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Pissani sacó un vuelo a Buenos Aires, no embarcó y sigue la búsqueda

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Mientras la Justicia analiza el pedido de eximición de prisión presentado a su favor y un grupo de deliverys protestaba cerca de su casa, en el aeropuerto de Posadas una fuerza de seguridad aguardaba por él, pero Santiago Pissani (55) ni siquiera hizo uso de la reserva que tenía para volver en avión desde Buenos Aires.

Por ende, su paradero aún es una incógnita y la orden de detención emitida en su contra permanece activa.

Del empresario textil y ex campeón de lucha libre denunciado por golpear a un repartidor de pizzas nada se sabe desde hace 70 horas. Su última señal pública fue el miércoles a la mañana, tras una entrevista radial con Red Ciudadana, en la cual aseguró que estaba en su casa, aunque allí nunca fue hallado.

Según indicaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la Policía acudió en varias oportunidades a sus domicilios registrados en Posadas, uno sobre calle Barrufaldi -donde ocurrió el hecho- y otro en Costa Mango, en la zona oeste de la ciudad, en la ribera del Paraná, pero nunca lo ubicó.

En ese marco, los investigadores obtuvieron la pista de que Pissani realizó el check-in de un vuelo a Buenos Aires el miércoles al mediodía, pero no embarcó.

Y el siguiente dato llegó hoy. Según se supo, el empresario tenía reservado un vuelo que esta noche iba a llegar a Posadas desde Buenos Aires, ante lo cual se activó una guardia de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en el aeropuerto local para dar con él apenas pisara suelo misionero, pero tampoco hizo uso del ticket.

De esta manera, el paradero del empresario permanece en incógnita y la orden de detención, que también alcanza a las fuerzas federales, sigue activa. En ese sentido, tampoco se descarta que el hombre nunca haya dejado el territorio misionero.

Por lo pronto, se aguarda la resolución al pedido de eximición de prisión presentado en su favor ante al Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, a cargo del magistrado Juan Manuel Monte, interviniente en la causa.

Voceros del caso señalaron a LVM que el planteo continuaba bajo análisis del fiscal Christian Antúnez, quien debe dar un dictamen al respecto que no es vinculante a la decisión final del magistrado.

En caso de ser rechazado, la búsqueda de Pissani permanecerá activa y si no comparece será declarado formalmente prófugo.

Judiciales

Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”

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condena docentes

La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.

En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.

Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.

Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.

La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.

En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.

Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.

Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.

En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.

La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.

A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.

El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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Judiciales

Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos

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Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.

Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.

Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.

El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.

Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia. 

Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.

En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.

Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.

Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.

Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.

El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.

Juicio y versiones

Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.

La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.

La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.

Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.

En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.

Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.

Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.

Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida

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Policiales

Resguardan a cuatro niños encerrados y sin comida en Villa Bonita

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La Policía de Misiones asistió a cuatro niños que fueron encontrados sin alimentos y en estado de vulnerabilidad extrema en un departamento de alquiler situado sobre la calle Puerto Iguazú de Villa Bonita.

El hecho se registró hoy alrededor de las 11:30 por efectivos de la Unidad Regional II, quienes arribaron al lugar y entregaron a los menores a familiares para su resguardo y posterior intervención del área social municipal.

El operativo se realizó en conjunto con el Comando Radioeléctrico, donde fueron alertados sobre la situación. Inmediatamente, el personal de la división de emergencia urbana constató la presencia de dos niñas de 3 años, y dos niños de 2 y 4 años, quienes permanecían encerrados y sin alimentos desde el sábado por la tarde, momento en que su madre se habría ausentado del domicilio, sin datos actuales sobre su paradero.

Ante el cuadro crítico, los policías adquirieron alimentos de primera necesidad para brindar asistencia alimentaria inmediata a los menores, como así también dieron intervención al gabinete interdisciplinario policial de esa jurisdicción. 

Minutos después, lograron establecer contacto con la ciudadana Mary Graciela R. (26), tía de los niños, quien se hizo presente en el lugar y manifestó desconocer la situación en la que se encontraban sus sobrinos.

Por razones de urgencia y preservación de la integridad de los menores, la fuerza procedió a la entrega de los cuatro niños a su tía para guarda y custodia responsable, hasta tanto se definan nuevas medidas del sistema de protección.

Algunos detalles

Durante las entrevistas con los moradores del barrio, los vecinos coincidieron en que la situación detectada sería presuntamente habitual, señalando que la madre los dejaría solos, encerrados y sin alimentos durante varios días, y que los niños podrían ser víctimas de maltrato sistemático cuando la progenitora se encuentra en el domicilio.

En ese contexto, se requirió la intervención del área social, interviniendo el equipo de Asistentes Sociales de la Municipalidad de Oberá, que fue activado para el abordaje del grupo familiar y el seguimiento institucional del caso.

La causa fue informada al Juzgado y organismos provinciales competentes para la continuidad de las investigaciones y el resguardo integral de los menores.

Detienen a un hombre acusado de abuso a menores en Iguazú

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