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De Brunner a Pana: accidentes fatales, juicios y sentencias

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Brunner y pana, accidentes fatales

La agenda de debates del primer semestre del 2023 en Posadas contempló -hasta ahora- dos juicios por accidentes fatales. Los casos guardan ciertas similitudes, aunque las resoluciones arrojan marcadas diferencias.

La primera causa de este tipo ventilada en debate oral este año fue la que tenía como imputado a Juan Gastón Brunner (31), joven acusado de conducir su Volkswagen Vento alcoholizado y provocar las muertes de Susana Prestes (41) y Oscar Meza (47) tras una colisión registrada el 13 de febrero de 2016, sobre la avenida Fernando Tulo Llamosas -ex ruta 12-, frente a la Estación de Transferencias.

El juicio comenzó el 1 de marzo en el Tribunal Penal Uno y hasta esa instancia Brunner llegó acusado por el delito de “homicidio simple con dolo eventual”, lo cual configuraba un hito en materia judicial en la provincia, ya que era la primera vez que un expediente por un siniestro vial llegaba a debate bajo esa figura, que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.

En total, fueron seis audiencias, en la que declararon varios testigos, entre ellos, peritos y bioquímicos que, entre otras cosas, ratificaron que el joven arrojó 1,44 gramos de alcohol por litro de sangre al momento de ser analizado.

La reconstrucción del hecho consigna que, durante la madrugada previa, Brunner estuvo bebiendo con amigos por Candelaria, hasta que a las 7 de la mañana se encontró con una joven y le pidió que lo acompañe hasta Posadas para apagar las luces en la casa de su madre.

Ya de regreso, se produjo el siniestro. Todo indica que Brunner se durmió al volante y, tras un grito de advertencia de su acompañante despertó, volanteó, cruzó en rojo e invadió el carril contrario, impactando a una velocidad de 80 kilómetros por hora y de frente contra el Ford Fiesta Max en el que viajaban las víctimas.

Brunner llegó a juicio acusado de homicidio con dolo eventual y fue condenado por homicidio culposo a 3 años de prisión en suspenso. No quedó detenido.

En el debate intervino la fiscal Patricia Clérici, de la Fiscalía de Instrucción Siete, la misma que requirió que la causa llegue a juicio como homicidio con dolo eventual, aunque luego desistió de su mismo planteo y, en la ronda de alegatos, redujo la acusación, solicitando 5 años de prisión para Brunner por homicidio culposo.

La defensa, por su parte, cuestionó el test de alcoholemia efectuado y solicitó la absolución del acusado, al tiempo que cargó contra el cambio de postura de la fiscalía: “Por siete años se dijo que Gastón salió a la calle con la intención de matar y ahora resulta que no”, lanzó, en ese momento, el abogado Federico Tilli.

Tras unos minutos de deliberación, el tribunal integrado por los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Antonio Bernie, finalmente decidió condenar a Brunner a 3 años de prisión en suspenso por “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.

Fue así que el acusado se retiró del recinto de debates tal como llegó: libre. Aunque sí se le aplicó labores comunitarias por 500 horas y un régimen de conducta que incluía abstención de concurrir a lugares nocturnos y prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes.

Pana a prisión

Este 29 de mayo, dos meses después del juicio contra Brunner, comenzó el debate oral contra Enrique Gabriel Pana (26), acusado del siniestro vial que el 3 de junio de 2018 causó las muertes de los amigos Juan Mendoza (19) y Víctor González (19), sobre la ruta provincial 105, a la altura de Fachinal.

El juicio se desarrolló en la sala de debates del Palacio de Justicia, ante un tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, y hasta esa instancia Pana llegó acusado por el delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente”, que preveía penas de hasta 6 años de prisión.

En el debate se reconstruyó que, en la noche previa al incidente vial, el automovilista estuvo en un encuentro de motos junto a unos amigos en Apóstoles y en horas de la madrugada emprendió el regreso a Posadas.

En esas circunstancias, conducía un Chevrolet Agile hasta que embistió a las víctimas, quienes caminaban a un costado de la ruta empujando una moto pinchada.

Enrique Pana estuvo 117 días detenido tras el hecho y ahora fue trasladado a la UP I de Loreto para purgar una pena de 4 años.

Pana dio negativo a los exámenes de alcoholemia, pero la fiscal María Laura Álvarez, en sus alegatos, y en base a lo aportado por peritos y testigos, trazó que en determinado momento el implicado perdió el dominio del rodado, invadió la banquina asfáltica y, a una velocidad mínima de 113,55 kilómetros por hora, embistió a ambas víctimas.

Álvarez sostuvo que Pana tuvo una conducta “imprudente, negligente y antirreglamentaria”, al tiempo que agregó que “no puedo aseverar que Pana se durmió, pero sí que realizaba maniobras imprudentes y, si estaba cansado, debió haber parado. Se sobreconfió en su capacidad. Esto podía preverse”.

Ante estas conclusiones, la fiscal pidió cinco años de prisión para el acusado, mientras que la defensa buscó la absolución.

Finalmente, la sentencia se dictó hoy al mediodía e impuso cuatro años de prisión efectiva para Pana como autor de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.

Pero eso no fue todo, ya que el fallo también ordenó la inmediata detención del condenado, quien de esta manera llegó libre al juicio y se retiró en un móvil del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), que lo trasladó hasta la Unidad Penal I de Loreto para cumplir su pena. 

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Brasileño con antecedentes en su país irá a juicio por un homicidio en Fracrán

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Brasileño juicio oberá homicidio fracrán

El Tribunal Penal Uno de Oberá se prepara para albergar, a mediados de mayo, el juicio oral contra Levi Necke Da Silva (31), un brasileño con múltiples antecedentes delictivos en su país y detenido en Misiones desde marzo de 2024 por el homicidio de un hombre en la localidad de Fracrán.

Las audiencias de debate están fijadas para los días 13 y 14 de mayo próximos. El tribunal estará integrado por los magistrados Horacio Paniagua, David Milicich y Jorge Erasmo Villalba (subrogante), mientras que en representación del Ministerio Público Fiscal estará Juan Pablo Fernández Rissi.

El extranjero está imputado por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma” y hay un total de quince testigos citados a prestar declaración testimonial ante el tribunal obereño.

“Ya maté unos cuantos”

El hecho que se ventilará en juicio ocurrió el 16 de marzo de 2024, cuando el ciudadano Nazareno Faier murió de un disparo durante un hecho ocurrido en su casa de Fracrán.

La acusación contra Neike señala que el brasileño arribó a ese lugar para reclamar por una motocicleta tipo Cross y en medio de una discusión, con amenazas de por medio, se produjo el desenlace mortal.

El hecho ocurrió ante la presencia de la pareja de la víctima, quien alcanzó a oír como, entre sus amenazas, el sospechoso advirtió: “Conmigo nadie se mete, en Brasil ya mate unos cuantos”.

Faier falleció como consecuencia de un disparo en la cara, mientras que el sospechoso escapó y fue detenido poco después, oculto bajo una casa del barrio San Miguel de San Pedro.

Prontuario

En la comisaría se constató que la identidad del implicado era Levi Necke Da Silva, un nombre con extenso prontuario en su país.

En su historial criminal se registran acusaciones por hechos de narcotráfico, asaltos armados e incluso una tentativa de homicidio. Los hechos datan desde 2006 y ocurrieron en los estados de Santa Catarina y Rio Grande Do Sul.

Al momento de su detención registraba un pedido de captura emitido en su país, ante lo cual luego de rendir cuentas ante la Justicia argentina podría ser extraditado para ser entregado a las autoridades brasileñas que también lo requieren.

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Nueve militares a juicio por “bautismo” que dejó parapléjico al cabo Verón

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Un total de nueve militares irán a juicio oral y público por -entre otros delitos- provocar las graves lesiones que dejaron parapléjico al soldado Michael Natanael Verón durante un violento “bautismo de ascenso” realizado en julio de 2022 en un predio del Regimiento de Infantería de Monte 30 de Apóstoles.

Los imputados son Gustavo Daniel Martínez (Teniente primero), Edgardo Jesús Díaz (Suboficial principal), Jorge Ricardo Leites (Sargento), Ramón Dos Santos (Sargento), Miguel Ariel Fleitas (Cabo primero), Manuel Antonio Heredia (Cabo primero), Marcelo Alejandro Morales (Sargento), Mauro Fabián González (Jefe de Grupo) y Antonio Maximiliano Matozo (Cabo).

Todos ellos deberán responder como imputados por delitos de “abuso de autoridad, en concurso con los delitos de lesiones gravísimas y abandono de persona agravado”, en calidad de autores.

La medida fue dispuesta por la magistrada María Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas, que este mismo jueves firmó el requerimiento de elevación a juicio de la causa formulado por la Fiscalía Federal de Posadas.

En su resolución, Skanata rechazó los planteos de oposición y al pedido de sobreseimiento efectuados por las diferentes defensas, ante lo cual declaró clausurada la instrucción de la causa y decretó la elevación a juicio del expediente que ahora deberá ser remitido al Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas para que avance en la realización del debate oral donde se juzgará la responsabilidad de cada uno de los involucrados.

Los involucrados pertenecían al Regimiento Brigada de Monte 30 de Apóstoles.

Bautismo y violencia

Los hechos que se ventilarán en juicio ocurrieron el 8 de julio de 2022, durante una “celebración de ascenso” realizada en el Club Achalay del Ejército Argentino en Apóstoles, donde además de Verón había otros cuatro suboficiales recién ascendidos, quienes -según la investigación- fueron sometidos a prácticas denigrantes, humillantes y físicamente riesgosas en un contexto de ejercicio abusivo de autoridad por parte de sus superiores.

De acuerdo a lo volcado en el expediente, los ascendidos debieron comprar y cocinar la carne correspondiente al asado de almuerzo, aunque no pudieron comer ningún bocado.

Durante el evento, además, fueron obligados a consumir mezclas de bebidas alcohólicas en exceso, realizar ejercicios físicos extenuantes como corridas, flexiones y vueltas en la arena, y prácticas o retos de resistencia como “la búsqueda de petróleo”, que consiste en dar trompos con el extremo de un palo apoyado en la cabeza y el otro en el suelo.

Lo más extremo de la rutina de “bienvenida” fue obligar a los soldados a lanzarse a una pileta con bajo caudal de agua y el soldado Verón se arrojó tres veces. En la tercera su cráneo impactó contra el fondo y sufrió una lesión medular que lo dejó internado varios meses y con la imposibilidad de volver a caminar de por vida.

Michael Verón no podrá volver a caminar.

“Sos muy tierno”

En su declaración ante la Justicia, la víctima narró que después de ese golpe permaneció tirado en el piso pidiendo ayuda, pero sus superiores le respondían “tierno” y le pedían que se arrojara nuevamente.

“’Sos muy tierno’, volvé a la pileta me decían. Yo les decía que no me podía levantar, sentía frío. Yo les pedía por favor que me asistan. Eso fue a las 16 y recién me asistieron a las 20”, contó Verón un año después en una entrevista periodística.

Después de ser asistido, Verón quedó internado y fue sometido a múltiples operaciones.

Sobre aquellos días, el soldado recordó que “estuve internado y cuando me despierto habían pasado 21 días. Ahí me llevé la peor parte. No sabía que día era, estaba perdido, todo entubado, comiendo por sonda. Quería mover las piernas y los brazos y no podía”.

Con operaciones, tratamientos y rehabilitación, Verón recuperó la movilidad de los brazos, no así la de las piernas. “La medicina dice que no voy a volver a caminar”, lamentó en entrevistas.

Apóstoles: soldado quedó internado grave tras bautismo del Ejército

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Apelaciones anuló el archivo de la causa por la muerte de Juanita Sirimarco

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juanita sirimarco

La Cámara de Apelaciones de la provincia declaró la nulidad de la resolución que archivó la investigación por la muerte de la pequeña Juanita Milargos Sirimarco Díaz (13), registrada el 12 de octubre de 2024 tras el regreso de un viaje de egresados a Córdoba.

La medida fue resuelta por la Sala I del tribunal de alzada, con la firma de los vocales Pedro Benito Piriz y Marisa Ruth Dilaccio, quienes consideraron que la desestimación de la causa por parte del magistrado Ricardo Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis de Posadas, presentaba una fundamentación insuficiente.

El caso llegó a manos de la Cámara de Apelaciones en virtud de una apelación presentada por el letrado Miguel Cassettai, en carácter de querellante particular en representación de la madre de la niña fallecida.

En su planteo, la querella argumentó que en la resolución del juez Balor hubo una “falta de valoración íntegra” de los testimonios recabados en la causa, entre ellos las del chofer del micro, de su guarda y de otra adolescente que viajaba con Juanita, lo cual derivó en una “insuficiente fundamentación”, agravio que los magistrados de la cámara consideraron pertinente y resolvieron en coincidencia.

De esta manera, Apelaciones decretó hoy la nulidad de la resolución alcanzada en instancia previa y, en consecuencia, el expediente deberá volver a etapa de instrucción para que se abra un nuevo período de análisis de la prueba.

En su dictamen de mayo del año pasado, el juez Balor había dispuesto el archivo de la causa por “inexistencia de delito”, al entender ninguna de las acciones realizadas configuraba una conducta culposa o negligente que reprochar a los adultos responsables del viaje.

“Conforme a la prueba colectada, las personas implicadas demuestran ‘haber empleado toda la diligencia de un buen padre de familiar para prevenir el daño’. Se corrobora el haber realizado todo lo necesario en base a sus conocimientos médicos y experiencias de anteriores viajes de egresados para que la menor Juanita Sirimarco Díaz pudiera mejorarse, por lo que no existe alguna conducta negligente”, había planteado Balor en aquella resolución, pero ahora, después de una apelación de la querella, la Cámara de Apelaciones entendió que las fundamentaciones esgrimidas eran insuficientes.

Final trágico

La muerte de Juana Milagros Sirimarco Díaz se produjo el sábado 12 de octubre de 2024 en el hospital de Pediatría, días después de llegar en severo estado de salud del viaje de egresados que había realizado a Carlos Paz (Córdoba) con sus compañeros del Instituto Cristiano República Argentina (Icra), en un servicio contratado con la empresa de turismo Viaturex.

Según relató en ese momento Claudia Díaz, su madre, en medio de las actividades realizadas en Córdoba, la niña sufrió una lesión en la rodilla que mereció atención médica y en paralelo comenzó a experimentar dolores de garganta, pero el doctor le comentó que los analgésicos recetados para la lesión de rodilla también harían efecto sobre esa dolencia.

Fue el lunes 7 de octubre, a la noche, que el contingente emprendió el regreso a casa y durante el trayecto la niña empeoró su estado. Desde Posadas, su madre hacía el seguimiento de su estado de salud a través de una maestra que viajó como acompañante.

Claudia añadió que a la madrugada siguiente Juanita vomitó y tuvo diarrea, amaneciendo muy descompuesta. También subió de temperatura y el médico del seguro del viaje recomendó la aplicación de dipirona.

“De casualidad, en el otro colectivo viajaba una mamá que es enfermera y ella tenía una ampolla de dipirona y se la aplicó. Después de eso, según los mensajes de la maestra, le bajó la temperatura, pero seguía vomitando y con diarrea”, contó la mujer en diálogo con diversos medios de comunicación, tanto de Misiones como de Buenos Aires, ya que la noticia tomó repercusión nacional.

Díaz narró que en varias oportunidades pidió que su hija sea atendida por un profesional y que fuese llevada a un hospital, pero los reclamos fueron desoídos. La última vez que solicitó esto fue cuando el colectivo estaba en Virasoro, Corrientes, pero los responsables del viaje decidieron continuar camino hacia Posadas.

El último pedido, según planteó la madre en aquel momento, fue que se gestionara con el seguro para que la niña bajase en Garupá, donde se quedaban otros compañeros que formaban parte del contingente, para que desde allí sea trasladada en ambulancia a Posadas.

Cuando Juanita ingresó al hospital Pediatría su estado ya era grave. “Tenía la boca negra y los ojos rojos, estaba en shock. La llevaron a emergencia y le pusieron un montón de líquidos en vena, estaba totalmente deshidratada, su corazoncito estaba latiendo mal y su presión estaba bajísima, con apenas 8/2. Como no lograron levantarle la presión arterial la llevaron directamente a terapia intensiva”, relató Claudia.

En el hospital se confirmó que la niña tenía Influeza B, cuadro que pudo haberle provocado la sepsis generalizada que la llevó a la muerte, aunque esto no pudo determinarse con certeza científica debido a que después del deceso la familia tomó la decisión de cremar el cuerpo.

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