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Revelan que un secretario judicial intentó cubrir a Santa Cruz cuando viajó a Perú

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Es Daniel Morcillo, quien secundó al juez César Jiménez en la juicio contra la ex modelo. El diario digital Infobae aseguró que firmó un acta sobre la presencia de ésta en Posadas, cuando en realidad estaba en Perú.

POSADAS. Un secretario judicial intentó cubrir la ausencia de la ex modelo Rocío Fiorella Santa Cruz firmando un acta de comparecencia, cuando en realidad ésta se encontraba en Perú, reveló el diario digital porteño Infobae.

El funcionario involucrado por la publicación es el doctor Daniel Morcillo (en la foto, a la derecha), quien el 26 de diciembre de 2018 firmó un acta que daba cuenta de la presentación de Santa Cruz en el juzgado, en medio de un escándalo por haber violado la prohibición de salir del país.

Infobae, en una nota titulada  “La vida de viajes prohibidos y complicidad judicial de la ex candidata a Miss Argentina condenada por matar a un hombre”, describió los pormenores del caso que se abrió con la muerte de Ramón Cabrera, arrollado por el auto que manejaba Santa Cruz.

“El miércoles 26 de diciembre, un acta judicial firmada por el secretario Daniel Morcillo, integrante del juzgado que la condenó, indicó que efectivamente Rocío Santa Cruz se hizo presente esa mañana ante la Justicia tal como se lo habían solicitado.

Pero, ¿cómo podía ser? ¿La misma mujer que había estado volando el 25 a Perú estaba en la mañana del 26 en Misiones? Parece magia pero no. Tiene otro nombre: complicidad judicial”, según reveló la publicación porteña, tras detallar los pormenores del viaje de la mujer y su pareja.

A esa altura, ya pesaba sobre la ex modelo y abogada de la AFIP una condena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, por aquél hecho que protagonizó en enero de 2016, mientras conducía alcoholizada su auto, en Posadas.

El acto de desobediencia derivó en el encarcelamiento de la condenada desde febrero de este año y por el término de 155 días, pero recuperó la libertad mediante la presentación de un recurso de habeas corpus, en una medida judicial que despertó reacciones en contra y a favor.

Con respecto a la intervención del secretario Morcillo que reveló Infobae, se trató de un hecho desconocido hasta ahora, que podría desembocar en su separación del cargo y hasta la exoneración como funcionario judicial por “falsificación de documento público”, según trascendió.

La nota periodística agregó que el miércoles 26/12/2018, “exactamente a las 8.43 y a las 11.25, Rocío mantuvo dos comunicaciones desde el exterior con un celular localizado en Posadas.

Fueron llamadas de varios minutos con el abonado finalizado en 8200. ¿A quién pertenece ese número de teléfono? A Daniel Morcillo, el secretario del juzgado que le había dictado la sentencia y la prohibición de salida del país que luego firmó el acta que indicaba que Santa Cruz se había presentado en tiempo y forma tras su citación y que estaba a derecho”.

Y añadió que “hasta el día de hoy, tras pasar por la cárcel y ser liberada esta semana, Santa Cruz insiste con que nunca salió del país a pesar de las pruebas recolectadas. Tanto ella como su defensa aseguran que estuvieron en la provincia de Chaco durante esos días. Inclusive una fuente cercana a ella y que trabaja en su representación legal va más allá: “Si salió o no del país no tiene relevancia. Ella se presentó en tiempo y forma en el juzgado que es lo que exige la ley. Mientras ella cumpla con eso significa que está a derecho”.

 

fica que está a derecho”.

Policiales

Tres muertos y una mujer herida por choque frontal en San Vicente

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Una camioneta Toyota Hilux, conducida por un hombre de 39 años, colisionó de frente contra un Fiat Palio en el que viajaban un hombre y dos mujeres, donde estos últimos que aún no fueron identificados, fallecieron en el acto.

El hecho, cuyas circunstancias aún son materia de investigación, ocurrió en la tarde de hoy alrededor de las 17, sobre ruta 14, a la altura del kilómetro 968 de la Capital de la Madera. 

En medio del impacto, una mujer que circulaba como peatón fue embestida y debió ser trasladada al hospital local por lesiones.

Trabajaron en el lugar los bomberos voluntarios, para liberar a las víctimas, mientras la Policía de Misiones inició las pericias correspondientes para establecer las circunstancias del hecho.

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Judiciales

Condenaron al músico Andrés González por el siniestro fatal de Roca en 2019

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Andrés González

El músico Andrés Horacio González fue condenado a 3 años de prisión en suspenso y 10 de inhabilitación para conducir tras ser declarado responsable del siniestro vial registrado el 5 de marzo de 2019 sobre la ruta nacional 12, en Gobernador Roca, hecho que ocasionó las muertes de su novia Melina Sosa Labandera (25) y de la turista mendocina Melisa Caram (27), además de provocar heridas en otras tres personas, una de las cuales quedó con secuelas de por vida.

El artista no irá a la cárcel porque la pena es de ejecución condicional, aunque en contrapartida deberá respetar una serie de normas de conductas impuestas, como no beber, ni consumir estupefacientes, además de cumplir 32 horas mensuales de tareas comunitarias y acatar una prohibición de salida del país, medidas que regirán durante el término de la condena.

La sentencia fue emitida este mediodía por el tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, luego de la ronda de alegatos desarrollada previamente, donde prevaleció uno de los planteos efectuados por la defensa del acusado, encabezada por los abogados particulares Federico Tilli y Daniel Zapana.

“Es un hecho traumático para todos. Entiendo todo lo que está pasando y tengo miedo también, pero confío en la Justicia. Solo pido que no se me quite la posibilidad de seguir cantando y seguir con mi familia”, había expresado González al momento de dar sus últimas palabras antes del veredicto.

Después del fallo, firmó el acta, entregó su licencia de conducir y se retiró en compañía de los familiares que lo acompañaron durante toda la jornada desde el sector del público.

“Destruyó vidas”

La ronda de alegatos comenzó con la exposición de la fiscal María Laura Álvarez, que sostuvo la acusación formulada desde la etapa de instrucción y consideró que González debía ser condenado a 6 años de prisión efectiva por ser autor de los delitos de “homicidio culposo calificado dos hechos, lesiones graves culposas calificadas dos hechos y lesiones gravísimas, todo en concurso ideal”.

Álvarez dio por acreditado que el impacto frontal entre el Ford Fiesta y la camioneta Chevrolet S-10 se produjo a alta velocidad, durante una maniobra de sobrepaso y en una zona de doble línea amarilla, pero fundamentalmente consideró probado que González era el conductor del automóvil siniestrado, principal punto de controversia en la causa.

“Esto se pudo acreditar con las testimoniales de testigos y sobrevivientes, las pericias realizadas y por las lesiones que presentaban las víctimas del hecho”, explicó la fiscal.

Y avanzó: “Y tengo la certeza que el imputado actuó de forma antirreglamentaria, en exceso de velocidad y en doble línea amarilla. Infringió las normas de tránsito más elementales. Hubo culpa temeraria y una actitud desaprensiva. Este hecho destruyó vidas, familias y proyectos de vida”.

Con esa base, solicitó que el músico sea condenado a 6 años de prisión efectiva, más de 10 de inhabilitación para conducir. “La pena efectiva sería no banalizar las muertes”, justificó.

Además, Álvarez calificó como “deficiente” el accionar de los agentes que labraron el sumario policial del hecho, documento en el cual registraron al sobreviviente Samir Daou como supuesto conductor del Ford Fiesta siniestrado y solicitó que los uniformados Priscila Ifrán y Rodolfo Dos Santos, sean investigados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, lo cual finalmente fue aceptado por la jueza Leiva en su fallo.

En contrapartida, Leiva desestimó el pedido de condena efectuado por la fiscal Álvarez y su resolución estuvo ajustada al planteo de la defensa de González, que en primera instancia pidió la absolución del artista o en forma subsidiaria la aplicación del mínimo de la pena, con ejecución condicional.

“Estafa procesal”

En su alegato, el abogado penalista Federico Tilli cuestionó a la fiscalía por realizar “un análisis sesgado y parcial de las pruebas”, apuntando que solo valoró el testimonio de los sobrevivientes Samir Daou y Facundo Chemes, minimizando el valor de las pericias y de las labores policiales. “Es casi una estafa procesal”, arremetió.

“No voy a permitir que se dé por determinado un exceso de velocidad porque ninguno de los peritos que acá declararon lo pudieron comprobar y tampoco hay certezas para determinar al conductor del auto y acá necesitamos certeza absoluta para condenar a una persona”, respondió Tilli.

El letrado también apuntó contra Daou y Chemes, a quienes señaló como “dos amigos que han congeniado contra González”.

“Acá es confiar en la Policía o en dos personas que le quieren hacer mierda a González, porque también tienen interés patrimonial contra él, le quieren hacer pagar por todo esto”, señaló.

Tal de directo fue Tilli que además solicitó que ambos testigos sean investigados por falso testimonio agravado por ser en perjuicio de un imputado, aunque la jueza Leiva no tuvo en cuenta ese pedido en su resolución.

Tilli también se hizo eco de la calificación de “deficiente” que la fiscal Álvarez le atribuyó al primer sumario del hecho, donde se registró a Samir Daou como conductor del auto y no a González.

O sea que con un sumario deficiente pretendemos condenar a alguien, pero nadie pidió su nulidad. No se puede condenar a una persona con todos estos yerros procesales”, cuestionó.

En consecuencia, Tilli solicitó la absolución por el beneficio de la duda en favor de su cliente o, en forma subsidiaria, que la condena sea por el mínimo de la pena (3 años), con cumplimiento de condicional.

No hubo alcohol, no hubo exceso de velocidad y nunca se fugó. No tiene sentido una pena de prisión efectiva. Sí aceptamos cualquier medida restrictiva y hasta la prohibición de conducir”, cerró.

El planteo finalmente fue acogido por la magistrada Leiva, que falló en coincidencia y dispuso que los fundamentos de la sentencia serán comunicados el 23 de junio.

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Sospechoso del crimen del sindicalista Achingo volvió a ser detenido

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Elio Romualdo O. (37), vinculado a un extenso prontuario por delitos graves, fue capturado ayer por la tarde en el barrio capitalino San Onofre, en el marco de un operativo realizado por la Dirección de Investigaciones Complejas.

El último hecho registrado fue una tentativa de homicidio ocurrido en octubre de 2024, cuya víctima fue un hombre identificado como Mauricio T. Por lo que, en cumplimiento de un oficio judicial librado por el Juzgado de Instrucción N.º 2, los efectivos procedieron a su detención.

A su vez, figura entre los principales sospechosos por el asesinato del sindicalista Pablo Sabino Achingo, ocurrido el 7 de junio del 2017 en Posadas, causa en la cual había recuperado la libertad.

Según los registros del sumario también está vinculado a otras causas por delitos graves, entre ellos, infracción a la Ley de Estupefacientes, robo y lesiones.

La Comisaría Seccional Octava, dependencia que interviene en la causa, ya fue notificada y se encuentra coordinando las medidas judiciales correspondientes.

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