Judiciales
Un número de teléfono, el principio del fin para el Negro Rojas
Un número de teléfono entregado por campanas en la costa del río Paraná en Montecarlo marcó el principio del fin para Néstor Fabián “El Negro” Rojas. Así lo revelaron agentes de inteligencia criminal pertenecientes a la Prefectura Naval Argentina (PNA) al abrir esta mañana la etapa de testimoniales en el juicio oral que se lleva adelante en contra del sindicado narco-sicario acusado de asesinar a su socio Aldo Andrés Canteros y más tarde montar la organización Primer Comando de Frontera (PCF).
En total fueron cinco los uniformados federales que hoy declararon ante el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas. Lo hicieron en forma telemática y con la cámara apagada, por motivos de seguridad expresamente solicitados por la cartera que lidera Patricia Bullrich.
Para mediados de 2018, los cinco testigos eran parte de la Delegación Inteligencia Criminal Zona Alto Paraná de la PNA, con asiento en Eldorado, y ante las partes reconstruyeron la génesis de la investigación que volvió a poner bajo la lupa a Rojas, quien para ese entonces acumulaba más de tres años prófugo en el marco del doble homicidio de El Acuerdo, perpetrado en Posadas.
Todos los prefecturianos coincidieron al relatar que, luego de un procedimiento policial que culminó con la incautación de una tonelada de marihuana, decidieron adentrarse en la zona conocida como “Puerto Natural” o “Puerto Kimmich” de Montecarlo, a la vera del río Paraná.
Con la intención de detectar movimientos e identificar actores responsables de maniobras de contrabando, los investigadores comenzaron a realizar tareas de campo en la zona, con recorridas encubiertas y averiguaciones con lugareños.
“Comenzamos con las tareas de campo e hicimos averiguaciones. Los lugareños nos brindaron información sobre un grupo delictivo que acopiaba estupefaciente para mandar a Buenos Aires después y nos hablaron sobre un paraguayo llamado Carlos Sosa como el organizador de todo. Nos pasaron su teléfono”, recordó sobre esas primeras labores Marcelo Álvez, uno de los agentes intervinientes que declaró hoy.

El juicio se desarrolla en el TOF de Posadas y tanto Rojas, como los magistrados y los testigos participan de manera telemática.
El mismo testigo añadió que en otra recorrida por la zona los mismos lugareños corrigieron la primera información brindada e indicaron que el encargado de todas las maniobras no era paraguayo, ni se apellidaba Sosa, sino que era argentino y se llamaba Néstor Rojas, más conocido como El Negro, aunque el teléfono brindado sí era el mismo y eso marcó el principio del fin del sindicado capo narco actualmente detenido en la cárcel federal de Marcos Paz.
“Nos brindaron el número pero no quisieron dar sus datos. Ellos tenían el número para avisar si habían fuerzas de seguridad en la zona. Cuando se consiguió el teléfono, se pidió su intervención y de las escuchas fueron surgiendo domicilios y personas. Nosotros identificamos a Rojas, a Aldo Canteros (luego asesinado) y otro llamado Eduardo Martínez”, detalló Álvez, tras una última pregunta efectuada por la fiscal Vivian Barbosa.
Los testigos de la jornada fueron claros al mencionar que ellos se dedicaban a realizar labores de campo, las cuales en su mayoría consistían en certificar datos que surgían gracias a la interceptación de la línea telefónica adjudicada a Rojas.
“Rojas le indicaba a Canteros y a Martínez los caminos y los modos de hacer todo. Ellos recibían indicaciones de él. Se presume que él era el organizador”, reveló a su turno Hernán Rodas, otro agente de inteligencia de PNA.
El uniformado recordó que, mediante el trabajo realizado, más tarde pudieron marcar un domicilio de Rojas en la localidad de Hipólito Yrigoyen y uno de Canteros en Gobernador Roca, puntos que formaban parte del itinerario de los traslados de estupefacientes desde Montecarlo, que era el lugar de recepción de los cargamentos.
La investigación fue tal que los agentes lograron realizar seguimientos encubiertos de al menos dos operatorias de traslado de droga. En uno de esos viajes participaron un Fiat Siena y una Ford Eco Sport, mientras que la segunda misión fue realizada por una caravana conformada por un Renault Clío, un Renault Logan y un Chevrolet Cobalt.
Según trazó el agente Álvez, la comitiva viajó hasta Montecarlo, ingresó a una zona de montes y al volver a la ruta los autos aparecieron “más planchados”, como cargados, y el camino de regreso culminó en la chacra de Canteros en Roca.
La descripción de los vehículos es otro punto clave de la pesquisa, dado que tanto Álvez como Rodas días más tarde ubicaron a Rojas dentro de ese Renault Logan en compañía de Canteros por las calles de Roca.
“Yo a Rojas lo vi una sola vez. Fue el 3 de agosto de 2018. Salieron de la chacra de Canteros en un Logan y fueron hasta el centro. Canteros se bajó a un kiosco y Rojas se quedó. Iba en el asiento del acompañante y tenía la ventanilla baja”, precisó Álvez.
Todos los testigos de hoy admitieron que con todos los elementos recolectados se solicitó una orden de allanamiento, aunque desconocen por qué la medida nunca se concretó, argumentando que esas decisiones correspondían a “la superioridad”.

El Renault Logan incautado por la Policía tras el asesinato de Canteros.
Asesinato y narcotráfico
Lo cierto es que, apenas dos días después, es decir, el 5 de agosto de 2018, se produjo el asesinato de Canteros en su chacra de Gobernador Roca. La hipótesis acusatoria sostiene que Rojas advirtió movimientos extraños en los alrededores de la finca y al sentirse traicionado decidió acabar con la vida de su colaborador, con quien poco antes había compartido un asado de cumpleaños.
Rojas fue atrapado ocho días después de aquel crimen. Fue ubicado en el complejo de cabañas La Aventura de Posadas, donde estaba a punto de concretar una venta de cocaína a compradores oriundos de Entre Ríos.
“Yo de mis delitos siempre me hice cargo, pero no me puedo hacer cargo de delitos que no cometí. En las fiscalías y juzgados de mi provincia me han perseguido durante mucho tiempo. Me hice cargo de la cocaína y me hice cargo de que estuve en el lugar, pero yo no maté a Canteros”, declaró Rojas al inicio del debate, que de ser hallado culpable del crimen de su antiguo socio puede ser condenado a prisión perpetua.
Tras ser detenido, el narco-sicario estuvo preso en la UP VI de Posadas y en la UP II de Oberá, aunque era considerado una “bomba de tiempo” para los penitenciarios y, en consecuencia, fue trasladado a la cárcel federal de Ezeiza, donde continuó cometiendo delitos, según tienen establecidos los fiscales que Vivian Barbosa, Diego Iglesias y Martín Uriona, estos últimos de la Procuración General de la Nación (Procunar), quienes intervienen en el juicio.
Esos delitos esta vez hacen referencia a la creación del PCF, una empresa criminal con la que Rojas pretendió emular a grandes bandas del crimen organizado brasileño como el Primer Comando Capital (PCC), Comando Vermelho (CV) o Bala Na Cara, grupos con los cuales en teoría tenía nexos activos y quienes además abastecía de droga.
En la causa del PCF había otros ocho imputados quienes ya firmaron un acuerdo de juicio abreviado por penas de entre 6 y 9 años de prisión. Al debate oral junto a Rojas solo llegó Pablo Antonio Campos Retamar (53), un hampón de Ciudadela que también estaba preso en Ezeiza por varios asaltos y desde ahí se encargaba de organizar la logística necesaria para recibir y almacenar la droga que la organización enviaba a Buenos Aires.
El debate oral continuará el 24 de junio. El tribunal que lleva adelante el juicio está íntegramente conformado por magistrados subrogantes: Víctor Alonso (Corrientes), Fermín Ceroleni (Corrientes) y Enrique Bosch (Chaco).
Como defensores intervienen Marco Racagni, en representación de Rojas, y Mariano Romero por Campos Retamar.
Rojas adelantó que en la próxima audiencia desea volver a tomar la palabra. En jornadas anteriores solicitó tener la posibilidad de interrogar a los testigos, aunque el planteo fue rechazado por el tribunal.
“Yo no voy a permitir que me tiren delitos encima para que me pudra en la cárcel. Acá se juega mi vida en la cárcel”, prometió en la primera audiencia.

Rojas está detenido en un pabellón de máxima seguridad de la cárcel de Marcos Paz.
Juzgan a Rojas por homicidio y narcotráfico: “Se juega mi vida en la cárcel”
Judiciales
Arenera de Candelaria demanda al municipio ante el STJ por clausura
El empresario arenero Jorge Muniagurria inició una demanda contencioso administrativa en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra la Municipalidad de Candelaria por la resolución que le clausuró la planta de acopio que tiene en un predio costero cedido en comodato por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) en 2017, como resarcimiento del emplazamiento original afectado por la suba del embalse de la represa.
En la presentación judicial, a la que tuvo acceso La Voz de Misiones, el empresario solicitó al STJ la nulidad de la Resolución 02/25, del ingeniero Eduardo M. Quiroga, que firmó como secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente de la Municipalidad, ratificada por el intendente Carlos Flores; y pidió la suspensión de la medida administrativa de clausura del predio de la empresa.
El escrito, patrocinado por los abogados Fernando Marcelo Canteli y Graciela Beatriz Canteli, señala que la Resolución de Quiroga, refrendada por Flores, “no reviste siquiera la adecuada formalidad” y tampoco “los actos administrativos que las precedieron, por afectar gravemente los derechos e intereses legítimos” del empresario afectado.
Los letrados se refieren a la Comunicación de clausura que hace Flores a Muniagurria el 15 de diciembre de 2025, y sostienen que la “ratificación” por parte del intendente, de la Resolución 02/25 de Quiroga, es elemento suficiente para la admisión de la demanda por parte del STJ, según lo establecido en el artículo 8 de la ley I Nº 95.
“Con dicha ‘ratificación’ se cierra la instancia administrativa municipal, ya que emana de la más alta autoridad competente y al rechazar el Recurso Jerárquico agota los remedios recursivos”, reza el escrito judicial.
Inspección
La presentación judicial relata que el 15 de octubre de 2025, se labró el Acta de Inspección R-01-00000134 suscripta por quien se identificó como secretario de la comuna de Candelaria, ingeniero Eduardo M. Quiroga, en el inmueble de la arenera JM, cuya actividad principal es la extracción y venta de arena, y que en dicha Acta se requirió a la empresa la presentación de un estudio de impacto ambiental, en el marco de la Ordenanza 03/12, y la Declaración Jurada de las ventas de arena realizadas.
“En tiempo oportuno, se realizó el descargo sobre ambos puntos, indicando sobre el primero que era imposible presentar un informe ambiental, ya que la Ordenanza 03/12 se remitía a una reglamentación que era desconocida, puesto que se había requerido la misma en varias oportunidades y siempre se habían obtenidos evasivas”, reza el escrito y agrega que “sin perjuicio de ello, se adjuntó documentación que acreditaba el cumplimiento de todos los presupuestos ambientales, expedida por las autoridades provinciales con competencia sobre la materia”.
“En cuanto al segundo punto se acompañó toda la documentación contable de la empresa, que reflejaba el estricto cumplimiento de las normas tributarias”, señala la presentación y añade que “dicho descargo fue ignorado por completo, dictándose la Resolución Nº 02/25, que fue suscripta por el mismo funcionario que intervino en el labrado del Acta de Inspección Nº R-01-00000134”.
Nulidad
En la presentación judicial, el empresario arenero arremete contra la Resolución 02/25, del ingeniero Quiroga, y la define como “ilegítima y nula, de nulidad absoluta”.
Argumenta que “ha sido dictada por quien no tiene competencia para ello y sin causa ni motivación expresa ni implícitamente considerada”, y “en violación de la ley aplicable y los procedimientos previos a la emisión del acto”.
En tal sentido, el escrito invalida la “competencia” de Quiroga como secretario, ya que la Municipalidad de Candelaria no cuenta con Carta Orgánica propia y se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades de Misiones, y “no existe norma alguna que lo instituya como tal”.
“No existe ordenanza alguna que reglamente las atribuciones, derechos, funciones y deberes del secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente”, sostiene y desconoce, también, el papel del intendente Flores en el procedimiento que derivó en la clausura de la empresa.
“Por último, también traigamos a colación que no existe intervención alguna del Sr. Intendente requiriendo la inspección ni la posterior sanción que por este acto se recurre”, afirma y concluye que, “tanto la inspección como la posterior sanción han sido resueltas por un funcionario que no tiene atribuciones para ello”.
“Tal circunstancia, vicia irremediablemente el acto administrativo registrado bajo la forma de Resolución 02/2025 tornando inevitable la declaración de nulidad a su respecto”, afirma.
La presentación judicial advierte, también, sobre “vicios en la motivación” por parte del municipio, en lo referente al rechazo de la Declaración Jurada de ventas, de enero a septiembre de 2025, presentada por la empresa; y el desconocimiento de los estudios de impacto ambiental aprobados por instancias provinciales.
En el último tramo de la presentación, el demandante advierte la existencia de “peligro en la demora y verosimilitud en el derecho”, ya que “no estamos frente a una eventualidad, sino que hay una realidad concreta: hace seis meses que el emprendimiento productivo no funciona por una decisión absolutamente arbitraria”.
“Hay familias (de los trabajadores y accionistas ya que se trata de una Pyme) cuya subsistencia está dañada”, señala y destaca: “Y ni que hablar ante un mercado altamente competitivo por las bajas en las ventas y la competencia desleal) del perjuicio que significa volver a reinsertarse en el mercado”.
“En cuanto a la verosimilitud en el derecho, del relato que hemos volcado de los hechos surge claramente que dicho recaudo se cumple acabadamente, ya que están en juego el derecho de propiedad y el ejercicio de industria lícita, ambos tutelado constitucionalmente (art. 14 y 18 C.N.)”, advierte el escrito.
DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (1)Judiciales
Rechazan domiciliaria a ex gendarme misionero condenado por lesa humanidad
Preso. Miguel Pablo Lugo (69) continuará preso. La Justicia rechazó el otorgamiento de prisión domiciliaria por razones de salud solicitado por la defensa del ex gendarme misionero, quien de esta manera deberá seguir alojado en la cárcel de la Candelaria para purgar la pena de 25 años de prisión impuesta en su contra por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en el Centro Clandestino de Detención (CCD) El Olimpo, donde entre otras víctimas, pasaron el periodista Jorge Fontevecchia y Lucía Adela Révora, madre del ahora senador peronista Eduardo “Wado” de Pedro.
Lugo, nacido el 7 de junio de 1956 en Gobernador Roca, fue juzgado entre 2022 y 2023 en el marco del quinto tramo de la mega causa ABO V, que investigó hechos de secuestros y torturas perpetrados en el circuito represivo conformado por los CCD El Atlético, Banco y El Olimpo, que funcionaron de manera rotativa entre 1977 y 1979.
En ese expediente también fueron juzgados Sergio Raúl Nazario y Hugo Luis Medina, ex camaradas de Lugo, además del ex agente de la Policía Federal Argentina (PFA) Carlos Alberto Infantino. Todos ellos fueron condenados a 25 años de prisión por una multiplicidad de delitos que el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de Ciudad de Buenos Aires consideró acreditado, aunque el fallo aún no está firme ya que hay un recurso de casación en trámite.
Otro dos ex, Miguel Víctor Pepe, y el ex miembro de la Superintendencia de Seguridad Federal, José Ahmed, también llegaron a juicio en la misma causa, aunque el primero resultó absuelto y el segundo falleció poco antes del inicio de las audiencias.

Medina, Nazario e Infantino, los otros condenados en el juicio por la causa ABO V.
Pedido
Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, Lugo fue detenido mientras caminaba por San Ignacio -donde tiene domicilio registrado junto a su esposa- el 15 de noviembre de 2018 y desde ese momento se encuentra privado de su libertad.
Sus días y noches en prisión las cumple en la Colonia Penal 17 de Candelaria, recinto dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), donde deberá continuar a pesar de un pedido de arresto domiciliario formulado por su defensa, alegando un cuadro de Alzheimer y depresión severa.
La presentación fue realizada a mediados del año pasado y en el planteo los abogados del gendarme condenado adujeron que Lugo presentaba un “franco y notorio deterioro, padeciendo una enfermedad grave e irreversible”.
El pedido abrió una extensa etapa de análisis dispuesta por el mismo tribunal que dictó sentencia, en el que solicitó informes tanto a las autoridades de la unidad penitenciaria como a integrantes del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial, quienes arribaron a conclusiones disimiles, ante lo cual tuvo que intervenir una junta interdisciplinaria del hospital Carrillo de Posadas.
Sobre la cuestión también opinaron el fiscal de la causa Alejandro Alagia, el abogado de la querella unificada Pablo Llonto y algunas de las víctimas, quienes coincidieron en considerar que lo correspondiente era rechazar el otorgamiento del beneficio de morigeración de las condiciones de detención para Lugo.
Todo lo recabado entonces fue analizado por los magistrados Jorge Luciano Gorini, Nicolás Toselli y Rodrigo Giménez Uriburu, quienes finalmente decidieron no hacer lugar al pedido.
Principio de Alzheimer
Entre sus argumentos, los camaristas reconocieron que el condenado presenta una “enfermedad neurodegenerativa que con el transcurso del tiempo hace que los síntomas de quien la padece vayan empeorando”, aunque al mismo tiempo plantearon que “lo cierto que es el diagnóstico de Lugo está en la primera etapa de la enfermedad”.
“El evaluado presenta antecedentes de diabetes, hipertensión arterial y diagnóstico referido como principio de Alzheimer, no obstante, del examen clínico practicado no se evidencian, al momento de la evaluación, signos de deterioro cognitivo actual ni limitaciones funcionales que impliquen pérdida de autonomía o imposibilidad de desenvolvimiento adecuado”, agregaron en párrafos siguientes del escrito de 28 páginas en total.
Y en otro punto fueron tajantes en la respuesta al planteo: “La mera invocación de patologías crónicas o antecedentes médicos, sin acreditación de un estado actual de salud que resulte incompatible con el alojamiento en establecimiento penitenciario o que no pueda ser adecuadamente atendido por el sistema sanitario correspondiente, no resulta suficiente para habilitar la concesión del arresto domiciliario como medida excepcional”.
De esta manera, resolvieron no hacer lugar al pedido, con la salvedad de disponer de una evaluación semestral del estado de salud del condenado, a fin de volver a evaluar la posibilidad de la prisión domiciliaria como alternativa.

Lugo admitió que hizo “cinco guardias” en El Olimpo, aunque afirmó que no sabía en qué lugar estaba.
Lugo
La historia marca que Lugo cursó sus estudios iniciales en Gobernador Roca, donde afirmó que nació en una “familia muy humilde” y “numerosa”. El 30 de septiembre de 1976 se incorporó al Escuadrón 11 “San Ignacio” y el 31 de diciembre de ese mismo año egresó como gendarme.
Inmediatamente después fue enviado al Destacamento Móvil Campo de Mayo y en 1978 fue abocado a la Comisión de Seguridad para el mundial de fútbol.
Lugo se declaró inocente a lo largo de toda la causa. Sobre las acusaciones en su contra sostuvo que solo “cumplió órdenes” e hizo “cinco guardias” en El Olimpo, lugar al cual fue trasladado “sin conocer” dónde estaba yendo.
Sin embargo, la Justicia consideró acreditada su presencia en el CCD y su participación en hechos considerados como de lesa humanidad. En su contra acumuló testimonios de testigos, tanto de otros antiguos gendarmes como de presos políticos, que lo reconocieron como uno de los guardias del lugar, donde además cumplía diferentes tareas asignadas por los altos mandos.
Los testigos narraron que la función de los guardias o “celadores” era el ingreso y el egreso de detenidos a los calabozos para llevarlos a salas de interrogatorios donde eran sometidos a torturas. “Estas personas salían mal. Un mal momento. Calcule que les pasen electricidad, golpes, de todo. Ya lo sacaban medio sin conocimiento de los calabozos”, es un testimonio que se desprende de la causa.
El TOF decidió, entonces, en un fallo emitido en diciembre de 2023, condenarlo a 25 años de prisión como coautor de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravado, entre otros hechos cometidos contra un centenar de presos políticos que pasaron por El Olimpo durante sus meses de operación.
El Olimpo
El Olimpo fue uno de los CDD de mayor letalidad. Estaba ubicado en el barrio de Floresta, en un predio que originalmente era una terminal de tranvías.
Funcionó desde el 16 de agosto de 1978 hasta fines de enero de 1979 y su cierre de relaciona con una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1979.
El lugar estaba bajo el control del Primer Cuerpo del Ejército, comandado por el represor Guillermo “Pajarito” Suárez Manson, y del Batallón de Inteligencia 601.
Se estima que entre 500 y 700 personas detenidas-desaparecidas pasaron por ese CCD, con una tasa de supervivencia del 7-10%.
El galpón fue adaptado especialmente: incluyó celdas, oficinas, un gran patio techado y salas de tortura conocidas como “quirófanos”. Los testigos recuerdan que había un cartel de bienvenida: “Bienvenidos al Olimpo de los dioses. Firmado: Los centuriones.”
Rechazan domiciliaria a represor misionero condenado por lesa humanidad
Judiciales
La hermana y la pareja del penitenciario asesinado continuarán detenidas
La Justicia dispuso que tanto la hermana como la última pareja del penitenciario asesinado Julio César Argüello (45) continúen detenidas al rechazar el pedido de excarcelación presentado por ambas mujeres.
La decisión fue firmada por el magistrado Miguel Mattos, titular del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, dependencia judicial que se aboca a la investigación del hecho originado el 6 de febrero.
De esta manera, ambas mujeres continuarán privadas de su libertad como únicas sospechosas del crimen. Rosa Lidia Argüello (54), hermana de la víctima, está imputada como autora del homicidio, mientras que Paola Z. (35), enfrenta una acusación por encubrimiento.
En el avance de la pesquisa, el juzgado continuará con la toma de testimoniales y aguarda pericias clave, una de ellas sobre el revólver calibre 32 incautado en la casa de la hermana de Argüello, elemento que podría tratarse del arma homicida.
El caso
El agente penitenciario que se desempeñaba como adscripto en el ministerio de Derechos Humanos fue atacado el 6 de febrero en su casa sobre calle Puerto Rico, a metros de la residencia del gobernador en el barrio Luis Piedra Buena de Posadas.
El hecho fue alertado por la propia hermana, quien llamó a una ambulancia para auxiliar al agente que estaba herido dentro de la vivienda.
El hombre fue trasladado al hospital Madariaga y quedó internado en grave estado de salud hasta que el jueves 12 se produjo su fallecimiento, ante lo cual se realizó un examen de autopsia que confirmó que la lesión sufrida correspondía a un balazo y el caso pasó a ser investigado como homicidio.
Desde el principio hubo más dudas que certezas en cuanto a las circunstancias del hecho, pero después del estudio forense la Justicia pudo avanzar con más elementos y en la pesquisa recolectó indicios que colocaron a su hermana bajo la lupa.
Entre esos elementos sobresalen imágenes de una cámara de seguridad que la muestran ingresar a la vivienda de la víctima en un horario cercano al hecho y otro indicio más directo aún: un revólver calibre 32 milímetros encontrado en la casa de sus padres, donde la mujer reside, en calles Ghandi y Jerusalén, en cercanías a la estación transferencias Quaranta.
El arma, que además tenía una vaina percutada, fue incautada por el personal de la Dirección Científica y espera ser sometido a pericias.
Respecto a la pareja de la víctima, también cuenta con imágenes de seguridad que la muestran en el inmueble en cuestión y se sospecha que su intervención fue clave para limpiar la escena.
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