Judiciales
Prevención Nacional de la Tortura visitó por primera vez cárceles de Misiones
El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) recorrió por primera vez las cárceles de Misiones y aún sin procesar la totalidad de los datos relevados detectaron que el uso extendido de la prisión preventiva es una de las principales problemáticas que denuncia la población penal.
El mecanismo, encargado de monitorear el cumplimiento de los derechos humanos en contextos de encierro, fue creado en 2017 y relegó tanto a Chaco como a Misiones a últimos lugares en orden de prioridad para las inspecciones en virtud de que ambas provincias ya cuentan con comisiones locales que se encargan de la temática.
De igual manera, el momento llegó. Una delegación de comisionados arribó a Misiones la semana pasada y en un lapso de tres días recorrieron todas las penitenciarias, como así también comisarías, centros de salud mental y hogarse de niños, niñas y adolescentes.
Si bien aún resta el procesar el compendio de información recolectada, a modo de adelanto desde la CNPT alertaron que una de las principales problemáticas detectadas radica en el uso extendido de la prisión preventiva, llegando relevar casos que superan hasta dos o tres veces el plazo máximo de 2 años detenido sin sentencia.
“Lo que vemos en Misiones, más allá de la cantidad de personas en prisión preventiva, que igualmente en el último tiempo ha disminuido aproximadamente un 10%, lo que detectamos es la amplia duración de las prisiones preventivas. Hemos encontrado personas que están con prisión preventiva hace tres, cuatro, cinco y hasta seis años, lo que excede ampliamente los plazos”, advirtió Kevin Nielsen, uno de los comisionados que encabezó las inspecciones, en diálogo con La Voz de Misiones.
Según un último informe realizado por la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de Misiones (CPPTM), a fines de 2023 el sistema penitenciario local contaba con una población carcelaria de 1731 internos, de los cuales 700 estaban presos sin condena, es decir, un 41% del total.

Las inspecciones de la CNPT fueron realizadas entre el 15 y el 18 de abril.
Para Nielsen, de profesión abogado y de trayectoria en organismos de derechos humanos, este flagelo “obedece a una multiplicidad de factores” y advirtió que “en términos internacionales la responsabilidad corresponde al Estado, en general, pero es el Poder Judicial el que decide sobre las prisiones preventivas”.
En este contexto, asoció la cuestión a un viejo debate que -a decir de los especialistas en la materia- es cada vez más necesario la tierra colorada y se relaciona con un cambio en el sistema procesal.
Es que, Misiones es de las pocas jurisdicciones del país que aún mantiene el sistema inquisitivo, en el cual el juez de instrucción concentra facultades de investigar y a su vez decidir, lo cual acumula trabajo en sus espaldas e indefectiblemente genera retardo de justicia.
“Lo moderno es el sistema acusatorio, donde un fiscal es el que investiga y solicita la prisión preventiva, mientras que existe un juez de garantías que decide, de acuerdo al caso, si amerita o no. Es decir, entre otras cuestiones, hay más controles a la intención de un fiscal de tener preso preventivamente a una persona. En Misiones todavía está el sistema procesal inquisitivo: el juez investiga, el juez decide la prisión preventiva, el juez resuelve los pedidos de excarcelación. Se confunde el rol de investigación, con el de decisión, de juzgamiento”, se explayó el letrado chaqueño.
De igual manera, Nielsen sostuvo que la problemática de la prisión preventiva es un elemento detectado a simple vista, mientras que las demás irregularidades o falencias detectadas recién serán advertidas y comunicadas en los próximos meses, luego un riguroso proceso de análisis de la información recolectada durante las recorridas.
“Es la primera vez que visitamos Misiones pero no significa que sea la última. La primera visita es de inspección, la segunda, después de un tiempo determinado, se hace una visita de seguimiento, para ver si nuestras recomendaciones fueron atendidas por el Estado. Esas recomendaciones aún no las hicimos porque estamos en proceso de elaboración de los informes”, detalló el comisionado a LVM.
Independientemente de esos informes en espera, Nielsen destacó como innovadora la Unidad de Salud para Inimputables, inaugurada en 2020 y que marcó el fin de años de olvido y abandono para internos con problemas de salud mental que estaban recluidos en un pabellón de la Unidad Penal I de Loreto sin la atención médica acorde a sus condiciones.

La Unidad de Salud para Inimputables funciona dentro del predio del hospital Carrillo y fue inaugurado en 2020.
También valoró que el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) cuente con varias unidades de “infraestructuras nuevas”, aunque advirtió que igualmente esos recintos pueden presentar “problemas de mantenimiento cotidiano” como colapsos de conductos sanitarios -por citar solo un ejemplo- que pueden ocasionar olores nauseabundos y exposición a enfermedades, para lo cual hay que gestionar soluciones de rápidas que muchas veces colisionan con los plazos administrativos de la burocracia.
Para Nielsen, cuestiones diarias como las de este tipo estas favorecen a la buena convivencia de los internos y reducen los riesgos de conflictividad, lo cual está directamente asociado a la superpoblación.
“La conflictividad va de la mano con la superpoblación. Eso indefectiblemente aumenta el riesgo de peleas, de lesiones. Está muy naturalizado que un preso pelee con otro, pero eso no debería ser así. Muchos de los conflictos se suceden porque afectación de derechos. Se piensa que los motines son actos cuasi caprichosos o para escapar, pero lo cierto es que los motines son medidas de fuerza, protestas extremas que se realizan cuando los internos sienten que se le está afectando algún derecho, ya sea sobre la comida, sobre la condiciones de habitabilidad, sobre la mora judicial, sobre el trato penitenciario. Si no obtienen respuestas después de las vías de reclamo tradicional, acuden a una medida extrema. Es muy parecida a la dinámica de la protesta social”, mencionó el entrevistado.
En esa línea, sostuvo que evitar estas situaciones es responsabilidad absoluta del Estado y que las penitenciarias no pueden ser desatendidas, aún en contextos económicos de recesión, como atraviesa Argentina en la actualidad.
“Las cárceles son los únicos lugares donde el Estado tiene la administración plena y total de la vida de las personas, con lo cual son absolutamente responsables tanto por su salud, como por su alimentación y su integridad física. Estamos hablando de personas que no podrían procurarse por si mismas en estos derechos. La administración de recursos no debería repercutir en una pauperización del acceso a los derechos de las personas privadas de la libertad. Hay que priorizar los recursos y en el caso de que el Estado no tenga o le falte recursos para garantizar los derechos básicos de los internos, tiene que abstenerse de encarcelar y buscar otras alternativas. No necesariamente todos los delitos tienen que tener como consecuencia el encarcelamiento”, apuntó.

La totalidad de las conclusiones y recomendaciones alcanzadas por el CNPT serán comunicadas en los próximos meses.
Telefonía en las cárceles
A través del regreso de Patricia Bullrich al frente del ministerio de Seguridad de la Nación, el gobierno encabezado por Javier Milei pretende encarar una rigurosa política criminal respecto al tratamiento carcelario y una de las primeras medidas apunta a reducir el uso de telefonía celular dentro de las penitenciarias.
Respecto a ello, Nielsen recomendó que “para analizar el uso de telefonía móvil hay que analizar las realidades de cada provincia. Muchas veces las provincias suelen comprar problemas ajenos. En las provincias es muy difícil que en las cárceles provinciales tengamos personas privadas de su libertad por delitos complejos o por crimen organizado”.
Para el comisionado es claro, por lo vivido en Santa Fe o en los penales de máxima seguridad que dependen del Servicio Penitenciario Federal (SPF), que contienen a denominados “pesos pesados” del universo delictivo argentino, no es aconsejable impartir una regla general que se aplicable a todas las provincias.
“Recordemos que el uso de telefonía móvil en contextos de encierro fue habilitado en muchas provincias durante la pandemia y esto ha sido un elemento profundamente pacificador de las cárceles, porque permitía que los internos puedan hablar de manera directa con sus abogados y de comunicarse con sus familiares, que muchas veces tampoco pueden visitarlos de seguido por cuestiones de distancia o dificultades económicas”, añadió.
Como ejemplo, el abogado citó el caso Chaco, donde desde la habilitación del uso de celulares no se han registrado motines ni conflictos graves dentro de las cárceles locales.
Por eso, insistió: “Es importante que cada provincia evalúe su población carcelaria y no se suba a una tendencia discursiva de otras provincias o de una realidad nacional o de las cárceles federales”.
El 41% de los presos no tiene condena, informó Prevención de la Tortura
Judiciales
Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko
El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.
En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.
“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.
“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.
Temerarias
El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.
Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.
El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.
Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.
“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.
Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.
“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.
Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.
“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.
Amonestación
Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.
A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.
DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)Judiciales
Piden detención de Alejandro Jabornicky por publicar fotos con su ex pareja
La diputada provincial electa, Rita Marina Flores, denunció a su ex pareja, el abogado Alejandro Jabornicky, por “violencia de género digital” y a través de la querella pidió su prisión preventiva, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en una publicación pagada de la red social.
Flores oficializó la presentación judicial el jueves pasado, en la Fiscalía de Instrucción Dos de Posadas, y solicitó que se agregue al Expediente 1353277/2025, de la causa por violencia de género contra el letrado por hechos ocurridos a principios de septiembre en el domicilio de Jabornicky, que se tramita en el Juzgado de Instrucción Siete, a cargo del juez Miguel Mattos.
En la ocasión de esa primera denuncia, el domicilio del abogado fue allanado, y Jabornicky fue detenido y estuvo cuatro días recluido en una celda de la comisaría Segunda, sobre la avenida Tambor de Tacuarí, incomunicado.
A la par, la Justicia le concedió a Flores un botón de pánico y le impuso a Jabornicky una orden de restricción que, ahora, con la publicación de su foto con ella en Instagram, la represente legal de la diputada provincial electa considera violentada por el letrado.
Boluda
“La orden de restricción es una manda judicial y desobedecer es una falla penal; es desobediencia judicial”, afirmó Silvia Risko, abogada de Flores en declaraciones a LVM, y agregó: “La orden es que no puede ni acercarse físicamente, ni por teléfono, ni mail u otro contacto”.
“Son fotos del año pasado, que él promocionó pagando publicidad”, apuntó Risko y lanzó: “Eso es cagarse en la orden del juez”.
La abogada remarcó, además, “la intención de hostigamiento, invalidación y revictimización”, de parte de Jabornicky hacia su cliente, e incluso acusó al letrado de “intentar minar la imagen pública” de Flores, de cara a su asunción en la Legislatura el 10 de diciembre próximo.
“Paga una publi en la red social a días de asumir ella”, precisó Risko y contó que, a partir de esta publicación de Jabornicky, Flores “comenzó a recibir mensajes de gente que le pregunta si volvió con él, y eso la hizo perder la tranquilidad”.
“El agravante es el hecho de que pague la publicación, con el claro objetivo de invalidar su denuncia por violencia, para que la gente diga: ‘Mirá, esta boluda volvió al final’”, afirmó.
Ciclo
La fitración del escrito de Flores, al que tuvo acceso La Voz de Misiones, encuadra jurídicamente todo lo argumentado por Risko.
“El hostigamiento a través de un medio público digital NO significa una intromisión menor, sino un ACTO DELIBERADO DE CIBER- HOSTIGAMIENTO que REACTIVA el ciclo de violencia, EXPONIENDO PÚBLICAMENTE A LA VÍCTIMA JUNTO A SU AGRESOR, interrumpiendo de manera efectiva la indemnidad psicológica de la Sra. Rita Marina FLORES y REAFIRMANDO el poder y control que el imputado pretende tener sobre la víctima, REVICTIMIZÁNDOLA, quien revive la situación traumática sufrida por las amenazas de muerte y violencia ejercida hacia su persona y el de su niña, generando un estado de terror y total indefensión ante su agresor”, señala el texto.
Asimismo, en otro párrafo asegura que “las AMENAZAS DE MUERTE efectuadas por el Sr. JABORNICKY a la Sra. FLORES, como también, el incumplimiento de la manda judicial, constituyen ANTECEDENTES GRAVÍSIMOS, existiendo CLARO RIESGO DE FEMICIDIO, todo ello ya que, la desobediencia judicial de quien amenazó con MATAR, DEGOLLAR y luego TIRAR A UN ZANJÓN a la Sra. Rita FLORES…NO PUEDEN SER TOLERADOS POR LA JUSTICIA, quien debe actuar conforme a los protocolos, doctrina y jurisprudencia con PERSPECTIVA DE GÉNERO, PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA Y DEBER DE DILIGENCIA DEBIDA, EXISTIENDO UN RIESGO CIERTO PARA DEJAR A LA VÍCTIMA LIBRADA A SU SUERTE EN TOTAL DESAMPARO”.
En tal sentido, argumenta que “la prisión preventiva es la ÚNICA medida de protección eficaz que se ajusta al estándar de debida diligencia ante casos de violencia de género, todo ello acorde al Art. 7, inc. b, de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que impone a los Estados el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir y sancionar todo acto de violencia. Más aún, el Art. 7, inc. f, exige ‘establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección’”.
Agravante
En otro tramo, la denuncia acusa a Jabornicky de ejercer “violencia política” contra Flores, habida cuenta de su investidura como diputada electa, y ubica la situación como “agravante del hostigamiento”.
“La Sra. Rita Marina FLORES reviste el carácter de Diputada Electa de la Provincia de Misiones, con asunción prevista para el 10 de diciembre de 2025. Esta temporalidad es fundamental, todo ello ya que la violencia política es aquella dirigida a ‘obstaculizar, menoscabar o anular el desempeño de una función pública’”, refiere el escrito.
“El accionar del Sr. JABORNICKY, al hostigar a la Sra. FLORES en un medio público de difusión masiva (Instagram) en un período crucial de transición, no solo busca quebrantar su integridad psicológica individual, sino que persigue un objetivo más amplio: DEGRADAR y MENOSCABAR su imagen, credibilidad y legitimidad pública como futura representante legislativa electa por el voto popular en las últimas elecciones legislativas provinciales de fecha 08/06/2025, intentando impedir o dificultar su pleno y libre ejercicio del cargo inminente, afectando no sólo psicológicamente a la víctima, sino también a su rol como representante político social”, afirma.
Judiciales
Detuvieron a un tío de Pablo Schoenfisch por falso testimonio en el juicio
Contradicciones, desmentidas y versiones pocas claras derivaron hoy en la detención de un testigo que declaró en el juicio contra Pablo Schoenfisch (23), acusado de asesinar a su madre Faustina Antúnez (54) y provocar secuelas de por vida en su padre Arnoldo, ex intendente de Santiago de Liniers, en un hecho registrado en mayo de 2020.
La orden de detención fue impartida por los magistrados del Tribunal Penal Uno de Eldorado, quienes hicieron lugar al pedido formulado por el fiscal Federico Rodríguez para abrir una investigación por falso testimonio contra el testigo Rubén Schoenfisch, hermano del sobreviviente que tiene el hecho y tío del único acusado.
El hombre fue el primero en declarar esta mañana, aunque en su comparecencia ante el tribunal se rectificó en varios puntos respecto al testimonio que había brindado en la etapa de investigación y que resultaban comprometedoras para el acusado.
Es que, en etapa de instrucción, Rubén Schoenfisch declaró que tres meses antes del hecho escuchó al acusado decir “cualquier día de estos mato al viejo de mierda ese”, en alusión a su padre Arnoldo, en tanto que también había señalado que horas después del ataque vio que Pablo vestía un pantalón con manchas de sangre.
Sin embargo, esta mañana desvirtuó esas declaraciones y afirmó que todo lo dicho en instancia previa formó parte de un “acuerdo” para “decir todo lo mismo” junto a un pariente.
“Eso lo dije, porque dijimos todo lo mismo, como dijo René Laidman, pero en ningún momento vi la mancha de sangre en el pantalón”, intentó aclarar Rubén, aunque el fiscal insistió con la lectura de más fragmentos de declaraciones anteriores donde efectivamente hacía referencia a la mancha de sangre.
“Le hice caso a René porque en ese momento de angustia y bronca, pasa de todo por la cabeza, pero en ningún momento vi la mancha en el pantalón”, reafirmó el testigo, visiblemente incómodo con la situación y las incisivas preguntas del fiscal.
Rubén también bajó el tono de las declaraciones que apuntaban una relación conflictiva y violenta entre el acusado y sus padres y hoy expresó: “Había discusiones sí se escuchaba, alteraciones. Eran por terrible, no sé. Estaba en la edad de la adolescencia, pero las discusiones eran entre Arnoldo y Tina”.
Rodríguez decidió frenar el interrogatorio. “Hay contradicciones significativas, está clavado el falso testimonio. Modificó de tal forma sus declaraciones que puede torcer el proceso. Solicito la inmediata detención y la remisión de las actuaciones al juzgado de instrucción en turno”, lanzó.
Tras varios cuartos intermedios para deliberar, finalmente el pedido fue acompañado por los jueces Adriana Andino, Atilio León y Javier Jourdan, quienes a su vez rechazaron planteos defensivos que buscaban impedir la detención del testigo.
Los abogados defensores Fabián De Sá y María Laura Alvarenga solicitaron que antes de decidir respecto al falso testimonio era necesario oír a otras dos personas mencionadas por Rubén Schoenfisch en sus declaraciones, pero el tribunal denegó esas convocatorias al considerar “falta de fundamentación”.

Al culminar las testimoniales de hoy Pablo Schoenfisch volvió a declarar para desmentir todas las acusaciones en su contra.
“En cualquier momento mato a papá y mamá”
La decisión, sin embargo, se conoció recién al final de la audiencia, minutos después de las 15, aunque previo a ello la audiencia continuó con la toma de más testimoniales, quienes ratificaron episodios de violencia y conflictos registrados entre el acusado y sus padres.
“Llevaban una relación mala, bastante conflictiva, con peleas y discusiones porque él no quería estudiar, ni hacer deberes de la casa. Ya le habían sacado el celular, el uso de los autos y del cuatriciclo”, recordó Rocío Slamotivs, pareja de Lucas Szumkoski, medio hermano del acusado, quien ayer declaró contra el imputado.
Otro testimonio revelador fue el de la empleada doméstica de la familia, Gladis Aquino, quien ante el tribunal recordó una vieja conservación que tuvo con el imputado poco antes del hecho: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.
Aquino también recordó cuando en una ocasión Pablo tumbó al piso a Antúnez de un empujón. En ese momento quebró en llanto: “Yo jamás haría lo que Pablo hizo. Ellos me trataban como su propia hija, nunca me trataron como una simple empleada. Todo lo que pasó me duele mucho”.
En último turno declaró Miguel Ángel Szumkoski, otro medio hermano del acusado y actual intendente de Santiago de Liniers.
El alcalde sostuvo que un día antes del crimen su madre había descubierto una extracción de 38.000 pesos de su cuenta bancaria y la faltante de su tarjeta, aunque no recordaba haber perdido el plástico. Lo que se sospecha es que ello también pudo haber sido obra del ahora acusado.
Miguel Ángel ratificó además lo que ayer contó su hermano Lucas, respecto a una conversación mantenida con Arnoldo Schoenfisch días después del hecho. “Estábamos discutiendo porque Lucas decía que Pablo no podía ser. Entonces empezamos a hablar sobre y Polaco (por Arnoldo) estaba sentando frente nuestro y ahí él le dice a Lucas: ‘No seas tan boludo, si a mi me metió un tiro a vos te va a liquidar’”.

Miguel Ángel Szumkoski coincidió con las declaraciones dadas por su hermano Lucas ayer.
“Todos mienten”
Al igual que lo ocurrido ayer, una vez que culminaron los testigos, el imputado pidió declarar por tercera vez, instancia donde insistió en su inocencia y se defendió de los señalamientos.
“Están todos mintiendo. Tenía discusiones sí, como cualquier padre e hijo, pero nunca llegué a eso. Vienen y dicen un montón de cosas de mí. Ahora puedo defenderme. Me acusan sin pruebas, solo verbalmente”, se plantó.
“Tampoco me hacía falta dinero, nunca necesité. Mi abuela, mi tía, mis padres siempre me brindaron todo. Me sacaron el teléfono sí, pero no el cuatri ni la camioneta.
El debate continuará el próximo jueves, aunque existe la posibilidad de que la audiencia se adelante al miércoles en caso de que la defensa logre conciliar su agenda ya que tienen otro debate programado.
Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.
Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida
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