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Confirman pena a Ninja, ex PNA misionero de mega carga narco y robo de avioneta

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La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal de Corrientes confirmó la pena de 15 años de prisión para Ninja Ramírez, el ex prefecturiano misionero que en 2019 fue detenido con una carga de nueve toneladas de marihuana en Ituzaingó y que dos años antes participó en Victoria (Entre Ríos) del robo de una avioneta que iba a ser utilizada para el tráfico de estupefacientes en Paraguay.

Valentín Ramírez (52), más conocido como Ninja, ex miembro del área Inteligencia de la Prefectura Naval Argentina (PNA) y exonerado de la fuerza en 2002, fue detenido el 8 de febrero de 2019, mientras llegaba a una finca de Ituzaingó donde se guardaban 9.082 kilogramos de marihuana que estaban a punto de ser cargados a una camión para ser transportados a las grandes urbes del país.

Junto a él cayó un cómplice paraguayo, identificado como Ramón Gaspar Alderete Núñez, y por ese hecho ambos fueron condenados a penas de 15 y 10 años de prisión, respectivamente, al ser declarados coautores del delito de “almacenamiento de estupefacientes”.

La sentencia, impartida por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Corrientes el 28 de septiembre de 2021, fue apelada por la defensa de ambos implicados, por lo cual debió ser analizada por un órgano de revisión.

Ese órgano judicial superior fue la Cámara Federal de Casación Penal y la revisión de la sentencia quedó en manos de la Sala I, integrada por los magistrados Diego Barroetaveña, Daniel Antonio Petrone y Ana María Figueroa, quienes la semana pasada resolvieron rechazar los planteos defensivos y dejar firme la condena para Ninja y su cómplice extranjero, según consignó el Ministerio Público Fiscal de la Nación en su portal oficial.

De esta manera, el ex uniformado posadeño deberá continuar tras las rejas durante un largo período y, muy posiblemente, sin muchos beneficios durante su tratamiento penitenciario, dado que en el mismo fallo fue declarado reincidente por primera vez.

El robo de un Cessna

Es que Ninja guarda otro hito en su prontuario narcocriminal. El antecedente data del 21 de febrero de 2017, cuando fue parte de un golpe comando para robar una avioneta en Entre Ríos.

Según lo que se pudo reconstruir, ese día un grupo de hombres arribó al aeroclub de la ciudad de Victoria y simuló interés en alquilar una avioneta para realizar un salto en paracaídas en el marco de una supuesta despedida de solteros.

Sin embargo, al cabo de unos minutos, los falsos clientes exhibieron su verdadero plan: extrajeron armas de fuegos, amenazaron al piloto de un Cessna 182, redujeron a otros trabajadores del lugar y se robaron la aeronave.

El plan criminal consistía en trasladar la nave hasta Paraguay, donde iba a ser utilizada para el transporte de estupefacientes, pero algo falló y el grupo terminó estrellándose en una inhóspita coordenada dentro de la inmensidad de los Esteros del Iberá, en Corrientes.

La avioneta robada en Victoria se estrelló en una zona inhóspita dentro de la inmensidad de los Esteros del Iberá, en Corrientes.

El siniestro pasó totalmente desapercibido, a tal punto que nadie se enteró de lo sucedido y los delincuentes quedaron perdidos en medio de la nada. Se estima que caminaron durante casi una semana sin alimentos y sorteando ataques de animales, principalmente de serpientes y yacarés.

La avioneta recién fue encontrada el 31 de marzo y para ese entonces obviamente ya no había vestigio de los delincuentes, aunque los investigadores entrerrianos supieron atacar cabos para identificar a los integrantes de la banda, entre los cuales estaban Ninja Ramírez y otro misionero, Héctor De Lima.

La pesquisa reconstruyó que en total fueron los siete los participantes del robo de la avioneta y uno a uno fueron cayendo, aunque dos fallecieron durante en proceso en circunstancias violentas.

Ramírez permaneció mucho tiempo con prófugo y su captura recién se dio durante el procedimiento de las nueve toneladas de marihuana en Ituzaingó.

Por el robo de la avioneta el ex uniformado misionero recibió cinco años de prisión. Su cómplice y coterráneo, De Lima, siete.

Los otros condenados fueron el rosarino Mario Crocco (seis años de prisión) y el argentino-paraguayo Darío Concepción Roas (cuatro años y tres meses), que fue detenido durmiendo en una casa de Posadas mientras un cómplice cruzaba el puente internacional con seis kilogramos de cocaína en su camioneta.

El resto de la banda era integrado por el piloto paraguayo Daniel Sánchez Bareiro, que permanece prófugo; el instructor en paracaidismo rosarino Gabriel “Rana” Quiroz, que apareció muerto en 2017 y Bernardino González, asesinado por un sicario en Encarnación, Paraguay, en 2018.

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Comenzó el juicio oral contra los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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Vestidos de guardapolvo, los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez se sentaron esta mañana en el banquillo de los acusados y comenzaron a ser juzgados por los delitos presuntamente cometidos durante el acampe y la protesta salarial realizada el año pasado en Posadas.

Los dirigentes sindicales están imputados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”.

Los docentes ingresaron al debate a las 8.30, acompañados por un grupo de trabajadores, gremialistas, referentes políticos y militantes sociales que prestan su apoyo.

Antes del inicio, ambos acusados ratificaron la decisión de rechazar la probation propuesta por la fiscal María Laura Álvarez.

El debate está a cargo del tribunal unipersonal presidido por la registrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas.

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Gurina y Sánchez rechazaron una probation y este martes arranca el juicio

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mónica gurina y leandro sánchez

Los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez rechazaron una probation propuesta por la fiscalía y en consecuencia mañana iniciará tal como estaba previsto el juicio oral contra ambos dirigentes sindicales acusados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, cometidos durante las protestas salariales del año pasado en Posadas.

El inicio del debate oral está pautado para las 8 y el proceso se realizará en el SUM del Palacio de Justicia, escenario designado tras un pedido de la defensa para garantizar un mayor número de aforo.

Los docentes contarán con la defensa del letrado Eduardo Paredes y María Laura Alvarenga, mientras que la fiscalía estará representada por María Laura Álvarez, en tanto que el tribunal unipersonal encargado de impartir justicia estará presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas.

Fuentes consultadas por La Voz de Misiones señalaron que el jueves pasado la fiscal Álvarez elevó una propuesta de suspensión de juicio a prueba, más conocido como probation, donde ofrecía la realización de tareas comunitarias como alternativa para resolución del conflicto.

La medida no implicaba el reconocimiento de ningún delito ni contaba como condena, pero los imputados decidieron rechazar la propuesta y enfrentar las acusaciones en debate oral, donde las posibilidades se reducen a un fallo condenatorio o a una absolución.

Esto no es una cuestión criminalizable, independientemente de que se haga este juicio, que me parece una torpeza. Aunque sean condenados ellos van a pelear hasta donde sea”, precisó Paredes a LVM.

Y argumentó que “esta una cuestión gremial, en el ámbito, en el contexto, de una licuación de salarios del año pasado, y por otra parte es asambleario, es decir, es una asamblea la que decide (las medidas de protesta), no ellos. Esto no es una brigada militar donde solo Gurina y Sánchez, deciden. Ellos son voceros, son los que llevan la voz de la asamblea”.

De esta manera, Gurina y Sánchez se sentarán mañana en el banquillo de los acusados. Primero oirán el auto de elevación a juicio del expediente formulado por la fiscal de Instrucción Siete Patricia Clerici y una vez abierto el debate tendrán la oportunidad de declarar.

Posteriormente se dará inicio a las testimoniales, etapa que se extenderá durante al menos una jornada más hasta la instancia de alegatos finales previo al dictado de sentencia.

Acompañamiento y defensa

Bajo el lema “la lucha por el salario no es delito”, gremios docentes, sindicatos, organizaciones de derechos humanos y agrupaciones políticas se convocaron para acompañar mañana a los enjuiciados desde las escalinatas del Palacio de Justicia, ubicado sobre avenida Santa Catalina de Posadas.

“La exigencia de absolución para Mónica y Leandro es un eje de acción que está presentes en todas las acciones llevadas adelante por el Frente de Trabajadores de la Educación en Lucha, conformado por un conjunto de organizaciones que nuclean a docentes en la provincia. También la Mesa de Unidad, que suma al MPL, sectores autoconvocados y algunas seccionales de ATE Misiones, han persistido en incorporar esa demanda a sus reclamos”, señalaron.

Los trabajadores de la educación fueron procesados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, delitos que presuntamente fueron cometidos en el marco del acampe docente realizado a mediados de 2024 sobre la avenida Uruguay para reclamar mejoras salariales.

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Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko

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Jabornicky

El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.

En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.

“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.

“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.

Temerarias

El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.

Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.

El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.

Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.

“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.

Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.

“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.

Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.

“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.

Amonestación

Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.

A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.

DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)
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