Judiciales
Joven misionera recibió una reparación económica por ser víctima de trata
Una misionera que en 2012 fue captada, golpeada y explotada sexualmente en un prostíbulo de la provincia de Santiago del Estero es la primera joven en recibir una compensación económica por parte del Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de Personas, creado en 2021 por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
La reparación económica se concretó el 26 de julio a través del pago 1.280.394 pesos, ejecutado a través de la Unidad Ejecutiva del Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de Personas.
Según consignaron a través de la web oficial del Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Nación, es la primera vez que se logra una indemnización pecuniaria en concepto de reparación integral del daño mediante este fondo creado en 2021.
La damnificada se trata de una chica oriunda de Colonia Oasis que en 2012 fue engañada a través de una falsa oferta laboral y llevada hasta la ciudad de La Banda, en Santiago del Estero, donde terminó siendo golpeada y explotada sexualmente en un prostíbulo llamado “Negro el 20”.
Tras ser rescatada, se inició una causa federal que en agosto de 2014 llegó a juicio y acabó con tres personas condenadas a penas de entre cinco y tres años de prisión.
Los condenados fueron José Luis Luna -principal acusado-, Samuel Emiliano Calderón y Calos Horacio Cancino Franco. Los tres fueron señalados como los responsables de capturar, trasladar y explotar sexualmente a la joven misionero durante enero de 2012.
En el juicio se comprobó que los imputados se aprovecharon de la situación de vulnerabilidad de la víctima y, mediante intimidaciones, humillaciones y amenazas, la mantuvieron privada de su libertad y la golpearon en distintas partes del cuerpo.
Durante el proceso, la víctima declaró en Cámara Gesell y su testimonio fue considerado clave. La muchacha relató que una vez que llegó al prostíbulo “no la dejaban ni ver el sol” y que la controlaban todo el tiempo.
También agregó que fue violada cuatro o cinco veces entre cuatro personas del lugar que le decían que era “para que aprendiera porque ella estaba ahí para obedecer”.
El prostíbulo “Negro el 20” funcionaba hacía más de 30 años y que era conocido en toda la provincia.
Fallo histórico
El fallo fue considerado histórico en esa ocasión, ya que fue la primera causa por trata de personas en culminar con una sentencia condenatoria en Santiago del Estero. Ahora el caso vuelve a ser historia, dado que la víctima de este hecho es la primera joven en recibir una reparación económica en el marco del fondo de asistencia para damnificadas por esta clase de delitos a nivel país.
Según explicaron en Fiscales.gob.ar, al momento de dictar sentencia en 2014, el Tribunal no dio lugar al pedido de decomisar el inmueble donde funcionaba el prostíbulo con el objetivo de reparar a la víctima.
A partir de ello, en el caso intervino la Dirección General de Recupero de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB) de la Procuración General de la Nación, organismo que apeló la medida y en 2015 la Cámara Federal de Casación Penal de Santiago del Estero dispuso que el expediente sea remitido al Tribunal para el dictado de un nuevo pronunciamiento.
De esta manera, en octubre de 2016, el mismo Tribunal, pero con una nueva conformación, resolvió destinar el inmueble para la asistencia directa de la víctima, aunque para que ello se efectivice aún restaba un largo camino.

El predio del prostíbulo fue decomisado en 2016. El terreno tiene 1.240 metros cuadrados y fue llevado a subasta, pero no hubo ofertas.
En diciembre de ese año se inició el trámite de ejecución del decomiso del prostíbulo y para ello se propuso el inicio de una subasta pública del terreno de 1.240 metros cuadrados valuado en 26,4 millones de pesos.
Sin embargo, el tiempo transcurrió y no se presentaron ofertas, por lo que en mayo de 2022 el MPF solicitó al Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de personas que arbitren los medios necesarios para hacer efectiva la reparación económica en favor de la víctima por un monto propuesto por la Fiscalía junto a la Dirección de Recupero de Activos y la Protex.
Fondo de asistencia
El Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de Personas funciona desde octubre de 2021 a partir de la firma de un contrato de fideicomiso realizado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE).
“El fideicomiso tiene como objetivo la efectivización de las restituciones y reparaciones económicas que correspondan a las víctimas como medida destinada a reponer las cosas al estado anterior a la comisión del delito. El referido Fondo fue dispuesto por la Ley 26.842 que incorporó el actual artículo 27 de la Ley 26.364 de “Prevención y Sanción de la Trata de Personas”. En 2019, la Ley 27.508, creó el fondo de Asistencia a las víctimas de trata, lo que fue reglamentado por el decreto 844/19″, consigna el portal del MPF.
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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