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Negro Rojas preso: pabellón antinarcos, requisas aleatorias y vigilancia estricta

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Separado de otros internos condenados por narcotráfico, sometido a requisas aleatorias de manera periódica y bajo un estricto control tanto de sus comunicaciones como de sus visitas. Así quema sus noches en prisión Néstor Fabián “El Negro” Rojas (47) y así culminó el 2023 alojado en la cárcel de máxima de seguridad de Marcos Paz, a pesar de sus reiterados pedidos para ser trasladado a la Colonia Penal 17 de Candelaria.

El sindicado narco-sicario acusado de tres asesinatos vinculados al narcotráfico, de un intento de magnicidio contra un juez posadeño y de montar una empresa criminal inspirada en el Primer Comando Capital (PCC), se encuentra privado de su libertad bajo estrictas normas de vigilancia en el Complejo Penitenciario II de Marcos Paz y durante todo el 2023 presentó diversos recursos con la pretensión de obtener morigeraciones en sus condiciones de detención e incluso su traslado a Candelaria, aunque cada pedido enfrentó la oposición del equipo de fiscales federales interviniente en sus causas.

La primera oposición a estos planteos por parte de la fiscalía se dio a comienzos de marzo del año pasado, cuando los fiscales Vivian Barbosa, de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) de Posadas, y Diego Iglesias, fiscal general a cargo de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), no solo consideraron inviable el cambio de penitenciaria sino que también solicitaron mantener vigente las medidas de extremo control sobre su estadía tras las rejas, según pudo averiguar La Voz de Misiones. 

Para los fiscales, Rojas debe continuar en un establecimiento de máxima seguridad, como es el caso del Complejo Penitenciario II de Marcos Paz, debido a su perfil de “peligrosidad”, a los riesgos de una eventual evasión o plan de rescate y a su “demostrada capacidad para llevar a cabo hechos de violencia y articular la organización de actividades delictivas complejas”.

En ese punto, mencionan como antecedentes que mientras el narco-sicario se encontraba tras las rejas se detectó que organizó un plan para asesinar al juez Fernando Verón y que armó una estructura criminal a la que denominó Primer Comando de Frontera (PCF), la cual alcanzó a mover 11 toneladas de marihuana en dos semanas.

En la misma instancia, los fiscales también solicitaron que el TOF extienda la vigencia de las medidas de seguridad y restricciones especiales para con Rojas durante su estadía en prisión.

Cargas de marihuana incautadas con el sello de la organización criminal fundada por el Negro Rojas.

De esta manera, el misionero continúa alojado en la cárcel de Marcos Paz, alejado de cualquier tipo de contacto con otros detenidos relacionados con el narcotráfico o el crimen organizado.

Dicho presidio bonaerense está dividido en “unidades residenciales”. Rojas se encuentra en el pabellón 7 de la Unidad Residencial III, que tiene capacidad para 30 internos en total.

Dentro de la misma cárcel, por ejemplo, se encuentran otros “pesos pesados” del crimen organizado del país, como es el caso de Ariel Máximo “El Guille” Cantero, jefe de la banda rosarina Los Monos, quien habita el pabellón 7 de la Unidad Residencial II.

Estar separado de otros narcotraficantes no es el único ítem que contempla el régimen especial de detención que pesa contra Rojas. A diferencia del resto de la población penal, el misionero es objeto de requisas aleatorias y periódicas a fin de impedir que alcance dispositivos de comunicación para mantener contacto con el exterior.

También tiene un “control estricto” sobre las comunicaciones que pueda mantener a través de la línea fija de acceso público para internos. Esta medida consiste, principalmente, en conocer a los abonados y a las personas con las que se comunica. Incluso, esas llamadas están reguladas por un régimen de horarios y tiempos determinados. 

En la fundamentación de estas medidas los fiscales también repasaron el contenido de las escuchas practicadas a sus conversaciones mientras se investigaba el accionar del PCF, donde Rojas reparte amenazas de muerte a diferentes personas, entre ellas Miguel Ángel Guerrero, titular del Juzgado Federal de Eldorado. 

“Sí, hoy también vi que hizo pippip. Están grabando estos putos, (inaudible), están grabando mangas de putos. A ver, para que graben, ya que están ahí atentos a todos, díganle a esos jueces, a esos jueces, que esto recién comienza. Esto recién empieza, que van a pagar todos los que hicieron todo, todo uno por uno, uno por uno, todos, por un montón de presos que hicieron parir, gente inocente que condenaron inocentemente, por todo este tiempo que estuve. Sabes qué, le voy a decir una cosa tírenme cien, doscientos, trescientos años, no me importa, el peor error de ustedes es no haberme matado todas las veces que intentaron, sabes que ahora recién descubrí que soy, y quien soy y ahora se van arrepentir de haber nacido”, consigna la transcripción de la llamada interceptada por los investigadores asentada en documentos judiciales obtenidos por LVM. 

Y sigue: “Graben bien, y ustedes saben de lo que le estoy diciendo, la sigla PCF, graben bien, porque lo van marcar para toda la vida el resto de su corta vida (…) ustedes son los que me crearon, ustedes son lo que van a tener que aguantar su propia creación señores. Miguel Ángel Guerrero, vos que sos tan guerrero, como dice tu apellido, jueces hijos de mil puta, que siempre se ríe de (inaudible) esos correntinos que va a entrar, juez nuevo también, (inaudible) todo lo que sea diversión”.

En medio todo este contexto, Rojas jugó otra carta para amortiguar estas medidas con la presentación de un habeas corpus en el que intervino la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín (Buenos Aires), aunque tampoco consiguió lo que pretendía.

Es que, al estudiar el planteo y el caso en general, los camaristas intervinientes consideraron que “no surgen elementos que permitan concluir en la existencia de un agravamiento ilegítimo de las condiciones”, al tiempo que entendieron que los principales reclamos (videollamada con una hija y visitas) fueron subsanados y, por ende, el recurso se presentaba como “improcedente”.

Rojas y detrás de él una de sus víctimas, su ex socio Aldo Canteros, ejecutado de tres disparos en Gobernador Roca.

Peso pesado

Luego de tres años siendo el criminal más buscado de la provincia, El Negro Rojas cayó detenido a mediados de 2018. Desde allí no volvió a pisar la calle, pero sí fue objeto de varios traslados. 

Pasó por dos cárceles misioneras, pero para las autoridades locales su presencia era una “bomba de tiempo” y, en primera instancia se dispuso su traslado al penal de Ezeiza, aunque allí dentro continuó organizando maniobras delictivas y en noviembre de 2020 fue llevado a Marcos Paz.

Al sindicado narco-sicario oriundo de Puerto Iguazú le adjudican tres asesinatos vinculados al narcotráfico: el doble crimen de El Acuerdo en 2015, donde las víctimas fueron Sebastián Vega y Rodrigo Ibarra; y la ejecución de su antiguo socio Aldo Canteros en 2018. 

Más tarde se descubrió que desde la cárcel había orquestado un plan para que mercenarios brasileños acribillen al juez Verón (juez de la causa de El Acuerdo) y meses después también advirtieron que desde su encierro había creado la firma criminal PCF.

Hasta ahora, ninguna causa contra Rojas llegó a instancia de juicio y la última novedad fue que los expedientes por el crimen de Cantero y las incautaciones al PCF que se tramitan ante la Justicia Federal fueron unificados.

Judiciales

Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko

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El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.

En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.

“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.

“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.

Temerarias

El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.

Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.

El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.

Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.

“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.

Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.

“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.

Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.

“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.

Amonestación

Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.

A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.

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Policiales

Cruzaba la avenida Quaranta con su hijo y murió arrollada por un auto

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Una mujer de 47 años falleció esta mañana al ser embestida por un automóvil mientras cruzaba la avenida Quaranta de Posadas junto a su hijo.

De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, la víctima fue identificada como Antonia Isabel Lima (47).

El hecho ocurrió esta mañana, cerca de las 11, cuando la mujer cruzaba la avenida Quaranta, en inmediaciones a la avenida Zapiola, hasta que, por causas que se intentan establecer, fue arrollada por un automóvil Fiat Siena que circulaba en sentido Oeste-Este.

Como consecuencia del hecho, la mujer perdió la vida en el acto, mientras que su hijo menor de edad debió recibir asistencia profesional.

En el sitio trabajaron diversas dependencias policiales que llevaron adelante las tareas de rigor y las correspondientes pericias para esclarecer las circunstancias del siniestro.

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Judiciales

Piden detención de Alejandro Jabornicky por publicar fotos con su ex pareja

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La diputada provincial electa, Rita Marina Flores, denunció a su ex pareja, el abogado Alejandro Jabornicky, por “violencia de género digital” y a través de la querella pidió su prisión preventiva, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en una publicación pagada de la red social.

Flores oficializó la presentación judicial el jueves pasado, en la Fiscalía de Instrucción Dos de Posadas, y solicitó que se agregue al Expediente 1353277/2025, de la causa por violencia de género contra el letrado por hechos ocurridos a principios de septiembre en el domicilio de Jabornicky, que se tramita en el Juzgado de Instrucción Siete, a cargo del juez Miguel Mattos.

En la ocasión de esa primera denuncia, el domicilio del abogado fue allanado, y Jabornicky fue detenido y estuvo cuatro días recluido en una celda de la comisaría Segunda, sobre la avenida Tambor de Tacuarí, incomunicado.

A la par, la Justicia le concedió a Flores un botón de pánico y le impuso a Jabornicky una orden de restricción que, ahora, con la publicación de su foto con ella en Instagram, la represente legal de la diputada provincial electa considera violentada por el letrado.

Boluda

“La orden de restricción es una manda judicial y desobedecer es una falla penal; es desobediencia judicial”, afirmó Silvia Risko, abogada de Flores en declaraciones a LVM, y agregó: “La orden es que no puede ni acercarse físicamente, ni por teléfono, ni mail u otro contacto”.

“Son fotos del año pasado, que él promocionó pagando publicidad”, apuntó Risko y lanzó: “Eso es cagarse en la orden del juez”.

La abogada remarcó, además, “la intención de hostigamiento, invalidación y revictimización”, de parte de Jabornicky hacia su cliente, e incluso acusó al letrado de “intentar minar la imagen pública” de Flores, de cara a su asunción en la Legislatura el 10 de diciembre próximo.

“Paga una publi en la red social a días de asumir ella”, precisó Risko y contó que, a partir de esta publicación de Jabornicky, Flores “comenzó a recibir mensajes de gente que le pregunta si volvió con él, y eso la hizo perder la tranquilidad”.

“El agravante es el hecho de que pague la publicación, con el claro objetivo de invalidar su denuncia por violencia, para que la gente diga: ‘Mirá, esta boluda volvió al final’”, afirmó.

Ciclo

La fitración del escrito de Flores, al que tuvo acceso La Voz de Misiones, encuadra jurídicamente todo lo argumentado por Risko.

“El hostigamiento a través de un medio público digital NO significa una intromisión menor, sino un ACTO DELIBERADO DE CIBER- HOSTIGAMIENTO que REACTIVA el ciclo de violencia, EXPONIENDO PÚBLICAMENTE A LA VÍCTIMA JUNTO  A  SU  AGRESOR, interrumpiendo de manera efectiva la indemnidad psicológica de la Sra. Rita Marina FLORES y REAFIRMANDO el poder y control que el imputado pretende tener sobre la víctima, REVICTIMIZÁNDOLA, quien revive la situación traumática sufrida por las amenazas de muerte y violencia ejercida hacia su persona y el de su niña, generando un estado de terror y total indefensión ante su agresor”, señala el texto.

Asimismo, en otro párrafo asegura que “las AMENAZAS DE MUERTE efectuadas por el Sr. JABORNICKY a la Sra. FLORES, como también, el incumplimiento de la manda judicial, constituyen ANTECEDENTES GRAVÍSIMOS, existiendo CLARO RIESGO DE FEMICIDIO, todo ello ya que, la desobediencia judicial de quien amenazó con MATAR, DEGOLLAR y luego TIRAR A UN ZANJÓN a la Sra. Rita FLORES…NO PUEDEN SER TOLERADOS POR LA JUSTICIA, quien debe actuar conforme a los protocolos, doctrina y jurisprudencia con PERSPECTIVA DE GÉNERO, PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA Y DEBER DE DILIGENCIA DEBIDA, EXISTIENDO UN RIESGO CIERTO PARA DEJAR A LA VÍCTIMA LIBRADA A SU SUERTE EN TOTAL DESAMPARO”.

En tal sentido, argumenta que “la prisión preventiva es la ÚNICA medida de protección eficaz que se ajusta al estándar de debida diligencia ante casos de violencia de género, todo ello acorde al Art. 7, inc. b, de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que impone a los Estados el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir y sancionar todo acto de violencia. Más aún, el Art. 7, inc. f, exige ‘establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección’”.

Agravante

En otro tramo, la denuncia acusa a Jabornicky de ejercer “violencia política” contra Flores, habida cuenta de su investidura como diputada electa, y ubica la situación como “agravante del hostigamiento”.

“La Sra. Rita Marina FLORES reviste el carácter de Diputada Electa de la Provincia de Misiones, con asunción prevista para el 10 de diciembre de 2025. Esta temporalidad es fundamental, todo ello ya que la violencia política es aquella dirigida a ‘obstaculizar, menoscabar o anular el desempeño de una función pública’”, refiere el escrito.

“El accionar del Sr. JABORNICKY, al hostigar a la Sra. FLORES en un medio público de difusión masiva (Instagram) en un período crucial de transición, no solo busca quebrantar su integridad psicológica individual, sino que persigue un objetivo más amplio: DEGRADAR y MENOSCABAR su imagen, credibilidad y legitimidad pública como futura representante legislativa electa por el voto popular en las últimas elecciones legislativas provinciales de fecha 08/06/2025, intentando impedir o dificultar su pleno y libre ejercicio del cargo inminente, afectando no sólo psicológicamente a la víctima, sino también a su rol como representante político social”, afirma.

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