Judiciales
Prevención Nacional de la Tortura visitó por primera vez cárceles de Misiones

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) recorrió por primera vez las cárceles de Misiones y aún sin procesar la totalidad de los datos relevados detectaron que el uso extendido de la prisión preventiva es una de las principales problemáticas que denuncia la población penal.
El mecanismo, encargado de monitorear el cumplimiento de los derechos humanos en contextos de encierro, fue creado en 2017 y relegó tanto a Chaco como a Misiones a últimos lugares en orden de prioridad para las inspecciones en virtud de que ambas provincias ya cuentan con comisiones locales que se encargan de la temática.
De igual manera, el momento llegó. Una delegación de comisionados arribó a Misiones la semana pasada y en un lapso de tres días recorrieron todas las penitenciarias, como así también comisarías, centros de salud mental y hogarse de niños, niñas y adolescentes.
Si bien aún resta el procesar el compendio de información recolectada, a modo de adelanto desde la CNPT alertaron que una de las principales problemáticas detectadas radica en el uso extendido de la prisión preventiva, llegando relevar casos que superan hasta dos o tres veces el plazo máximo de 2 años detenido sin sentencia.
“Lo que vemos en Misiones, más allá de la cantidad de personas en prisión preventiva, que igualmente en el último tiempo ha disminuido aproximadamente un 10%, lo que detectamos es la amplia duración de las prisiones preventivas. Hemos encontrado personas que están con prisión preventiva hace tres, cuatro, cinco y hasta seis años, lo que excede ampliamente los plazos”, advirtió Kevin Nielsen, uno de los comisionados que encabezó las inspecciones, en diálogo con La Voz de Misiones.
Según un último informe realizado por la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de Misiones (CPPTM), a fines de 2023 el sistema penitenciario local contaba con una población carcelaria de 1731 internos, de los cuales 700 estaban presos sin condena, es decir, un 41% del total.

Las inspecciones de la CNPT fueron realizadas entre el 15 y el 18 de abril.
Para Nielsen, de profesión abogado y de trayectoria en organismos de derechos humanos, este flagelo “obedece a una multiplicidad de factores” y advirtió que “en términos internacionales la responsabilidad corresponde al Estado, en general, pero es el Poder Judicial el que decide sobre las prisiones preventivas”.
En este contexto, asoció la cuestión a un viejo debate que -a decir de los especialistas en la materia- es cada vez más necesario la tierra colorada y se relaciona con un cambio en el sistema procesal.
Es que, Misiones es de las pocas jurisdicciones del país que aún mantiene el sistema inquisitivo, en el cual el juez de instrucción concentra facultades de investigar y a su vez decidir, lo cual acumula trabajo en sus espaldas e indefectiblemente genera retardo de justicia.
“Lo moderno es el sistema acusatorio, donde un fiscal es el que investiga y solicita la prisión preventiva, mientras que existe un juez de garantías que decide, de acuerdo al caso, si amerita o no. Es decir, entre otras cuestiones, hay más controles a la intención de un fiscal de tener preso preventivamente a una persona. En Misiones todavía está el sistema procesal inquisitivo: el juez investiga, el juez decide la prisión preventiva, el juez resuelve los pedidos de excarcelación. Se confunde el rol de investigación, con el de decisión, de juzgamiento”, se explayó el letrado chaqueño.
De igual manera, Nielsen sostuvo que la problemática de la prisión preventiva es un elemento detectado a simple vista, mientras que las demás irregularidades o falencias detectadas recién serán advertidas y comunicadas en los próximos meses, luego un riguroso proceso de análisis de la información recolectada durante las recorridas.
“Es la primera vez que visitamos Misiones pero no significa que sea la última. La primera visita es de inspección, la segunda, después de un tiempo determinado, se hace una visita de seguimiento, para ver si nuestras recomendaciones fueron atendidas por el Estado. Esas recomendaciones aún no las hicimos porque estamos en proceso de elaboración de los informes”, detalló el comisionado a LVM.
Independientemente de esos informes en espera, Nielsen destacó como innovadora la Unidad de Salud para Inimputables, inaugurada en 2020 y que marcó el fin de años de olvido y abandono para internos con problemas de salud mental que estaban recluidos en un pabellón de la Unidad Penal I de Loreto sin la atención médica acorde a sus condiciones.

La Unidad de Salud para Inimputables funciona dentro del predio del hospital Carrillo y fue inaugurado en 2020.
También valoró que el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) cuente con varias unidades de “infraestructuras nuevas”, aunque advirtió que igualmente esos recintos pueden presentar “problemas de mantenimiento cotidiano” como colapsos de conductos sanitarios -por citar solo un ejemplo- que pueden ocasionar olores nauseabundos y exposición a enfermedades, para lo cual hay que gestionar soluciones de rápidas que muchas veces colisionan con los plazos administrativos de la burocracia.
Para Nielsen, cuestiones diarias como las de este tipo estas favorecen a la buena convivencia de los internos y reducen los riesgos de conflictividad, lo cual está directamente asociado a la superpoblación.
“La conflictividad va de la mano con la superpoblación. Eso indefectiblemente aumenta el riesgo de peleas, de lesiones. Está muy naturalizado que un preso pelee con otro, pero eso no debería ser así. Muchos de los conflictos se suceden porque afectación de derechos. Se piensa que los motines son actos cuasi caprichosos o para escapar, pero lo cierto es que los motines son medidas de fuerza, protestas extremas que se realizan cuando los internos sienten que se le está afectando algún derecho, ya sea sobre la comida, sobre la condiciones de habitabilidad, sobre la mora judicial, sobre el trato penitenciario. Si no obtienen respuestas después de las vías de reclamo tradicional, acuden a una medida extrema. Es muy parecida a la dinámica de la protesta social”, mencionó el entrevistado.
En esa línea, sostuvo que evitar estas situaciones es responsabilidad absoluta del Estado y que las penitenciarias no pueden ser desatendidas, aún en contextos económicos de recesión, como atraviesa Argentina en la actualidad.
“Las cárceles son los únicos lugares donde el Estado tiene la administración plena y total de la vida de las personas, con lo cual son absolutamente responsables tanto por su salud, como por su alimentación y su integridad física. Estamos hablando de personas que no podrían procurarse por si mismas en estos derechos. La administración de recursos no debería repercutir en una pauperización del acceso a los derechos de las personas privadas de la libertad. Hay que priorizar los recursos y en el caso de que el Estado no tenga o le falte recursos para garantizar los derechos básicos de los internos, tiene que abstenerse de encarcelar y buscar otras alternativas. No necesariamente todos los delitos tienen que tener como consecuencia el encarcelamiento”, apuntó.

La totalidad de las conclusiones y recomendaciones alcanzadas por el CNPT serán comunicadas en los próximos meses.
Telefonía en las cárceles
A través del regreso de Patricia Bullrich al frente del ministerio de Seguridad de la Nación, el gobierno encabezado por Javier Milei pretende encarar una rigurosa política criminal respecto al tratamiento carcelario y una de las primeras medidas apunta a reducir el uso de telefonía celular dentro de las penitenciarias.
Respecto a ello, Nielsen recomendó que “para analizar el uso de telefonía móvil hay que analizar las realidades de cada provincia. Muchas veces las provincias suelen comprar problemas ajenos. En las provincias es muy difícil que en las cárceles provinciales tengamos personas privadas de su libertad por delitos complejos o por crimen organizado”.
Para el comisionado es claro, por lo vivido en Santa Fe o en los penales de máxima seguridad que dependen del Servicio Penitenciario Federal (SPF), que contienen a denominados “pesos pesados” del universo delictivo argentino, no es aconsejable impartir una regla general que se aplicable a todas las provincias.
“Recordemos que el uso de telefonía móvil en contextos de encierro fue habilitado en muchas provincias durante la pandemia y esto ha sido un elemento profundamente pacificador de las cárceles, porque permitía que los internos puedan hablar de manera directa con sus abogados y de comunicarse con sus familiares, que muchas veces tampoco pueden visitarlos de seguido por cuestiones de distancia o dificultades económicas”, añadió.
Como ejemplo, el abogado citó el caso Chaco, donde desde la habilitación del uso de celulares no se han registrado motines ni conflictos graves dentro de las cárceles locales.
Por eso, insistió: “Es importante que cada provincia evalúe su población carcelaria y no se suba a una tendencia discursiva de otras provincias o de una realidad nacional o de las cárceles federales”.
El 41% de los presos no tiene condena, informó Prevención de la Tortura
Judiciales
Intendente de Colonia Polana citado a declarar por usurpación y amenazas

El actual intendente de Colonia Polana, Raúl Francisco Núñez, fue citado por la Justicia para declarar en la causa que lo investiga por “usurpación de tierras y amenazas” contra los hermanos Julio y Germán Llanos.
La primera citación a declaración indagatoria fue en diciembre pasado, cuando Núñez decidió abstenerse. En tanto, la próxima audiencia está prevista para el viernes 19 de septiembre a las 10 en el Juzgado de Instrucción Dos de Jardín América.
Consultado por La Voz de Misiones, el abogado de los denunciantes, Maximiliano Medina, aclaró que aún queda pendiente la citación por otro caso en el que se lo acusa por “falsificación de instrumentos públicos”, en referencia a un boleto de compraventa, fechado en 2013 y presentado por Núñez en la Municipalidad de Colonia Polana.
Según los hermanos Llanos, ese fue el documento con el que Núñez había iniciado la toma de las 107 hectáreas que se encontraban a nombre de Julio César Llanos (padre) y cuya firma fue sometida a pericias caligráficas por parte de los denunciantes, que determinaron que era falsa.
Al respecto, Medina aclaró que: “Es una causa distinta. Tiene un número de expediente distinto, pero es conexo a la usurpación y la exhibición del instrumento que da lugar a la pericia que demuestra que el instrumento es apócrifo y eso da lugar a la nueva denuncia por falsificación de instrumento público y privado”.
Raúl Núñez, fue concejal y presidente del Concejo Deliberante de Colonia Polana, hasta que pasó a desempeñarse en el cargo de intendente tras el fallecimiento de su madre Antonia Medina, el pasado 23 de agosto, quien ejerció como jefa comunal desde el 10 de diciembre del año 2015.
Respecto a su continuidad como intendente del municipio en el marco de las causas penales y civiles por las que se lo investiga, la fuente consultada considera que, aunque lo procesen, “la única forma de destituirlo sería a través de una sesión del Concejo Deliberante cuya mayoría la tiene el mismo oficialismo”.
Colonia Polana: denuncian usurpación de tierras con complicidad política y policial
Judiciales
Prisión preventiva para joven mbya acusado por el femicidio de su ex en Iguazú

El magistrado Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, dictaminó la prisión preventiva por femicidio contra Ismael Centurión (29), único acusado por el asesinato de su ex pareja Juana Maciel, cometido dentro de la comunidad mbya guaraní Yryapú, donde ambos residían.
La resolución se firmó esta martes y mantiene la imputación del sospechoso por el delito de “homicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra una persona con la que mantuvo una relación de pareja y en un contexto de violencia de género”, figura que prevé una pena de prisión perpetua.
El dictamen firmado por el juez Brites también dispone el traslado de Centurión hacia una unidad penitenciaria, donde continuará detenido mientras avance la causa que se instruye en su contra.
Femicidio en Yryapú
El hecho que se investiga se registró en la noche del 4 de mayo dentro de la comunidad mbya guaraní Yryapú de Puerto Iguazú, donde Juana Maciel (23) fue asesinada de 27 puñaladas.
El crimen fue alertado a la Policía por uno de los integrantes de la comunidad y al llegar la Policía encontró el cadáver de Maciel a unos 20 metros de su casa, mientras que bajo la lupa quedó su ex pareja, quien fue detenido poco después durante un rastrillaje por la zona.
El sospechoso se trata de Centurión y, según señalaron fuentes consultadas por LVM en ese entonces, el hombre se había separado de Maciel pocos meses antes, tras ser acusado de un intento de abuso en contra de una sobrina de la víctima, hecho que aunque no fue denunciado formalmente habría generado conflictos en la relación.
Se cree que por ese mismo motivo esa noche de mayo se desató una nueva discusión que acabó en femicidio. En el lugar la Policía también secuestró un cuchillo que pudo haber sido utilizado como arma homicida.
De acuerdo a las conclusiones forenses, el cuerpo de la muchacha presentaba 27 lesiones cortantes localizadas en cabeza, cara, cuello y miembros superiores, estos últimos de características defensivas.
De ese total de puñaladas, uno alcanzó a penetrar en la zona del hemitórax anterior izquierdo y a perforar un pulmón, lesión que finalmente provocó la muerte de la víctima.
Femicidio en comunidad mbya: Juana recibió 27 puñaladas e imputaron a su ex
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Recibió 15 años de prisión por abusar de dos hijastras en San Javier

Quince años de prisión fue la condena impuesta por el Tribunal Penal Uno de Oberá contra un hombre acusado de abusos sexuales cometidos en perjuicio de dos hijas menores de su concubina.
El imputado es oriundo de San Javier y la investigación en su contra comenzó en agosto de 2022 por una denuncia de violación contra una hijastra de 10 años.
De acuerdo a lo reconstruido, ese hecho sucedió en una vivienda del barrio Nueva Esperanza, donde el hombre residía junto a su concubina, a las dos hijas menores de ella y a otros niños que tuvieron en común.
El abuso de la niña de 10 años se habría registrado mientras su madre no se encontraba en la casa y después de ese primer hecho la otra niña reveló haber padecido lo mismo años antes en otra vivienda.
Tras la denuncia, el acusado identificado como Antonio M. fue detenido y ahora llegó a instancia de juicio oral, donde finalmente fue condenado a 15 años de prisión, pena que deberá ser cumplida en la Unidad Penal VIII de Cerro Azul.
El fallo fue dictado por los magistrados Horacio Paniagua como presidente y Jorge Erasmo Villaba y Teresa Hedman como vocales en carácter de subrogantes.
En representación de la fiscalía intervino David Milicich, que en su alegato solicitó la misma pena impuesta, mientras que también hubo un querellante particular que había pedido 35 años de prisión contra el acusado y la defensa requirió la absolución.
El imputado fue condenado como autor de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia, dos hechos en concurso real”.
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