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Impugnan a candidata a jueza de Wanda denunciada por allanamiento ilegal y hurto

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La Comisión de Poderes, Peticiones, Reglamento, Acuerdos y Biblioteca de la Cámara de Representantes rechazó en las últimas horas la impugnación presentada por un vecino de la localidad de San Antonio, contra la candidatura a jueza de Paz de Wanda, de la abogada Yngridt Isabel Radke.

La presentación está firmada por Rogelio Aníbal Medera, un comerciante que, en 2020, denunció a la ahora aspirante a magistrada ante la Fiscalía de Instrucción Uno de Eldorado por “hurto agravado, allanamiento ilegal y falsificación de instrumento público”.

En el expediente, también se encuentra imputado el secretario del Juzgado de Paz de San Antonio, Sebastián Alterio Samudio.

En su argumentación, el denunciante aseguró que Yngridt Isabel Radke, quien desde septiembre de 2021 es secretaria del juzgado que aspira a conducir, omitió deliberadamente “mencionar o denunciar ante el Consejo de la Magistratura la existencia de esta causa; no lo hizo en el momento en que se presentó al concurso ni en oportunidad de tener la entrevista personal”, lo cual “hubiera sido un escollo en su postulación a jueza”.

La abogada fue seleccionada para ocupar el cargo de jueza de primera instancia de la Tercera Circunscripción Judicial, a través del Concurso N° 255/2023 del Consejo de la Magistratura, tras lo cual el Poder Ejecutivo remitió la propuesta a la Cámara de Representantes y fijó una audiencia pública para el próximo 24 de julio.

Tras la publicación en el Boletín Oficial, el día 15 de junio, se procedió a la apertura del período de impugnaciones, el cual consiste en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente.

Fue así que, tras el feriado extralargo, Rogelio Medera se presentó el último sábado 24 ante la Comisión de Poderes, presidida por la diputada Rita Núñez, y dejó asentada su impugnación “en legal tiempo y forma”, según consta en el documento legislativo que rechazó la petición, al cual accedió La Voz de Misiones.

Para sostener su oposición al tratamiento del pliego de la doctora Yngridt Isabel Radke, el denunciante ofreció como prueba instrumental la denuncia penal, así como una nota, fechada el 10 de noviembre de 2021, en la que dejó asentado ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) que tanto Radke como Samudio estaban imputados en el expediente N° 124373/2020, que se tramita en el Juzgado de Instrucción de Eldorado, a cargo de Roberto Saldaña.

“Improcedente”

Por su parte, los legisladores de la comisión solicitaron un informe al Consejo de la Magistratura, de lo cual resultó que, en la declaración jurada presentada por la doctora Radke, “la postulante en cuestión en ningún momento omite poner en conocimiento la causa judicial”.

En diálogo con La Voz de Misiones, la presidenta de la Comisión de Poderes y miembro del Consejo de la Magistratura, Rita Núñez, precisó que “se rechazó la impugnación por improcedente, debido a que el argumento del vecino es que la candidata no puso en conocimiento una denuncia en su contra”.

No obstante, “consta en todos lados, con documentación, que sí lo puso en conocimiento”, indicó la diputada y continuó: “De hecho, en la audiencia personal en la que la doctora Radke expuso ante los miembros del Consejo de la Magistratura, se le preguntó por la causa”.

En este sentido, Núñez explicó que “al ser una causa penal, está sujeta al principio de inocencia, hasta que no haya una sentencia, está en curso y rige este principio”.

“Estuve presente en la audiencia de la postulante, se desarrolló con normalidad, se realizaron las preguntas del caso que ella respondió y se continuó con el proceso”, expuso la legisladora oficialista.

“El proceso es muy transparente y se ha logrado después de mucho trabajo y del cual nos sentimos muy orgullosos”, dijo la parlamentaria y agregó: “La ciudadanía puede tener la tranquilidad de que se trabaja con mucha seriedad”.

Asimismo, la funcionaria contó que, en el caso de la aspirante a jueza de Paz de Wanda, “el examen y la audiencia fueron normales y como miembros del Consejo quedamos muy conformes con la exposición y en cómo se manifestó en el proceso”.

“Lamentamos que exista una impugnación, pero se hizo la evaluación jurídica y no es una evaluación caprichosa, trabajamos con todos los asesores de la Cámara de Representantes para que también el proceso ahí sea transparente, así que estamos muy tranquilos con las decisiones que fuimos tomando en este caso”, concluyó.

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“Allanamiento ilegal, hurto y falsificación”

Cerrado el capítulo de su pedido de impugnación, el denunciante Rogelio Aníbal Medera, quien actualmente reside en San Ignacio, se entrevistó con LVM y dio detalles de sus señalamientos hacia Yngridt Isabel Radke.

Según comentó, todo comenzó en noviembre del 2020, luego de que comprara una propiedad y un fondo de comercio a la exesposa del primo de la ahora aspirante a jueza.

“Yo hice el negocio en julio y el mes anterior la señora se había divorciado, pero esa propiedad no entró en la división de bienes, era de la señora”, dijo Medera y añadió: “La propiedad no tiene titular, es tierra fiscal, y yo tengo un permiso de titularidad del negocio y todos los servicios a mi nombre”.

Fue así que, tras un oficio enviado por la jueza de Familia de Eldorado, Corina Jones, “para que la jueza de Paz de San Antonio fuera a mi local e hiciera un inventario y embargara el 50%”, en su lugar “se presentaron la doctora Radke y Samudio, el secretario del juzgado, que usurpó las funciones de juez y tampoco tenía la autorización para hacerlo”, sostuvo Medera.

Además, indicó que, tras hacerse pasar por funcionarios judiciales, aprovecharon la situación y “me hicieron un allanamiento ilegal con cinco policías y me robaron un maletín con documentación, como el boleto de compra-venta de la propiedad, y además 125.000 pesos con los que le iba a pagar a un proveedor por una carga de vinos”.

Tras ese hecho, “me enteré que ella no era la jueza”, por lo cual decidió denunciar a ambos ante la Justicia.

Hasta el momento, y tras una suma de recursos por parte de la querella encarada por Medera, la causa no presenta avances de consideración y actualmente se tramita bajo las órdenes del magistrado Juan José Antonio Palacio, del Juzgado Civil y Comercial 1 de Eldorado.

Previamente, y luego de ser denunciado por el querellante, el juez de Eldorado Roberto Saldaña se apartó y el expediente recayó en el juez de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, Martín Brites, quien, a su vez, se inhibió debido a que mantiene una relación de “íntima amistad” con la imputada, según señaló en su escrito.

“Es una vergüenza, la hermana del juez, Laura Brites, es la defensora de la doctora Radke en esta causa”, lanzó Medera en ese sentido, “voy a hacer una ampliación de denuncia y pedir que la causa pase a un juez penal”, anunció.

Abogacía, militancia y amistad

Yngridt Isabel Radke es una abogada de 36 años oriunda de la localidad de Wanda, quien se encuentra matriculada en el Colegio de Abogados de Misiones desde 2013, mientras que, desde septiembre de 2021, está en calidad de suspendida por incompatibilidad, al asumir como secretaria del Juzgado de Paz de Wanda.

En sus redes sociales, la letrada se muestra en constante militancia política, sobre todo en articulación con la jefa de la Agencia Territorial Posadas del Ministerio de Trabajo de la Nación, Verónica Derna, con quien además mantiene una amistad.

También tiene una relación personal cercana con la diputada provincial y actual candidata a diputada nacional, Adriana Bezus.

A las tres se las puede ver no sólo recorriendo localidades en campaña y realizando distintas actividades sociales, sino también compartiendo mates y cenas en la Costanera de Posadas.

Además, en sus publicaciones y contactos en las redes, deja entrever relaciones con distintos referentes, tal como la actual intendenta de Wanda, Romina Faccio.

En el plano privado, Radke fue socia mayoritaria y fundadora de la empresa Indelec SRL, dedicada al rubro de artículos para el hogar, de la cual se desvinculó en 2018.

Además, tiene su estudio de abogacía en la localidad de Puerto Esperanza.

En el año 2013, estuvo en la mira de Cotrum, la expresión misionera del Movimiento Nacional Campesino Indígena-Vía Campesina (MNCI-VC), quien la señaló como responsable del intento de desalojo de 13 familias de campesinos del paraje Cabure-í, en Comandante Andresito.

“Fuimos sorprendidos por una demanda, en la que se nos acusan de ser intrusos de nuestras tierras. Quien pretende despojarnos es Radke, Yngridt Isabel, de la localidad de Puerto Esperanza. Ella, sus familiares o empleados son absolutamente desconocidos para nosotros”, denunciaron en aquel momento.

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Imputaron por homicidio al médico que apuñaló a un gitano en Oberá

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La Justicia imputó por “homicidio” al médico Ernesto Omar Ramp (55), ex director del hospital de Aristóbulo del Valle, detenido desde el 26 de diciembre por apuñalar durante una pelea a un gitano cuyo fallecimiento se produjo cinco días después.

El profesional de la salud fue trasladado hoy hacia el Juzgado de Instrucción Dos de Oberá, a cargo del magistrado Horacio Alarcón, donde fue notificado del agravamiento de la acusación en su contra y posteriormente volvió a ser trasladado a una celda de la comisaría Segunda, donde permanece privado de su libertad.

Con el cambio de carátula, la situación de Ramp se ve más que comprometida, dado que la imputación por homicidio prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión en caso de ser declarado culpable en un futuro debate oral.

Pelea y muerte

El hecho de violencia se registró el pasado 26 de diciembre, sobre calle Apóstoles Norte al 158, en Oberá, donde Ramp llegó para reclamar una deuda y mantuvo una discusión con Marco y dos de sus hijos, conflicto que acabó con la víctima trasladado de urgencia al hospital Samic, desde donde fue derivado a Posadas debido a su complejo cuadro de salud.

Según detallaron las fuentes, la herida le ocasionó a Marco perforación de pulmón y a pesar de los esfuerzos médicos perdió la vida en la mañana del 31 de diciembre, mientras seguía hospitalizado en Posadas.

Tras el hecho, en redes sociales se registraron múltiples comentarios a favor de Ramp, donde además aseguran que la versión del detenido apunta que él fue atacado en primera instancia y las agresiones se dieron en un acto de defensa.

En paralelo, allegados al médico también iniciaron una junta de firmas para solicitar la liberación del médico que en 2023 fue candidato a intendente de Aristóbulo del Valle.

Murió el gitano apuñalado durante una discusión con el médico Ernesto Ramp

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Grooming en Garupá: el padre de una las niñas se constituyó como querellante

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El padre de una de las niñas que escapó del hogar Papa Francisco de Garupá y terminó cautiva en una fábrica abandonada se constituyó como querellante particular en la causa que investiga por grooming y otros delitos a cuatro sospechosos, entre ellos un efectivo de la Policía misionera.

El requerimiento formal fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas y la solicitud fue aceptada por el magistrado Fernando Verón, en carácter subrogante legal de dicha dependencia judicial.

De esta manera, el padre de una de las víctimas, a través del abogado Roberto Oscar Oudin como querellante, podrá ser parte activa del proceso, participando de las audiencias, ofreciendo pruebas, solicitando medidas y emitiendo opinión en planteos defensivos y/o resoluciones del magistrado interviniente.

La causa continúa en trámite y tiene cuatro sospechosos imputados por “grooming”, aunque hasta el momento no se dictó prisión preventiva para ninguno. Ellos son Pedro G. (37), Eugenio A. (63), Samuel N. (63) y el policía Cristian Rolando M.(38).

Inicialmente hubo otros detenidos, el gomero Matías C. (19) y otro policía identificado como Mario Enrique M. (48), aunque ambos fueron excarcelados y aunque continúan supeditados a la causa sus respectivas defensas avanzan en los pedidos de sobreseimiento.

La hipótesis del caso es que una de las niñas del hogar Papa Francisco fue contactada por Instagram por un adulto que se hizo pasar por menor de edad y la convenció de escaparse para ir a dormir a otro lugar.

La invitación se extendió hacia otra menor, quienes finalmente lograron fugarse del hogar a pesar de la custodia y de esa forma cayeron en la trampa que, se presume, tenía fines de abuso y explotación sexual en el predio abandonado y sórdido descubierto ese 14 de octubre pasado.

Las pistas condujeron la pesquisa hacia el predio de la ex firma Envasadora Misionera en Ñu Porá, arrestaron a tres de los sospechosos y también encontraron a la niña que estaba desaparecida.

La menor estaba semidormida -se investiga si era producto de algún somnífero o estupefaciente- sobre una cama, tapada con una manta y en compañía de uno de los implicados, describieron las fuentes consultadas en su momento.

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Piden jury contra la jueza que condenó a Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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El diputado provincial del Partido Agrario y Social (PAyS), Cristian Castro, presentó este viernes un pedido de jury contra la jueza en lo Correccional y de Menores N° 1, Marcela Alejandra Leiva, por la condena a prisión en suspenso para los sindicalistas docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez por desobediencia judicial y entorpecimiento del transporte, durante el acampe docente de 2024 que bloqueó la avenida Uruguay, de Posadas.

En la nota dirigida a la presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Misiones, Rosanna Venchiarutti Sartori, Castro esgrime el artículo 7 de la Ley VIII Nº 5 y denuncia a Leiva por “mal desempeño en sus funciones”, “ignorancia inexcusable del derecho” y “arbitrariedad manifiesta”.

En el tercer punto del escrito, el diputado del PAyS solicita que se admita formalmente su denuncia, conforme lo establecido en el artículo 158 de la Constitución provincial, que establece que cualquier habitante puede acusar a magistrados ante el Jurado de Enjuiciamiento; y pide que “se disponga la apertura del procedimiento”, “se notifique a la magistrada denunciada”, “se sustancie el proceso conforme a la normativa vigente”, y “se dicte, al finalizar el proceso, la destitución de la magistrada denunciada”.

Al cierre de esta nota, el legislador agrario comentó a LVM que pasado el mediodía recibió una comunicación de la oficina de Venchiarutti Sartori para que comparezca personalmente el martes 23 próximo, a las 9:00 horas, a ratificar la denuncia contra Leiva, en el quinto piso del Palacio de Justicia.

Irregularidades

Según señala el diputado del PAyS, la actuación de Leiva en la causa contra Gurina y Sánchez “presenta un conjunto de irregularidades graves que justifican su análisis por parte del Jurado de Enjuiciamiento”.

Castro le achaca a la jueza en su nota, “deficiencias en la valoración de la prueba”, “valoración fragmentaria”, “omisión selectiva del material probatorio de elementos favorables a la defensa”, “utilización de presunciones no autorizadas por la sana crítica racional”, “falta de imparcialidad funcional” y “afectación del principio de inocencia”.

“Existen elementos del proceso que permiten sostener, prima facie, la existencia de un sesgo en la conducción del proceso, orientado hacia la convalidación de hipótesis acusatorias sin debida revisión crítica”, asegura.

“Se advierten razonamientos incompatibles con los estándares constitucionales de certeza que deben de regir toda sentencia condenatoria”, sostiene el legislador y señala que Leiva vulneró el artículo 18 de la Constitución Nacional, el 158 de la Constitución Provincial, y la doctrina del denominado ‘Fallo Casal’, de 2005, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que amplió las facultades del recurso de casación, fortaleciendo las garantías del imputado frente a la condena y alineando la jurisprudencia argentina con estándares internacionales.

Castro afirma que, por todo esto, la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “revela, con especial claridad, un patrón de razonamiento incompatible con los estándares constitucionales y convencionales vigentes en materia de protesta social, responsabilidad penal individual y principio de legalidad”.

Referentes

El diputado del PAyS sostiene que, en el fallo de Leiva, “se verifica una utilización extensiva y arbitraria del derecho penal, fundada exclusivamente en la condición de referentes gremiales de los imputados”.

“La magistrada da por acreditada la autoría penal no a partir de actos concretos, individualizados y probados, sino por la supuesta ‘visibilidad pública’ y liderazgo sindical de Gurina y Sánchez”, sostiene el legislador y advierte que “tal razonamiento importa una grave vulneración del principio de culpabilidad por el hecho, sustituyéndolo por una forma inadmisible de responsabilidad por el rol o la identidad, expresamente prohibida por el derecho penal constitucional”.

“Este criterio ha sido severamente cuestionado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ha advertido que los Estados suelen utilizar a referentes sociales y sindicales como ‘casos testigo’ para emitir mensajes aleccionadores hacia el conjunto de quienes ejercen el derecho a la protesta, generando un efecto intimidatorio o disuasivo incompatible con una sociedad democrática”, afirma Castro y asegura que la sentencia contra los docentes “se inscribe de lleno en ese patrón de criminalización selectiva”.

“En segundo término, la resolución judicial desconoce la naturaleza política y colectiva de los hechos juzgados, omitiendo un análisis riguroso del elemento subjetivo de los tipos penales aplicados”, señala el legislador en su escrito contra Leiva.

“En contextos de protesta social, el dolo no puede presumirse ni inferirse mecánicamente de la mera permanencia en el lugar de los hechos o del carácter prolongado de la manifestación”, expresa.

“La intención de los docentes fue, de manera inequívoca, visibilizar reclamos salariales y laborales frente a la ausencia de respuestas estatales, y no entorpecer el transporte ni desobedecer la autoridad judicial como finalidad autónoma”, argumenta Castro.

“La magistrada omite ponderar que la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que las restricciones al derecho de reunión y de protesta deben ser excepcionales, estar previstas por ley, perseguir un fin legítimo y superar un estricto test de necesidad y proporcionalidad”, manifiesta.

El diputado del PAyS opina que la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “otorga preeminencia automática al derecho a circular por sobre el derecho a la protesta, desconociendo que este último constituye uno de los pilares del sistema democrático”.

Desobedientes

En otra parte del escrito, Castro se refiere a la valoración que hizo la jueza del delito de desobediencia judicial que se le imputaba a Gurina y Sánchez, y sostiene que tal imputación se construyó a partir de “la condición de referentes” de los docentes procesados, “asumiendo que la orden era ‘exigible’ a ellos”.

El diputado del PAyS sostiene, además, “inconducentes desde el punto de vista jurídico”, las referencias que hace la resolución judicial de Leiva sobre “supuestos perjuicios comerciales o molestias derivadas del humo”, que “no fueron debidamente acreditados” y que son “consideraciones ajenas al bien jurídico protegido por el art. 194 del Código Penal”.

“En síntesis, la condena de Gurina y Sánchez constituye un caso paradigmático de criminalización de la protesta social, con afectación directa de derechos constitucionales y convencionales, y revela un desempeño judicial que, prima facie, encuadra en las causales de mal desempeño, ignorancia inexcusable del derecho y arbitrariedad manifiesta, habilitando la intervención del Jurado de Enjuiciamiento”, señala el legislador en su nota y reafirma: “Dichas irregularidades constituyen una pauta objetiva de mal desempeño y deberán ser examinadas por el Jurado en su conjunto”.

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