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Justicia embarga a misionero que fabricaba causas de lesa humanidad

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La Justicia Federal resolvió el embargo y la inhibición del misionero Adrián Martínez Moreira, acusado de liderar una banda que estafaba al Estado con el cobro de las reparaciones para víctimas y familiares de la última dictadura.

La resolución se cumplió luego de la Secretaría de Derechos Humanos, a cargo del ex juez Alberto Baños, se involucrara en la causa contra el misionero señalado por fabricar causas de lesa humanidad para el cobro de las indemnizaciones.

La cartera de Baños está bajo la órbita del Ministerio de Justicia que conduce Mariano Cúneo Libarona, quien en abril pasado, al hablar sobre la lluvia de amparos por reparaciones reclamadas por víctimas de la dictadura, excusó la mora en una supuesta auditoría a una asociación ilícita que se dedicaba a tratar de cobrar dinero del Estado con denuncias fraudulentas.

El ministro se refería a la causa contra Martínez Moreira y la alusión le valió una felicitación de la vicepresidenta Victoria Villarruel, porque hay que “auditar el curro de los derechos humanos”.

Sin embargo, el intento de estafa del misionero no fue descubierto ni denunciado por La Libertad Avanza (LLA), ya que las primeras denuncias datan de 2014 y fueron presentadas por dirigentes de derechos humanos.

Incluso, el antecesor de Baños en Derechos Humanos, Horacio Pietragalla Corti, recopiló casos e impulsó la causa como querellante.

Embargo

Según comentó  a La Voz de Misiones el abogado Javier Garín, víctima y uno de los primeros en denunciar a Martínez Moreira, desde el equipo jurídico de la Secretaría de Baños se pidió a la justicia que cumpla con el embargo y la inhibición de los acusados.

El juzgado ordenó un embargo y no lo cumplió, nos enteramos ahora”, afirmó Garín a LVM y agregó: “Ahora, lo tuvo que hacer”.

El misionero Martínez Moreira está procesado junto un abogado identificado como Omar García, y dos mujeres identificadas como Leticia G. y Nicole Carolina G.

La causa, está a cargo de la jueza federal, María Eugenia Capuchetti, quien investiga a Moreira como líder de una organización criminal que, según la investigación, comenzó a operar en 2013 a través de una organización llamada “Comisión Nacional y Popular de Leyes Reparatorias”, con la que contactaba con víctimas y familiares del terrorismo de Estado y ofrecía representarlos en gestiones y demandas por sus indemnizaciones.

Martínez Moreira, se presentaba como hijo de detenidos desaparecidos, y decía, además, ser abogado y sociólogo graduado en la Universidad de Buenos Aires (UBA).

Nada de esto era cierto.

El fabulador

Valiéndose de las redes sociales, Martínez Moreira se construyó un relato a la medida de los planes y actividades del grupo ahora procesado por la justicia federal.

Decía ser hijo del paraguayo Adrián Martín Martínez, militante comunista desde su juventud, y la misionera María Santa Moreira, secuestrados el 8 de noviembre de 1988, en la casa del barrio Herrera, de Asunción, donde vivían.

Martínez Moreira afirmaba que en la capital paraguaya, con dos años de edad, fue entregado a un militar argentino que lo anotó como Matías Ezequiel López.

En su relato, el misionero aseguraba que sus padres desaparecidos habían sido miembros del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), de Enrique Gorriarán Merlo, y que inclusive habían participado del atentado contra el dictador nicaragüense Anastasio Somoza, en Asunción, en 1980.

En su historia, Martínez Moreira cita nombres de supuestos tíos y primos desaparecidos en Paraguay, y cuenta que, a los siete años, en 1993, fue localizado por su abuela materna, Leontina Delart de Moreira.

Habla de un exilio de sus padres en Brasil, de un divorcio en 1984; de una relación de su madre con un militante del MIR chileno, con quien tuvo una niña que bautizaron María Luz; del reencuentro de la pareja en Jardín América, donde su madre lo da a luz en 1986; y describe espeluznantes pesadillas infantiles, en que vuelve una y otra vez a un mismo basural.

Garín denunció a Martínez Moreira por la falsificación de su firma y el uso de su matrícula profesional en el patrocinio de causas de víctimas de lesa humanidad que desconocía.

Garín radicó una denuncia ante la Fiscalía 43, Juzgado de Instrucción Criminal y Correccional 22 de Caba. El abogado identificó unas 50 causas iniciadas con su número de CUIT ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

La justicia ordenó el allanamiento del domicilio del misionero en la ciudad de Buenos Aires, donde encontró toda la evidencia que sirvió a la jueza Capuchetti para ordenar el procesamiento de Martínez Moreira y sus cómplices.

La justicia constató también denuncias falsas de Martínez Moreira contra periodistas, magistrados, funcionarios de la secretaría de derechos humanos,  sobrevivientes del terrorismo de estado, organismos, familiares, hijos de desaparecidos que habían descubierto el funcionamiento de la banda y habían alertado a las autoridades o la justicia.

La historia que Martínez Moreira relataba con verdaderos dotes actorales, estremeció. Diarios y canales de televisión le dedicaron sendos reportajes y entrevistas. Página/12 llegó a dedicarle la tapa del suplemento Soy, que aborda la temática LGTBQ+, por el relato de abusos con que el misionero engordó su personaje de hijo de la “generación diezmada”.

Nombre real

El misionero fue investigado por la Procuración General de la Nación (PGN), que determinó que no es hijo de desaparecidos y que toda su historia es falsa.

Según la PGN, su nombre real es Ovidio Martínez, nacido el 30 de abril de 1993 en el hospital de Jardín América, hijo de Santa Moreira y Emilio Martínez, domiciliados en Puerto Leoni, quienes lo entregaron con fines adoptivos en la Defensoría Oficial de Puerto Rico.

Su nueva familia lo inscribió en el Renaper como Matías Ezequiel López, a partir de una sentencia judicial de adopción plena.

En 2013, con documentación apócrifa, pruebas falsas de ADN, y una retórica estremecedora, Matías Ezequiel López, de 20 años, consiguió que la justicia le reconociera su nueva identidad.

Así nació el personaje de Adrián Martínez Moreira. Más tarde agregaría “de Zanotti” a su apellido, en referencia a Pablo Zanotti, una de las víctimas de la tragedia ferroviaria de Once, en febrero de 2012, con quien el misionero aseguraba estar casado legalmente, lo que fue siempre desmentido por la familia del hombre.

Martínez Moreira visitó la tierra colorada en varias ocasiones. La primera vez fue el 16 de septiembre de 2013, en un taller debate que se realizó en el aula magna de la Facultad de Humanidades de la Unam, sobre la calle San Lorenzo, en Posadas.

En 2014, en otro viaje a Misiones, el falso hijo de desparecidos retiró de la oficina del Renaper de Posadas, la nueva partida de nacimiento ordenada por la Cámara Federal de Apelaciones, con la que finalmente consiguió su primer ejemplar de DNI como Adrián Martínez Moreira, el 5 de noviembre de ese año.

Desde entonces, según la base de datos del organismo estatal, renovó su DNI cinco veces, y ahora va por el ejemplar F, con fecha de emisión el 20 de abril de 2022.

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Comenzó el juicio oral contra los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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Vestidos de guardapolvo, los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez se sentaron esta mañana en el banquillo de los acusados y comenzaron a ser juzgados por los delitos presuntamente cometidos durante el acampe y la protesta salarial realizada el año pasado en Posadas.

Los dirigentes sindicales están imputados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”.

Los docentes ingresaron al debate a las 8.30, acompañados por un grupo de trabajadores, gremialistas, referentes políticos y militantes sociales que prestan su apoyo.

Antes del inicio, ambos acusados ratificaron la decisión de rechazar la probation propuesta por la fiscal María Laura Álvarez.

El debate está a cargo del tribunal unipersonal presidido por la registrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas.

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Gurina y Sánchez rechazaron una probation y este martes arranca el juicio

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mónica gurina y leandro sánchez

Los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez rechazaron una probation propuesta por la fiscalía y en consecuencia mañana iniciará tal como estaba previsto el juicio oral contra ambos dirigentes sindicales acusados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, cometidos durante las protestas salariales del año pasado en Posadas.

El inicio del debate oral está pautado para las 8 y el proceso se realizará en el SUM del Palacio de Justicia, escenario designado tras un pedido de la defensa para garantizar un mayor número de aforo.

Los docentes contarán con la defensa del letrado Eduardo Paredes y María Laura Alvarenga, mientras que la fiscalía estará representada por María Laura Álvarez, en tanto que el tribunal unipersonal encargado de impartir justicia estará presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas.

Fuentes consultadas por La Voz de Misiones señalaron que el jueves pasado la fiscal Álvarez elevó una propuesta de suspensión de juicio a prueba, más conocido como probation, donde ofrecía la realización de tareas comunitarias como alternativa para resolución del conflicto.

La medida no implicaba el reconocimiento de ningún delito ni contaba como condena, pero los imputados decidieron rechazar la propuesta y enfrentar las acusaciones en debate oral, donde las posibilidades se reducen a un fallo condenatorio o a una absolución.

Esto no es una cuestión criminalizable, independientemente de que se haga este juicio, que me parece una torpeza. Aunque sean condenados ellos van a pelear hasta donde sea”, precisó Paredes a LVM.

Y argumentó que “esta una cuestión gremial, en el ámbito, en el contexto, de una licuación de salarios del año pasado, y por otra parte es asambleario, es decir, es una asamblea la que decide (las medidas de protesta), no ellos. Esto no es una brigada militar donde solo Gurina y Sánchez, deciden. Ellos son voceros, son los que llevan la voz de la asamblea”.

De esta manera, Gurina y Sánchez se sentarán mañana en el banquillo de los acusados. Primero oirán el auto de elevación a juicio del expediente formulado por la fiscal de Instrucción Siete Patricia Clerici y una vez abierto el debate tendrán la oportunidad de declarar.

Posteriormente se dará inicio a las testimoniales, etapa que se extenderá durante al menos una jornada más hasta la instancia de alegatos finales previo al dictado de sentencia.

Acompañamiento y defensa

Bajo el lema “la lucha por el salario no es delito”, gremios docentes, sindicatos, organizaciones de derechos humanos y agrupaciones políticas se convocaron para acompañar mañana a los enjuiciados desde las escalinatas del Palacio de Justicia, ubicado sobre avenida Santa Catalina de Posadas.

“La exigencia de absolución para Mónica y Leandro es un eje de acción que está presentes en todas las acciones llevadas adelante por el Frente de Trabajadores de la Educación en Lucha, conformado por un conjunto de organizaciones que nuclean a docentes en la provincia. También la Mesa de Unidad, que suma al MPL, sectores autoconvocados y algunas seccionales de ATE Misiones, han persistido en incorporar esa demanda a sus reclamos”, señalaron.

Los trabajadores de la educación fueron procesados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, delitos que presuntamente fueron cometidos en el marco del acampe docente realizado a mediados de 2024 sobre la avenida Uruguay para reclamar mejoras salariales.

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Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko

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El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.

En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.

“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.

“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.

Temerarias

El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.

Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.

El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.

Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.

“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.

Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.

“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.

Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.

“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.

Amonestación

Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.

A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.

DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)
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