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Revelan que un secretario judicial intentó cubrir a Santa Cruz cuando viajó a Perú

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Es Daniel Morcillo, quien secundó al juez César Jiménez en la juicio contra la ex modelo. El diario digital Infobae aseguró que firmó un acta sobre la presencia de ésta en Posadas, cuando en realidad estaba en Perú.

POSADAS. Un secretario judicial intentó cubrir la ausencia de la ex modelo Rocío Fiorella Santa Cruz firmando un acta de comparecencia, cuando en realidad ésta se encontraba en Perú, reveló el diario digital porteño Infobae.

El funcionario involucrado por la publicación es el doctor Daniel Morcillo (en la foto, a la derecha), quien el 26 de diciembre de 2018 firmó un acta que daba cuenta de la presentación de Santa Cruz en el juzgado, en medio de un escándalo por haber violado la prohibición de salir del país.

Infobae, en una nota titulada  “La vida de viajes prohibidos y complicidad judicial de la ex candidata a Miss Argentina condenada por matar a un hombre”, describió los pormenores del caso que se abrió con la muerte de Ramón Cabrera, arrollado por el auto que manejaba Santa Cruz.

“El miércoles 26 de diciembre, un acta judicial firmada por el secretario Daniel Morcillo, integrante del juzgado que la condenó, indicó que efectivamente Rocío Santa Cruz se hizo presente esa mañana ante la Justicia tal como se lo habían solicitado.

Pero, ¿cómo podía ser? ¿La misma mujer que había estado volando el 25 a Perú estaba en la mañana del 26 en Misiones? Parece magia pero no. Tiene otro nombre: complicidad judicial”, según reveló la publicación porteña, tras detallar los pormenores del viaje de la mujer y su pareja.

A esa altura, ya pesaba sobre la ex modelo y abogada de la AFIP una condena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, por aquél hecho que protagonizó en enero de 2016, mientras conducía alcoholizada su auto, en Posadas.

El acto de desobediencia derivó en el encarcelamiento de la condenada desde febrero de este año y por el término de 155 días, pero recuperó la libertad mediante la presentación de un recurso de habeas corpus, en una medida judicial que despertó reacciones en contra y a favor.

Con respecto a la intervención del secretario Morcillo que reveló Infobae, se trató de un hecho desconocido hasta ahora, que podría desembocar en su separación del cargo y hasta la exoneración como funcionario judicial por “falsificación de documento público”, según trascendió.

La nota periodística agregó que el miércoles 26/12/2018, “exactamente a las 8.43 y a las 11.25, Rocío mantuvo dos comunicaciones desde el exterior con un celular localizado en Posadas.

Fueron llamadas de varios minutos con el abonado finalizado en 8200. ¿A quién pertenece ese número de teléfono? A Daniel Morcillo, el secretario del juzgado que le había dictado la sentencia y la prohibición de salida del país que luego firmó el acta que indicaba que Santa Cruz se había presentado en tiempo y forma tras su citación y que estaba a derecho”.

Y añadió que “hasta el día de hoy, tras pasar por la cárcel y ser liberada esta semana, Santa Cruz insiste con que nunca salió del país a pesar de las pruebas recolectadas. Tanto ella como su defensa aseguran que estuvieron en la provincia de Chaco durante esos días. Inclusive una fuente cercana a ella y que trabaja en su representación legal va más allá: “Si salió o no del país no tiene relevancia. Ella se presentó en tiempo y forma en el juzgado que es lo que exige la ley. Mientras ella cumpla con eso significa que está a derecho”.

 

fica que está a derecho”.

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Despiste fatal: un niño murió, su hermano está grave y su papá quedó detenido

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despiste fatal

Un niño de 8 años falleció y su hermano de 10 se encuentra internado en estado crítico como consecuencia de las lesiones sufridas en el despiste y vuelco de una camioneta que conducida por su padre, quien más tarde quedó detenido por causar desorden en el hospital y se investiga si estaba alcoholizado.

El trágico episodio ocurrió esta tarde, cerca de las 16.40, sobre la ex ruta provincial 5, a pocos kilómetros del ingreso al barrio El Progreso de Oberá.

Sobre esa arteria terrada despistó y volcó una camioneta Chevrolet en la que viajaban Andrés P. (36), junto a sus hijos de 8 y 10 años.

Los tres heridos fueron trasladados de urgencia al hospital Samic de Oberá, donde apenas ingresado se constató el fallecimiento del menor de los niños, mientras que su hermano quedó internado en grave estado y será derivado al Madariaga de Posadas para recibir una atención de mayor complejidad.

Fuentes policiales además señalaron que el conductor del vehículo presentaba signos de ebriedad y comenzó a causar desorden en el hospital obereño, ante lo cual fue detenido por agentes de la comisaría Tercera.

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Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko

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Jabornicky

El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.

En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.

“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.

“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.

Temerarias

El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.

Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.

El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.

Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.

“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.

Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.

“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.

Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.

“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.

Amonestación

Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.

A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.

DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)
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Cruzaba la avenida Quaranta con su hijo y murió arrollada por un auto

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quaranta

Una mujer de 47 años falleció esta mañana al ser embestida por un automóvil mientras cruzaba la avenida Quaranta de Posadas junto a su hijo.

De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, la víctima fue identificada como Antonia Isabel Lima (47).

El hecho ocurrió esta mañana, cerca de las 11, cuando la mujer cruzaba la avenida Quaranta, en inmediaciones a la avenida Zapiola, hasta que, por causas que se intentan establecer, fue arrollada por un automóvil Fiat Siena que circulaba en sentido Oeste-Este.

Como consecuencia del hecho, la mujer perdió la vida en el acto, mientras que su hijo menor de edad debió recibir asistencia profesional.

En el sitio trabajaron diversas dependencias policiales que llevaron adelante las tareas de rigor y las correspondientes pericias para esclarecer las circunstancias del siniestro.

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