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Ni con Patricia Méndez, ni con su abuela: beba fue entregada a familia adoptiva

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Ni con Patricia Méndez, ni con su abuela: beba fue entregada a familia adoptiva

Finalmente, y a pesar de la aparición de la abuela biológica de la niña, la Justicia avanzó con el proceso de adopción y esta mañana le quitó la guarda de la beba a Patricia Méndez, la posadeña que la semana pasada hizo público el caso que comenzó en enero, cuando acogió a una recién nacida en condiciones de vulnerabilidad y luego denunció las irregularidades del proceso. A partir de hoy, la pequeña estará a cargo de una familia adoptante.

El caso se hizo visible la semana pasada, pero en realidad comenzó a fines del año pasado, cuando a Méndez le propusieron hacerse cargo de manera provisoria de una bebé recién nacida cuya madre se encontraba en un contexto de extrema vulnerabilidad.

La posadeña, que es madre de otros tres hijos, contó que aceptó el ofrecimiento con la intención de ayudar y a sabiendas de que no se encontraba inscripta en ningún programa de acogimiento, ni de familia sustituta. La mujer denunció esa como la primera de otras de tantas irregularidades que advirtió en el proceso, que se extendió durante once meses, llegando ahora a una situación límite.

Méndez sostuvo que en todo ese tiempo ningún organismo atendió las necesidades de la niña ni tampoco realizó algún tipo de seguimiento, hasta que a partir de sus propios reclamos se reactivó el proceso de adopción, aunque para ese entonces la mujer ya había decidido en solicitar la guarda definitiva de la niña, lo que la Justicia desestimó.

Tras hacer pública la historia, el caso tuvo un contundente giro el fin de semana, cuando la abuela materna de la beba apareció reclamando la tenencia que, por derecho, le correspondía.

Según Méndez, la abuela biológica de la niña se enteró por los medios que tenía una nieta y de inmediato se puso en contacto con ella.

Allí la mujer le manifestó que no sabía que su hija había tenido una bebé y sostuvo que la Justicia misionera nunca la buscó para constatar si estaba en condiciones de hacerse cargo del cuidado o si bien debían iniciar un proceso de adopción para encontrarle un hogar a la menor que cuya guarda estaba en manos de Méndez.

La aparición de la abuela biológica cambió absolutamente todo, porque nosotros estábamos pidiendo una guarda considerando el estado de la salud de la menor, que se nos otorgue una guarda y la posibilidad de competir como adoptantes, teniendo en cuenta un montón de cosas que le presentamos al juez”, expresó Méndez a La Voz de Misiones, durante una transmisión en vivo realizada hoy en las escalinatas del Palacio de Justicia, donde se concretó la última audiencia y tuvo que entregar a la bebé que cuidó desde enero.

La posadeña también explicó que Blanca, abuela biológica, por medio de su abogada Valeria Perego, solicitó acceso al expediente que se tramita en el Juzgado de Familia Dos de Posadas, a cargo del magistrado Roberto Andersson Frank, para interiorizarse en el caso y hacerse cargo de la niña, pero no obtuvieron respuestas.

“Ella nunca fue contactada, es una persona que vive en Santa Inés (Garupá). Ante eso, se puso en contacto con una abogada y el lunes presentó un escrito donde pidió la nulidad del estado de adoptabilidad, la guarda, porque es su abuela y está en condiciones de cuidarla, y que además que se investigue el posible delito de sustracción de menores”, precisó Patricia.

Y, en esa línea, apuntó: “A partir de que ella hace la denuncia, esta gente que trabaja acá adentro -por el Palacio de Justicia- empezó a apresurar todos los instrumentos legales posibles para arrebatarnos a la menor, cosa que finalmente hicieron hoy, supuestamente en la tercera entrevista de vinculación”.

Blanquear el proceso

Visiblemente conmocionada por la situación, la mujer volvió a remarcar las irregularidades de los organismos del Estado que durante un año -asegura- no realizaron un seguimiento del caso e “hicieron abandono” de la menor.

Esta mañana, tanto Méndez como Blanca se presentaron en las oficias del juzgado interviniente y se despidieron de la niña. “Hoy se presentó la abuela con su abogada y no solo que no le dieron acceso al expediente original, sino que además le inventaron una causa nueva, para no vincularla al expediente. Estamos convencidos de que está lleno de irregularidades administrativas, informes que se inventaron y que por eso no lo quieren mostrar”, denunció la mujer.

Sobre la situación de la madre biológica de la beba, Méndez señaló que “jamás buscaron a su familia. Ella tiene siete hermanos y ninguno sabía que tenían una sobrina que acaba de ser entregada en adopción”.

Y lanzó: “Yo digo están entregando menores aparentemente de manera legal, donde los papeles dice que hizo todo legal, pero cuando vos mirás el procedimiento está todo inventado y para eso tenés que tener demasiada gente laburando con vos. Entonces estamos hablando de una red de tráfico de menores, donde acorralan a los pobres que no tienen recursos, traen los bebés, hacen los papeles y se los llevan al interior, porque está criatura se fue al interior”.

Aún conmocionada, Méndez recordó cómo fue el encuentro con la abuela de la niña, con quien comparten el deseo de su cuidado. “Nos reunimos y era un solo llanto. A mí me angustió mucho darme por enterada en ese momento que de verdad están cometiendo un delito y cuando ella me dice que está en condiciones y quiere a su nieta, yo en ningún momento me opuse. Al contrario, me puse a disposición de ella y de lo que la familia necesite para poder pelear por sus derechos, más que nada para blanquear el proceso, porque si la nena va a ir en adopción que estén los papeles legales”.

La abuela buscará recuperar a la niña

Por su parte, la abogada de la abuela, Valeria Perego, sostuvo: “Cuando ella se enteró por los medios que existía esta niña quería poder tener la guarda y cuidarla. Nosotros hicimos la presentación el lunes y hasta el día de hoy no tuvimos respuestas, en ese ínterin el juez decide darla en adopción”.

En ese punto, la letrada expuso: “Al juez le dijimos ‘usted no pudo frenar el procedimiento ante un hecho nuevo de suma gravedad para decir espero y veo qué resuelvo’. Lamentablemente él siguió el procedimiento como si nada, jamás se contactó a la familia de origen, es realmente grave lo que pasó”.

La abogada Perego confirmó a LVM que continuarán trabajando con la familia biológica de la niña para recuperar su guarda: “Yo todavía no estoy vinculada al expediente, el juez me dijo que algo va a salir el viernes, no sé qué es, y depende de eso, vamos a seguir hasta el final”.

Pese a los últimos acontecimientos que tuvo el caso, el proceso judicial de adopción avanzó este miércoles y la pequeña de un año fue entregada a una familia de Puerto Rico por orden del magistrado Andersson Frank.

“Vamos a seguir hasta las últimas consecuencias, así tengamos que llegar a los tribunales de la Nación, porque esto hay que denunciar, yo no puedo ser cómplice, vamos a agotar todas las instancias judiciales”, cerró Patricia Méndez en entrevista con LVM.

Posadeña pide la guarda definitiva de una beba que acogió en enero

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Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”

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La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.

En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.

Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.

Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.

La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.

En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.

Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.

Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.

En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.

La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.

A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.

El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos

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Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.

Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.

Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.

El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.

Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia. 

Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.

En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.

Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.

Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.

Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.

El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.

Juicio y versiones

Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.

La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.

La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.

Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.

En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.

Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.

Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.

Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida

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Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años

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El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.

Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.

Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22). 

Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.

El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

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Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.

Golpeado y estrangulado

El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.

Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.

La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.

En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.

Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.

Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.

El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.

Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo

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