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Negro Rojas preso: pabellón antinarcos, requisas aleatorias y vigilancia estricta

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Separado de otros internos condenados por narcotráfico, sometido a requisas aleatorias de manera periódica y bajo un estricto control tanto de sus comunicaciones como de sus visitas. Así quema sus noches en prisión Néstor Fabián “El Negro” Rojas (47) y así culminó el 2023 alojado en la cárcel de máxima de seguridad de Marcos Paz, a pesar de sus reiterados pedidos para ser trasladado a la Colonia Penal 17 de Candelaria.

El sindicado narco-sicario acusado de tres asesinatos vinculados al narcotráfico, de un intento de magnicidio contra un juez posadeño y de montar una empresa criminal inspirada en el Primer Comando Capital (PCC), se encuentra privado de su libertad bajo estrictas normas de vigilancia en el Complejo Penitenciario II de Marcos Paz y durante todo el 2023 presentó diversos recursos con la pretensión de obtener morigeraciones en sus condiciones de detención e incluso su traslado a Candelaria, aunque cada pedido enfrentó la oposición del equipo de fiscales federales interviniente en sus causas.

La primera oposición a estos planteos por parte de la fiscalía se dio a comienzos de marzo del año pasado, cuando los fiscales Vivian Barbosa, de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) de Posadas, y Diego Iglesias, fiscal general a cargo de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), no solo consideraron inviable el cambio de penitenciaria sino que también solicitaron mantener vigente las medidas de extremo control sobre su estadía tras las rejas, según pudo averiguar La Voz de Misiones. 

Para los fiscales, Rojas debe continuar en un establecimiento de máxima seguridad, como es el caso del Complejo Penitenciario II de Marcos Paz, debido a su perfil de “peligrosidad”, a los riesgos de una eventual evasión o plan de rescate y a su “demostrada capacidad para llevar a cabo hechos de violencia y articular la organización de actividades delictivas complejas”.

En ese punto, mencionan como antecedentes que mientras el narco-sicario se encontraba tras las rejas se detectó que organizó un plan para asesinar al juez Fernando Verón y que armó una estructura criminal a la que denominó Primer Comando de Frontera (PCF), la cual alcanzó a mover 11 toneladas de marihuana en dos semanas.

En la misma instancia, los fiscales también solicitaron que el TOF extienda la vigencia de las medidas de seguridad y restricciones especiales para con Rojas durante su estadía en prisión.

Cargas de marihuana incautadas con el sello de la organización criminal fundada por el Negro Rojas.

De esta manera, el misionero continúa alojado en la cárcel de Marcos Paz, alejado de cualquier tipo de contacto con otros detenidos relacionados con el narcotráfico o el crimen organizado.

Dicho presidio bonaerense está dividido en “unidades residenciales”. Rojas se encuentra en el pabellón 7 de la Unidad Residencial III, que tiene capacidad para 30 internos en total.

Dentro de la misma cárcel, por ejemplo, se encuentran otros “pesos pesados” del crimen organizado del país, como es el caso de Ariel Máximo “El Guille” Cantero, jefe de la banda rosarina Los Monos, quien habita el pabellón 7 de la Unidad Residencial II.

Estar separado de otros narcotraficantes no es el único ítem que contempla el régimen especial de detención que pesa contra Rojas. A diferencia del resto de la población penal, el misionero es objeto de requisas aleatorias y periódicas a fin de impedir que alcance dispositivos de comunicación para mantener contacto con el exterior.

También tiene un “control estricto” sobre las comunicaciones que pueda mantener a través de la línea fija de acceso público para internos. Esta medida consiste, principalmente, en conocer a los abonados y a las personas con las que se comunica. Incluso, esas llamadas están reguladas por un régimen de horarios y tiempos determinados. 

En la fundamentación de estas medidas los fiscales también repasaron el contenido de las escuchas practicadas a sus conversaciones mientras se investigaba el accionar del PCF, donde Rojas reparte amenazas de muerte a diferentes personas, entre ellas Miguel Ángel Guerrero, titular del Juzgado Federal de Eldorado. 

“Sí, hoy también vi que hizo pippip. Están grabando estos putos, (inaudible), están grabando mangas de putos. A ver, para que graben, ya que están ahí atentos a todos, díganle a esos jueces, a esos jueces, que esto recién comienza. Esto recién empieza, que van a pagar todos los que hicieron todo, todo uno por uno, uno por uno, todos, por un montón de presos que hicieron parir, gente inocente que condenaron inocentemente, por todo este tiempo que estuve. Sabes qué, le voy a decir una cosa tírenme cien, doscientos, trescientos años, no me importa, el peor error de ustedes es no haberme matado todas las veces que intentaron, sabes que ahora recién descubrí que soy, y quien soy y ahora se van arrepentir de haber nacido”, consigna la transcripción de la llamada interceptada por los investigadores asentada en documentos judiciales obtenidos por LVM. 

Y sigue: “Graben bien, y ustedes saben de lo que le estoy diciendo, la sigla PCF, graben bien, porque lo van marcar para toda la vida el resto de su corta vida (…) ustedes son los que me crearon, ustedes son lo que van a tener que aguantar su propia creación señores. Miguel Ángel Guerrero, vos que sos tan guerrero, como dice tu apellido, jueces hijos de mil puta, que siempre se ríe de (inaudible) esos correntinos que va a entrar, juez nuevo también, (inaudible) todo lo que sea diversión”.

En medio todo este contexto, Rojas jugó otra carta para amortiguar estas medidas con la presentación de un habeas corpus en el que intervino la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín (Buenos Aires), aunque tampoco consiguió lo que pretendía.

Es que, al estudiar el planteo y el caso en general, los camaristas intervinientes consideraron que “no surgen elementos que permitan concluir en la existencia de un agravamiento ilegítimo de las condiciones”, al tiempo que entendieron que los principales reclamos (videollamada con una hija y visitas) fueron subsanados y, por ende, el recurso se presentaba como “improcedente”.

Rojas y detrás de él una de sus víctimas, su ex socio Aldo Canteros, ejecutado de tres disparos en Gobernador Roca.

Peso pesado

Luego de tres años siendo el criminal más buscado de la provincia, El Negro Rojas cayó detenido a mediados de 2018. Desde allí no volvió a pisar la calle, pero sí fue objeto de varios traslados. 

Pasó por dos cárceles misioneras, pero para las autoridades locales su presencia era una “bomba de tiempo” y, en primera instancia se dispuso su traslado al penal de Ezeiza, aunque allí dentro continuó organizando maniobras delictivas y en noviembre de 2020 fue llevado a Marcos Paz.

Al sindicado narco-sicario oriundo de Puerto Iguazú le adjudican tres asesinatos vinculados al narcotráfico: el doble crimen de El Acuerdo en 2015, donde las víctimas fueron Sebastián Vega y Rodrigo Ibarra; y la ejecución de su antiguo socio Aldo Canteros en 2018. 

Más tarde se descubrió que desde la cárcel había orquestado un plan para que mercenarios brasileños acribillen al juez Verón (juez de la causa de El Acuerdo) y meses después también advirtieron que desde su encierro había creado la firma criminal PCF.

Hasta ahora, ninguna causa contra Rojas llegó a instancia de juicio y la última novedad fue que los expedientes por el crimen de Cantero y las incautaciones al PCF que se tramitan ante la Justicia Federal fueron unificados.

Judiciales

Arenera de Candelaria demanda al municipio ante el STJ por clausura

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Arenera

El empresario arenero Jorge Muniagurria inició una demanda contencioso administrativa en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra la Municipalidad de Candelaria por la resolución que le clausuró la planta de acopio que tiene en un predio costero cedido en comodato por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) en 2017, como resarcimiento del emplazamiento original afectado por la suba del embalse de la represa.

En la presentación judicial, a la que tuvo acceso La Voz de Misiones, el empresario solicitó al STJ la nulidad de la Resolución 02/25, del ingeniero Eduardo M. Quiroga, que firmó como secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente de la Municipalidad, ratificada por el intendente Carlos Flores; y pidió la suspensión de la medida administrativa de clausura del predio de la empresa.

El escrito, patrocinado por los abogados Fernando Marcelo Canteli y Graciela Beatriz Canteli, señala que la Resolución de Quiroga, refrendada por Flores, “no reviste siquiera la adecuada formalidad” y tampoco “los actos administrativos que las precedieron, por afectar gravemente los derechos e intereses legítimos” del empresario afectado.

Los letrados se refieren a la Comunicación de clausura que hace Flores a Muniagurria el 15 de diciembre de 2025, y sostienen que la “ratificación” por parte del intendente, de la Resolución 02/25 de Quiroga, es elemento suficiente para la admisión de la demanda por parte del STJ, según lo establecido en el artículo 8 de la ley I Nº 95.

“Con dicha ‘ratificación’ se cierra la instancia administrativa municipal, ya que emana de la más alta autoridad competente y al rechazar el Recurso Jerárquico agota los remedios recursivos”, reza el escrito judicial.

Inspección

La presentación judicial relata que el 15 de octubre de 2025, se labró el Acta de Inspección R-01-00000134 suscripta por quien se identificó como secretario de la comuna de Candelaria, ingeniero Eduardo M. Quiroga, en el inmueble de la arenera JM, cuya actividad principal es la extracción y venta de arena, y que en dicha Acta se requirió a la empresa la presentación de un estudio de impacto ambiental, en el marco de la Ordenanza 03/12, y la Declaración Jurada de las ventas de arena realizadas.

“En tiempo oportuno, se realizó el descargo sobre ambos puntos, indicando sobre el primero que era imposible presentar un informe ambiental, ya que la Ordenanza 03/12 se remitía a una reglamentación que era desconocida, puesto que se había requerido la misma en varias oportunidades y siempre se habían obtenidos evasivas”, reza el escrito y agrega que “sin perjuicio de ello, se adjuntó documentación que acreditaba el cumplimiento de todos los presupuestos ambientales, expedida por las autoridades provinciales con competencia sobre la materia”.

“En cuanto al segundo punto se acompañó toda la documentación contable de la empresa, que reflejaba el estricto cumplimiento de las normas tributarias”, señala la presentación y añade que “dicho descargo fue ignorado por completo, dictándose la Resolución Nº 02/25, que fue suscripta por el mismo funcionario que intervino en el labrado del Acta de Inspección Nº R-01-00000134”.

Nulidad

En la presentación judicial, el empresario arenero arremete contra la Resolución 02/25, del ingeniero Quiroga, y la define como “ilegítima y nula, de nulidad absoluta”.

Argumenta que “ha sido dictada por quien no tiene competencia para ello y sin causa ni motivación expresa ni implícitamente considerada”, y “en violación de la ley aplicable y los procedimientos previos a la emisión del acto”.

En tal sentido, el escrito invalida la “competencia” de Quiroga como secretario, ya que la Municipalidad de Candelaria no cuenta con Carta Orgánica propia y se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades de Misiones, y “no existe norma alguna que lo instituya como tal”.

“No existe ordenanza alguna que reglamente las atribuciones, derechos, funciones y deberes del secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente”, sostiene y desconoce, también, el papel del intendente Flores en el procedimiento que derivó en la clausura de la empresa.

“Por último, también traigamos a colación que no existe intervención alguna del Sr. Intendente requiriendo la inspección ni la posterior sanción que por este acto se recurre”, afirma y concluye que, “tanto la inspección como la posterior sanción han sido resueltas por un funcionario que no tiene atribuciones para ello”.

“Tal circunstancia, vicia irremediablemente el acto administrativo registrado bajo la forma de Resolución 02/2025 tornando inevitable la declaración de nulidad a su respecto”, afirma.

La presentación judicial advierte, también, sobre “vicios en la motivación” por parte del municipio, en lo referente al rechazo de la Declaración Jurada de ventas, de enero a septiembre de 2025, presentada por la empresa; y el desconocimiento de los estudios de impacto ambiental aprobados por instancias provinciales.

En el último tramo de la presentación, el demandante advierte la existencia de “peligro en la demora y verosimilitud en el derecho”, ya que “no estamos frente a una eventualidad, sino que hay una realidad concreta: hace seis meses que el emprendimiento productivo no funciona por una decisión absolutamente arbitraria”.

“Hay familias (de los trabajadores y accionistas ya que se trata de una Pyme) cuya subsistencia está dañada”, señala y destaca: “Y ni que hablar ante un mercado altamente competitivo por las bajas en las ventas y la competencia desleal) del perjuicio que significa volver a reinsertarse en el mercado”.

“En cuanto a la verosimilitud en el derecho, del relato que hemos volcado de los hechos surge claramente que dicho recaudo se cumple acabadamente, ya que están en juego el derecho de propiedad y el ejercicio de industria lícita, ambos tutelado constitucionalmente (art. 14 y 18 C.N.)”, advierte el escrito.

DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (1)
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Policiales

Investigan la muerte de un hombre en un edificio del microcentro posadeño

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edificio microcentro

La Policía de Misiones investiga el fallecimiento de un hombre de avanzada edad en un departamento del microcentro posadeño.

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas, el hecho ocurrió en un edificio ubicado sobre calle San Lorenzo, entre San Martín y Sarmiento, donde también funciona una galería comercial.

Los primeros datos apuntan a que el fallecido se trata de Germán Korts (83) y, en principio, la muerte se habría dado en forma natural, sin observarse signos de violencia.

De igual manera, el lugar trabaja el personal de la comisaría jurisdiccional y de la Dirección de Policía Científica, encargada de realizar las tareas de periciales de rigor para esclarecer lo sucedido.

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Judiciales

Rechazan domiciliaria a ex gendarme misionero condenado por lesa humanidad

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Preso. Miguel Pablo Lugo (69) continuará preso. La Justicia rechazó el otorgamiento de prisión domiciliaria por razones de salud solicitado por la defensa del ex gendarme misionero, quien de esta manera deberá seguir alojado en la cárcel de la Candelaria para purgar la pena de 25 años de prisión impuesta en su contra por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en el Centro Clandestino de Detención (CCD) El Olimpo, donde entre otras víctimas, pasaron el periodista Jorge Fontevecchia y Lucía Adela Révora, madre del ahora senador peronista Eduardo “Wado” de Pedro.

Lugo, nacido el 7 de junio de 1956 en Gobernador Roca, fue juzgado entre 2022 y 2023 en el marco del quinto tramo de la mega causa ABO V, que investigó hechos de secuestros y torturas perpetrados en el circuito represivo conformado por los CCD El Atlético, Banco y El Olimpo, que funcionaron de manera rotativa entre 1977 y 1979.

En ese expediente también fueron juzgados Sergio Raúl Nazario y Hugo Luis Medina, ex camaradas de Lugo, además del ex agente de la Policía Federal Argentina (PFA) Carlos Alberto Infantino. Todos ellos fueron condenados a 25 años de prisión por una multiplicidad de delitos que el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de Ciudad de Buenos Aires consideró acreditado, aunque el fallo aún no está firme ya que hay un recurso de casación en trámite.

Otro dos ex, Miguel Víctor Pepe, y el ex miembro de la Superintendencia de Seguridad Federal, José Ahmed, también llegaron a juicio en la misma causa, aunque el primero resultó absuelto y el segundo falleció poco antes del inicio de las audiencias.

Medina, Nazario e Infantino, los otros condenados en el juicio por la causa ABO V.

Pedido

Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, Lugo fue detenido mientras caminaba por San Ignacio -donde tiene domicilio registrado junto a su esposa- el 15 de noviembre de 2018 y desde ese momento se encuentra privado de su libertad.

Sus días y noches en prisión las cumple en la Colonia Penal 17 de Candelaria, recinto dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), donde deberá continuar a pesar de un pedido de arresto domiciliario formulado por su defensa, alegando un cuadro de Alzheimer y depresión severa.

La presentación fue realizada a mediados del año pasado y en el planteo los abogados del gendarme condenado adujeron que Lugo presentaba un “franco y notorio deterioro, padeciendo una enfermedad grave e irreversible”.

El pedido abrió una extensa etapa de análisis dispuesta por el mismo tribunal que dictó sentencia, en el que solicitó informes tanto a las autoridades de la unidad penitenciaria como a integrantes del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial, quienes arribaron a conclusiones disimiles, ante lo cual tuvo que intervenir una junta interdisciplinaria del hospital Carrillo de Posadas.

Sobre la cuestión también opinaron el fiscal de la causa Alejandro Alagia, el abogado de la querella unificada Pablo Llonto y algunas de las víctimas, quienes coincidieron en considerar que lo correspondiente era rechazar el otorgamiento del beneficio de morigeración de las condiciones de detención para Lugo.

Todo lo recabado entonces fue analizado por los magistrados Jorge Luciano Gorini, Nicolás Toselli y Rodrigo Giménez Uriburu, quienes finalmente decidieron no hacer lugar al pedido.

Principio de Alzheimer

Entre sus argumentos, los camaristas reconocieron que el condenado presenta una “enfermedad neurodegenerativa que con el transcurso del tiempo hace que los síntomas de quien la padece vayan empeorando”, aunque al mismo tiempo plantearon que “lo cierto que es el diagnóstico de Lugo está en la primera etapa de la enfermedad”.

“El evaluado presenta antecedentes de diabetes, hipertensión arterial y diagnóstico referido como principio de Alzheimer, no obstante, del examen clínico practicado no se evidencian, al momento de la evaluación, signos de deterioro cognitivo actual ni limitaciones funcionales que impliquen pérdida de autonomía o imposibilidad de desenvolvimiento adecuado”, agregaron en párrafos siguientes del escrito de 28 páginas en total.

Y en otro punto fueron tajantes en la respuesta al planteo: “La mera invocación de patologías crónicas o antecedentes médicos, sin acreditación de un estado actual de salud que resulte incompatible con el alojamiento en establecimiento penitenciario o que no pueda ser adecuadamente atendido por el sistema sanitario correspondiente, no resulta suficiente para habilitar la concesión del arresto domiciliario como medida excepcional”.

De esta manera, resolvieron no hacer lugar al pedido, con la salvedad de disponer de una evaluación semestral del estado de salud del condenado, a fin de volver a evaluar la posibilidad de la prisión domiciliaria como alternativa.

Lugo admitió que hizo “cinco guardias” en El Olimpo, aunque afirmó que no sabía en qué lugar estaba.

Lugo

La historia marca que Lugo cursó sus estudios iniciales en Gobernador Roca, donde afirmó que nació en una “familia muy humilde” y “numerosa”. El 30 de septiembre de 1976 se incorporó al Escuadrón 11 “San Ignacio” y el 31 de diciembre de ese mismo año egresó como gendarme.

Inmediatamente después fue enviado al Destacamento Móvil Campo de Mayo y en 1978 fue abocado a la Comisión de Seguridad para el mundial de fútbol.

Lugo se declaró inocente a lo largo de toda la causa. Sobre las acusaciones en su contra sostuvo que solo “cumplió órdenes” e hizo “cinco guardias” en El Olimpo, lugar al cual fue trasladado “sin conocer” dónde estaba yendo. 

Sin embargo, la Justicia consideró acreditada su presencia en el CCD y su participación en hechos considerados como de lesa humanidad. En su contra acumuló testimonios de testigos, tanto de otros antiguos gendarmes como de presos políticos, que lo reconocieron como uno de los guardias del lugar, donde además cumplía diferentes tareas asignadas por los altos mandos.

Los testigos narraron que la función de los guardias o “celadores” era el ingreso y el egreso de detenidos a los calabozos para llevarlos a salas de interrogatorios donde eran sometidos a torturas. “Estas personas salían mal. Un mal momento. Calcule que les pasen electricidad, golpes, de todo. Ya lo sacaban medio sin conocimiento de los calabozos”, es un testimonio que se desprende de la causa.

El TOF decidió, entonces, en un fallo emitido en diciembre de 2023, condenarlo a 25 años de prisión como coautor de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravado, entre otros hechos cometidos contra un centenar de presos políticos que pasaron por El Olimpo durante sus meses de operación.

El Olimpo

El Olimpo fue uno de los CDD de mayor letalidad. Estaba ubicado en el barrio de Floresta, en un predio que originalmente era una terminal de tranvías.

Funcionó desde el 16 de agosto de 1978 hasta fines de enero de 1979 y su cierre de relaciona con una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1979.

El lugar estaba bajo el control del Primer Cuerpo del Ejército, comandado por el represor Guillermo “Pajarito” Suárez Manson, y del Batallón de Inteligencia 601.

Se estima que entre 500 y 700 personas detenidas-desaparecidas pasaron por ese CCD, con una tasa de supervivencia del 7-10%.

El galpón fue adaptado especialmente: incluyó celdas, oficinas, un gran patio techado y salas de tortura conocidas como “quirófanos”. Los testigos recuerdan que había un cartel de bienvenida: “Bienvenidos al Olimpo de los dioses. Firmado: Los centuriones.”

Rechazan domiciliaria a represor misionero condenado por lesa humanidad

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