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Padre e hijo van a juicio acusados de citar y matar a un hombre en El Soberbio

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El 31 de agosto comenzará en Oberá el juicio oral para esclarecer el crimen de Rodrigo Alvez (35), quien el 4 de octubre fue citado en una propiedad de El Soberbio y allí fue asesinado a tiros y machetazos. El caso tiene tres imputados, entre ellos un padre e hijo, ambos de nacionalidad brasileña y uno de ellos con antecedentes por homicidio en su país.

El debate se realizará en el Tribunal Penal Uno de Oberá, donde los imputados identificados como Luis André Konrath (37) y su padre Ronaldo Konrath (64) serán juzgados bajo la acusación de “homicidio triplemente agravado por alevosía, premeditación y uso de arma de fuego”, figura que prevé una pena de prisión perpetua.

En el banquillo también se sentará una joven de 19 años, aunque su acusación es menor y llega a debate en libertad e imputada por el delito de “encubrimiento agravado”.

El hecho que se ventilará en juicio se descubrió el 5 de octubre de 2019, cuando el cuerpo de Alvez fue hallado a un costado de la ruta costera 2, camino a los Saltos del Moconá y a unos 40 kilómetros del casco urbano de la localidad de El Soberbio.

Rodrigo Alves era carpintero, tenía 34 años y dos hijos.

La escena parecía dar cuenta de un accidente vial, pero todo cambió cuando los uniformados intervinientes observaron que el cuerpo presentaba signos de violencia en distintas partes, entre ellas un traumatismo que le produjo fractura de cráneo, heridas cortantes en el rostro y un disparo en la nuca.

A partir de ello, el caso comenzó a investigarse como homicidio y en menos cinco días los pesquisas llegaron hasta los sospechosos que el 31 de agosto se sentarán en el banquillo del Tribunal Penal Uno de Oberá.

Lo primero que realizaron los investigadores fue reconstruir las últimas horas de Alves. De esa manera establecieron que el día previo el hombre visitó a su ex pareja y a sus dos hijos, en tanto luego le pidió prestada una motocicleta Yamaha Cripton 110 a un amigo para ir a la casa de su madre en el paraje Capibara, también camino a los Saltos.

Sin embargo, Alves nunca llegó a la casa de su madre ni tampoco regresó a la hora que había pactado devolver la moto.

Los investigadores allí encontraron un vacío temporal y avanzaron sobre esa línea para atar cabos sueltos. El Whatsapp de él marcaba activo por última vez ese 4 de octubre a las 16.45.

Emboscada y crimen

Lo siguiente que se supo fue que Alves, en realidad de ir a lo de su madre, había pactado encontrarse con una muchacha en Colonia Paraíso, pero además de la mujer también terminó encontrando la muerte.

Es que cuando llegó al lugar para verse con la joven, fue sorprendido -según la investigación judicial- por Luis Konrath -pareja de la muchacha-, quien prácticamente no le dio oportunidad de defensa y lo asesinó de un disparo, a lo cual continuó agrediendo a machetazos y martillados junto a su padre.

De esta cronología de hechos se desprende la hipótesis de que en realidad habría sido el mismo Luis Konrath quien citó a la víctima en su vivienda y de esa forma le tendió una trampa.

Dos personas que en ese momento estaban en la vivienda faenando un vacuno habrían presenciado el hecho y fueron testigos clave para la investigación. Ellos, además, acusaron que fueron amenazados por el dueño de casa para que no contaran lo sucedido.

En los allanamientos incautaron un Chevrolet Corsa con manchas de sangre en el baúl.

Tras el asesinato, padre e hijo habrían cargado el cuerpo de la víctima en el baúl de un auto para llevarlo hasta el lugar donde finalmente fue descartado.

En el lugar donde presuntamente se concretó el crimen la Policía incautó una remera, una campera, un martillo tipo masa y dos machetes con manchas de sangre. También dieron con una escopeta calibre 40 milímetros y un Chevrolet Corsa en cuyo baúl también detectaron rastros de sangre.

En el caso intervino el Juzgado de Instrucción Tres de San Vicente, a cargo del magistrado Gerardo Casco. En la causa hubo un cuarto detenido, aunque luego fue desvinculado del hecho.

Antecedente

Luis Konrath registra un antecedente por homicidio en su país. Ocurrió en septiembre de 2015, cuando ultimó a puñaladas a otro hombre en Tiradentes do Sul, a 17 kilómetros de la frontera con El Soberbio.

Por ese hecho incluso fue condenado a la pena de diez años, aunque al momento del crimen de Alves ya gozaba de libertad condicional.

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Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa

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cerro azul

La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.

El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.

La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.

Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.

Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.

En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.

El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.

Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.

En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.

Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.

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Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato

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Cristaldo Tizato

El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.

La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.

La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.

Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.

Duda

Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.

El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt

ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente. 

Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.

“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.

Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.

En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.

Cobarde, traicionero y abusivo

Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.

A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.

¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.

“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.

 

Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.

Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.

“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.

Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.

El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.

Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.

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