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Dan lugar a reclamo de la UIF para agilizar expediente contra el Clan Barakat

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La Cámara Federal de Apelaciones de Misiones hizo lugar a un recurso de queja por retardo de justicia articulado por la Unidad de Información Financiera (UIF) contra el Juzgado Federal de Eldorado en el marco de la causa que investiga por lavados de activos al denominado Clan Barakat, un grupo de comerciantes libaneses radicados en Ciudad del Este sospechados de financiar a la organización terrorista Hezbollah, y encomendó agilizar el avance del expediente que lleva nueve años en etapa de instrucción.

La UIF participa en el expediente como querellante particular y entre los lineamientos planteados en el recurso de queja advirtió sobre el pronto vencimiento (4 de julio) del congelamiento de bienes y otras medidas cautelares que pesan sobre los extranjeros puestos bajo la lupa, al tiempo que solicitó informes respecto al estado de situación de los exhortos internacionales tendientes a notificar de estas acciones a otros países donde los implicados pueden o pudieran haber estado.

Según pudo averiguar La Voz de Misiones, en dicho documento los recurrentes hicieron mención a “la longevidad en el tiempo con la que se acarrean las presentes actuaciones, correspondiendo ya, tanto por la materia investigada como por aplicación del razonable principio de celeridad, sean tomadas determinaciones en cuanto a las imputaciones y procesamientos, de corresponder los mismos, siendo necesario a tales efectos sean agregadas las constancias que hubieren sido remitidas por las naciones exhortadas”.

Realizado el planteo, los camaristas solicitaron informes al juzgado que dirige el magistrado Miguel Ángel Guerrero y antes las respuestas recibidas realizaron ciertos “señalamientos” en cuanto al avance del expediente que tomó exposición pública a mediados de agosto de 2018, cuando se ordenó una serie de operativos que fueron desplegados en casinos y hoteles de Puerto Iguazú, locales que presuntamente eran utilizados como parte de un mecanismo articulado para el envío de fondos hacia Medio Oriente por parte de los extranjeros apuntados.

“Lo peticionado por la querella en ese tópico resulta por demás oportuno”, fue la primera consideración de los magistrados del tribunal de alzada respecto a las medidas cautelares e inhibición de bienes prontos a vencer.

En un punto siguiente, en tanto, entienden que una de las razones de la problemática traída a análisis encuentra su origen en el “notorio recargo de tareas en el Juzgado Federal de Eldorado”, lo cual “se erige como un argumento válido a los fines de pretender justificar demoras en la que se puede incurrir en el devenir del proceso”.

Esta cuestión, incluso, ya había sido planteada abiertamente por el propio juez Guerrero durante una exposición en el Encuentro Nacional de Justicia Federal, evento realizado en 2022 en Rosario.

“En este momento, tenemos 27.000 causas en la secretaria de ejecuciones fiscales, 13.000 causas en la secretaria penal y 10.000 causas en la secretaria civil. El plantel técnico es de 22 personas”, problematizó el magistrado en aquel entonces.

Y continuó: “Ese juzgado federal multifuero fue diseñado en el año 1985 y habilitado en 1988, donde el curso anual de expedientes en las dos secretarias era de 300 expedientes. Actualmente, sólo en la secretaria penal, ingresan 1.300 expedientes por año”.

“Ese equipo que acabo de mencionar tramita causas de una complejidad que he intentado explicar en numerosos foros, la famosa causa del Clan Barakat, sobre financiamiento del terrorismo, lavado de activos con financiamiento del terrorismo en una casa de juegos de azar en la Triple Frontera. Esa causa jamás mereció la atención del Poder Judicial como para designar un equipo de especialistas que ayuden a los generalistas que somos todos los integrantes de un juzgado multifuero”, reclamó vez ante un auditorio repleto de autoridades judiciales y gubernamentales.

Con ambos planteos sobre la balanza, la Cámara Federal entendió que de igual manera el reclamo de la UIF es valedero y con el objetivo de “garantizar el acceso a la justicia” hizo lugar al recurso, encomendando al juzgado que instruye la causa a “dar curso a lo solicitado” con “la premura el caso amerita”.

Assad Ahmad Barakat, uno de los señalados líderes del clan fue detenido en Foz de Iguazú en 2018.

Clan Barakat

La investigación contra el denominado Clan Barakat es la única causa abierta en Argentina que investiga delitos vinculados al financiamiento del terrorismo y concita atención internacional, principalmente de Estados Unidos, hacia a donde ya fueron extraditados -desde Paraguay- algunos de sus miembros. En el expediente instruido por el juez Guerrero, en contrapartida, aún no hay sospechosos indagados ni imputados.

De acuerdo a las investigaciones trazadas, el clan se trata de un grupo conformado por comerciantes libaneses de Ciudad del Este que ingresaban a Puerto Iguazú asiduamente para lavar dinero mediante artilugios en casinos y luego girar divisas hacia Medio Oriente para la financiación de grupos terroristas, entre ellos, Hezbollah.

Fue ante el descubrimiento de ese ardid que, en agosto de 2018, el juez Guerrero autorizó una serie de allanamientos en hoteles y casinos de Iguazú donde presuntamente los integrantes del clan realizaban sus maniobras delictivas.

En ese momento, las fuentes detallaron que los allanamientos tuvieron directa relación con la medida de congelamiento de bienes dictado un mes antes por la UIF contra un grupo de libaneses sospechados.

Lo que se sospecha, en base a los elementos incorporados en la investigación y a los aportes realizados por distintos organismos del Estado y la Agencia Federal de Información (AFI), es que los involucrados aparentemente cruzaban asiduamente a la Argentina y lavaban dinero de casinos de la Ciudad de las Cataratas, donde simulaban mesas de juego y obtenían millonarias ganancias. 

Luego, a través de distintos mecanismos y sistemas, ese dinero era girado hacia Medio Oriente. Toda esta compleja trama es la que desde hace un tiempo se busca desentrañar.

Los datos obtenidos en aquel entonces indicaban que en los movimientos migratorios se detectaron ingresos al país de al menos 14 presuntos integrantes de la organización investigada y algunos de ellos llegaron a retirar premios de los casinos que llegaban hasta los 10 millones de dólares.

Según estimaciones, el clan podía llegar a mover hasta 43 mil millones de dólares al año. Es porque eso que su sindicado líder Assad Ahmad Barakat -detenido en septiembre de 2018 en Foz de Iguazú- era considerado como un agente clave del grupo terrorista Hezbollah y el mayor operador financiero de la organización extremista en América Latina.

La Triple Frontera era el epicentro de acciones del grupo sindicado por financiar organizaciones terroristas de Medio Oriente.

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Albañil fue condenado a 15 años de prisión por abusar de dos cuñadas menores

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El Tribunal Penal Uno de Posadas declaró culpable al albañil paraguayo acusado de abusar sexualmente de dos cuñadas menores de edad en una casa del barrio Santa Clara II de Garupá y lo condenó a 15 años de prisión.

La sentencia contra Román Federico Agustín Melgarejo (28) fue dictada este mediodía, tras tres días de debate y luego de una ronda de alegatos en la que el fiscal Vladimir Glinka solicitó una pena de 20 años de cárcel para el imputado.

El fallo fue emitido por el tribunal presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por los jueces de instrucción Ricardo Balor y Fernando Verón, ambos por subrogancia legal. El imputado fue declararon penalmente responsable de un hecho de abuso sexual con acceso carnal y una tentativa del mismo abuso, ambos agravados por la convivencia.

El abogado defensor Abel Martín Acevedo solicitó la absolución de Melgarejo por falta de mérito.

Los hechos que se ventilaron en debate ocurrieron en 2016 y 2018, aunque salieron a la luz tiempo después, cuando las víctimas, de 11 y 13 años, revelaron los abusos que padecían a manos Melgarejo, que en ese entonces era pareja de la hermana mayor de las víctimas.

Juzgan a un albañil paraguayo acusado de abusar de dos cuñadas menores

 

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Apelaron el archivo de la causa por la muerte de un jubilado en 2025

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Los hermanos Edgar Corral y José Luis Apaza presentaron una denuncia por ejercicio ilegal de la medicina, abandono de persona seguido de muerte y falsedad ideológica, ante la Fiscalía de Instrucción Uno de Posadas, contra un enfermero y a la ex pareja de su padre, Rubén Corral, quien falleció en septiembre pasado. La Justicia resolvió desestimar y archivar la causa, por lo que ambos apelaron y solicitaron dar continuidad a la investigación. 

El caso se encuentra en manos del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas y la denuncia fue dirigida contra la ex pareja del difunto, Helga R. y el enfermero a cargo, Santiago Miguel R.

Para Edgar Corral, ambos implicados “habrían procedido irregularmente durante la atención médica domiciliaria” de su padre, “un paciente con diabetes y obesidad que necesitaba seguimiento médico permanente y supervisión profesional”. Al mismo tiempo, aseguró que hubo “encubrimientos tras el fallecimiento”.

La denuncia, a la que tuvo acceso LVM, fue radicada en septiembre del año pasado, tras el deceso de Rubén Corral y en la presentación los hijos del fallecido alegaron que: “De las pruebas reunidas surge que las personas intervinientes en el control, monitoreo y cuidado del causante no actuaron con la debida diligencia ni tomaron con seriedad su condición de salud, pese a tratarse de un paciente con enfermedad crónica (diabetes) que requería seguimiento médico permanente y supervisión profesional”.

El documento en cuestión también advierte que: “Existen sospechas fundadas de abandono y desatención, tanto en los días previos como en las horas posteriores al fallecimiento, lo que habría sido acompañado de decisiones irregulares sobre su cuerpo y sus bienes, adoptadas sin conocimiento ni consentimiento de sus hijos”. 

En el caso intervino la fiscal Patricia Clerici, que tiempo después de analizar las pruebas recabadas, resolvió desestimar la denuncia y el archivo de las actuaciones, al considerar que “el hecho denunciado no encuadra en una figura penal”. 

En su planteo, la fiscal argumentó que tras “una atenta lectura de sus constancias da cuenta de que el occiso habría fallecido por causas naturales sin intervención dolosa o culposa de terceros”.

Tras ese dictamen, el 21 de mayo pasado, el juez Miguel Mattos compartió la opinión fiscal al considerar que “las presentes actuaciones no reúnen las condiciones fundamentales para ser posible el avance del proceso al no existir delito”, por lo que, en consonancia con el artículo 204 del código de Procedimiento en materia Penal, resolvió el “rechazo o archivo” de la causa. 

Apelación

No conformes con el resultado, los denunciantes decidieron apelar el dictamen de desestimación y archivo de la causa. En ese marco, insitieron en continuar la investigación al sostener que “existen elementos unívocos que configuran los delitos de Homicidio (Art. 79 C.P.) o Abandono de Persona Seguido de Muerte (Art. 106 C.P.), Ejercicio Ilegal de la Medicina (Art. 208 C.P.) y Falsedad Ideológica (Art. 293 C.P.)”.

Al respecto, Edgar Corral (33) expresó en diálogo con La Voz de Misiones que: “En su testimonial, el enfermero Facundo Facal manifestó que Santiago Miguel Rossler (enfermero a cargo) le impidió realizar el RCP. No pudo realizar la maniobra ya que el enfermero se lo negó haciéndose cargo de la decisión”. 

Y ahondó: “Yo creo que acá la Justicia está encubriendo algo porque, yo pienso, ¿cómo con todas estas pruebas, las testimoniales hechas y demás no van a llamar para calidad indagatoria a esta gente denunciada?”.

“Mi conclusión es que la señora R., ex concubina de mi padre, hizo cremar el cuerpo sin mi consentimiento. Ella es de Salta y mientras venía de allá para Misiones coordinó todo lo que es el servicio de sepelio vía telefónica. Hay algo muy raro en el medio, ¿Cómo el servicio de sepelios va a actuar así? ¿Cómo no va a hacerse presente la Policía en el domicilio? y en la declaración de la enfermera Cristina ella afirma que el enfermero Santiago R. le había pedido el dinero de mi padre y las llaves del auto, cuando ni siquiera es familiar y estaba ejerciendo la profesión de manera ilegal”.

Y añadió: “Pido a la Justicia que investigue porque sospecho que este muchacho le inyectó algo a mi padre. Para mi fue premeditado y por parte de su ex concubina. Ella tiene un hijo con mi padre, quien es mi medio hermano, y con él hubo ocultamiento hacia los otros dos hermanos que somos yo y mi otro hermano que reside en Salta”.

El caso

Ruben Corral falleció el pasado 17 de septiembre alrededor de las 21 en su domicilio situado en la ciudad de Posadas, donde recibía atención médica domiciliaria, en tratamiento por dos enfermedades crónicas: diabetes y obesidad. 

Uno de sus hijos denunciantes observó una serie de “irregularidades” durante la atención médica y el posterior fallecimiento, por lo que decidió investigar al personal que lo atendió a través del Colegio de Enfermeros de Misiones y la funeraria que retiró el cuerpo de la vivienda.

“Una de las cosas que encontré es que el enfermero -que lo atendía hace dos años- tiene matrícula vencida desde el año 2022. Sin embargo, ejercía actos de médico, prescribía medicina, hacía indicaciones de médico, le inyectaba suero a mi papá y le hacía intravenosa. Entonces mandé a pedir un informe sobre su matrícula y pude constatar que se encontraba vencida”, aseguró conforme al informe emitido por el Colegio de Profesionales de Enfermería de Misiones el pasado 13 de enero.

El mismo confirma que Santiago Miguel R., quien se encontraba a cargo de los cuidados de Rubén Corral, no contaba con su matrícula profesional vigente desde el año 2022, como tampoco la declaración de su domicilio profesional.

El mencionado profesional se encuentra inactivo por deuda, con carnet fuera de vigencia, habiendo sido matriculado el 7 de julio de 2010, y con matrícula inhabilitada desde el mes de julio del año 2022, situación que se mantiene hasta la fecha. Asimismo, se informa que no registra antecedentes éticos conforme a la información disponible en esta colegiatura”, detalla el documento.

El día del fallecimiento, también se encontraban presentes Facundo Facal y Zahra Barakat, enfermeros de la red de traslados, que condujeron las dos ambulancias para realizar las atenciones en el domicilio del difunto. “Tengo los testimonios de ellos que hizo la fiscalía bajo juramento, lo de Facal es terrible, no pudo realizar la maniobra de RCP por órden de R. Por eso digo que está demostrado el abandono de persona seguido de muerte”.

Respecto a la atención domiciliaria, explicó: “A mi padre no le gustaban las clínicas, le tenía fobia a los hospitales, entonces, él pagaba por atención en su domicilio a Santiago R. y tenía las cuidadoras que le cocinaban, le limpiaban, él iba en la camioneta, ellas le llevaban el dinero y pagaban proveedores, porque en ese momento se encontraba a cargo de un puesto con venta de legumbres en el Mercado Central”.

Distribuidora de legumbres de Rubén Corral.

“Cuando fui a Misiones pude lograr el contacto con una de las cuidadoras de mi padre, ella se llama Cristina Cantero. También contacté a Camila Alvez y empecé a reunir testimoniales mías por audios de WhatsApp, empecé a armar la historia y había muchas cosas que no me cerraban. Frente a esto, mandé un mail a la red de traslados de Misiones, me acredité como hijo del fallecido, con el acta de defunción, partida de nacimiento y documento, y me mandaron un informe que fue lo más devastador para mí”, apuntó. 

El mencionado documento, emitido por la Unidad Central de Emergencias y Traslados con la firma del Ministerio de Salud de Misiones, en noviembre de 2025, dejó constancia de que R. había impedido la realización del RCP al paciente en cuestión.

Según ese historial, fue el 17 de septiembre de 2025 a las 8.58 cuando la unidad de traslado arribó al domicilio de Corral a fin de verificar su estado de salud, quien se encontraba en tratamiento por diagnóstico de diabetes tipo 2.

El mismo documento señala que, según constató la licenciada en Enfermería, Barakat, durante la comisión, “el paciente se encontraba sentado en la cama, lúcido, colaborativo, con signos vitales estables sin criterio emergente, quedando con indicaciones y pautas de alarma”. Al mismo tiempo, añadió que “al referir que no había tomado la Metformina indicada, se le administra la misma al momento del control”.

A las 20.30 de ese mismo día, se concretó la visita de la segunda unidad de traslado en cuestión, tras un llamado al 911. Fue entonces cuando el enfermero Facundo Facal informó que Corral se encontraba tendido en el baño, en decúbito neutral, por lo que lo ayudaron a cambiar de posición e ingresó en Paro Cardíaco Repentino (PCR) y el enfermero Facal sugirió reanimación, a lo que R., encargado del paciente, “decide no comenzar, haciéndose responsable de la decisión”.

Tras el fallecimiento, el hijo denunciante decidió dirigirse a la funeraria donde realizaron el sepelio y posterior cremación. “En la información que pedí a la funeraria pude ver que la ex concubina de mi papá mintió en la declaración jurada del crematorio diciendo que mi padre no tenía hijos, apurando la cremación y haciéndola de manera expres”.

Y sumó: “Leí una ordenanza municipal que dice que mínimamente el cuerpo tiene que cumplir 24 horas, antes de cremarlo. Ella pagó una cremación exprés para apurar y que no se pueda hacer una autopsia, sabiendo de mi existencia y sin consultarme. A todo esto, en una testimonial de una de las enfermeras que lo cuidaban, ella dice que cuando él muere, ella ve que se va la ambulancia y automáticamente llega el servicio de sepelios, nunca se hizo presente la Policía ni un médico forense”.

“Con todo esto que reuní, sobre la red de traslados, el crematorio, el informe del Colegio de Enfermeros, fui, hice la denuncia, con la denuncia entregué un pendrive con toda esta información e informes, con el testimonio mío y de mi hermano, y bueno, creo que la fiscal no leyó o no entendió nada y me quieren archivar la causa”, lamentó en diálogo con este medio.

Luego, concluyó: “Esto va a ir a la Cámara de Apelaciones, no puede quedar así. No me dieron la posibilidad de despedirlo, me negaron el contacto con él y la verdad es que me parece muy injusto. Por eso quiero hacer público todo esto, para que también la gente sepa cómo se maneja la Justicia en Misiones. Me parece que con todas estas pruebas no pueden mirar para otro lado”.

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Juzgan a un albañil paraguayo acusado de abusar de dos cuñadas menores

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Esta mañana, en el Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzó el juicio oral contra un albañil paraguayo acusado de cometer abusos sexuales en perjuicio de dos cuñadas menores de 13 años con quienes convivía en un inmueble del barrio Santa Clara II de Garupá.

En la audiencia de hoy, se procedió a la lectura del requerimiento de elevación de la causa, documento en el cual la fiscal de instrucción Patricia Clerici, volcó la reconstrucción de los hechos endilgados, las pruebas recolectadas y la acusación que ahora enfrenta el implicado.

El extranjero, identificado como Román Federico Agustín Melgarejo (28), está imputado por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal (un hecho) y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa (varios hechos), en concurso real”.

Según la lectura del expediente, el primer hecho se registró en perjuicio de una niña de 11 años, hermana de la pareja del acusado, quien reveló que durante el 2016 fue abusada sexualmente por su cuñado mientras convivían en el mismo hogar.

No es lo único. El hombre también está acusado de intentar en varias oportunidades cometer el mismo hecho en perjuicio de otra cuñada también menor de edad. Esa situación habría ocurrido en 2018, aunque la denuncia que disparó el caso se radicó tiempo después.

El tribunal encargado de llevar adelante el debate es presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por Ricardo Balor y Fernando Verón como vocales subrogantes.

En la fiscalía interviene Vladimir Glinka, mientras que la defensa del acusado está a cargo del abogado particular Abel Martín Acevedo.

Tras la lectura del requerimiento de elevación a juicio, la audiencia avanzó en la toma de testimoniales a los testigos de la causa, etapa que se realiza a instancia privada a fin de resguardar la identidad y la integridad de las denunciantes.

El comienzo del debate fue transmitido en vivo, durante la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa.

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