión ante su agresor”, señala el texto.

Asimismo, en otro párrafo asegura que “las AMENAZAS DE MUERTE efectuadas por el Sr. JABORNICKY a la Sra. FLORES, como también, el incumplimiento de la manda judicial, constituyen ANTECEDENTES GRAVÍSIMOS, existiendo CLARO RIESGO DE FEMICIDIO, todo ello ya que, la desobediencia judicial de quien amenazó con MATAR, DEGOLLAR y luego TIRAR A UN ZANJÓN a la Sra. Rita FLORES…NO PUEDEN SER TOLERADOS POR LA JUSTICIA, quien debe actuar conforme a los protocolos, doctrina y jurisprudencia con PERSPECTIVA DE GÉNERO, PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA Y DEBER DE DILIGENCIA DEBIDA, EXISTIENDO UN RIESGO CIERTO PARA DEJAR A LA VÍCTIMA LIBRADA A SU SUERTE EN TOTAL DESAMPARO”.

En tal sentido, argumenta que “la prisión preventiva es la ÚNICA medida de protección eficaz que se ajusta al estándar de debida diligencia ante casos de violencia de género, todo ello acorde al Art. 7, inc. b, de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que impone a los Estados el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir y sancionar todo acto de violencia. Más aún, el Art. 7, inc. f, exige ‘establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección’”.

Agravante

En otro tramo, la denuncia acusa a Jabornicky de ejercer “violencia política” contra Flores, habida cuenta de su investidura como diputada electa, y ubica la situación como “agravante del hostigamiento”.

“La Sra. Rita Marina FLORES reviste el carácter de Diputada Electa de la Provincia de Misiones, con asunción prevista para el 10 de diciembre de 2025. Esta temporalidad es fundamental, todo ello ya que la violencia política es aquella dirigida a ‘obstaculizar, menoscabar o anular el desempeño de una función pública’”, refiere el escrito.

“El accionar del Sr. JABORNICKY, al hostigar a la Sra. FLORES en un medio público de difusión masiva (Instagram) en un período crucial de transición, no solo busca quebrantar su integridad psicológica individual, sino que persigue un objetivo más amplio: DEGRADAR y MENOSCABAR su imagen, credibilidad y legitimidad pública como futura representante legislativa electa por el voto popular en las últimas elecciones legislativas provinciales de fecha 08/06/2025, intentando impedir o dificultar su pleno y libre ejercicio del cargo inminente, afectando no sólo psicológicamente a la víctima, sino también a su rol como representante político social”, afirma.

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