Judiciales
El capo narco misionero Pity Arrúa recibió una pena única de 22 años de cárcel
El Tribunal Oral Federal (TOF) de Concepción del Uruguay, Entre Ríos, impuso una pena de única de 22 años de prisión para el misionero Pedro Amadeo “Pity” Arrúa (61), uno de los mayores “capo narco” de los últimos años en la zona del Litoral, en el marco de cuatro causas que derivaron en condenas previas por hechos de narcotráfico cometidos en Misiones, Entre Ríos y Córdoba.
Entre sus antecedentes Arrúa registra un total de seis condenas, de las cuales cuatro fueron contempladas para el cálculo final de la aplicación de una pena única, castigo que para la fiscal general subrogante de Concepción del Uruguay, Gabriela Agustina Velázquez, debía ser de 30 años de prisión.
En la fundamentación de su pedido, la fiscal interviniente expuso como agraventes la gravedad de los hechos cometidos, que consistió en la organización de maniobras de narcotráfico, algunas de ellas realizadas mientras gozaba de libertad condicional e incluso mientras ya se encontraba preso, como así también que la inclusión de sus familiares directos a la estructura delictiva y la diversidad de territorios abarcados para llevar adelante su plan criminal.
En el análisis de la cuestión, finalmente los magistrados Jorge Sebastián Gallino, Mariela Emilce Rojas y Noemí Marta Berros, decidieron aplicar una pena única de 22 años de prisión, considerando además el estado de salud de Arrúa, quien presenta un diagnóstico oncológico avanzado que le valió el otorgamiento de la prisión domiciliaria a mediados de este año, medida que en primera instancia había sido rechazada.
La resolución fue firmada ayer y publicada en el Centro de Información Judicial (CIJ).

En 2009 Pity Arrúa fue vinculado a la “ruta de la efedrina” y lo atraparon escondido en el ropero de su casa en el barrio Alta Gracia de Posadas.
Pity Arrúa y su carrera delictiva
La vinculación del sindicado capo narco con el delito no es para nada nueva y en Misiones tiene un gran historial.
El hombre nacido en Dos de Mayo apareció por primera vez en las crónicas policiales a mediados de los 90 por una acusación de fraude.
También lo relacionaron con un homicidio, aunque fue sobreseído, y en 2009 fue mencionado en el expediente que investigaba la ruta de la efedrina, lo cual incluso le valió un procedimiento en su chalet del barrio Alta Gracia de Posadas, donde lo hallaron escondido en un ropero y le incautaron un Mini Cooper.
De ahí en más Pity Arrúa comenzó a aparecer en causas de narcotráfico. En 2012 fue condenado por primera vez en Córdoba. Allí recibió 7 años y 6 meses de prisión, pero se la unificaron a 9 teniendo en cuenta que en 2014 recibió otra condena en Posadas por tenencia de arma de guerra.
En 2019 recibió otro fallo en contra. Fue de 8 años de prisión, siendo declarado reincidente por segunda vez y sumado a la causa de Córdoba tuvo una pena única que ascendió a 13 años de cárcel.
Pero la faena narco tampoco se detuvo después de todo ello. Allí empezaron sus causas en Entre Ríos, donde en total recibió tres sentencias por causas que datan desde 2017 a 2021.
Todos los casos juzgados en la provincia entrerriana se produjeron mientras Arrúa gozaba de libertad condicional por la condena impuesta en Córdoba y luego mientras se encontraba alojado en distintas cárceles, desde donde continuaba orquestando maniobras de narcotráfico que luego eran ejecutadas por sus cómplices extramuros, entre ellos familiares directos como alguno de sus hijos.

En uno de los últimos fallos se dispuso el decomiso de la vieja casona del barrio Alta Gracia. FOTOS: El Territorio.
Las investigaciones trazadas permitieron reconstruir que desde la cárcel, primero desde la Unidad Penal II de Gualeguaychú y luego desde la Unidad Penal IV de Concepción del Uruguay, Arrúa dirigía y coordinaba la compra y el traslado de cocaína desde Misiones hasta Corrientes y Entre Ríos, donde las dosis eran distribuidas a vendedores locales. También las comercializaba dentro de las penitenciarias.
El nivel de atención que el misionero, a quien en las escuchas lo mencionaban como “el jefe” o “el viejo”, mantenía de las actividades era tal que él mismo se encargaba de llamar a las empresas de colectivos para conocer los horarios de salida y llegada de los micros para poder coordinar el viaje de las “mulas” que utilizaba para transportar la droga, como así se comunicaba con las casas de cambio para saber las cotizaciones vigentes.
Por esas tres causas el misionero recibió una pena única de 13 años de prisión e incluso en uno de esos fallos la Justicia Federal de Entre Ríos dispuso el decomiso de la vieja casona que Arrúa tenía en el barrio Alta Gracia de Posadas, que en cada uno de los operativos fue objeto de allanamientos. Se decidió, además, su traslado al penal de Marcos Paz.
Ahora, en la sumatoria de todos los expedientes, la Justicia resolvió aplicar una condena única de 22 años de cárcel, ante lo cual se deberá realizar un nuevo cálculo de pena para determinar en qué año Arrúa podría volver a ser declarado hombre libre.
Judiciales
Rechazan domiciliaria a ex gendarme misionero condenado por lesa humanidad
Preso. Miguel Pablo Lugo (69) continuará preso. La Justicia rechazó el otorgamiento de prisión domiciliaria por razones de salud solicitado por la defensa del ex gendarme misionero, quien de esta manera deberá seguir alojado en la cárcel de la Candelaria para purgar la pena de 25 años de prisión impuesta en su contra por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en el Centro Clandestino de Detención (CCD) El Olimpo, donde entre otras víctimas, pasaron el periodista Jorge Fontevecchia y Lucía Adela Révora, madre del ahora senador peronista Eduardo “Wado” de Pedro.
Lugo, nacido el 7 de junio de 1956 en Gobernador Roca, fue juzgado entre 2022 y 2023 en el marco del quinto tramo de la mega causa ABO V, que investigó hechos de secuestros y torturas perpetrados en el circuito represivo conformado por los CCD El Atlético, Banco y El Olimpo, que funcionaron de manera rotativa entre 1977 y 1979.
En ese expediente también fueron juzgados Sergio Raúl Nazario y Hugo Luis Medina, ex camaradas de Lugo, además del ex agente de la Policía Federal Argentina (PFA) Carlos Alberto Infantino. Todos ellos fueron condenados a 25 años de prisión por una multiplicidad de delitos que el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de Ciudad de Buenos Aires consideró acreditado, aunque el fallo aún no está firme ya que hay un recurso de casación en trámite.
Otro dos ex, Miguel Víctor Pepe, y el ex miembro de la Superintendencia de Seguridad Federal, José Ahmed, también llegaron a juicio en la misma causa, aunque el primero resultó absuelto y el segundo falleció poco antes del inicio de las audiencias.

Medina, Nazario e Infantino, los otros condenados en el juicio por la causa ABO V.
Pedido
Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, Lugo fue detenido mientras caminaba por San Ignacio -donde tiene domicilio registrado junto a su esposa- el 15 de noviembre de 2018 y desde ese momento se encuentra privado de su libertad.
Sus días y noches en prisión las cumple en la Colonia Penal 17 de Candelaria, recinto dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), donde deberá continuar a pesar de un pedido de arresto domiciliario formulado por su defensa, alegando un cuadro de Alzheimer y depresión severa.
La presentación fue realizada a mediados del año pasado y en el planteo los abogados del gendarme condenado adujeron que Lugo presentaba un “franco y notorio deterioro, padeciendo una enfermedad grave e irreversible”.
El pedido abrió una extensa etapa de análisis dispuesta por el mismo tribunal que dictó sentencia, en el que solicitó informes tanto a las autoridades de la unidad penitenciaria como a integrantes del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial, quienes arribaron a conclusiones disimiles, ante lo cual tuvo que intervenir una junta interdisciplinaria del hospital Carrillo de Posadas.
Sobre la cuestión también opinaron el fiscal de la causa Alejandro Alagia, el abogado de la querella unificada Pablo Llonto y algunas de las víctimas, quienes coincidieron en considerar que lo correspondiente era rechazar el otorgamiento del beneficio de morigeración de las condiciones de detención para Lugo.
Todo lo recabado entonces fue analizado por los magistrados Jorge Luciano Gorini, Nicolás Toselli y Rodrigo Giménez Uriburu, quienes finalmente decidieron no hacer lugar al pedido.
Principio de Alzheimer
Entre sus argumentos, los camaristas reconocieron que el condenado presenta una “enfermedad neurodegenerativa que con el transcurso del tiempo hace que los síntomas de quien la padece vayan empeorando”, aunque al mismo tiempo plantearon que “lo cierto que es el diagnóstico de Lugo está en la primera etapa de la enfermedad”.
“El evaluado presenta antecedentes de diabetes, hipertensión arterial y diagnóstico referido como principio de Alzheimer, no obstante, del examen clínico practicado no se evidencian, al momento de la evaluación, signos de deterioro cognitivo actual ni limitaciones funcionales que impliquen pérdida de autonomía o imposibilidad de desenvolvimiento adecuado”, agregaron en párrafos siguientes del escrito de 28 páginas en total.
Y en otro punto fueron tajantes en la respuesta al planteo: “La mera invocación de patologías crónicas o antecedentes médicos, sin acreditación de un estado actual de salud que resulte incompatible con el alojamiento en establecimiento penitenciario o que no pueda ser adecuadamente atendido por el sistema sanitario correspondiente, no resulta suficiente para habilitar la concesión del arresto domiciliario como medida excepcional”.
De esta manera, resolvieron no hacer lugar al pedido, con la salvedad de disponer de una evaluación semestral del estado de salud del condenado, a fin de volver a evaluar la posibilidad de la prisión domiciliaria como alternativa.

Lugo admitió que hizo “cinco guardias” en El Olimpo, aunque afirmó que no sabía en qué lugar estaba.
Lugo
La historia marca que Lugo cursó sus estudios iniciales en Gobernador Roca, donde afirmó que nació en una “familia muy humilde” y “numerosa”. El 30 de septiembre de 1976 se incorporó al Escuadrón 11 “San Ignacio” y el 31 de diciembre de ese mismo año egresó como gendarme.
Inmediatamente después fue enviado al Destacamento Móvil Campo de Mayo y en 1978 fue abocado a la Comisión de Seguridad para el mundial de fútbol.
Lugo se declaró inocente a lo largo de toda la causa. Sobre las acusaciones en su contra sostuvo que solo “cumplió órdenes” e hizo “cinco guardias” en El Olimpo, lugar al cual fue trasladado “sin conocer” dónde estaba yendo.
Sin embargo, la Justicia consideró acreditada su presencia en el CCD y su participación en hechos considerados como de lesa humanidad. En su contra acumuló testimonios de testigos, tanto de otros antiguos gendarmes como de presos políticos, que lo reconocieron como uno de los guardias del lugar, donde además cumplía diferentes tareas asignadas por los altos mandos.
Los testigos narraron que la función de los guardias o “celadores” era el ingreso y el egreso de detenidos a los calabozos para llevarlos a salas de interrogatorios donde eran sometidos a torturas. “Estas personas salían mal. Un mal momento. Calcule que les pasen electricidad, golpes, de todo. Ya lo sacaban medio sin conocimiento de los calabozos”, es un testimonio que se desprende de la causa.
El TOF decidió, entonces, en un fallo emitido en diciembre de 2023, condenarlo a 25 años de prisión como coautor de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravado, entre otros hechos cometidos contra un centenar de presos políticos que pasaron por El Olimpo durante sus meses de operación.
El Olimpo
El Olimpo fue uno de los CDD de mayor letalidad. Estaba ubicado en el barrio de Floresta, en un predio que originalmente era una terminal de tranvías.
Funcionó desde el 16 de agosto de 1978 hasta fines de enero de 1979 y su cierre de relaciona con una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1979.
El lugar estaba bajo el control del Primer Cuerpo del Ejército, comandado por el represor Guillermo “Pajarito” Suárez Manson, y del Batallón de Inteligencia 601.
Se estima que entre 500 y 700 personas detenidas-desaparecidas pasaron por ese CCD, con una tasa de supervivencia del 7-10%.
El galpón fue adaptado especialmente: incluyó celdas, oficinas, un gran patio techado y salas de tortura conocidas como “quirófanos”. Los testigos recuerdan que había un cartel de bienvenida: “Bienvenidos al Olimpo de los dioses. Firmado: Los centuriones.”
Rechazan domiciliaria a represor misionero condenado por lesa humanidad
Judiciales
La hermana y la pareja del penitenciario asesinado continuarán detenidas
La Justicia dispuso que tanto la hermana como la última pareja del penitenciario asesinado Julio César Argüello (45) continúen detenidas al rechazar el pedido de excarcelación presentado por ambas mujeres.
La decisión fue firmada por el magistrado Miguel Mattos, titular del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, dependencia judicial que se aboca a la investigación del hecho originado el 6 de febrero.
De esta manera, ambas mujeres continuarán privadas de su libertad como únicas sospechosas del crimen. Rosa Lidia Argüello (54), hermana de la víctima, está imputada como autora del homicidio, mientras que Paola Z. (35), enfrenta una acusación por encubrimiento.
En el avance de la pesquisa, el juzgado continuará con la toma de testimoniales y aguarda pericias clave, una de ellas sobre el revólver calibre 32 incautado en la casa de la hermana de Argüello, elemento que podría tratarse del arma homicida.
El caso
El agente penitenciario que se desempeñaba como adscripto en el ministerio de Derechos Humanos fue atacado el 6 de febrero en su casa sobre calle Puerto Rico, a metros de la residencia del gobernador en el barrio Luis Piedra Buena de Posadas.
El hecho fue alertado por la propia hermana, quien llamó a una ambulancia para auxiliar al agente que estaba herido dentro de la vivienda.
El hombre fue trasladado al hospital Madariaga y quedó internado en grave estado de salud hasta que el jueves 12 se produjo su fallecimiento, ante lo cual se realizó un examen de autopsia que confirmó que la lesión sufrida correspondía a un balazo y el caso pasó a ser investigado como homicidio.
Desde el principio hubo más dudas que certezas en cuanto a las circunstancias del hecho, pero después del estudio forense la Justicia pudo avanzar con más elementos y en la pesquisa recolectó indicios que colocaron a su hermana bajo la lupa.
Entre esos elementos sobresalen imágenes de una cámara de seguridad que la muestran ingresar a la vivienda de la víctima en un horario cercano al hecho y otro indicio más directo aún: un revólver calibre 32 milímetros encontrado en la casa de sus padres, donde la mujer reside, en calles Ghandi y Jerusalén, en cercanías a la estación transferencias Quaranta.
El arma, que además tenía una vaina percutada, fue incautada por el personal de la Dirección Científica y espera ser sometido a pericias.
Respecto a la pareja de la víctima, también cuenta con imágenes de seguridad que la muestran en el inmueble en cuestión y se sospecha que su intervención fue clave para limpiar la escena.
Crimen del penitenciario: su hermana se abstuvo y su pareja negó complicidad
Judiciales
Rechazan anular causa contra contador imputado desde 2013 por delitos fiscales
El contador Rubén Eduardo Kuhlmann, procesado hace más de diez años en una causa por asociación ilícita fiscal que tiene otros once involucrados, solicitó que la acción penal en su contra sea anulada por aplicación de la Ley 27.743, más conocida como “Paquete Fiscal”, que prevé el blanqueo de capitales y moratoria para deudas de contribuyentes, aunque el planteo fue denegado en dos instancias y por lo tanto el caso continúa abierto.
El planteo efectuado por Khulmann, a través de su abogado defensor, que también representa a otros tres imputados en la misma causa, fue rechazado por la Cámara Federal de Apelaciones, que en un fallo firmado este jueves ratificó una resolución en idéntico sentido alcanzada por el Juzgado Federal de Posadas, dependencia judicial que lleva la instrucción del expediente.
En su presentación, los recurrentes argumentaron que la Ley 27.743, sancionada en junio de 2024, establece “la extinción de todas las acciones penales derivadas de ‘delitos tributarios’ sin distinguir entre ellos” e hicieron especial hincapié en el decreto reglamentario 608/2024, que incluyó de manera específica a la asociación ilícita fiscal entre los delitos alcanzados por la normativa, medida que no había ocurrido en legislaciones antecesoras sobre la misma cuestión.
Sin embargo, los camaristas Mirta Delia Tyden y Mario Osvaldo Boldú, no compartieron los argumentos esgrimidos y en contrapartida avalaron el rechazo al recurso, al considerar que “el ilícito investigado al ser un delito de peligro abstracto no generó obligaciones tributarias o impositivas susceptibles de regularización a través del procedimiento previsto en la ley”.

Rubén Kuhlmann, en 2013, cuando nombre y su rostro ocupó la portada los diarios durante varias semanas.
Y en otro párrafo del documento alegan que “más allá de la improcedencia de acceder a la extinción de la acción penal respecto del delito enrostrado a los incidentistas, tampoco se acompañó constancia alguna que acredite el pago de tributo en los términos exigidos por la normativa aplicable, lo que no hace sino evidenciar la inexistencia de obligaciones tributarias generadas por el tipo penal en cuestión”.
Conocida esta resolución, ahora la defensa cuenta con un plazo de diez días hábiles para presentar un nuevo recurso de casación o, en caso contrario, el expediente regresará al Juzgado Federal de Posadas para que la instrucción avance hasta la elevación a juicio del caso.
Según pudo averiguar La Voz de Misiones, la causa ya había sido elevada al Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, aunque regresó a instrucción para subsanar falencias y deficiencias observadas.
La causa tiene un total de doce imputados, aunque Khulmann fue el hombre de mayor relevancia cuando estalló el caso a comienzos de 2013 y su nombre supo ser tapa de diario en la provincia durante varios meses.
Tanto él como los demás involucrados fueron procesados por la Justicia Federal a mediados de 2024, al considerar que formaban parte de una organización dedicada a facilitar la evasión tributaria de terceras personas a través de la creación de empresas fantasmas, utilización de presta nombres y documentación apócrifa, entre otras tretas.
En el marco de la investigación hubo una veintena de allanamientos y como querellantes particulares en la causa se constituyeron tanto Afip -ahora Arca- y la Dirección General Impositiva (DGI).
-
Posadas hace 7 díasFernando Zarza y el agua en Posadas: “El Eprac se convirtió en cajero de Samsa”
-
Policiales hace 3 díasCompró una moto y se sacó fotos con plata: un detenido por robo de $260 millones
-
Política hace 2 días“Fuera pobres”: tras echar a su directora, también eliminaron Turismo Social
-
Provinciales hace 6 díasWanda, tasa ecoturística y reclamos: “Se perderían más de 60 puestos de trabajo”
-
Posadas hace 2 díasTras 20 años cierra Abadía, el primer bar de cerveza artesanal de Posadas
-
Provinciales hace 6 díasYerbateros en asamblea en Aristóbulo: “De Nación ya no esperamos nada”
-
Política hace 4 díasRepercusión política por Eco tasa en Wanda: “Están espantando los turistas”
-
Política hace 7 díasDiputados opositores impulsan Comisión para Reforma Electoral en Misiones

