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El STJ concedió cautelar de Misiones contra el DNU por sociedades del Estado

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Las presentaciones efectuadas contra el mega DNU lanzado por el presidente Javier Milei a mediados de diciembre continúa recibiendo respuestas judiciales en Misiones. Ahora es el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia que concedió una cautelar planteada por el gobierno provincial y dispuso la suspensión de los artículos relacionados a ley de sociedades o empresas del Estado.

De acuerdo a la información recolectada por La Voz de Misiones, a diferencia del amparo presentado ante la Justicia Federal, la cautelar elevada por el gobierno provincial ante el STJ apuntaba solamente a dejar sin efecto los artículos que alcanzaban a las legislaciones vigentes respecto a las sociedades o empresas del Estado, sin hacer mención a lo vinculado al Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

En la presentación el Estado provincial apunta que el DNU “incurre en manifiesta inconstitucionalidad e irrazonabilidad” ya que consideran que la medida no cumple con los requisitos previstos para ser considerados de “necesidad y urgencia”.

En la continuidad del documento el gobierno alega que el decreto que afecta las legislaciones relacionadas a las sociedades del Estado, permitiendo la transformación de ellas en sociedades anónimas.

Para el ejecutivo provincial, “las modificaciones del DNU son de gravedad institucional, lesionan derechos constitucionales, atentan contra el sistema republicano federal y constituyen una intromisión a la autonomía de las provincias y su poder de policía”.

Sostiene, además, que “el Estado misionero ha dictado normas mediante las cuales ha procedido a la creación de distintas sociedades tendientes al desarrollo de su política económica. El DNU atentaría contra la autonomía provincial y su poder de policía que le permite reglar sus cuestiones relativas a su propio orden institucional, político, administrativo, económico y financiero”.

Entre los tantos fundamentos, también el gobierno también arguyó que el decreto presidencial para desregular la economía, pero principalmente los artículos referidos a la ley de sociedades del Estado, “tendrá un impacto impredecible en las relaciones laborales de las mismas con sus empleados, asociaciones sindicales o gremiales, afectando y obligando -entre otras cosas- a revisar convenios colectivos de trabajo que se perfeccionaron y adecuaron teniendo en cuenta las figuras jurídicas específicas que el DNU pretende derogar y todo lo relacionado con ello”.

Tras analizar todas estas consideración, el STJ consideró viable “avocarse al tratamiento de la medida solicitada por el Estado de la provincia” y también determinó a favor de dejar sin efecto los artículos puestos en debate.

“Surge de la propia norma atacada el plazo de 180 días desde su entrada en vigencia para efectivizar la transformación ordenada. En relación a ello, entiendo que el Estado provincial ha brindado sólidos argumentos que demuestran las numerosas consecuencias que derivarían de intentar cumplimentar con esta manda en el plazo otorgado, existiendo un peligro verosímil de afectar gravemente el funcionamiento del Estado Misionero”, concluyó la presidenta del STJ, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, la primera ministra en efectuar su voto, al cual luego adhirieron sus pares Froilán Zarza, Cristian Benítez, Juan Manuel Díaz, Jorge Antonio Rojas y Cristina Leiva.

De esta manera, en la parte resolutoria el STJ dictaminó que hacer lugar a la cautelar de prohibición de innovar presentada por el gobierno misionero y dispuso la suspensión de los artículos 36, 40, 48, 49 y 51 del DNU 70/2023.

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Imputaron al ex convicto detenido por el crimen del productor Von Steiger

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El ex convicto detenido por el asesinato a machetazos de su patrón, el productor agrícola Hugo Orlando Von Steiger (75), se abstuvo de declarar y fue imputado por homicidio agravado.

La audiencia de declaración indagatoria se concretó en las últimas horas y fue realizada ante la magistrada Adriana Zajackowski, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Oberá, pero actualmente a cargo por subrogancia del Juzgado de Instrucción Uno de la misma circunscripción judicial.

Frente a ella compareció Samuel de Almeida (45), ex convicto y peón rural de la víctima, quien decidió guardar silencio y acto seguido fue imputado preliminarmente por “homicidio agravado”.

De esta manera, el sospechoso continuará privado de su libertad y su futuro dependerá de los elementos probatorios que los instructores de la causa logren reunir para esclarecer el hecho.

El crimen de Von Steiger se registró el 9 de enero, cuando su cuerpo fue encontrado a un costado de su camioneta Volkswagen Saveiro sobre un camino vecinal en una zona de plantaciones en el límite entre Oberá y General Alvear.

El hombre presentaba múltiples lesiones de machetazos en miembros inferiores, superiores, tórax y rostro.

De Almeida fue la última persona vista junto a la víctima y después del hecho permaneció prófugo casi un día, hasta que efectivos policiales lo capturaron a unos 25 kilómetros de la escena del crimen.

El sospechoso trabajaba como peón de Von Steiger hace unos tres años. Antes de eso estuvo cuatro años preso por un delito contra la integridad sexual.

Atrapan a ex convicto acusado de matar a machetazos al productor Von Steiger

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Fopea “deplora” el intento de censura del ex juez Reyes contra LVM

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El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) se hizo eco del intento de censura contra La Voz de Misiones y mediante un comunicado expresó que “deplora” el accionar del abogado y ex juez penal José Antonio Reyes, autor de una carta documento enviada a este medio.

El caso fue relevado por integrantes del monitoreo de libertad de expresión de Fopea, quienes se interiorizaron en la situación y resolvieron expresar su postura a favor de La Voz de Misiones.

En el mismo comunicado señalaron que “Fopea advierte que pretender impedir o condicionar la publicación de información veraz sobre hechos juzgados constituye un intento de censura, incompatible con los principios constitucionales que protegen la libertad de expresión y el derecho de la ciudadanía a estar informada”.

“La existencia de resoluciones judiciales refuerza el carácter público de la información difundida y el derecho de los medios a darla a conocer”, consignan después y cierran: “Reafirmamos que la libertad de expresión y el derecho a la información son pilares esenciales del sistema democrático, que deben ser garantizados y protegidos frente a cualquier intento de restricción”.

El intento de censura contra LVM provino de parte del ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes –destituido en 2007-, quien ahora se desempeña como abogado particular y actuó como defensor de una pareja de bonaerenses condenada por participar de una maniobra de entrega de bebés en Concepción de la Sierra, ardid que fue expuesto por este medio mediante un informe publicado el pasado 5 de enero.

 

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Ex juez pide censura a LVM por nota sobre entrega de bebés en Concepción

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La Corte Suprema ratificó en 2021 la destitución de José Reyes como juez

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José Antonio Reyes, el abogado que pidió censurar a La Voz de Misiones por una nota sobre entrega de bebés que involucraba a dos de sus defendidos, fue juez penal de Apóstoles hasta su destitución en 2007, aunque eso ya se sabía y múltiples publicaciones dan cuenta de ello.

En contrapartida, lo que en estos años pasó desapercibido es que la destitución de Reyes fue ratificada en 2021 por la mismísima Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), hasta donde el ex magistrado recurrió para tratar de revertir el fallo que le quitó el cargo por incumplimiento de sus deberes.

La medida del máximo órgano judicial del país fue firmada por los jueces Carlos Fernando Rosenkratz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Daniel Rosatti, quienes analizaron el recurso de casación interpuesto y desestimaron uno por uno los argumentos esgrimidos  por Reyes en su escrito.

La resolución tiene 17 páginas, es información pública en internet y en uno de sus apartados los jueces la Corte concluyen, sin vueltas: “Que, en las condiciones expresadas, no puede ponerse fundadamente en tela de juicio que el ex magistrado fue imputado por un cargo definido, en base a una conducta descripta con suficiente precisión; que pudo ejercer su derecho de defensa, efectuando su descargo sobre la base de los hechos concretos que le fueron imputados; que su conducta fue evaluada y juzgada dentro de un plazo razonable; y que fue destituido, con sustento en los mismos hechos”.

De esta manera, quedó ratificada la destitución resuelta por el jurado de enjuiciamiento que analizó el caso en 2007 y encontró a Reyes responsable de “incumplimiento de sus deberes”.

El pedido de jury había sido formulado por Gabriel Díaz, por aquel entonces gerente regional del banco Macro, quien acusó a Reyes de emitir un recurso de amparo a favor de la empresa “Touché-Moreno Ocampo y Otros UTE” pese a no ser competente.

Esa resolución le permitió a la empresa extraer unos 3 millones de pesos del banco, supuestamente en concepto por pagos pendientes por el cobro tercerizado de morosos de Rentas.

Antes de llegar al jury, el magistrado presentó la renuncia, pero el gobierno no se la aceptó. Tras su destitución, Reyes habló con el diario El Territorio y prometió: “Voy a reclamar hasta la última instancia porque considero justo, se violó mi derecho a la defensa y el debido proceso, eso tilda de nulo el proceso. Es una grosera sentencia”.

Décadas después, la contienda judicial llegó hasta la Corte Suprema, cuyos magistrados entendieron que a Reyes no le asistía la razón. 

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