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Rechazaron libertad condicional a represor condenado por Masacre de Margarita Belén

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El represor cordobés Ricardo Guillermo Reyes, condenado a prisión perpetua por la Masacre de Margarita Belén, donde cuatro estudiantes y militantes misioneros fueron asesinados y desaparecidos, deberá continuar purgando su pena tras un rechazo al pedido de libertad condicional firmado por el magistrado Fabián Cardozo, integrante del Tribunal Oral Federal de Posadas.

Cardozo intervino en el planteo como juez de ejecución subrogante del Tribunal Oral Federal de Resistencia, donde recayó para su análisis el pedido de libertad condicional formulado por la defensa de Reyes, que fue condenado a prisión perpetua en 2011 y acumula 20 años privado de su libertad, aunque desde 2019 goza de arresto domiciliario.

En su resolución, el juez misionero resolvió en consonancia con la opinión emitida por el Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal de la Cámara de Casación Penal, cuyos integrantes se entrevistaron con Reyes y concluyeron en que el ex teniente del Ejército Argentino “no considera haber sido debidamente condenado”, al tiempo que se mostró reticente al abordaje del tema, deslizando críticas sobre el accionar e “imparcialidad” de la justicia durante su juzgamiento.

En base a ello, Cardozo expresó que “lo que surge de las actuaciones resulta insuficiente para la formación de un juicio legal que sustente la ponderación de una reinserción social favorable, lo que guarda necesidad, no acreditada, de su sujeción a un programa específico para el abordaje, en orden a sus características, de los delitos de lesa humanidad por los que fue condenado”.

A su vez, también ponderó que “es necesario conjugar los derechos de las víctimas (…) De la transcripción de sus declaraciones, surge la idea de su acceso condicionado al medio libre les genera animadversión porque lo vivencian, en el marco del inicio tardío del proceso de reparación en el que se hallan, como una injusticia y, en el caso de las personas desaparecidas, la sensación con la que al día de la fecha conviven, debido a la falta de cierre de la situación, es la de la impunidad de los responsables”.

La medida también tiene correlación con un dictamen firmado previamente por los fiscales Diego Vigay y Horacio Rodríguez, quienes opinaron en contra del otorgamiento del beneficio al sostener que Reyes no asume ninguna responsabilidad sobre los hechos cometidos y tampoco aporta datos para sanar el dolor que aún atraviesan los familiares de las víctimas desaparecidas.

“De este informe y de las propias palabras del condenado Reyes no existe siquiera algún indicio de una progresividad positiva, de una rehabilitación y de alguna capacidad de respetar y comprender la ley, así como también de comprender la gravedad de sus actos y de la sanción impuesta, todo ello nos permite concluir que no está apto para adecuada reinserción social”, sintetizaron los representantes del MPF.

El juez Fabián Cardozo es integra el Tribunal Oral Federal de Posadas.

 Masacre

La denominada Masacre de Margarita Belén consistió en el asesinato de un total de 22 prisioneros políticos durante un operativo conjunto desplegado entre el Ejército y la Policía de Chaco. Previo a ello, todas las víctimas habían sido sometidas a extensas sesiones de tortura en distintos centros clandestinos de detención de la región del NEA.

Entre las víctimas habían cuatro misioneros, todos ellos estudiantes y militantes sociales de 24 años: Luis Arturo Franzen, Manuel Parodi Ocampo, Carlos Duarte y Carlos Enrique Tereszecuk.

La versión oficial indicó que ese 13 de diciembre de 1976 a la madrugada, una decena de detenidos iban a ser trasladados desde la Unidad Penal 7 y del Regimiento de Infantería de Resistencia hacia una cárcel de Formosa bajo la excusa de un posible desorden carcelario, pero durante el viaje y en cercanías a la localidad de Margarita Belén, se produjo un enfrentamiento con supuestos guerrilleros que pretendían liberar a los prisioneros y el saldo fue de 22 fallecidos.

Sin embargo, las investigaciones y los juicios realizados posteriormente, permitieron develar que en realidad todo se trató de una puesta en escena montada por los militares, utilizando la misma técnica atroz que ya habían desplegado meses antes en otros puntos del país como en Salta con la Masacre de Palomitas, por ejemplo.

La mayoría de las víctimas habían sido torturadas durante toda la noche previa y llevadas hasta ese lugar ya prácticamente sin vida, donde los militares montaron una escenografía con cuerpos ubicados dentro de vehículos y desparramados por el monte.

La masacre se perpetró el 13 de diciembre de 1976 y un monumento recuerda a las víctimas en Margarita Belén.

Después de allí, algunos cadáveres fueron enterrados en el cementerio Francisco Solano de Resistencia y luego entregados a sus familiares, como es el caso de Franzen y Parodi Ocampo, aunque en 2018 se descubrió que sus cuerpos habían sido intercambiados y recién en 2020 pudieron ser restituidos y despedidos correctamente.

Situación similar ocurrió con Duarte, que a sus familiares el Ejército le entregó un cuerpo que en realidad pertenecía a otra persona. En pleno 2025, el misionero continúa como desaparecido y ese cadáver sigue sin poder ser identificado.

Los restos de Tereszecuk, en tanto, fueron hallados en las costas de Empedrado, Corrientes, y recién en 2018 pudieron ser identificados científicamente mediante la intervención del EAAF, que también trabajó en los casos anteriores.

Por el fusilamiento clandestino disfrazado de enfrentamiento, ocho militares fueron condenados a prisión perpetua durante un juicio que acumuló al menos 120 declaraciones testimoniales y culminó en el 2011.

En 2016, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las penas de prisión perpetua impartidas contra Athos Gustavo Renés, Horacio Losito, Germán Emilio Riquelme, Jorge Daniel Carnero Sabol, Aldo Héctor Martínez Segón, Luis Alberto Patetta, Ernesto Jorge Simoni y Ricardo Guillermo Reyes, quien ahora pidió la libertad condicional pero se la negaron.

Margarita Belén, 45 años: cartas de un fusilado

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Nuevo certificado de defunción como víctima de lesa humanidad para Tereszecuk

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El Registro de las Personas de Corrientes emitió un nuevo certificado de defunción de Carlos Enrique Tereszecuk, como víctima de crímenes de lesa humanidad, en cumplimiento de la sentencia por el derecho a la verdad dictada en 2025 y como reparación para sus familiares.

Tereszecuk se graduó como trabajador social en la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Misiones (Unam), y fue secuestrado y asesinado por la dictadura cívico militar en 1976, cuando tenía 24 años.

Este nuevo documento se conoció a menos de un año del 11 de noviembre pasado, cuando el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1, de Resistencia dio a conocer por primera vez la sentencia por el derecho a la verdad bajo esa carátula y ahora finalmente se dio cumplimiento a la medida dictada por la jueza, Zunilda Niremperger.

Ahora, el certificado de defunción deja asentado oficialmente aquello que durante décadas permaneció oculto: que el cuerpo de Tereszecuk fue hallado en el río Paraná, que la causa de muerte fue un homicidio y que se trató de un crimen de lesa humanidad.

Además, fue anulada el acta de defunción original, confeccionada en 1976, y se emitió una nueva inscripción —Acta Nº 41, Tomo Nº 80, Folio Nº 41, año 2026, Empedrado— que fue entregada a sus familiares.

Desde la Comisión Provincial por la Memoria de Chaco, remarcaron que: “El nuevo certificado inscribe la restitución de Carlos Tereszecuk en un documento público con la verdad histórica que durante décadas les fue negada a sus familiares”.

Y concluye: “El Estado democrático reconoce oficialmente lo ocurrido, nombra a las víctimas y deja constancia de los crímenes del terrorismo de Estado perpetrado por la última dictadura cívico militar”.

El caso

Carlos Enrique Tereszecuk nació en Posadas, Misiones, en 1952. Tenía una activa militancia estudiantil y política, y  perseguido por la represión genocida, llegó a Resistencia.

La resolución reconstruyó que fue secuestrado los primeros días del mes de noviembre de 1976 y trasladado a la Jefatura de Policía de Resistencia, donde fue alojado en el primer piso. En ese recinto funcionaba el centro clandestino de detención dirigido conjuntamente por personal policial y del Ejército.

Diferentes testigos declararon que Tereszecuk fue torturado, que estaba en pésimas condiciones de salud y que no podía mantenerse en pie ni caminar. También indicaron, por orden de los guardiacárceles, que otro detenido debió bañarlo.

Además, se pudo establecer que el joven fue asesinado en la segunda semana de noviembre de 1976, que su cuerpo fue arrojado al río Paraná y que el 15 de noviembre fue rescatado en la costa de la localidad correntina de Empedrado, situada a 70 kilómetros de la ciudad de Resistencia. Los restos fueron inhumados como NN en el cementerio de Empedrado e identificado en el año 2018 por el Equipo de Antropología Forense (EAAF).

La nueva sentencia también estableció que el arrojo de cuerpos al río Paraná no fueron hechos aislados, sino una práctica sistemática del terrorismo de Estado. En ese sentido, la investigación judicial reconstruyó un patrón común en los cuerpos recuperados: personas asesinadas, desnudas, atadas de manos y pies, con signos de ejecución, mutilaciones en las yemas de los dedos y cortes en el abdomen.

Ese entramado represivo pudo ser reconstruido a partir del trabajo de la Fiscalía Federal de Corrientes y del EAAF, que permitió identificar, entre otros, los restos de Rómulo Artieda, desaparecido del centro clandestino RI 9 de Corrientes; Julio “Bocha” Pereyra, víctima de la Masacre de Margarita Belén; y Carlos Tereszecuk, visto con vida en la Jefatura de Policía de Resistencia.

Justicia declaró crimen de lesa humanidad el homicidio de Carlos Tereszecuk

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Fiscal pidió perpetua para la madre de Belén: “La dejó morir de hambre y sed”

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Con un extenso, detallado y crudo alegato, el fiscal Vladimir Antonio Glinka solicitó esta mañana la pena de prisión perpetua para la empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48), al acusarla de actuar en forma deliberada para dejar morir de hambre y sed a su hija  Rocío Belén López (15), adolescente con discapacidad cognitiva y motriz por Síndrome de Rett.

“Esto fue un asesinato. Ella adrede decidió dejar de alimentar y de dar agua a su hija para que muriera”, apuntó el fiscal y encuadró el caso en un homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión, ampliando la imputación originaria que era abandono de persona agravado por el vínculo y el resultado.

Ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, el fiscal desarrolló un alegato de dos horas y media que partió en dos partes. En la primera trazó su teoría del caso y en la segunda fundamentó su cambio de calificación legal.

“Acá vamos a demostrar que Belén no se murió porque la imputada se fue a trabajar o por el riguroso estándar laboral de la Municipalidad”, adelantó Glinka y con ironía respondió a la estrategia defensiva planteada por la imputada y por el defensor oficial Miguel Ángel Varela desde el primer día de debate. 

Antes de ahondar en su hipótesis acusatoria, el fiscal exhibió varias fotografías que consideró necesarias para graficar la gravedad del caso. Con una de ellas contrastó el antes y del después de Belén bajo el cuidado de su madre, mientras que otra serie imágenes ilustraron la escena donde la adolescente fue hallada sin vida como consecuencia de un cuadro de desnutrición, deshidratación e hipotermia.

“Estoy acá por Belén, pero voy por ella”, lanzó en referencia a la imputada y calificó el hecho como “un acto de semejante crueldad que no puede quedar impune”.

El fiscal Glinka en pleno desligue de su alegato ante el tribunal y la defensa.

“Fue un asesinato”

Repasando los testimonios recolectados durante las seis audiencias previas, Glinka recordó que Belén “pasó el 85% de su vida” al cuidado de su abuela Delira y su tía Clara -madre y hermana de la imputada-, mientras que con su madre solo estuvo un período de dos años comprendido a medidos de los 2000 donde “sufrió maltratos de todo tipo” y un lapso de diez días entre el 13 y el 23 de julio de 2013, cuando finalmente se produjo la muerte.

“Fíjense la diferencia en el cuidado que hubo que ella entró caminando y bailando a la casa de su madre y diez días después salió en una morguera, muerta de hambre, de sed, con hipotermia y escaras en la espalda del tiempo que llevaba postrada en un colchón todo podrido”, señaló.

En ese punto, volvió a mostrar las fotografías de Criminalística que registraron a la víctima tendida en una cama en condiciones precarias y prácticamente sin colchón, dentro de una habitación abarrotada de muebles rotos y bolsas de ropa apilada que apenas dejaban un angosto pasillo de acceso.

Belén estaba tirada como una cosa. Tenía una barricada a sus costados para que no pudiera salirse de ahí. Y así estuvo no sabemos cuánto tiempo”, describió con vehemencia.

Para Glinka no hay dudas y todo el accionar de Ramírez fue adrede. “Ella tomó la decisión de eliminarla porque Belén no formaba parte de su proyecto de vida. Esto fue un asesinato y lo más grave de todo es que no solo le privó de alimentos, sino que también se aseguró de que nadie se interponga en su plan porque nadie ni siquiera sabía que Belén estaba en esa pieza”, fustigó.

El fiscal desacreditó la versión de la imputada en la que alegaba que por sus obligaciones laborales se veía impedida de brindar el cuidado necesario a Belén y criticó la estrategia defensiva: “Ella trabajaba 6 horas. Tenía otras 18 para cuidar a Belén. Acá vinieron a deshumanizar a una nena, a reducirla a una simple enfermedad que ella no eligió tener para justificar los actos de su madre”.

También objetó el pedido de “reautopsia” planteado por la defensa e interpeló a las partes en forma cruda: “¿Qué dudas hay en la causa de muerte? A Belén la abrieron al medio, le sacaron las tripas y en su estómago no encontraron ni un arroz. Murió de hambre y por no tomar una gota de agua en siete días”.

Como cierre, encuadró el caso en un homicidio agravado por el vínculo cometido por omisión, pidió la prisión perpetua.

Alternativamente, solicitó que se mantenga la calificación inicial de abandono de persona agravado por el vínculo y el resultado y se dicte la máxima pena prevista: 20 años de cárcel.

Para cualquiera de los casos, Glinka pidió que la imputada sea inmediatamente detenida una vez que se dicte sentencia. “Han demostrado que están dispuestos a entorpecer la causa, sumado a que la presunción de inocencia se encuentra en riesgo y que no he escuchado una sola palabra cierta de su parte, no estoy seguro de que se someta a la justicia”, concluyó.

El defensor Miguel Ángel Varela pidió diferir su alegato al jueves y el tribunal aceptó.

Defensa

Concluida su exposición era el turno del defensor Miguel Ángel Varela, aunque el letrado pidió diferir su alegato al jueves. “No estoy condiciones”, planteó y argumentó un agotamiento físico propiciado por la seguidilla de audiencias y por la “extensa” presentación de Glinka.

El fiscal se opuso al pedido al considerar que el otorgamiento de un plazo extra atentaba contra la “igualdad de armas” e incluso acusó a Varela de dilatar el inicio de la audiencia. “Si es tarde es porque el defensor llegó una hora tarde”, apuntó. 

El tribunal presidido por Gustavo Bernie e integrado por los magistrados Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante) pasó a deliberar y tras un cuarto intermedio decidieron hacer lugar al pedido del defensor. El debate se reanudará mañana a las 7.30. 

La palabra de Ramírez

Previo a los alegatos de la fiscalía, la imputada brindó una ampliación de declaración indagatoria en la que mantuvo su versión de los hechos.

Argumentó que debió afrontar el cuidado de su hija en soledad, con dificultades económicas y apremiada por obligaciones laborales. “Reconozco que estuvo mal haberla dejado e irme a trabajar. Hice lo que estaba dentro de mis posibilidades, no podía darme el lujo de quedar sin trabajo”, justificó.

E insistió: “Jamás la abandoné. Nunca dejé de cuidarla y alimentarla. Jamás se me pasó por la mente este resultado. Pude tener mis errores como madre pero nunca quise matar a mi hija”. 

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Fiscal del caso Belén se opuso al amicus curiae: “Tratan de condicionar”

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Culminada la resolución de las incidencias pendientes, vinculadas a pedidos tanto de la fiscalía como de la defensa, que marcaron la audiencia del lunes, el debate oral para esclarecer la muerte de la adolescente con discapacidad Rocío Belén López (15) avanzó hoy con la incorporación de los últimos elementos de prueba. Para mañana se prevé una jornada de varias horas, con una ampliación de indagatoria por parte de la madre de la víctima y única imputada, como así también con el inicio de la ronda de alegatos.

La última prueba incorporada consiste en un informe emitido por la Municipalidad de Posadas respecto al legajo personal de la imputada Mariela Andrea Ramírez (48), que llegó a este debate acusada de abandono de persona doblemente agravado por el vínculo y el resultado, aunque podría enfrentar un cargo mayor si la fiscalía finalmente decide ampliar la calificación a homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión.

Resta decidir respecto a un pedido formulado por el Equipo Misionero de Derechos Humanos, Justicia y Género, quienes solicitaron ser incorporados al proceso en carácter de amicus curiae, planteo al cual el fiscal Vladimir Glinka se opuso y descargó duras críticas contra el escrito.

madre abandono

La imputada, Mariela Ramírez, mañana ampliará su declaración indagatoria. FOTO: Félix Armengol.

“No cualquiera es amicus curiae”

Está tan mal hecho que parece apropósito, todo con tal de que sea rechazado y esto habilite un micrófono externo. Esto tiene que ir directamente a la basura, es una falta de respeto para quienes trabajamos de esto”, disparó el fiscal, quien argumentó que la presentación tiene “once defectos formales en 22 carillas” e incumple con los requisitos estipulados para su admisión.

Glinka consideró que los integrantes de dicho equipo carecen o al menos no adjuntaron nada que acredite algún grado de conocimiento o experiencia puntual sobre el Síndrome de Rett como para ser habilitados como voces legitimadas en el asunto. “No cualquiera es un amicus curiae”, objetó.

“Acá no hablan de un interés público comprometido, sino hablan contra la causa y piden que se valoren pruebas según sus interpretaciones. No vienen con la intención de arrojar luz sobre algunos temas, vienen a tratar de condicionar y de condicionar a ustedes”, señaló en referencia al tribunal presidido por Gustavo Bernie e integrado por Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante).

Independientemente de la parte técnica-jurídica, Glinka también puso en duda el “interés real” detrás de la presentación formulada. “Solo quieren meter su cuchara trece años después. ¿Creen que les importa la imputada con una nota a destiempo? ¿Creen que les importa Belén trece años después? Hicieron todo mal apropósito. Quisieron aprovechar una causa de trascendencia pública para hacerse más conocidos para fines personales”, remató.

Por su parte, el defensor oficial Miguel Ángel Varela, que el lunes había solicitado nuevas medidas pruebas, entre ellas una “reautopsia” y una nueva testigo, que fueron rechazadas por el tribunal, pidió que no se tenga en cuenta la oposición de Glinka y se autorice el amicus curiae.

Tras los planteos, los jueces dieron por terminada la audiencia y dieron un cuarto intermedio hasta el miércoles a las 7.30 para reanudar el proceso.

Según la programación estipulada, en primer turno la imputada volverá a pasar frente al tribunal para una ampliación de declaración indagatoria y una vez culminada su deposición se iniciará la ronda de alegatos. La sentencia, en principio, se dará a conocer el jueves.

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