Judiciales
Un número de teléfono, el principio del fin para el Negro Rojas
Un número de teléfono entregado por campanas en la costa del río Paraná en Montecarlo marcó el principio del fin para Néstor Fabián “El Negro” Rojas. Así lo revelaron agentes de inteligencia criminal pertenecientes a la Prefectura Naval Argentina (PNA) al abrir esta mañana la etapa de testimoniales en el juicio oral que se lleva adelante en contra del sindicado narco-sicario acusado de asesinar a su socio Aldo Andrés Canteros y más tarde montar la organización Primer Comando de Frontera (PCF).
En total fueron cinco los uniformados federales que hoy declararon ante el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas. Lo hicieron en forma telemática y con la cámara apagada, por motivos de seguridad expresamente solicitados por la cartera que lidera Patricia Bullrich.
Para mediados de 2018, los cinco testigos eran parte de la Delegación Inteligencia Criminal Zona Alto Paraná de la PNA, con asiento en Eldorado, y ante las partes reconstruyeron la génesis de la investigación que volvió a poner bajo la lupa a Rojas, quien para ese entonces acumulaba más de tres años prófugo en el marco del doble homicidio de El Acuerdo, perpetrado en Posadas.
Todos los prefecturianos coincidieron al relatar que, luego de un procedimiento policial que culminó con la incautación de una tonelada de marihuana, decidieron adentrarse en la zona conocida como “Puerto Natural” o “Puerto Kimmich” de Montecarlo, a la vera del río Paraná.
Con la intención de detectar movimientos e identificar actores responsables de maniobras de contrabando, los investigadores comenzaron a realizar tareas de campo en la zona, con recorridas encubiertas y averiguaciones con lugareños.
“Comenzamos con las tareas de campo e hicimos averiguaciones. Los lugareños nos brindaron información sobre un grupo delictivo que acopiaba estupefaciente para mandar a Buenos Aires después y nos hablaron sobre un paraguayo llamado Carlos Sosa como el organizador de todo. Nos pasaron su teléfono”, recordó sobre esas primeras labores Marcelo Álvez, uno de los agentes intervinientes que declaró hoy.

El juicio se desarrolla en el TOF de Posadas y tanto Rojas, como los magistrados y los testigos participan de manera telemática.
El mismo testigo añadió que en otra recorrida por la zona los mismos lugareños corrigieron la primera información brindada e indicaron que el encargado de todas las maniobras no era paraguayo, ni se apellidaba Sosa, sino que era argentino y se llamaba Néstor Rojas, más conocido como El Negro, aunque el teléfono brindado sí era el mismo y eso marcó el principio del fin del sindicado capo narco actualmente detenido en la cárcel federal de Marcos Paz.
“Nos brindaron el número pero no quisieron dar sus datos. Ellos tenían el número para avisar si habían fuerzas de seguridad en la zona. Cuando se consiguió el teléfono, se pidió su intervención y de las escuchas fueron surgiendo domicilios y personas. Nosotros identificamos a Rojas, a Aldo Canteros (luego asesinado) y otro llamado Eduardo Martínez”, detalló Álvez, tras una última pregunta efectuada por la fiscal Vivian Barbosa.
Los testigos de la jornada fueron claros al mencionar que ellos se dedicaban a realizar labores de campo, las cuales en su mayoría consistían en certificar datos que surgían gracias a la interceptación de la línea telefónica adjudicada a Rojas.
“Rojas le indicaba a Canteros y a Martínez los caminos y los modos de hacer todo. Ellos recibían indicaciones de él. Se presume que él era el organizador”, reveló a su turno Hernán Rodas, otro agente de inteligencia de PNA.
El uniformado recordó que, mediante el trabajo realizado, más tarde pudieron marcar un domicilio de Rojas en la localidad de Hipólito Yrigoyen y uno de Canteros en Gobernador Roca, puntos que formaban parte del itinerario de los traslados de estupefacientes desde Montecarlo, que era el lugar de recepción de los cargamentos.
La investigación fue tal que los agentes lograron realizar seguimientos encubiertos de al menos dos operatorias de traslado de droga. En uno de esos viajes participaron un Fiat Siena y una Ford Eco Sport, mientras que la segunda misión fue realizada por una caravana conformada por un Renault Clío, un Renault Logan y un Chevrolet Cobalt.
Según trazó el agente Álvez, la comitiva viajó hasta Montecarlo, ingresó a una zona de montes y al volver a la ruta los autos aparecieron “más planchados”, como cargados, y el camino de regreso culminó en la chacra de Canteros en Roca.
La descripción de los vehículos es otro punto clave de la pesquisa, dado que tanto Álvez como Rodas días más tarde ubicaron a Rojas dentro de ese Renault Logan en compañía de Canteros por las calles de Roca.
“Yo a Rojas lo vi una sola vez. Fue el 3 de agosto de 2018. Salieron de la chacra de Canteros en un Logan y fueron hasta el centro. Canteros se bajó a un kiosco y Rojas se quedó. Iba en el asiento del acompañante y tenía la ventanilla baja”, precisó Álvez.
Todos los testigos de hoy admitieron que con todos los elementos recolectados se solicitó una orden de allanamiento, aunque desconocen por qué la medida nunca se concretó, argumentando que esas decisiones correspondían a “la superioridad”.

El Renault Logan incautado por la Policía tras el asesinato de Canteros.
Asesinato y narcotráfico
Lo cierto es que, apenas dos días después, es decir, el 5 de agosto de 2018, se produjo el asesinato de Canteros en su chacra de Gobernador Roca. La hipótesis acusatoria sostiene que Rojas advirtió movimientos extraños en los alrededores de la finca y al sentirse traicionado decidió acabar con la vida de su colaborador, con quien poco antes había compartido un asado de cumpleaños.
Rojas fue atrapado ocho días después de aquel crimen. Fue ubicado en el complejo de cabañas La Aventura de Posadas, donde estaba a punto de concretar una venta de cocaína a compradores oriundos de Entre Ríos.
“Yo de mis delitos siempre me hice cargo, pero no me puedo hacer cargo de delitos que no cometí. En las fiscalías y juzgados de mi provincia me han perseguido durante mucho tiempo. Me hice cargo de la cocaína y me hice cargo de que estuve en el lugar, pero yo no maté a Canteros”, declaró Rojas al inicio del debate, que de ser hallado culpable del crimen de su antiguo socio puede ser condenado a prisión perpetua.
Tras ser detenido, el narco-sicario estuvo preso en la UP VI de Posadas y en la UP II de Oberá, aunque era considerado una “bomba de tiempo” para los penitenciarios y, en consecuencia, fue trasladado a la cárcel federal de Ezeiza, donde continuó cometiendo delitos, según tienen establecidos los fiscales que Vivian Barbosa, Diego Iglesias y Martín Uriona, estos últimos de la Procuración General de la Nación (Procunar), quienes intervienen en el juicio.
Esos delitos esta vez hacen referencia a la creación del PCF, una empresa criminal con la que Rojas pretendió emular a grandes bandas del crimen organizado brasileño como el Primer Comando Capital (PCC), Comando Vermelho (CV) o Bala Na Cara, grupos con los cuales en teoría tenía nexos activos y quienes además abastecía de droga.
En la causa del PCF había otros ocho imputados quienes ya firmaron un acuerdo de juicio abreviado por penas de entre 6 y 9 años de prisión. Al debate oral junto a Rojas solo llegó Pablo Antonio Campos Retamar (53), un hampón de Ciudadela que también estaba preso en Ezeiza por varios asaltos y desde ahí se encargaba de organizar la logística necesaria para recibir y almacenar la droga que la organización enviaba a Buenos Aires.
El debate oral continuará el 24 de junio. El tribunal que lleva adelante el juicio está íntegramente conformado por magistrados subrogantes: Víctor Alonso (Corrientes), Fermín Ceroleni (Corrientes) y Enrique Bosch (Chaco).
Como defensores intervienen Marco Racagni, en representación de Rojas, y Mariano Romero por Campos Retamar.
Rojas adelantó que en la próxima audiencia desea volver a tomar la palabra. En jornadas anteriores solicitó tener la posibilidad de interrogar a los testigos, aunque el planteo fue rechazado por el tribunal.
“Yo no voy a permitir que me tiren delitos encima para que me pudra en la cárcel. Acá se juega mi vida en la cárcel”, prometió en la primera audiencia.

Rojas está detenido en un pabellón de máxima seguridad de la cárcel de Marcos Paz.
Juzgan a Rojas por homicidio y narcotráfico: “Se juega mi vida en la cárcel”
Judiciales
Piden jury contra la jueza que condenó a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
El diputado provincial del Partido Agrario y Social (PAyS), Cristian Castro, presentó este viernes un pedido de jury contra la jueza en lo Correccional y de Menores N° 1, Marcela Alejandra Leiva, por la condena a prisión en suspenso para los sindicalistas docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez por desobediencia judicial y entorpecimiento del transporte, durante el acampe docente de 2024 que bloqueó la avenida Uruguay, de Posadas.
En la nota dirigida a la presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Misiones, Rosanna Venchiarutti Sartori, Castro esgrime el artículo 7 de la Ley VIII Nº 5 y denuncia a Leiva por “mal desempeño en sus funciones”, “ignorancia inexcusable del derecho” y “arbitrariedad manifiesta”.
En el tercer punto del escrito, el diputado del PAyS solicita que se admita formalmente su denuncia, conforme lo establecido en el artículo 158 de la Constitución provincial, que establece que cualquier habitante puede acusar a magistrados ante el Jurado de Enjuiciamiento; y pide que “se disponga la apertura del procedimiento”, “se notifique a la magistrada denunciada”, “se sustancie el proceso conforme a la normativa vigente”, y “se dicte, al finalizar el proceso, la destitución de la magistrada denunciada”.
Al cierre de esta nota, el legislador agrario comentó a LVM que pasado el mediodía recibió una comunicación de la oficina de Venchiarutti Sartori para que comparezca personalmente el martes 23 próximo, a las 9:00 horas, a ratificar la denuncia contra Leiva, en el quinto piso del Palacio de Justicia.
Irregularidades
Según señala el diputado del PAyS, la actuación de Leiva en la causa contra Gurina y Sánchez “presenta un conjunto de irregularidades graves que justifican su análisis por parte del Jurado de Enjuiciamiento”.
Castro le achaca a la jueza en su nota, “deficiencias en la valoración de la prueba”, “valoración fragmentaria”, “omisión selectiva del material probatorio de elementos favorables a la defensa”, “utilización de presunciones no autorizadas por la sana crítica racional”, “falta de imparcialidad funcional” y “afectación del principio de inocencia”.
“Existen elementos del proceso que permiten sostener, prima facie, la existencia de un sesgo en la conducción del proceso, orientado hacia la convalidación de hipótesis acusatorias sin debida revisión crítica”, asegura.
“Se advierten razonamientos incompatibles con los estándares constitucionales de certeza que deben de regir toda sentencia condenatoria”, sostiene el legislador y señala que Leiva vulneró el artículo 18 de la Constitución Nacional, el 158 de la Constitución Provincial, y la doctrina del denominado ‘Fallo Casal’, de 2005, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que amplió las facultades del recurso de casación, fortaleciendo las garantías del imputado frente a la condena y alineando la jurisprudencia argentina con estándares internacionales.
Castro afirma que, por todo esto, la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “revela, con especial claridad, un patrón de razonamiento incompatible con los estándares constitucionales y convencionales vigentes en materia de protesta social, responsabilidad penal individual y principio de legalidad”.
Referentes
El diputado del PAyS sostiene que, en el fallo de Leiva, “se verifica una utilización extensiva y arbitraria del derecho penal, fundada exclusivamente en la condición de referentes gremiales de los imputados”.
“La magistrada da por acreditada la autoría penal no a partir de actos concretos, individualizados y probados, sino por la supuesta ‘visibilidad pública’ y liderazgo sindical de Gurina y Sánchez”, sostiene el legislador y advierte que “tal razonamiento importa una grave vulneración del principio de culpabilidad por el hecho, sustituyéndolo por una forma inadmisible de responsabilidad por el rol o la identidad, expresamente prohibida por el derecho penal constitucional”.
“Este criterio ha sido severamente cuestionado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ha advertido que los Estados suelen utilizar a referentes sociales y sindicales como ‘casos testigo’ para emitir mensajes aleccionadores hacia el conjunto de quienes ejercen el derecho a la protesta, generando un efecto intimidatorio o disuasivo incompatible con una sociedad democrática”, afirma Castro y asegura que la sentencia contra los docentes “se inscribe de lleno en ese patrón de criminalización selectiva”.
“En segundo término, la resolución judicial desconoce la naturaleza política y colectiva de los hechos juzgados, omitiendo un análisis riguroso del elemento subjetivo de los tipos penales aplicados”, señala el legislador en su escrito contra Leiva.
“En contextos de protesta social, el dolo no puede presumirse ni inferirse mecánicamente de la mera permanencia en el lugar de los hechos o del carácter prolongado de la manifestación”, expresa.
“La intención de los docentes fue, de manera inequívoca, visibilizar reclamos salariales y laborales frente a la ausencia de respuestas estatales, y no entorpecer el transporte ni desobedecer la autoridad judicial como finalidad autónoma”, argumenta Castro.
“La magistrada omite ponderar que la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que las restricciones al derecho de reunión y de protesta deben ser excepcionales, estar previstas por ley, perseguir un fin legítimo y superar un estricto test de necesidad y proporcionalidad”, manifiesta.
El diputado del PAyS opina que la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “otorga preeminencia automática al derecho a circular por sobre el derecho a la protesta, desconociendo que este último constituye uno de los pilares del sistema democrático”.
Desobedientes
En otra parte del escrito, Castro se refiere a la valoración que hizo la jueza del delito de desobediencia judicial que se le imputaba a Gurina y Sánchez, y sostiene que tal imputación se construyó a partir de “la condición de referentes” de los docentes procesados, “asumiendo que la orden era ‘exigible’ a ellos”.
El diputado del PAyS sostiene, además, “inconducentes desde el punto de vista jurídico”, las referencias que hace la resolución judicial de Leiva sobre “supuestos perjuicios comerciales o molestias derivadas del humo”, que “no fueron debidamente acreditados” y que son “consideraciones ajenas al bien jurídico protegido por el art. 194 del Código Penal”.
“En síntesis, la condena de Gurina y Sánchez constituye un caso paradigmático de criminalización de la protesta social, con afectación directa de derechos constitucionales y convencionales, y revela un desempeño judicial que, prima facie, encuadra en las causales de mal desempeño, ignorancia inexcusable del derecho y arbitrariedad manifiesta, habilitando la intervención del Jurado de Enjuiciamiento”, señala el legislador en su nota y reafirma: “Dichas irregularidades constituyen una pauta objetiva de mal desempeño y deberán ser examinadas por el Jurado en su conjunto”.
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Judiciales
La Corte dejó firme la condena a Ovando y la defensa acusa un “error administrativo”
Sin analizar la cuestión de fondo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó firme la condena de 20 años de prisión impuesta por el Tribunal Penal Uno de Eldorado en contra María Ovando (48) al dar por “no presentado” un recurso de queja planteado por la defensa de la mujer, desde donde alegan que la documentación exigida fue subsanada en tiempo y forma, acusando en consecuencia una “falla administrativa” de parte del máximo órgano judicial del país.
La resolución de la Corte tiene menos de diez renglones y lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
En el escrito, los magistrados dieron por “no presentado el recurso de hecho” el recurso defensivo al señalar incumplimientos en las formalidades del trámite interpuesto.
“La parte recurrente no ha dado debido cumplimiento a la intimación que en fecha 30 de mayo de 2025 le formuló el Secretario del Tribunal en los términos del inc. c de la acordada 13/90 (Fallos: 313:21), texto según modificación de la acordada 35/90 (Fallos: 313:37)”, argumentaron.
De esta manera, el máximo órgano judicial del país dejó firme la sentencia, aunque sin analizar la cuestión de fondo que la parte recurrente pretendía que se revisara para revertir la condena.
Consultado sobre el fallo, Eduardo Paredes, abogado defensor de María Ovando, respondió a La Voz de Misiones que “esto es un error administrativo del personal de la Corte. Lo solicitado por la Corte está subido y está presentado desde el 9 de junio. Acá vamos a plantear una revocatoria porque es un error del personal de la Corte”.
Juicio y condena
La condena a 20 años de prisión contra María Ovando fue impuesta en 2020, tras un juicio realizado ante el Tribunal Penal Uno. Tanto a la mujer como los otros dos jóvenes que fueron al banquillo de los acusados fueron declarados responsables de delitos de abuso sexual y corrupción de menores.
Por su vínculo de madre y abuela de las víctimas, sobre la mujer recayó el mayor monto de pena, mientras que Marcos Laurindo (28) y Lucas Ferreira (28) recibieron 18 y 12 años de prisión, respectivamente.
La causa se inició en 2015, a raíz de una denuncia radicada por la guardadora de las menores abusadas, llegó a juicio oral cinco años después.
A esa instancia la mujer llegó en libertad, aunque luego del fallo quedó inmediatamente detenida y fue excarcelada un año después mediante un habeas corpus presentado por la recientemente fallecida Norita Cortiñas, pero el benefició apenas duró dos semanas ya que la Cámara de Apelaciones revocó la medida.
Fue así que Ovando regresó a la Unidad Penal V Correccional de Mujeres de Miguel Lanús, donde continúa alojada para seguir cumpliendo con la condena que el año pasado fue ratificada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.
En el planteo en el que la defensa solicitó la revisión del caso por parte del STJ habían reclamado “la nulidad de la sentencia por indeterminación del hecho imputado, por violación al principio de congruencia, por haberse condenado por un hecho que no fue imputado, privándose del derecho de ser oído, por omisión de valoración de la prueba ofrecida en descargo lesionándose el ejercicio de la defensa, violándose el principio in dubio pro reo”.
FALLO CSJ 001214_2025_RH001El STJ confirmó la condena a 20 años de prisión contra María Ovando
Judiciales
El narco misionero que cayó en Chaco llevaba cocaína con el sello del delfín
El misionero atrapado en Chaco tras una persecución que arrancó en Santiago del Estero no llevaba cualquier cocaína: llevaba la cocaína de alta pureza asociada al capo narco Reinaldo Delfín Castedo, quien supo ser uno de los capos narcos más buscados del país hasta su captura en 2016.
Así revelaron fuentes de la investigación que continúan trabajando en la causa iniciada el viernes pasado con la detención de Hugo Alejandro Kalenok (30), un joven oriundo de Leandro N. Alem que registra como antecedentes una condena por narcotráfico en Santiago del Estero y una detención por robo de vehículos en Ciudad del Este.
La marca del delfín, símbolo que identifica al clan Castedo, fue encontrado en cada uno de los 86 panes que iban ocultos en los cuatro bancos de cemento de Kalenok transportaba en la caja trasera de la Toyota Hilux doble cabina que conducía desde Santiago del Estero hacia estos lares. La carga alcanzó unos 90 kilogramos y fue tazada en aproximadamente 1.000 millones de pesos, según estimaciones efectuadas por investigadores de la GNA.
La detención del misionero se concretó el viernes pasado, aunque no fue sencilla. El joven circulaba por la ruta nacional 16 hasta que en Monte Quemado, localidad de santiagueña ubicada a poco del límite interprovincial con Salta, se topó con un control de GNA que esquivó a toda velocidad e incluso arrolló a dos uniformados.
La fuga dio inicio a una extensa persecución que se extendió por 270 kilómetros hasta la ciudad chaqueña de Sáenz Peña, donde el misionero abandonó la camioneta y a las corridas ingresó al predio de la Universidad Nacional del Chaco Austral (Uncaus), donde finalmente fue interceptado por una empleado del lugar que, en un acto de arrojo, se abalanzó sobre él.
Allí fue arrestado por los efectivos federales y desde ese momento se encuentra privado de su libertad. Según amplió el diario El Liberal de Santiago del Estero, en las últimas horas el misionero compareció ante el juez federal Santiago Argibay, donde negó haber embestido a los gendarmes pero se abstuvo al momento de ser consultado por los estupefacientes que transportaba.
Los investigadores se abocan ahora a rastrear a él o los cómplices que posiblemente iban como “punteros” de la carga, como así también a determinar la ruta de la droga. La principal hipótesis es que su destino era la Triple Frontera, donde Kalenok ya estuvo involucrado en hechos delictivos.
Entre sus antecedentes figura que en 2024 fue detenido en Ciudad del Este junto a una banda acusada de robar vehículos, aunque no lo es único ya que en Santiago del Estero purgó una condena de 6 años y 10 meses de prisión por transportar casi 90 kilogramos de marihuana en un auto.

La carga de 90 kilos de cocaína iba oculta dentro de bancos de cemento.
Delfín Castedo
Castedo es salteño y fue señalado como el creador de una estructura narco que se apoderó del tráfico de droga en la frontera con Bolivia, transformándose en uno de los mayores proveedores de cocaína del país y llegando a enviar cargamentos de la misma sustancia a Europa y otras partes del mundo.
El hombre fue apuntado como “El Patrón del Norte” y se cree que fue uno de los primeros en valerse de los llamados “vuelos narcos” para regar de cocaína el país.
El hombre fue detenido en 2016, tras permanecer más de ocho años prófugo con pedido de captura internacional. En 2022 fue condenado a 16 años de prisión por narcotráfico y en 2023 recibió prisión perpetua por el homicidio de una mujer que lo denunció públicamente por narco.
Actualmente, el sindicado capo narco se encuentra alojado en una área de máxima seguridad dentro de Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza.
Incautan cocaína con sello asociado al capo narco Delfín Castedo en el puente
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