Judiciales
Testigos contradijeron a enjuiciado por accidente y doble muerte en ruta 105




A sólo unos días de cumplirse el quinto aniversario del hecho, esta mañana comenzó en Posadas el juicio oral para esclarecer el siniestro vial que ocasionó las muertes de Juan Gabriel Mendoza (19) y Víctor Javier González (19), quienes fueron arrollados por un auto mientras empujaban una motocicleta pinchada sobre la banquina de la ruta 105, a la altura de Fachinal.
El debate se realiza en la sala de debates del Palacio de Justicia, ante un tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, y en el banquillo de los acusados se sienta Enrique Gabriel Pana (26), el automovilista involucrado e imputado por el delito de “homicidio culposo”.
Ante una sala repleta de familiares, tanto de ambas víctimas como del acusado, el juicio comenzó minutos después de las 8 con la lectura del auto de elevación a juicio de la causa.
En dicho documento la Fiscalía de Instrucción Tres reconstruyó que el siniestro se produjo el 3 de junio de 2018, cerca de las 5.30, mientras Pana conducía un Chevrolet Agile sobre la ruta provincial 105 y los amigos fallecidos empujaban una moto Honda Wave pinchada sobre la banquina asfaltada. Todos iban en sentido San José-Posadas y regresaban de un encuentro de motos.
Las pericias asentadas en el expediente indican que el impacto se produjo sobre la calzada correspondiente a la banquina -zona indebida para la circulación- y se dio mientras el auto viajaba a una velocidad estimada de 113 kilómetros por hora.
Los estudios de alcoholemia arrojaron resultado negativo en el imputado, pero otros automovilistas circunstanciales mencionaron haber visto al Agile de Pana circular de manera zigzagueante e imprudente instantes previos al siniestro.
Todo ello es materia de discusión en el debate que comenzó hoy, donde tanto Pana como los peritos involucrados y los mencionados testigos debieron prestaron declaración ante las partes.

Pana estuvo cuatro meses detenido tras el hecho y llegó al debate en libertad.
La versión de Pana
“Antes que nada quiero darle mis pésames a la familia de los chicos”, arrancó Pana, quien contó que trabaja como camionero desde hace aproximadamente cinco años.
El joven recordó que regresaba de un encuentro de moto con otros dos muchachos, ratificó que no bebió alcohol, negó haber conducido de manera imprudente o realizando zigzag por la ruta 105 y afirmó que nunca invadió la banquina. También sostuvo que había “mucha neblina” y que iba “pegado al volante” porque se le empañaba el parabrisas.
Sobre el momento del impacto recordó que “en ningún momento vi que era una moto. Pensé que era una vaca o un carpincho. Recién cuando me bajé vi todo. Los chicos no murieron en el acto. El accidente fue cerca de las 3. Yo llamé a mi papá y llamé 6 veces al 911”, contradiciendo en ese punto el horario del suceso plasmado en el expediente.
También describió que “los chicos se podían haber salvado, tenían los ojos abiertos. Estuvieron agonizando. Yo todavía tengo esa imagen en mi mente”.
A continuación, llegó el momento de los testigos, quienes a su turno contradijeron varios puntos de su declaración.
Banquina y zigzag
El primero en pasar a la sala fue el licenciado en Criminalística Martín Duarte, quien confeccionó la pericia accidentológica del caso en conjunto con Juan Carlos Vázquez, ambos de vasta trayectoria en la Policía de Misiones e intervención en innumerables sucesos policiales registrados en la provincia.
Duarte ratificó cada punto de la pericia. “En el carril no hay evidencias. Todo empieza en la banquina”, reconstruyó y añadió que “la primera evidencia se halla en la banquina asfáltica. Ahí había indicios de arrastre de la moto. El impacto se da a 1,70 centímetros de la banquina terrada”.
El profesional describió que, tras ese primer impacto, Pana aplicó el freno por primera vez y culminó unos 80 metros después, ya sobre la banquina terrada.
Con todo lo expuesto y ante las consultas tanto de la fiscalía María Laura Álvarez, como del abogado defensor particular Jorge Guimaraes, el perito apuntó que “el accidente no ocurre porque iba a 200 kilómetros por hora, sino porque iba por la banquina, por un lugar indebido. Si circulaba correctamente, el accidente no se hubiera producido”.

Las partes en debate: la fiscal Álvarez, la jueza Leiva, el testigo Vázquez y el defensor Guimaraes.
Luego declaró Vázquez y también una bioquímica que ratificó que Pana dio negativo en los test de alcoholemia, tanto por pipeta como por sangre, pero lo más trascendental llegó después, cuando fue el momento de los automovilistas que se cruzaron con el Agile antes del siniestro sobre la ruta 105.
Los tres, un joven y dos mujeres, recordaron haber visto al Agile gris circular de manera zigzagueante y realizando maniobras imprudentes.
“En la rotonda vi que cuando quiso avanzar se le apagó el auto. Nosotros le pasamos y después se acercaba mucho a nosotros. Parecía como que nos iba a chocar de atrás”, narró Leonardo Aguirre.
“En ese momento me pareció que era una persona que no sabía manejar o que iba bajo los efectos de algo. No quiero juzgar, pero eso no hace una persona consciente”, agregó.
Mabel Rodríguez y Cintia Pimienta, en tanto, testificaron en la misma sintonía. “Cuando íbamos atrás de él nos cerraba el paso”, señaló la primera, mientras que la restante manifestó que “iba zigzagueando. Tuve que ir a 120 para poder pasarle. El de ese auto venía como un inconsciente, me podía haber pasado a mí y a mi familia, pero le pasó a esos dos chicos inocentes”.
Los tres testigos coincidieron en mencionar que a pesar del horario había una visibilidad que les permitió observar a los dos chicos empujando la moto al costado de la ruta. Negaron que haya habido neblina en ese momento.

Víctor González, una de las víctimas, era hijo de la cantante Vanessa Avellaneda.
Para mañana se espera un solo testimonio. Será por videoconferencia con uno de los jóvenes que iba en el auto de Pana al momento del hecho. El otro, José Luis, declaró hoy, aunque solo señaló que él iba durmiendo y que recién se despertó con el impacto.
Luego será el turno de la ronda de alegatos, donde tanto la fiscal como la defensa tendrán la oportunidad de exponer sus conclusiones finales y elevar sus respectivos pedidos ante el tribunal.
Se prevé que la jueza Leiva posteriormente dicte sentencia. Pana enfrenta una posible pena máxima de seis años de prisión.
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El Senado aprobó el pliego de Marcelo Cardozo como juez federal de Iguazú

El Senado de la Nación aprobó esta tarde más de 30 pliegos para la designación de diversos cargos para nuevos jueces, fiscales y defensores públicos a lo largo y ancho del país, entre los cuales se destaca el nombramiento del magistrado Marcelo Alejandro Cardozo como juez federal de Puerto Iguazú.
La aprobación de los pliegos se dio esta tarde, luego de tras horas de debate, en el que gran parte de la discusión estuvo centrada sobre la figura de Ana María Figueroa, la camarista de Casación cuyo retiro había sido confirmado por la Corte Suprema de Justicia tras cumplir su edad jubilatoria de 75 años, pero ahora podrá continuar ejerciendo como jueza.
La votación en la Cámara Alta culminó de manera favorable gracias al último voto emitido por la oficialista Claudia Ledesma Abdala de Zamora, quien presidía la sesión al momento de la votación, y desequilibró el empate a 35.
En ese marco, entre los pliegos aprobados se destaca el de Marcelo Alejandro Cardozo, actual titular del Juzgado de Instrucción Uno de Posadas, que ahora podrá asumir al frente del Juzgado Federal de Puerto Iguazú.
Dicho juzgado fue creado en noviembre de 2011, aunque nunca pudo ser habilitado por no designarse el cargo principal, ni más ni menos que el de juez.
Finalmente, ese día llegó hoy y para la culminación del trámite constitucional ahora solo resta el decreto de designación por parte del Poder Ejecutivo, con la respectiva publicación en el Boletín Oficial.
De acuerdo a la disposición, el Juzgado Federal de Puerto Iguazú, localidad ubicada en plena Triple Frontera, comprenderá dos secretarías, una con competencia criminal, y la otra con competencia civil, comercial, contencioso administrativa, laboral, seguridad social, tributaria, ejecuciones fiscales, así como también toda otra cuestión federal, con excepción de la materia electoral.
Hasta el momento, la jurisdicción era atendido por el Juzgado Federal de Eldorado, a cargo del magistrado Miguel Ángel Guerrero.
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Juzgan en Posadas a acusado de violar a su hijastra en Jardín América

Este jueves, en la sala de audiencias del Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzará el juicio oral contra un hombre oriundo de Jardín América acusado de violar a su hijastra menor de edad.
El juicio, que se desarrollará a puertas cerradas por tratarse de un delito contra la integridad sexual, se extenderá a lo largo de cuatro jornadas, por lo cual su culminación está prevista para el próximo martes.
El hombre, identificado como A. V. -el resto de sus datos filiatorios se preservan para no revictimizar a la denunciante-, está imputado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal a una menor de 13 años, calificado por el vínculo y por la situación de convivencia preexistente, dos hechos”.
Según señalaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, los hechos que se ventilarán en debate se registraron en la localidad de Jardín América, aunque la investigación fue realizada por el Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico.
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Niegan domiciliaria a un preso por antecedentes de violencia de género

“Los hechos investigados en estas actuaciones se vinculan con una de las temáticas más preocupantes en el universo de los Derechos Humanos, cual es la violencia de género; que impone tomar las medidas judiciales adecuadas para prevenir, sancionar y evitar la repetición de esos delitos”, con esta fundamentación -entre otras de misma índole- el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas denegó la prisión domiciliaria a un hombre condenado por narcotráfico y con antecedentes de violencia de género contra su pareja.
El caso en cuestión está vinculado a J. R. (25), un changarín y tarefero oriundo de Montecarlo que en agosto de 2020 fue descubierto al despachar una encomienda con 10,450 kilogramos de flores de marihuana, lo cual más tarde le valió una condena de 4 años de prisión dictada por el TOF en febrero de este año.
Ahora, el implicado solicitó el beneficio de la prisión domiciliaria argumentando la necesidad de regresar a su casa de Montecarlo para cuidar a su hija menor de edad y que de esa manera su pareja pudiera salir a trabajar sin contratiempos para conseguir mayor respaldo económico para la familia.
El planteo motivó un extenso debate entre las partes involucradas (fiscalía y defensa) para establecer si el otorgamiento de la morigeración de las condiciones de detención era viable o no, lo que incluyó pedidos de nulidad, de informes y de antecedentes.
Es que, en medio de los estudios socioambientales los niños que residen en la vivienda donde el implicado pretendía regresar recordaron haber observado situaciones de violencia entre el hombre y su pareja.
Ante esta cuestión, la Justicia solicitó que tanto la Policía como el Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar de Eldorado cotejen su base de datos a fin de confirmar la existencia de denuncias y lo confirmaron.
De acuerdo a los informes elevados, en contra de J. R. consta una denuncia por violencia de género radicada por su pareja, lo cual derivó en una exclusión de hogar y una restricción acercamiento.
Atento a esta información, en la resolución dictada ayer y publicada hoy en el Centro de Información Judicial (CIJ), el magistrado Fabián Cardozo, resolvió denegar el pedido de prisión domiciliaria.
Fundamentos
En el fallo, Cardozo argumentó que “es importante destacar que nos hallamos ante una situación de suma y extrema gravedad por el hecho denunciado, que tiene directa vinculación con la violencia de género, circunstancia exteriorizada mediante violencia física y psicológica hacia la señora (se preserva identidad) en el ámbito doméstico y familiar, la que debe ser tenida en cuenta a fin de evitar que se repita el conflicto, como así también, la vulneración de sus derechos y el de los menores involucrados”.
Además, en otro tramo del documento consigna que “la violencia doméstica y familiar, entre particulares, es el espacio donde más vulneraciones a los derechos de las mujeres se perpetran, porque es un lugar oculto, donde hay menos posibilidades de control, siendo de difícil prueba, donde se reproducen las escalas de dominación de los varones donde persisten los patrones machistas donde el hombre ejerce disponibilidad material sobre el cuerpo de la mujer”.
De esta manera, el juez Cardozo puso de relieve los antecedentes de violencia de familiar, pero también consideró que del informe socio ambiental surge que la “situación habitacional y económica de la familia es precaria”, aunque “se pudo determinar que los niños se encuentran escolarizados y al cuidado de su madre”, por lo cual no advierte “una situación de desamparo que amerite la aplicación” de la domiciliaria en favor del condenado.
Fue así que se resolvió denegar el pedido, aunque el TOF sí solicitó que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) arbitre los medios necesarios para que el implicado sea trasladado desde su celda en la Unidad Penal 10 de Formosa hacia un complejo carcelario más cercano a su domicilio, lo que le permite tener contacto con sus familiares más cercanos.
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