Judiciales
Mirta Rosa: el crimen de una docente y dos policías enjuiciados 10 años después
Mirta Carmen Rosa tenía 47 años, era docente jubilada y padecía esquizofrenia. La siesta del 14 de febrero de 2013 llegó a una casa de Garupá pidiendo ayuda. Fue levantada en un patrullero y horas después apareció muerta, con un golpe en la cabeza, en un descampado de otro barrio.
Qué sucedió en el medio es una incógnita que persiste y hoy, más de diez años después, comenzó el juicio que busca esclarecer el hecho y que tiene a dos policías sentados en el banquillo de los acusados.
El debate oral comenzó esta mañana, minutos antes de las 9, en la sala de audiencias del Tribunal Penal Dos de Posadas, presidido por el magistrado Gregorio Busse e integrado por César Yaya y Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Tres, interviniente por subrogancia legal.
En el banquillo de los acusados, están Aldo Gabriel Aníbal Villalba (35) y Luis Albino Rotela (43), quienes ostentaban cargos como oficial y cabo de la Policía de Misiones, respectivamente, con cumplimiento de funciones en la comisaría Quinta de Garupá, dependiente de la Unidad Regional X.
En el inicio de la causa, dirigida en ese entonces por el magistrado Ricardo Balor, a cargo del Juzgado de Instrucción Seis, los dos uniformados fueron imputados por el delito de “homicidio agravado”.
No obstante, luego un largo trajinar de apelaciones y cambios de jueces a cargo de la pesquisa, la acusación contra ambos se redujo a “incumplimiento de los deberes de funcionario público, abandono de persona agravado por el resultado de muerte”. Además, a Villalba se le imputa de “falsificación ideológica de instrumento público”.
Bajo estas circunstancias, la causa fue elevada a juicio y ahora, más de diez años después, llegó el momento de ventilar el expediente en instancia de proceso oral y las audiencias se extenderían hasta el viernes de la semana próxima.
Los dos acusados, quienes actualmente trabajan como chef (Villalba) y remisero (Rotela), se abstuvieron de declarar hoy.

Los abogados José Luis Rey y Mónica Olivera, junto al imputado Aldo Villalba en el fondo.
Pedido de ayuda y aparición sin vida
La reconstrucción del hecho plasmada en el requerimiento de elevación de juicio formulado por la fiscal María Laura Álvarez (por subrogancia) consigna que todo comenzó el 14 de febrero de 2013 al mediodía, cuando la docente jubilada Mirta Rosa llegó desorientada y pidiendo agua a una casa ubicada en Santo Pipó y Alba Posse, de Garupá.
Allí fue recibida por una pareja, que tras brindarle una primera asistencia, llamó a la Policía. Así, apareció en escena un patrullero Chevrolet S-10 de la Comisaría Quinta, conducido por Rotela y encabezado por Villalba como oficial de servicio, quienes subieron a Rosa al móvil, aunque no lo asentaron en ningún informe.
Horas más tarde, el cadáver de la mujer apareció golpeado y sin vida en un descampado ubicado a pocos metros de la ruta nacional 12, en inmediaciones a una cancha en el acceso al barrio Los Potrillos, a casi 2 kilómetros de la vivienda de los vecinos donde llegó solicitando ayuda.
Qué sucedió en el medio es la gran incógnita. El hallazgo del cuerpo fue reportado por una joven del barrio y, en un primer momento, se especuló con una muerte natural, pero una vez que el cuerpo ingresó a la morgue todo cambió.
La autopsia estableció que Rosa murió por un traumatismo craneofacial asociado a un trauma de abdomen con estallido vesical. Además, los forenses observaron que el cadáver presentaba múltiples lesiones que no aparecían en las fotografías tomadas mientras el cuerpo permanecía en la escena. Cómo surgieron esas lesiones, otro misterio a develar.

El cuerpo sin vida de Rosa fue hallado el 14 de febrero de 2013 en un descampado.
“Nos han mentido durante muchos años”
Con todo este marco previo, el debate comenzó hoy y el representante del Ministerio Público Fiscal, Vladimir Glinka, sorprendió al exponer un alegato de apertura, instancia en la que narró brevemente lo sucedido y trazó los lineamientos generales sobre los cuales indagará para buscar las respuestas del caso y contrarrestar posibles estrategias defensivas.
En este punto, Glinka apuntó contra los policías imputados al cuestionar que ellos “investigaron su propio hecho”, ya que también actuaron en el hallazgo del cuerpo y sostuvo que “el comienzo de una investigación es un momento crucial y acá nos hemos perdido un montón de cosas”.
También estimó que las defensas, encabezadas por Mónica Olivera por Villalba y José Luis Rey por Rotela, podrían culpabilizar a la familia de Rosa por su estado de abandono o apuntar responsabilidades sobre efectivos de la Brigada de Investigaciones de la UR X.
“Se tiran un muerto entre ellos. Como sabían que la Brigada también estaba haciendo cagadas por la zona, tiraron todo ahí para echarle la culpa a ellos. Pero lo cierto es que ella (por Rosa) no murió porque se escapó de la casa, ni tampoco por la Brigada, murió por el accionar de los imputados. Nos han mentido durante muchos años”, anticipó Glinka sobre su postura.
A su turno, la abogada Olivera también tomó la palabra y defendió a su cliente sobre las acusaciones iniciales del fiscal.
“La investigación no es voluntaria, tiene una persona que la dirige, hay un comisario que ordena y ellos cumplen un deber”, sostuvo y agregó que “ni Villalba, ni Rotela son psiquiatras. No sabían del estado de la mujer. La dejaron por decisión de la propia Mirta Rosa, sino la hubiesen llevado a un hospital o a una celda”.

El forense Carlos Wolhein y el fiscal Vladimir Glinka observando y comparando imágenes del caso.
Cuerpo maltratado
Superada esta etapa, finalmente el tribunal abrió la ronda de testigos, entre los cuales se destacó el médico forense Carlos Wolhein, quien durante una hora brindó detalles de la autopsia, apoyado en la exhibición de fotografías tomadas al cuerpo al momento de su ingreso a la morgue.
El profesional indicó que la operación parecía simple debido a los primeros datos suministrados por los investigadores, pero luego “la autopsia pasó de baja a alta complejidad”.
“El caso se nos presentó como un caso clínico, de muerte natural, pero el cuerpo tenía muchas lesiones, en las manos, en los pies. El cuerpo estaba muy maltratado”, apuntó.
A partir de ahí, detalló de qué manera encontró el cuerpo, exhibiendo fotos de cada de una de las lesiones detectadas, las cuales a su vez eran contrastadas por el fiscal Glinka, que en paralelo mostraba las imágenes tomadas en la escena del hecho, donde el cadáver no tenía las mismas marcas.
Wolhein explicó que, además de la lesión craneofacial, el cuerpo de Rosa también presentaba desprendimientos de piel en zonas de muñecas y codos, y “piedritas” incrustadas en los talones, lesiones y marcas que fueron producidas post-mortem, es decir, cuando la víctima ya no tenía signos vitales.
Sobre la causa de muerte, indicó que se trató de “un trauma craneofacil asociado a una ruptura vesical”, aunque aclaró que “la rotura vesical no es una lesión letal” y que “no hay forma de saber cuál lesión fue primera”.
Respecto al mismo punto, declaró también, aunque minutos antes, el forense de larga trayectoria Juan Antonio Galuppo, quien sostuvo que la ruptura de vejiga se debió a “un trauma con signos de vitalidad, es decir, producido en vida” y estimó que, tras esa lesión, Rosa tuvo “un tiempo de supervivencia de tres horas”.
La última en declarar, en tanto, fue Norma Piris, que al momento del hecho se desempeñaba como médica policial y examinó el cuerpo en la escena de su hallazgo.
La doctora recordó que ese día “había mucho sol y hacía mucho calor” y, tras la consulta de la defensa, especuló que ello pudo haber incidido en las lesiones de desprendimiento de piel al momento de la manipulación del cuerpo para su levantamiento, aunque ante la insistencia del fiscal Glinka para saber quiénes fueron los encargados de esa maniobra, afirmó no recordar.
Culminada su palabra, Glinka pidió que dos bomberos que participaron del levantamiento del cuerpo y posterior traslado, como así también un empleado de la morgue que recibió el cadáver, sean citados a declarar. “Hay que saber qué pasó en medio de todo esto”, argumentó.
El debate continuará mañana, a partir de las 8.30, con la declaración de al menos seis testigos más, entre los cuales aún quedan peritos por narrar sus actuaciones.
Judiciales
Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años
El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.
Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.
Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.
Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22).
Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.
En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.
El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.
Golpeado y estrangulado
El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.
Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.
La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.
En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.
Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.
Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.
El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.
Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
Judiciales
La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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