Judiciales
De Brunner a Pana: accidentes fatales, juicios y sentencias
La agenda de debates del primer semestre del 2023 en Posadas contempló -hasta ahora- dos juicios por accidentes fatales. Los casos guardan ciertas similitudes, aunque las resoluciones arrojan marcadas diferencias.
La primera causa de este tipo ventilada en debate oral este año fue la que tenía como imputado a Juan Gastón Brunner (31), joven acusado de conducir su Volkswagen Vento alcoholizado y provocar las muertes de Susana Prestes (41) y Oscar Meza (47) tras una colisión registrada el 13 de febrero de 2016, sobre la avenida Fernando Tulo Llamosas -ex ruta 12-, frente a la Estación de Transferencias.
El juicio comenzó el 1 de marzo en el Tribunal Penal Uno y hasta esa instancia Brunner llegó acusado por el delito de “homicidio simple con dolo eventual”, lo cual configuraba un hito en materia judicial en la provincia, ya que era la primera vez que un expediente por un siniestro vial llegaba a debate bajo esa figura, que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.
En total, fueron seis audiencias, en la que declararon varios testigos, entre ellos, peritos y bioquímicos que, entre otras cosas, ratificaron que el joven arrojó 1,44 gramos de alcohol por litro de sangre al momento de ser analizado.
La reconstrucción del hecho consigna que, durante la madrugada previa, Brunner estuvo bebiendo con amigos por Candelaria, hasta que a las 7 de la mañana se encontró con una joven y le pidió que lo acompañe hasta Posadas para apagar las luces en la casa de su madre.
Ya de regreso, se produjo el siniestro. Todo indica que Brunner se durmió al volante y, tras un grito de advertencia de su acompañante despertó, volanteó, cruzó en rojo e invadió el carril contrario, impactando a una velocidad de 80 kilómetros por hora y de frente contra el Ford Fiesta Max en el que viajaban las víctimas.

Brunner llegó a juicio acusado de homicidio con dolo eventual y fue condenado por homicidio culposo a 3 años de prisión en suspenso. No quedó detenido.
En el debate intervino la fiscal Patricia Clérici, de la Fiscalía de Instrucción Siete, la misma que requirió que la causa llegue a juicio como homicidio con dolo eventual, aunque luego desistió de su mismo planteo y, en la ronda de alegatos, redujo la acusación, solicitando 5 años de prisión para Brunner por homicidio culposo.
La defensa, por su parte, cuestionó el test de alcoholemia efectuado y solicitó la absolución del acusado, al tiempo que cargó contra el cambio de postura de la fiscalía: “Por siete años se dijo que Gastón salió a la calle con la intención de matar y ahora resulta que no”, lanzó, en ese momento, el abogado Federico Tilli.
Tras unos minutos de deliberación, el tribunal integrado por los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Antonio Bernie, finalmente decidió condenar a Brunner a 3 años de prisión en suspenso por “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.
Fue así que el acusado se retiró del recinto de debates tal como llegó: libre. Aunque sí se le aplicó labores comunitarias por 500 horas y un régimen de conducta que incluía abstención de concurrir a lugares nocturnos y prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes.
Pana a prisión
Este 29 de mayo, dos meses después del juicio contra Brunner, comenzó el debate oral contra Enrique Gabriel Pana (26), acusado del siniestro vial que el 3 de junio de 2018 causó las muertes de los amigos Juan Mendoza (19) y Víctor González (19), sobre la ruta provincial 105, a la altura de Fachinal.
El juicio se desarrolló en la sala de debates del Palacio de Justicia, ante un tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, y hasta esa instancia Pana llegó acusado por el delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente”, que preveía penas de hasta 6 años de prisión.
En el debate se reconstruyó que, en la noche previa al incidente vial, el automovilista estuvo en un encuentro de motos junto a unos amigos en Apóstoles y en horas de la madrugada emprendió el regreso a Posadas.
En esas circunstancias, conducía un Chevrolet Agile hasta que embistió a las víctimas, quienes caminaban a un costado de la ruta empujando una moto pinchada.

Enrique Pana estuvo 117 días detenido tras el hecho y ahora fue trasladado a la UP I de Loreto para purgar una pena de 4 años.
Pana dio negativo a los exámenes de alcoholemia, pero la fiscal María Laura Álvarez, en sus alegatos, y en base a lo aportado por peritos y testigos, trazó que en determinado momento el implicado perdió el dominio del rodado, invadió la banquina asfáltica y, a una velocidad mínima de 113,55 kilómetros por hora, embistió a ambas víctimas.
Álvarez sostuvo que Pana tuvo una conducta “imprudente, negligente y antirreglamentaria”, al tiempo que agregó que “no puedo aseverar que Pana se durmió, pero sí que realizaba maniobras imprudentes y, si estaba cansado, debió haber parado. Se sobreconfió en su capacidad. Esto podía preverse”.
Ante estas conclusiones, la fiscal pidió cinco años de prisión para el acusado, mientras que la defensa buscó la absolución.
Finalmente, la sentencia se dictó hoy al mediodía e impuso cuatro años de prisión efectiva para Pana como autor de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.
Pero eso no fue todo, ya que el fallo también ordenó la inmediata detención del condenado, quien de esta manera llegó libre al juicio y se retiró en un móvil del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), que lo trasladó hasta la Unidad Penal I de Loreto para cumplir su pena.
Judiciales
Nuevo certificado de defunción como víctima de lesa humanidad para Tereszecuk
El Registro de las Personas de Corrientes emitió un nuevo certificado de defunción de Carlos Enrique Tereszecuk, como víctima de crímenes de lesa humanidad, en cumplimiento de la sentencia por el derecho a la verdad dictada en 2025 y como reparación para sus familiares.
Tereszecuk se graduó como trabajador social en la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Misiones (Unam), y fue secuestrado y asesinado por la dictadura cívico militar en 1976, cuando tenía 24 años.
Este nuevo documento se conoció a menos de un año del 11 de noviembre pasado, cuando el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1, de Resistencia dio a conocer por primera vez la sentencia por el derecho a la verdad bajo esa carátula y ahora finalmente se dio cumplimiento a la medida dictada por la jueza, Zunilda Niremperger.
Ahora, el certificado de defunción deja asentado oficialmente aquello que durante décadas permaneció oculto: que el cuerpo de Tereszecuk fue hallado en el río Paraná, que la causa de muerte fue un homicidio y que se trató de un crimen de lesa humanidad.
Además, fue anulada el acta de defunción original, confeccionada en 1976, y se emitió una nueva inscripción —Acta Nº 41, Tomo Nº 80, Folio Nº 41, año 2026, Empedrado— que fue entregada a sus familiares.
Desde la Comisión Provincial por la Memoria de Chaco, remarcaron que: “El nuevo certificado inscribe la restitución de Carlos Tereszecuk en un documento público con la verdad histórica que durante décadas les fue negada a sus familiares”.
Y concluye: “El Estado democrático reconoce oficialmente lo ocurrido, nombra a las víctimas y deja constancia de los crímenes del terrorismo de Estado perpetrado por la última dictadura cívico militar”.
El caso
Carlos Enrique Tereszecuk nació en Posadas, Misiones, en 1952. Tenía una activa militancia estudiantil y política, y perseguido por la represión genocida, llegó a Resistencia.
La resolución reconstruyó que fue secuestrado los primeros días del mes de noviembre de 1976 y trasladado a la Jefatura de Policía de Resistencia, donde fue alojado en el primer piso. En ese recinto funcionaba el centro clandestino de detención dirigido conjuntamente por personal policial y del Ejército.
Diferentes testigos declararon que Tereszecuk fue torturado, que estaba en pésimas condiciones de salud y que no podía mantenerse en pie ni caminar. También indicaron, por orden de los guardiacárceles, que otro detenido debió bañarlo.
Además, se pudo establecer que el joven fue asesinado en la segunda semana de noviembre de 1976, que su cuerpo fue arrojado al río Paraná y que el 15 de noviembre fue rescatado en la costa de la localidad correntina de Empedrado, situada a 70 kilómetros de la ciudad de Resistencia. Los restos fueron inhumados como NN en el cementerio de Empedrado e identificado en el año 2018 por el Equipo de Antropología Forense (EAAF).
La nueva sentencia también estableció que el arrojo de cuerpos al río Paraná no fueron hechos aislados, sino una práctica sistemática del terrorismo de Estado. En ese sentido, la investigación judicial reconstruyó un patrón común en los cuerpos recuperados: personas asesinadas, desnudas, atadas de manos y pies, con signos de ejecución, mutilaciones en las yemas de los dedos y cortes en el abdomen.
Ese entramado represivo pudo ser reconstruido a partir del trabajo de la Fiscalía Federal de Corrientes y del EAAF, que permitió identificar, entre otros, los restos de Rómulo Artieda, desaparecido del centro clandestino RI 9 de Corrientes; Julio “Bocha” Pereyra, víctima de la Masacre de Margarita Belén; y Carlos Tereszecuk, visto con vida en la Jefatura de Policía de Resistencia.
Justicia declaró crimen de lesa humanidad el homicidio de Carlos Tereszecuk
Judiciales
Fiscal pidió perpetua para la madre de Belén: “La dejó morir de hambre y sed”
Con un extenso, detallado y crudo alegato, el fiscal Vladimir Antonio Glinka solicitó esta mañana la pena de prisión perpetua para la empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48), al acusarla de actuar en forma deliberada para dejar morir de hambre y sed a su hija Rocío Belén López (15), adolescente con discapacidad cognitiva y motriz por Síndrome de Rett.
“Esto fue un asesinato. Ella adrede decidió dejar de alimentar y de dar agua a su hija para que muriera”, apuntó el fiscal y encuadró el caso en un homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión, ampliando la imputación originaria que era abandono de persona agravado por el vínculo y el resultado.
Ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, el fiscal desarrolló un alegato de dos horas y media que partió en dos partes. En la primera trazó su teoría del caso y en la segunda fundamentó su cambio de calificación legal.
“Acá vamos a demostrar que Belén no se murió porque la imputada se fue a trabajar o por el riguroso estándar laboral de la Municipalidad”, adelantó Glinka y con ironía respondió a la estrategia defensiva planteada por la imputada y por el defensor oficial Miguel Ángel Varela desde el primer día de debate.
Antes de ahondar en su hipótesis acusatoria, el fiscal exhibió varias fotografías que consideró necesarias para graficar la gravedad del caso. Con una de ellas contrastó el antes y del después de Belén bajo el cuidado de su madre, mientras que otra serie imágenes ilustraron la escena donde la adolescente fue hallada sin vida como consecuencia de un cuadro de desnutrición, deshidratación e hipotermia.
“Estoy acá por Belén, pero voy por ella”, lanzó en referencia a la imputada y calificó el hecho como “un acto de semejante crueldad que no puede quedar impune”.

El fiscal Glinka en pleno desligue de su alegato ante el tribunal y la defensa.
“Fue un asesinato”
Repasando los testimonios recolectados durante las seis audiencias previas, Glinka recordó que Belén “pasó el 85% de su vida” al cuidado de su abuela Delira y su tía Clara -madre y hermana de la imputada-, mientras que con su madre solo estuvo un período de dos años comprendido a medidos de los 2000 donde “sufrió maltratos de todo tipo” y un lapso de diez días entre el 13 y el 23 de julio de 2013, cuando finalmente se produjo la muerte.
“Fíjense la diferencia en el cuidado que hubo que ella entró caminando y bailando a la casa de su madre y diez días después salió en una morguera, muerta de hambre, de sed, con hipotermia y escaras en la espalda del tiempo que llevaba postrada en un colchón todo podrido”, señaló.
En ese punto, volvió a mostrar las fotografías de Criminalística que registraron a la víctima tendida en una cama en condiciones precarias y prácticamente sin colchón, dentro de una habitación abarrotada de muebles rotos y bolsas de ropa apilada que apenas dejaban un angosto pasillo de acceso.
“Belén estaba tirada como una cosa. Tenía una barricada a sus costados para que no pudiera salirse de ahí. Y así estuvo no sabemos cuánto tiempo”, describió con vehemencia.
Para Glinka no hay dudas y todo el accionar de Ramírez fue adrede. “Ella tomó la decisión de eliminarla porque Belén no formaba parte de su proyecto de vida. Esto fue un asesinato y lo más grave de todo es que no solo le privó de alimentos, sino que también se aseguró de que nadie se interponga en su plan porque nadie ni siquiera sabía que Belén estaba en esa pieza”, fustigó.
El fiscal desacreditó la versión de la imputada en la que alegaba que por sus obligaciones laborales se veía impedida de brindar el cuidado necesario a Belén y criticó la estrategia defensiva: “Ella trabajaba 6 horas. Tenía otras 18 para cuidar a Belén. Acá vinieron a deshumanizar a una nena, a reducirla a una simple enfermedad que ella no eligió tener para justificar los actos de su madre”.
También objetó el pedido de “reautopsia” planteado por la defensa e interpeló a las partes en forma cruda: “¿Qué dudas hay en la causa de muerte? A Belén la abrieron al medio, le sacaron las tripas y en su estómago no encontraron ni un arroz. Murió de hambre y por no tomar una gota de agua en siete días”.
Como cierre, encuadró el caso en un homicidio agravado por el vínculo cometido por omisión, pidió la prisión perpetua.
Alternativamente, solicitó que se mantenga la calificación inicial de abandono de persona agravado por el vínculo y el resultado y se dicte la máxima pena prevista: 20 años de cárcel.
Para cualquiera de los casos, Glinka pidió que la imputada sea inmediatamente detenida una vez que se dicte sentencia. “Han demostrado que están dispuestos a entorpecer la causa, sumado a que la presunción de inocencia se encuentra en riesgo y que no he escuchado una sola palabra cierta de su parte, no estoy seguro de que se someta a la justicia”, concluyó.

El defensor Miguel Ángel Varela pidió diferir su alegato al jueves y el tribunal aceptó.
Defensa
Concluida su exposición era el turno del defensor Miguel Ángel Varela, aunque el letrado pidió diferir su alegato al jueves. “No estoy condiciones”, planteó y argumentó un agotamiento físico propiciado por la seguidilla de audiencias y por la “extensa” presentación de Glinka.
El fiscal se opuso al pedido al considerar que el otorgamiento de un plazo extra atentaba contra la “igualdad de armas” e incluso acusó a Varela de dilatar el inicio de la audiencia. “Si es tarde es porque el defensor llegó una hora tarde”, apuntó.
El tribunal presidido por Gustavo Bernie e integrado por los magistrados Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante) pasó a deliberar y tras un cuarto intermedio decidieron hacer lugar al pedido del defensor. El debate se reanudará mañana a las 7.30.
La palabra de Ramírez
Previo a los alegatos de la fiscalía, la imputada brindó una ampliación de declaración indagatoria en la que mantuvo su versión de los hechos.
Argumentó que debió afrontar el cuidado de su hija en soledad, con dificultades económicas y apremiada por obligaciones laborales. “Reconozco que estuvo mal haberla dejado e irme a trabajar. Hice lo que estaba dentro de mis posibilidades, no podía darme el lujo de quedar sin trabajo”, justificó.
E insistió: “Jamás la abandoné. Nunca dejé de cuidarla y alimentarla. Jamás se me pasó por la mente este resultado. Pude tener mis errores como madre pero nunca quise matar a mi hija”.
Judiciales
Fiscal del caso Belén se opuso al amicus curiae: “Tratan de condicionar”
Culminada la resolución de las incidencias pendientes, vinculadas a pedidos tanto de la fiscalía como de la defensa, que marcaron la audiencia del lunes, el debate oral para esclarecer la muerte de la adolescente con discapacidad Rocío Belén López (15) avanzó hoy con la incorporación de los últimos elementos de prueba. Para mañana se prevé una jornada de varias horas, con una ampliación de indagatoria por parte de la madre de la víctima y única imputada, como así también con el inicio de la ronda de alegatos.
La última prueba incorporada consiste en un informe emitido por la Municipalidad de Posadas respecto al legajo personal de la imputada Mariela Andrea Ramírez (48), que llegó a este debate acusada de abandono de persona doblemente agravado por el vínculo y el resultado, aunque podría enfrentar un cargo mayor si la fiscalía finalmente decide ampliar la calificación a homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión.
Resta decidir respecto a un pedido formulado por el Equipo Misionero de Derechos Humanos, Justicia y Género, quienes solicitaron ser incorporados al proceso en carácter de amicus curiae, planteo al cual el fiscal Vladimir Glinka se opuso y descargó duras críticas contra el escrito.

La imputada, Mariela Ramírez, mañana ampliará su declaración indagatoria. FOTO: Félix Armengol.
“No cualquiera es amicus curiae”
“Está tan mal hecho que parece apropósito, todo con tal de que sea rechazado y esto habilite un micrófono externo. Esto tiene que ir directamente a la basura, es una falta de respeto para quienes trabajamos de esto”, disparó el fiscal, quien argumentó que la presentación tiene “once defectos formales en 22 carillas” e incumple con los requisitos estipulados para su admisión.
Glinka consideró que los integrantes de dicho equipo carecen o al menos no adjuntaron nada que acredite algún grado de conocimiento o experiencia puntual sobre el Síndrome de Rett como para ser habilitados como voces legitimadas en el asunto. “No cualquiera es un amicus curiae”, objetó.
“Acá no hablan de un interés público comprometido, sino hablan contra la causa y piden que se valoren pruebas según sus interpretaciones. No vienen con la intención de arrojar luz sobre algunos temas, vienen a tratar de condicionar y de condicionar a ustedes”, señaló en referencia al tribunal presidido por Gustavo Bernie e integrado por Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante).
Independientemente de la parte técnica-jurídica, Glinka también puso en duda el “interés real” detrás de la presentación formulada. “Solo quieren meter su cuchara trece años después. ¿Creen que les importa la imputada con una nota a destiempo? ¿Creen que les importa Belén trece años después? Hicieron todo mal apropósito. Quisieron aprovechar una causa de trascendencia pública para hacerse más conocidos para fines personales”, remató.
Por su parte, el defensor oficial Miguel Ángel Varela, que el lunes había solicitado nuevas medidas pruebas, entre ellas una “reautopsia” y una nueva testigo, que fueron rechazadas por el tribunal, pidió que no se tenga en cuenta la oposición de Glinka y se autorice el amicus curiae.
Tras los planteos, los jueces dieron por terminada la audiencia y dieron un cuarto intermedio hasta el miércoles a las 7.30 para reanudar el proceso.
Según la programación estipulada, en primer turno la imputada volverá a pasar frente al tribunal para una ampliación de declaración indagatoria y una vez culminada su deposición se iniciará la ronda de alegatos. La sentencia, en principio, se dará a conocer el jueves.
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