Judiciales
Prisión preventiva para imputado por el femicidio de Daniela en San Vicente
El Juzgado de Instrucción Tres de San Vicente, a cargo del magistrado Gerardo Casco, dictó el procesamiento con prisión preventiva de Alan Calixtro Closs (30) como único sospechoso del femicidio de Carmen Daniela Radke (23), la joven estrangulada y luego descartada sin vida al costado de un camino terrado del barrio Unido de San Vicente en mayo de 2023.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la resolución fue firmada el pasado 15 de diciembre, luego de una ampliación de declaración indagatoria realizada por el imputado, aunque la novedad recién pudo ser confirmada ahora.
De esta manera, Closs continuará el avance de la causa tras las rejas e imputado bajo una calificación que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser hallado culpable en un futuro debate oral.
El caso
El hecho que se investiga se registró entre la noche del 4 y la madrugada del 5 de mayo del año pasado en San Vicente.
La cronología del caso indica que ese jueves 4 de mayo, a las 17.30, Daniela Radke fue captada por cámaras de seguridad ingresando a la casa de Alan Calixtro, a quien aparentemente conoció en clases de boxeo y a quien consideraba un “amigo”.
Ese mismo día, cerca de las 21, la joven le llamó a su madre para decirle que se encontraba bien y que cenaría con su amigo antes de volver a casa, lo cual finalmente nunca sucedió.
Es que, diez horas después, su cadáver apareció a un costado de la calle Miranda, en el barrio Unido, a unos 800 metros de la ruta provincial 13.

Daniela Carmen Radke tenía 23 años.
La autopsia posterior dictaminó que la joven había sido sufrido una muerte violenta, una asfixia por estrangulamiento. Es decir, un femicidio.
Con el correr de la pesquisa, llevada adelante por la Dirección Homicidios y efectivos de la Unidad Regional VIII, apareció un testigo reservado que apuntó al sospechoso y una serie de imágenes de cámaras de seguridad recolectadas hicieron el resto.
Según pudo averiguar LVM, las mismas cámaras de vigilancia que a las 17.30 del jueves captaron el ingreso de la víctima a la casa del sospechoso, también plasmaron el momento en el que mismo implicado salía del lugar con el cuerpo de Daniela cargado sobre el tanque de combustible de su motocicleta.
Eso ocurrió a las 2.30 del viernes 5 de mayo y el ahora detenido regresó a casa apenas 8 minutos después.
En la casa del implicado los investigadores secuestraron muestras de cabello, prendas de vestir, cables, teléfonos celulares, chips, tarjetas de memoria y una motocicleta. También se le extrajo al sospechoso material genético para futuros cotejos.
Otro testigo llamó a las autoridades luego para denunciar que ese mismo viernes el detenido llevó a su taller un bolso. Los investigadores establecieron que se trataba de la mochila de Daniela, dentro de la cual estaba su celular y otras pertenencias.
Coartada
Días antes de la firma de la prisión preventiva en su contra, Closs compareció ante el juez Casco para realizar una ampliación de declaración indagatoria, instancia en la que habló por primera vez y desarrolló su versión del hecho.
Sin entrar en detalles, el imputado afirmó que al encontrarse con Radke consumieron bebidas alcohólicas, mantuvieron relaciones sexuales “extremas” que derivaron en la muerte de la joven. Negó haber tenido intenciones de asesinar a la muchacha.
Judiciales
Muerte en edificio posadeño: detenido negó haber lanzado al vacío a la víctima
El expediente que investiga la muerte de Marcelo Ojeda Krejzezúk (31), registrada el viernes a la madrugada tras su caída desde el tercer piso de un edificio sobre la calle Gómez Portiño de Posadas, avanzó este lunes con la indagatoria al único detenido que tiene la causa, Marcos Andrés Á. (27), quien negó la acusación por homicidio que pesa en su contra y planteó la posibilidad de que la víctima se haya suicidado luego de la pelea mantenida en el departamento.
La audiencia de declaración indagatoria se concretó esta mañana, una vez que el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Posadas por subrogancia legal, recibiera el sumario del caso y el informe de autopsia, examen que concluyó que la muerte de Ojeda fue consecuencia de un “politraumatismo craneal”, lesión compatible con el impacto del cuerpo contra el suelo.
La declaración del implicado se dio una vez formalizada la designación de Víctor Luciano Gómez como abogado defensor particular y su testimonio se extendió durante más de dos horas.
Según pudo averiguar La Voz de Misiones, ante el juez Verón y ante la fiscal Amalia Spinatto -conectada por Zoom-, Marcos brindó un pormenorizado relato de los sucesos ocurridos antes, durante y después del hecho que se investiga.

El detenido fue encontrado malherido y ensangrentado a cinco cuadras del lugar.
Bar, pelea y muerte
En ese marco, señaló que jueves a la noche asistió junto a Ojeda a un bar pub del microcentro posadeño, donde permaneció hasta las 2 del viernes, cuando decidieron regresar al departamento en el que convivían hace varios meses, dado que la víctima vino desde Esquina, Corrientes, para buscar trabajo y asentarse en Posadas.
Junto a ellos estuvo unos minutos un tercer joven que después dejó el inmueble y allí se desató el conflicto entre los involucrados, quienes mantenían una relación de confianza debido a que Marcos es ahijado del padre de Ojeda.
En su indagatoria, el detenido aseguró que en determinado momento decidió acostarse y Ojeda pretendió hacerlo junto a él, pero Marcos se negó y esa situación dio inicio a un enfrentamiento.
“Yo ahí dije ‘me voy’, pero él me atacó y después agarró un cuchillo con el que me hizo un corte. Yo ahí empecé a defenderme y al intentar sacarle el cuchillo los dos nos lastimamos también”, fue parte de su declaración.
En esas circunstancias -amplió el Marcos-, Ojeda se resbaló producto de la sangre desparramada en el piso y quedó tendido en el piso, situación que él aprovechó para retirarse del departamento en busca de ayuda.

Marcelo Ojeda tenía 31 años y era oriundo de Esquina, Corrientes.
El imputado sostuvo que recién se enteró de la muerte de su “primo” una vez trasladado a la comisaría, luego de que la Policía lo encontrara malherido, ensangrentado y en shock en el skate park de la costanera, a unas cinco cuadras del departamento ubicado en Gómez Portiño, casi Urquiza.
Ante las preguntas de las partes, el joven negó haber lanzando o empujado accidentalmente durante la pelea a la víctima por el balcón. A su entender, hipotetizó que quizás Ojeda pudo arrojarse por decisión propia.
Culminada la audiencia, el juez Verón imputó al muchacho por homicidio simple -que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión- y dispuso que continué privado de su libertad, aunque en paralelo la defensa presentó un pedido de excarcelación que ahora debe ser analizado por las partes.
Mientras tanto, el proceso continúa con la toma de testimoniales y se aguarda el resultado de las pericias científicas realizadas en la escena del hecho, principalmente en los estudios tendientes a determinar a quién corresponden las manchas de sangre detectadas en la baranda de la ventana balcón del departamento.
Judiciales
Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE
Un fallo judicial hizo lugar parcialmente a una acción de amparo por acceso a la información pública presentada contra la Municipalidad de Eldorado y ordenó al Ejecutivo, a cargo del intendente Rodrigo “Pipo” Durán, a completar datos vinculados al servicio de transporte urbano de pasajeros.
La demanda fue presentada por los abogados José Luis Fuentes y María Mercedes Galeano, quienes solicitaron que el municipio entregue de manera completa y gratuita información relacionada con el sistema de transporte urbano en la ciudad, respaldándose en el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución Nacional, la Constitución de Misiones y la Ley IV N.º 58.
Según consta en el fallo del Juzgado Civil y Comercial Uno de la Tercera Circunscripción Judicial de Misiones, al que accedió La Voz de Misiones, los demandantes realizaron un pedido administrativo ante la Municipalidad de Eldorado el 2 de octubre de 2025. El municipio respondió el 20 del mismo mes mediante correo electrónico, aunque Fuentes y Galeano consideraron que la información brindada era parcial.
Concretamente, los letrados solicitan que la comuna informe sobre lo ocurrido con la empresa ETCE durante el paro total del servicio de transporte en la ciudad, que se produjo sin previo aviso y paralizó completamente la movilidad de los vecinos el 1 de octubre. En ese contexto, un día después el Ejecutivo firmó con la prestataria un acuerdo de reconocimiento de deuda por 1.400 millones de pesos, que luego fue validado por el Concejo Deliberante. Los demandantes buscan conocer los pormenores de esa decisión, según señalaron en un comunicado.
Respuesta de la Muni
La Municipalidad de Eldorado se presentó en el expediente a través de sus apoderados legales, contestó la demanda y solicitó su rechazo, negó en términos generales los hechos planteados por los demandantes, aportó documentación como prueba y dejó planteada la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En la causa también intervino el Ministerio Público Fiscal de Misiones, que en su dictamen consideró que la acción no sería procedente, al entender que los demandantes contaban con otras vías administrativas para realizar el reclamo. El organismo participó en el proceso en su rol de defensor del patrimonio del fisco.
El fallo
Al analizar el caso, el juzgado interviniente entendió que la vía del amparo resultaba formalmente procedente y que el derecho de acceso a la información pública constituye una herramienta para el control ciudadano de la gestión estatal. El fallo también señaló que los organismos públicos tienen la “obligación de facilitar el acceso a la información disponible o indicar el lugar donde puede ser consultada”.
Tras evaluar la documentación incorporada al expediente, el tribunal concluyó que el municipio respondió dentro de un plazo razonable, pero que la información entregada no cubría todos los puntos solicitados ni indicaba en dónde podía accederse a los datos faltantes.
Asimismo, la Justicia precisó además que el derecho de acceso a la información pública se “limita a la información existente en poder del Estado” y no obliga a la administración a generar documentos nuevos o elaborar informes especiales que no formen parte de sus registros.
Con ese contexto, la sentencia resolvió hacer lugar parcialmente al amparo de Fuentes y Galeano y ordenó a la Municipalidad de Eldorado que, en un plazo de diez días, entregue la información solicitada o indique de forma clara la dependencia u oficina donde se encuentre disponible para su consulta.
“Este fallo pone un límite muy claro a la opacidad del poder político. No se puede dejar a una ciudad entera sin transporte y al día siguiente reconocer una deuda de más de 1.400 millones de pesos sin que la sociedad sepa cómo se calculó, de dónde surge, qué se pagó, qué se condonó y qué expediente respalda todo eso. Si al concesionario se le termina pagando una suma que equivale a más de un millón de dólares, la ciudadanía tiene derecho a conocer hasta el último papel de esa decisión”, apuntó el abogado José Luis Fuentes tras conocerse la decisión de la Justicia misionera.
La Voz de Misiones consultó al Ejecutivo municipal sobre el fallo y una fuente señaló que la Municipalidad “respondió en su momento el pedido de información solicitado por los demandantes”. En ese sentido, indicó que, en cumplimiento de la resolución judicial, “se completará o se indicará el acceso a la documentación existente”.
Además, la misma fuente sostuvo que “desde el día uno sostuvimos que la gestión pública debe ser transparente, pero también responsable en el uso de los recursos administrativos”.
Eldorado amaneció sin colectivos y buscan declarar emergencia en transporte
Judiciales
Causa Cuadernos: Oscar Thomas y “la estafa de los arrepentidos”
La Justicia Federal reanudó a fines de febrero el juicio oral por la denominada “Causa Cuadernos”, que investiga una presunta red de corrupción y sobornos entre funcionarios públicos y empresarios de la construcción durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández (CFK), y que tiene entre sus imputados al misionero Oscar Thomas, ex director de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) durante la década kirchnerista.
La megacausa judicial, que se originó a partir de los cuadernos donde Óscar Centeno, chofer de Roberto Baratta, mano derecha del ex ministro Julio De Vido, dio cuenta de recorridos, fechas y bolsos que tenían como destino a funcionarios y la Quinta de Olivos, tiene 85 imputados, entre los que destaca la ex presidenta CFK, quien actualmente guarda prisión domiciliaria por la condena en la causa Vialidad.
El misionero Thomas aparece en los cuadernos como presunto intermediario en el cobro de coimas a empresas contratistas de obra pública durante su gestión al frente de la EBY.
El ex director de Yacyretá pasó varias semanas prófugo en 2018, cuando el proceso comenzaba la etapa de instrucción, e incluso llegó a ofrecerse una recompensa por información sobre su paradero.
Al presentarse, negó todas las acusaciones y rechazó convertirse en “arrepentido”, la figura instrumentada por la Justicia Federal para intercambiar confesiones por beneficios procesales entre los empresarios y ex funcionarios imputados.
Arrepentidos
En la causa, que se tramita en el Tribunal Oral Federal 7 (TOF), hay 31 imputados “arrepentidos”: 25 son empresarios y el resto ex funcionarios kirchneristas.
Todos ellos, entre los que figuran el chofer Centeno y su jefe Baratta, el empresario Angelo Calcaterra, ex propietario de la constructora Iecsa y primo del ex presidente Mauricio Macri; Enrique Pescarmona y Francisco Valenti, de la metalúrgica Impsa; Luis Betnaza, de la multinacional Techint; Aldo Roggio, del Grupo Roggio; y Armando Loson, de Albanesi S.A., dijeron haber participado en la trama de corrupción que se investiga.
Con el reinicio del juicio, la validez de estos testimonios es el eje central del debate, ya que para mantener los beneficios y evitar cargos por falso testimonio, estos 31 “arrepentidos” deben ratificar sus dichos ante el TOF7.
Lo cierto es que, a lo largo del trámite de la causa, fueron varios los “arrepentidos” que terminaron en contradicciones respecto a su declaración original, empezando por el mismo Centeno, quien arrancó diciendo que tenía los cuadernos originales, pero luego dijo que los había quemado en la parrilla de su casa.
Recientemente, el empresario Loson denunció “irregularidades” en el proceso, en relación con la prueba principal de la causa: los cuadernos de Centeno.
La defensa del empresario habló de “falsificación” y “manipulación” y aseguró haber encontrado más de 1.600 irregularidades en las anotaciones del chofer, entre tachaduras y enmiendas, múltiples caligrafías, alteración de fechas y lugares, y el uso de diferentes tintas.
Otro, cuyo testimonio cuelga de un hilo, es Víctor Manzanares, ex contador de la familia Kirchner, considerado un “arrepentido” clave, quien, en noviembre de 2025, manifestó a través de su abogado que no quería salir de prisión, a pesar de tener el beneficio, lo que siembra dudas de lo que hará cuando sea requerido por el tribunal.
En febrero pasado, el “arrepentido”, Mario Ludovico Rovella, titular de la constructora Rovella Carranza S.A., solicitó formalmente la nulidad de su testimonio, alegando que fue obligado a declarar bajo la amenaza de quedar detenido por el juez Claudio Bonadío.
Estafa
El testimonio de los “arrepentidos” es el pilar de la acusación contra Thomas, quien al igual que otros imputados, como la misma CFK, aseguran que las “confesiones” de estos colaboradores fueron obtenidas mediante coacción.
La reciente solicitud de Ravella, de retirar su “confesión”, alegando haberla hecho bajo amenaza, va en línea con el principal argumento de los defensores de los imputados, incluido el abogado de Thomas, Juan Manuel Ubeira.
El mismo Thomas afirmó que durante su detención fue presionado y amenazado para que declarara en contra de la ex presidenta Cristina Fernández a cambio de su libertad.
Ubeira basa, además, su pedido de nulidad de la causa en el hecho, probado, de que las declaraciones de los “arrepentidos” no fueron registradas en audio o video, como establece la Ley 27.304 que crea la figura del imputado colaborador, sino que se plasmaron en actas escritas frente al fiscal Carlos Stornelli.
Asimismo, el letrado considera “nulos” los testimonios de Carlos Wagner, ex presidente de la Cámara Argentina de la Construcción, que señaló a Thomas en el entramado de corrupción en la obra pública; y del chofer Centeno, quien declaró que el misionero entregó bolsos con dinero a su jefe Baratta para que este los llevara a la Quinta de Olivos o al departamento de los Kirchner.
Ubeira y varios de sus colegas describen el proceso como un “montaje”, una “ficción judicial”, donde la prueba principal no son los cuadernos de Centeno, que le dieron el nombre a la causa, sino la “estafa de los arrepentidos”, cuyos testimonios están “viciados de nulidad”.
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