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La agenda de debates del primer semestre del 2023 en Posadas contempló -hasta ahora- dos juicios por accidentes fatales. Los casos guardan ciertas similitudes, aunque las resoluciones arrojan marcadas diferencias.
La primera causa de este tipo ventilada en debate oral este año fue la que tenía como imputado a Juan Gastón Brunner (31), joven acusado de conducir su Volkswagen Vento alcoholizado y provocar las muertes de Susana Prestes (41) y Oscar Meza (47) tras una colisión registrada el 13 de febrero de 2016, sobre la avenida Fernando Tulo Llamosas -ex ruta 12-, frente a la Estación de Transferencias.
El juicio comenzó el 1 de marzo en el Tribunal Penal Uno y hasta esa instancia Brunner llegó acusado por el delito de “homicidio simple con dolo eventual”, lo cual configuraba un hito en materia judicial en la provincia, ya que era la primera vez que un expediente por un siniestro vial llegaba a debate bajo esa figura, que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.
En total, fueron seis audiencias, en la que declararon varios testigos, entre ellos, peritos y bioquímicos que, entre otras cosas, ratificaron que el joven arrojó 1,44 gramos de alcohol por litro de sangre al momento de ser analizado.
La reconstrucción del hecho consigna que, durante la madrugada previa, Brunner estuvo bebiendo con amigos por Candelaria, hasta que a las 7 de la mañana se encontró con una joven y le pidió que lo acompañe hasta Posadas para apagar las luces en la casa de su madre.
Ya de regreso, se produjo el siniestro. Todo indica que Brunner se durmió al volante y, tras un grito de advertencia de su acompañante despertó, volanteó, cruzó en rojo e invadió el carril contrario, impactando a una velocidad de 80 kilómetros por hora y de frente contra el Ford Fiesta Max en el que viajaban las víctimas.
En el debate intervino la fiscal Patricia Clérici, de la Fiscalía de Instrucción Siete, la misma que requirió que la causa llegue a juicio como homicidio con dolo eventual, aunque luego desistió de su mismo planteo y, en la ronda de alegatos, redujo la acusación, solicitando 5 años de prisión para Brunner por homicidio culposo.
La defensa, por su parte, cuestionó el test de alcoholemia efectuado y solicitó la absolución del acusado, al tiempo que cargó contra el cambio de postura de la fiscalía: “Por siete años se dijo que Gastón salió a la calle con la intención de matar y ahora resulta que no”, lanzó, en ese momento, el abogado Federico Tilli.
Tras unos minutos de deliberación, el tribunal integrado por los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Antonio Bernie, finalmente decidió condenar a Brunner a 3 años de prisión en suspenso por “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.
Fue así que el acusado se retiró del recinto de debates tal como llegó: libre. Aunque sí se le aplicó labores comunitarias por 500 horas y un régimen de conducta que incluía abstención de concurrir a lugares nocturnos y prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes.
Este 29 de mayo, dos meses después del juicio contra Brunner, comenzó el debate oral contra Enrique Gabriel Pana (26), acusado del siniestro vial que el 3 de junio de 2018 causó las muertes de los amigos Juan Mendoza (19) y Víctor González (19), sobre la ruta provincial 105, a la altura de Fachinal.
El juicio se desarrolló en la sala de debates del Palacio de Justicia, ante un tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, y hasta esa instancia Pana llegó acusado por el delito de "homicidio culposo agravado por la conducción imprudente", que preveía penas de hasta 6 años de prisión.
En el debate se reconstruyó que, en la noche previa al incidente vial, el automovilista estuvo en un encuentro de motos junto a unos amigos en Apóstoles y en horas de la madrugada emprendió el regreso a Posadas.
En esas circunstancias, conducía un Chevrolet Agile hasta que embistió a las víctimas, quienes caminaban a un costado de la ruta empujando una moto pinchada.
Pana dio negativo a los exámenes de alcoholemia, pero la fiscal María Laura Álvarez, en sus alegatos, y en base a lo aportado por peritos y testigos, trazó que en determinado momento el implicado perdió el dominio del rodado, invadió la banquina asfáltica y, a una velocidad mínima de 113,55 kilómetros por hora, embistió a ambas víctimas.
Álvarez sostuvo que Pana tuvo una conducta “imprudente, negligente y antirreglamentaria”, al tiempo que agregó que “no puedo aseverar que Pana se durmió, pero sí que realizaba maniobras imprudentes y, si estaba cansado, debió haber parado. Se sobreconfió en su capacidad. Esto podía preverse”.
Ante estas conclusiones, la fiscal pidió cinco años de prisión para el acusado, mientras que la defensa buscó la absolución.
Finalmente, la sentencia se dictó hoy al mediodía e impuso cuatro años de prisión efectiva para Pana como autor de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.
Pero eso no fue todo, ya que el fallo también ordenó la inmediata detención del condenado, quien de esta manera llegó libre al juicio y se retiró en un móvil del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), que lo trasladó hasta la Unidad Penal I de Loreto para cumplir su pena.