Judiciales
Rechazaron libertad condicional a represor condenado por Masacre de Margarita Belén

El represor cordobés Ricardo Guillermo Reyes, condenado a prisión perpetua por la Masacre de Margarita Belén, donde cuatro estudiantes y militantes misioneros fueron asesinados y desaparecidos, deberá continuar purgando su pena tras un rechazo al pedido de libertad condicional firmado por el magistrado Fabián Cardozo, integrante del Tribunal Oral Federal de Posadas.
Cardozo intervino en el planteo como juez de ejecución subrogante del Tribunal Oral Federal de Resistencia, donde recayó para su análisis el pedido de libertad condicional formulado por la defensa de Reyes, que fue condenado a prisión perpetua en 2011 y acumula 20 años privado de su libertad, aunque desde 2019 goza de arresto domiciliario.
En su resolución, el juez misionero resolvió en consonancia con la opinión emitida por el Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal de la Cámara de Casación Penal, cuyos integrantes se entrevistaron con Reyes y concluyeron en que el ex teniente del Ejército Argentino “no considera haber sido debidamente condenado”, al tiempo que se mostró reticente al abordaje del tema, deslizando críticas sobre el accionar e “imparcialidad” de la justicia durante su juzgamiento.
En base a ello, Cardozo expresó que “lo que surge de las actuaciones resulta insuficiente para la formación de un juicio legal que sustente la ponderación de una reinserción social favorable, lo que guarda necesidad, no acreditada, de su sujeción a un programa específico para el abordaje, en orden a sus características, de los delitos de lesa humanidad por los que fue condenado”.
A su vez, también ponderó que “es necesario conjugar los derechos de las víctimas (…) De la transcripción de sus declaraciones, surge la idea de su acceso condicionado al medio libre les genera animadversión porque lo vivencian, en el marco del inicio tardío del proceso de reparación en el que se hallan, como una injusticia y, en el caso de las personas desaparecidas, la sensación con la que al día de la fecha conviven, debido a la falta de cierre de la situación, es la de la impunidad de los responsables”.
La medida también tiene correlación con un dictamen firmado previamente por los fiscales Diego Vigay y Horacio Rodríguez, quienes opinaron en contra del otorgamiento del beneficio al sostener que Reyes no asume ninguna responsabilidad sobre los hechos cometidos y tampoco aporta datos para sanar el dolor que aún atraviesan los familiares de las víctimas desaparecidas.
“De este informe y de las propias palabras del condenado Reyes no existe siquiera algún indicio de una progresividad positiva, de una rehabilitación y de alguna capacidad de respetar y comprender la ley, así como también de comprender la gravedad de sus actos y de la sanción impuesta, todo ello nos permite concluir que no está apto para adecuada reinserción social”, sintetizaron los representantes del MPF.

El juez Fabián Cardozo es integra el Tribunal Oral Federal de Posadas.
Masacre
La denominada Masacre de Margarita Belén consistió en el asesinato de un total de 22 prisioneros políticos durante un operativo conjunto desplegado entre el Ejército y la Policía de Chaco. Previo a ello, todas las víctimas habían sido sometidas a extensas sesiones de tortura en distintos centros clandestinos de detención de la región del NEA.
Entre las víctimas habían cuatro misioneros, todos ellos estudiantes y militantes sociales de 24 años: Luis Arturo Franzen, Manuel Parodi Ocampo, Carlos Duarte y Carlos Enrique Tereszecuk.
La versión oficial indicó que ese 13 de diciembre de 1976 a la madrugada, una decena de detenidos iban a ser trasladados desde la Unidad Penal 7 y del Regimiento de Infantería de Resistencia hacia una cárcel de Formosa bajo la excusa de un posible desorden carcelario, pero durante el viaje y en cercanías a la localidad de Margarita Belén, se produjo un enfrentamiento con supuestos guerrilleros que pretendían liberar a los prisioneros y el saldo fue de 22 fallecidos.
Sin embargo, las investigaciones y los juicios realizados posteriormente, permitieron develar que en realidad todo se trató de una puesta en escena montada por los militares, utilizando la misma técnica atroz que ya habían desplegado meses antes en otros puntos del país como en Salta con la Masacre de Palomitas, por ejemplo.
La mayoría de las víctimas habían sido torturadas durante toda la noche previa y llevadas hasta ese lugar ya prácticamente sin vida, donde los militares montaron una escenografía con cuerpos ubicados dentro de vehículos y desparramados por el monte.

La masacre se perpetró el 13 de diciembre de 1976 y un monumento recuerda a las víctimas en Margarita Belén.
Después de allí, algunos cadáveres fueron enterrados en el cementerio Francisco Solano de Resistencia y luego entregados a sus familiares, como es el caso de Franzen y Parodi Ocampo, aunque en 2018 se descubrió que sus cuerpos habían sido intercambiados y recién en 2020 pudieron ser restituidos y despedidos correctamente.
Situación similar ocurrió con Duarte, que a sus familiares el Ejército le entregó un cuerpo que en realidad pertenecía a otra persona. En pleno 2025, el misionero continúa como desaparecido y ese cadáver sigue sin poder ser identificado.
Los restos de Tereszecuk, en tanto, fueron hallados en las costas de Empedrado, Corrientes, y recién en 2018 pudieron ser identificados científicamente mediante la intervención del EAAF, que también trabajó en los casos anteriores.
Por el fusilamiento clandestino disfrazado de enfrentamiento, ocho militares fueron condenados a prisión perpetua durante un juicio que acumuló al menos 120 declaraciones testimoniales y culminó en el 2011.
En 2016, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las penas de prisión perpetua impartidas contra Athos Gustavo Renés, Horacio Losito, Germán Emilio Riquelme, Jorge Daniel Carnero Sabol, Aldo Héctor Martínez Segón, Luis Alberto Patetta, Ernesto Jorge Simoni y Ricardo Guillermo Reyes, quien ahora pidió la libertad condicional pero se la negaron.
Judiciales
Prisión preventiva para joven mbya acusado por el femicidio de su ex en Iguazú

El magistrado Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, dictaminó la prisión preventiva por femicidio contra Ismael Centurión (29), único acusado por el asesinato de su ex pareja Juana Maciel, cometido dentro de la comunidad mbya guaraní Yryapú, donde ambos residían.
La resolución se firmó esta martes y mantiene la imputación del sospechoso por el delito de “homicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra una persona con la que mantuvo una relación de pareja y en un contexto de violencia de género”, figura que prevé una pena de prisión perpetua.
El dictamen firmado por el juez Brites también dispone el traslado de Centurión hacia una unidad penitenciaria, donde continuará detenido mientras avance la causa que se instruye en su contra.
Femicidio en Yryapú
El hecho que se investiga se registró en la noche del 4 de mayo dentro de la comunidad mbya guaraní Yryapú de Puerto Iguazú, donde Juana Maciel (23) fue asesinada de 27 puñaladas.
El crimen fue alertado a la Policía por uno de los integrantes de la comunidad y al llegar la Policía encontró el cadáver de Maciel a unos 20 metros de su casa, mientras que bajo la lupa quedó su ex pareja, quien fue detenido poco después durante un rastrillaje por la zona.
El sospechoso se trata de Centurión y, según señalaron fuentes consultadas por LVM en ese entonces, el hombre se había separado de Maciel pocos meses antes, tras ser acusado de un intento de abuso en contra de una sobrina de la víctima, hecho que aunque no fue denunciado formalmente habría generado conflictos en la relación.
Se cree que por ese mismo motivo esa noche de mayo se desató una nueva discusión que acabó en femicidio. En el lugar la Policía también secuestró un cuchillo que pudo haber sido utilizado como arma homicida.
De acuerdo a las conclusiones forenses, el cuerpo de la muchacha presentaba 27 lesiones cortantes localizadas en cabeza, cara, cuello y miembros superiores, estos últimos de características defensivas.
De ese total de puñaladas, uno alcanzó a penetrar en la zona del hemitórax anterior izquierdo y a perforar un pulmón, lesión que finalmente provocó la muerte de la víctima.
Femicidio en comunidad mbya: Juana recibió 27 puñaladas e imputaron a su ex
Judiciales
Recibió 15 años de prisión por abusar de dos hijastras en San Javier

Quince años de prisión fue la condena impuesta por el Tribunal Penal Uno de Oberá contra un hombre acusado de abusos sexuales cometidos en perjuicio de dos hijas menores de su concubina.
El imputado es oriundo de San Javier y la investigación en su contra comenzó en agosto de 2022 por una denuncia de violación contra una hijastra de 10 años.
De acuerdo a lo reconstruido, ese hecho sucedió en una vivienda del barrio Nueva Esperanza, donde el hombre residía junto a su concubina, a las dos hijas menores de ella y a otros niños que tuvieron en común.
El abuso de la niña de 10 años se habría registrado mientras su madre no se encontraba en la casa y después de ese primer hecho la otra niña reveló haber padecido lo mismo años antes en otra vivienda.
Tras la denuncia, el acusado identificado como Antonio M. fue detenido y ahora llegó a instancia de juicio oral, donde finalmente fue condenado a 15 años de prisión, pena que deberá ser cumplida en la Unidad Penal VIII de Cerro Azul.
El fallo fue dictado por los magistrados Horacio Paniagua como presidente y Jorge Erasmo Villaba y Teresa Hedman como vocales en carácter de subrogantes.
En representación de la fiscalía intervino David Milicich, que en su alegato solicitó la misma pena impuesta, mientras que también hubo un querellante particular que había pedido 35 años de prisión contra el acusado y la defensa requirió la absolución.
El imputado fue condenado como autor de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia, dos hechos en concurso real”.
Judiciales
Acusado de trata contra dos adolescentes firmó un juicio abreviado por 9 años

Un día antes de enfrentar a la Justicia desde el banquillo de los acusados en un juicio oral, Fernando Ariel Skuarek (41) decidió reconocer su responsabilidad en la causa que se le seguía desde 2017 por “suministro de estupefacientes, abuso y reducción a la servidumbre sexual” contra dos adolescentes posadeñas y firmó un acuerdo de juicio abreviado por 9 años de prisión.
El debate oral en su contra debía comenzar este miércoles a la mañana en el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, pero todo quedó suspendido en virtud de un cambio de postura en el imputado, quien decidió admitir su culpabilidad y aceptar los 9 años prisión que la fiscalía propuso como pena.
Según adelantaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, Skuarek firmó el acuerdo ayer y este miércoles el acta sumó las rúbricas de los fiscales, del abogado defensor del imputado y de los letrados que intervinieron en la causa como querellantes particulares en representación de las dos denunciantes.
Además de los 9 de años de prisión establecidos como pena, el acuerdo también contempla una reparación integral para las víctimas. Todo lo firmado deberá ser analizado por los magistrados del TOF y posteriormente homologado como sentencia.
Resta determinar si el implicado continúa internado en una clínica especializada en salud mental o cumpla su condena con prisión efectiva en una unidad carcelaria de Misiones.
La causa
La investigación contra el imputado data desde 2017, cuando los padres de una adolescente denunciaron la privación de la libertad de su hija de 17 años.
Luego se sumó otra denunciante y las acusaciones avanzaron. Los señalamientos eran que Skuarek suministraba estupefacientes a las chicas, tras lo cual las exponía a contextos de encierro, violencia y abuso sexual.
Los hechos ocurrieron en diferentes departamentos que el muchacho habitaba en el microcentro posadeño y las denunciantes narraron haber sido drogadas con cócteles de alcohol, cocaína, éxtasis y ketamina, episodios que provocaron trastornos de salud mental que hasta ahora requieren tratamiento terapéutico.
El implicado, oriundo de Aristóbulo del Valle e hijo de un contador con vínculos políticos, más tarde fue procesado con prisión preventiva en orden a los delitos de suministro de estupefacientes, abuso y reducción a la servidumbre sexual en perjuicio de dos adolescentes. Todo ello configura una violación a la ley 26.364 de Trata de Personas.
De ahí en más se sucedieron presentaciones judiciales y recursos de apelación. En mayo de 2023 quedó detenido por el revocamiento de una prisión domiciliaria, aunque más tarde consiguió que le acepten su internación en una clínica, condición que ahora podría volver a cambiar.
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