Judiciales
Caso Martínez: preventiva para Alcoba y la tesis de otro vehículo en la escena
El Juzgado de Instrucción Seis de Posadas, a cargo del magistrado Ricardo Balor, dictó en las últimas horas el procesamiento con prisión preventiva contra Martín Esteban Alcoba Sciortino (48), el conductor imputado por la colisión que le costó la vida al motociclista Sergio “Mante” o “Manteca” Martínez (34) el pasado 1° de mayo frente al Parque de la Ciudad.
De esta manera, mientras la investigación continúa su curso el hombre seguirá detenido en una celda policial e imputado por los delitos de “homicidio culposo no prestar asistencia a la víctima y haberse dado a la fuga”, figura contemplada por el artículo 84 bis del Código Penal, que prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.
El hecho se registró el 1° de mayo, cerca de las 6.15 de la mañana, sobre la avenida Quaranta, a la altura del acceso al Parque de la Ciudad. Según los primeros datos, Martínez circulaba en una motocicleta Corven 110 hasta que fue embestido a alta velocidad por un Renault Fluence al mano de Alcoba Sciortino, que tras el impacto continuó su marcha hasta abandonar el rodado en inmediaciones al acceso a Itaembé Miní.
El conductor implicado se entregó ante la Justicia tres días después y luego se abstuvo de declarar ante la Justicia, aunque ahora su defensa planea solicitar una ampliación de declaración indagatoria, según afirmó a La Voz de Misiones el letrado Arturo Irigoyen Cundom.

Las últimas imágenes de Martínez, ingresando a las 6.10 y saliendo a las 6.12 de una estación de servicios a pocos metros del lugar del accidente.
La versión defensiva
“Nos mantuvimos en silencio en principio por respeto a la familia y además porque faltaba incorporar evidencia a la causa, que todavía falta, pero ahora tenemos algún panorama más cercano a lo que cuenta mi defendido, entonces vamos a declarar pronto. Eso es lo que él quería desde un primer momento”, adelantó el abogado que defiende al automovilista detenido.
El letrado descartó que su defendido haya estado prófugo o evadiendo la justicia durante los días siguientes al siniestro, argumentando que 24 horas después del suceso se presentó un pedido de exención de prisión con el cual se demostró apego al proceso judicial.
“Somos respetuosos del proceso penal, por eso hasta el momento no presentamos ningún pedido de excarcelación. Estamos impulsando la causa para que todas las medidas preliminares se terminen y él pueda recuperar la libertad. Esta parte quiere que se sepa la verdad real de lo que sucedió ese día“, alegó Irigoyen Cundom a LVM.
En esa línea, la defensa de Alcoba Sciortino ahora afirma tener elementos sólidos que podrían modificar la mecánica del accidente e involucrar a un tercer vehículo, más precisamente un camión.
La tesis se basa en cámaras de seguridad que captaron a Martínez arribando a una estación de servicios ubicada a pocos metros de la escena del hecho a las 6.10 de la mañana y saliendo de allí a las 6.12, mientras que a las 6.11 se observa un camión cisterna egresar de la misma planta y dirigirse hacia la avenida Quaranta.
De esta forma, Irigoyen Cundom plantea que al momento del impacto la motocicleta de Martínez provenía desde la colectora y en el instante y en el lugar del hecho también había un camión cisterna.
“En principio todos los cañones apuntaron a mi cliente. Hoy tenemos elementos que nos permiten hacer dudar y hasta incluso tener otra versión de los hechos”, adelantó el abogado de Alcoba.
Y desarrolló: “Lo que hasta el momento pudimos determinar es que, si bien el accidente se produjo en el mismo carril, ambos rodados no venían en principio por el mismo carril. La moto de Martínez ingresó desde la colectora, tenemos pruebas. Esto cambia radicalmente el hecho de que una persona haya podido avistar en el mismo carril a cualquier cosa, ya sea una moto o cualquier objeto que esté sobre la ruta, a algo que salga de golpe, desde un costado y sin luces”.

El camión cisterna que la defensa de Alcoba ubica en la escena del siniestro.
“Tenemos imágenes que se darán a conocer. Le pedimos al juzgado que arbitre los medios para ubicar todas las cámaras posibles que puedan dar con el motovehículo antes. Entendemos que la vida no se recupera más pero queremos aclarar la cuestión de cómo se produjo el accidente y los motivos, las impericias, las negligencias que hubieron al momento del hecho. Además, hay otro dato que sí está en la causa y es que de la pericia surge que en la cinta asfáltica hay un elemento que podría pertenecer a otro vehículo que pudo tener relación con el accidente. Eso lo dicen los peritos”, añadió.
Partiendo de esa base, Irigoyen Cundom hace especial referencia al camión cisterna captado por las mismas cámaras de seguridad.
“La presencia de este camión cambiaría la mecánica del hecho. El camión estuvo en el momento del accidente en el lugar del hecho. La versión de mi cliente era descabellada, no le entendía, pero hoy él puede ir a decir todo lo que me contó desde el primer día. Por eso requerimos al juzgado que oficie y consiga esa cámara y que se vea realmente las dos cosas, que el camión estuvo y que la moto salió de esa colectora. A juicio de esta defensa, al margen del accidente, esto cambia radicalmente el sentido de la negligencia o la culpabilidad de los intervinientes en el siniestro”, sostuvo el letrado.
Por último, Irigoyen Cundom aclaró también que su defendido es misionero que solo vivió en Corrientes debido a una relación sentimental y sobre el Fluence explicó que él contaba con la cédula habilitante para el conducir el rodado.
“Le pedimos a la familia, dentro del dolor, al colega que representa en la familia (en una posible querella), que busquen lo mismo que nosotros, que es la justicia, no la venganza. Él se va a someter a lo que se tenga que someter y la venganza no sirve. Esa vida no se recupera más, mi cliente está muy sentido, muy dolido. Es una carga que lo tendrá de por vida”, culminó.

Así quedó el Renault Fluence de Alcoba tras el hecho.
Judiciales
Se suspendió el juicio a ex gendarme acusado de matar a su esposa en 2001
El debate oral programado para hoy contra el ex gendarme Carlos Ramón Gómez, imputado por el asesinato de su esposa María Esther Barreda (36), cometido el 9 de diciembre de 2001, fue suspendido en virtud de “maniobras dilatorias” de sus abogados advertidas por el Tribunal Penal Dos de Posadas, que resolvió diferir el inicio de las audiencias y designar un defensor oficial sustituto para evitar que el accionar se repita en la próxima fecha a definir.
La decisión se tomó luego de que el imputado notificara un último cambio de defensa, designando a la letrada Olga Anahí Tabacchi, ex fiscal en Santo Tomé y con condena ratificada por la Corte Suprema por abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público, en lugar de la abogada posadeña María Laura Alvarenga.
En ese marco, el tribunal presidido por el magistrado César Antonio Yaya advirtió que la medida pudo corresponderse a una “maniobra dilatoria”, alegando que los anteriores abogados de Gómez (Eduardo Paredes y Mauricio Vergara) “exhibieron idéntica conducta procesal” en otros tres causas puntuales en las que renunciaron o solicitaron cambios a último momento, entre otros planteos.
Ante ese panorama, y a fin de asegurar el derecho de defensa del imputado y garantizar la realización del debate sin nuevas dilaciones, las autoridades resolvieron suspender la audiencia de hoy y pautar una nueva fecha de inicio, aunque antes de ello ordenó designar un defensor oficial sustituto para que actúe en caso de una nueva renuncia o cambio de abogado a último momento.
Gómez llega a esta instancia libertad y enfrenta cargos por “homicidio calificado”, figura bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua, pena que al momento del hecho preveía 25 años de cárcel.
El expediente quedó habilitado para tratarse en debate oral luego de que el pasado 7 de julio la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) fallara en contra de uno de los tantos planteos defensivos que los diferentes abogados de Gómez presentaron a lo largo de dos décadas.
Crimen y derrotero judicial
El hecho que se pretende esclarecer se registró el 9 de diciembre de 2001 y la víctima fue María Esther Barreda, una mujer de 36 años que estaba en pareja con el ex gendarme acusado.
Según lo reconstruido en su momento, el crimen ocurrió en una vivienda del barrio San Lucas, a pocas cuadras del club Centro de Cazadores de Posadas, donde Gómez habría encontrado a su pareja con otro hombre y la atacó a balazos con su arma reglamentaria.
La mujer recibió un total de cuatro disparos y falleció en el lugar, mientras que el ex uniformado huyó de la escena para un día después entregarse en el puesto de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) de San José.
Inicialmente, la causa quedó en manos del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, presidido en ese entonces por el magistrado Eduardo D’Orsaneo, aunque más tarde el caso ingresó en un largo proceso recursivo y el derrotero judicial que se extendió durante más de 20 años.
Tras las primeras actuaciones, el juez D’Orsaneo dictó la prisión preventiva para el imputado e incluso más tarde la fiscal Margarita Wenner avanzó con el requerimiento de elevación a juicio.
La defensa, por su parte, jugó otra carta. Se opuso al requerimiento y pidió el sobreseimiento de Gómez alegando una “inimputabilidad” de su cliente en razón de haber actuado en forma “enceguecida” por encontrar a su pareja con un presunto amante.
Para 2003, en el expediente intervino el Tribunal Penal Uno de Posadas, que resolvió revocar la elevación a juicio y dictar el sobreseimiento de Gómez, cuya ejecución fue apelada, no así la resolución que lo dispuso.
De ahí, el asunto pasó a manos del Tribunal Penal Dos, actuando como Cámara de Apelaciones, cuyas autoridades consideraron que el caso debía seguir siendo investigado y en consecuencia remitió las actuaciones al Juzgado de Instrucción Uno, entonces presidido por Horacio Gallardo (fallecido), que liberó al sospechoso y estableció una prórroga extraordinaria para resolver si Gómez debía ir al banquillo o no.
Los años pasaron y recién en 2013 el ex gendarme volvió a ser detenido para enfrentar el juicio. El inicio de las audiencias estuvo programado para 2018, pero fue suspendido por el pedido de licencia del fiscal.
En ese lapsus, la defensa volvió a jugar otra carta y recurrió al máximo órgano judicial del país aludiendo el sobreseimiento dictado en su momento a favor de Gómez, entre otros planteos como de prescriptibilidad, arbitrariedad y violación del principio de defensa en juicio por preclusión.
Ese planteo es el que recientemente respondió de manera negativa la Corte, aunque sin analizar la cuestión de fondo. Tras ese revés, Gómez quedó sin más posibilidades recursivas y, por eso, hoy debía sentarse en el banquillo de los acusados aunque el inicio del debate volvió a ser postergado.
Ex gendarme irá a juicio por el crimen de su esposa 24 años después
Judiciales
Ordenan junta médica para el suegro de Wiebel antes de fijar la indagatoria
El hombre de 82 años detenido desde el viernes pasado por el crimen de su ex yerno, el empresario y piloto Alfredo Wiebel (48), continúa internado en Puerto Iguazú y la Justicia ordenó que sea sometido a una junta médica para determinar si su estado de salud le permite comparecer en audiencia de declaración indagatoria.
Según pudo averiguar La Voz de Misiones mediante diversas fuentes consultadas, el detenido, identificado como Ángel Ramón Zalazar (82), continúa internado con custodia policial en la misma clínica privada a la que se presentó el viernes a la tarde mientras era intensamente buscado por el crimen registrado horas antes.
Si bien los certificados médicos aún no fueron elevados formalmente a las autoridades intervinientes, el implicado además de atención por patologías de base recibiría tratamientos de salud de mental, factor que la Justicia pretende esclarecer y para ello se ordenó que el Cuerpo Médico Forense realice una evaluación integral del paciente para determinar si puede comparecer en audiencia de indagatoria.
En paralelo, siguen en curso otras medidas de prueba como la toma de testimoniales y la realización de diversas pericias.
En la causa ahora interviene César Lirussi, titular del Juzgado de Instrucción Dos de Eldorado, magistrado que quedó a cargo de la investigación tras la inhibición de Martín Brites, del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú.
Crimen
El crimen de Wiebel ocurrió el 11 de septiembre a la mañana, cerca de las 11, en una obra en construcción ubicada sobre la avenida República Argentina, en el barrio Industrial de la Ciudad de las Cataratas.
En ese lugar habría mantenido una discusión con Zalazar hasta que, en determinado momento, fue atacado a balazos ante la vista de varios albañiles que trabajaban en el predio y fueron testigos del crimen.
Fueron ellos mismos quienes narraron que después del ataque Zalazar se fue caminando hasta una su empresa ubicada en la zona y allí escapó al mando de una camioneta Toyota SW4.
El sospechoso estuvo prófugo unas horas hasta que, a las 16, se reportó su ingreso a una clínica de la ciudad, donde quedó internado con custodia policial.
La posterior autopsia reveló que Wiebel recibió cinco balazos, cuatro de ellos “mortales”. La información se sumó al hecho de que el sábado la Policía allanó la vivienda del único sospechoso y en el lugar incautaron una pistola calibre 9 milímetros que, se presume, podría tratarse del arma homicida. La certeza llegará una vez que los peritos en criminalística realicen los estudios correspondientes y arriben a una conclusión científica al respecto.
Wiebel, además de piloto de automovilismo, era empresario del rubro turístico, con negocios hoteleros y gastronómicos. Zalazar, en tanto, también es un hombre de negocios, vinculados a la importación y exportación.
Ambos compartían algunas de esas actividades y una hipótesis sostiene que el crimen pudo deberse a diferencias económicas que complicaron la relación.
La autopsia reveló que Wiebel recibió cinco balazos, cuatro de ellos mortales
Judiciales
Oberá: 14 y 16 años de prisión para acusados de matar a golpes a un indigente
El Tribunal Penal Uno de Oberá resolvió condenar a penas de 14 y 16 años de prisión a los dos jóvenes acusados de matar a golpes a un hombre en situación de calle durante un hecho registrado en agosto de 2024.
La sentencia impartida por los magistrados Horacio Paniagua, David Milicich y Graciela Heppner (subrogante) coincidió plenamente con el pedido efectuado minutos antes por el fiscal Juan Pablo Fernández Rissi durante la ronda de alegatos.
En su exposición, el fiscal calificó que los acusados actuaron con una “violencia irrefrenable contra la humanidad de la víctima” y entendió que ambos debían ser condenados.
El pedido fue formulado a media mañana, durante el inicio de la ronda de alegatos, desarrollada luego de la etapa de incorporación de pruebas en la que declararon una decena de testigos del hecho ocurrido el 21 de agosto de 2024 en perjuicio de Miguel Ángel García (55).
Fernández Rissi consideró acreditado el hecho y también la coautoría de los imputados Franco Ezequiel Paz (25) y Sergio Fabián Valenzuela (36) en el delito de “homicidio simple”.
“Sometimiento sin defensa”
El fiscal reconstruyó que ese 21 de agosto, a las 3 de la madrugada, García, que estaba en situación de calle, dormía frente a la sede de Rentas en Oberá, donde se encontraba junto a otras personas hasta que fue abordado y atacado por los acusados.
Según sus palabras, los imputados “propinaron una brutal agresión con golpes de puño y patadas y también con un elemento contundente tipo palo, provocando severísimas lesiones en la cabeza” de la víctima.
Se apoyó en el testimonio de los demás presentes en el lugar del hecho para afirmar que “la víctima estaba acostada, en estado de indefensión” y que “el ataque se prolongó durante varios minutos en los cuales anularon la defensa que pudieran intentar las personas que estaban con García”.
“Esto fue un homicidio doloso. Hubo un sometimiento sin defensa. Hubo dolo de golpear indiscriminadamente, en zonas vitales y sin detenerse por voluntad propia”, resumió Fernández Rissi.
En ese marco, pidió que ambos imputados sean condenados por homicidio simple. Para Paz pidió 14 años de prisión, mientras que para Valenzuela pidió 16 en virtud de registrar antecedentes condenatorios.
Filmaciones
El defensor oficial Matías Olivera, en tanto, cuestionó que durante la instrucción no se ordenaron las medidas suficientes para recabar filmaciones de cámaras de seguridad que pudieran dar certezas sobre lo ocurrido y alegó que esa situación vulneró el derecho de defensa de sus pupilos.
Olivera sostuvo que sus defendidos no niegan su presencia en el lugar del hecho, aunque consideró que no se pudo acreditar qué golpe fue causante de la fractura de cráneo en la víctima, como así tampoco quién fue el autor de dicha agresión.
“A lo mejor el golpe con el palo lo dio otro en medio del tumulto con las otras personas estaban en el lugar”, estimó Olivera.
En ese marco, solicitó que sus defendidos sean condenados a penas de 2 y 3 años como autores del delito de “lesiones graves en riña” y no por homicidio al considerar que García tuvo posibilidad de “sobrevida”.
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