Judiciales
Carlos Carvallo está preso en Candelaria y le negaron la domiciliara
Tras más de seis años detenido, purgando la pena de 12 años de prisión impuesta por delitos de lesa humanidad, el represor devenido en locutor Carlos Luis Carvallo (70) fue trasladado desde Entre Ríos a la cárcel federal de Candelaria y solicitó la prisión domiciliaria, aunque se la negaron.
Desde su captura en 2018, concretada tras más de cuatro años evadiendo un pedido de captura internacional en su contra, Carvallo estuvo detenido en Paraná, Entre Ríos, donde fue identificado como uno de los policías que integraba grupos de tareas dedicados a secuestrar y torturar presos políticos durante la última dictadura militar.
En esa misma ciudad fue juzgado en diciembre de 2020 y finalmente fue condenado como autor de los delitos de “privación ilegítima de la libertad perpetrada por un funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades previstas por la ley, agravada por el empleo de violencia o amenazas y por haber durado más de un mes, en concurso real con la imposición de torturas a personas privadas de su libertad agravada por ser la víctima un perseguido político”.
Todos estos hechos fueron cometidos en perjuicio de Manuel Ramat, un dirigente de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) que estuvo secuestrado en la comisaría paranaense de El Brete y que logró reconocer al imputado como uno de sus captores.
Como era época de pandemia, Carvallo oyó todo el proceso en su contra desde la Unidad Penal I de Paraná, donde continuó purgando la pena de 12 años de prisión impuesta en su contra por el juez Pablo Seró.
Sin embargo, en los últimos meses, la Justicia autorizó el traslado del represor a la Unidad Penal 17 de Candelaria para que pueda estar cerca de un familiar directo con una enfermedad terminal, según precisaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones.
En paralelo, Carvallo también pidió acceder a la prisión domiciliaria, pero dicho planteo fue denegado por las mismas autoridades intervinientes, ante lo cual deberá continuar privado de su libertad.
Represor en Entre Ríos
El juicio contra Carvallo había comenzó en marzo de 2020, pero debió suspenderse a razón de la emergencia sanitaria decretada en todo el país por la pandemia de Covid-19.
Meses después, las audiencias se reanudaron en forma remota y, en esas circunstancias, en octubre se realizaron los alegatos, ocasión en la que la fiscalía había pedido 11 años de prisión y las partes querellantes 21.
El expediente que se ventiló en debate oral fue un desprendimiento de la causa Aérea Paraná I en 2014, en la que Ramat brindó declaración testimonial y allí volvió a identificar a Carvallo como uno de los integrantes del grupo de tareas que lo detuvo ilegalmente y lo torturó durante 45 días.
En su alegato, el fiscal García Escalada destacó “la cantidad de declaraciones sustancialmente coincidentes” de la víctima Ramat y detalló que “se cuenta en la causa con cinco actas de declaración testimonial de Ramat. En las cinco fue claro describiendo los hechos que padeció, identificando con nitidez a Carvallo como uno de sus autores principales, al menos en lo que refiere a la primera fase de su padecimiento, la va desde el 30 de septiembre de 1976 hasta 45 días más tarde, cuando es llevado del centro clandestino de detención de El Brete a la UP I de Paraná”.

Carvallo se mantuvo cuatro años prófugo, con pedido de captura de Interpol en su contra.
La investigación realizada reconstruyó que Ramat conoció a Carvallo cuando éste llegó a su casa y se presentó como oficial de la Policía para llevar adelante un allanamiento vinculado a un hermano del dirigente que ya había sido asesinado en Campana.
Después de ese episodio, el dirigente se presentó ante la Policía, donde volvió a encontrarse con Carvallo y allí comenzó su padecimiento.
“Ramat concurrió por consejo de su abogado a la Dirección de Investigaciones. Allí el jefe le dijo que debía esperar a Carvallo y cuando llegó Carvallo comenzó el periplo de padecimientos. Lo llevaron a Santa Fe, lo obligaron a bajarse del auto, a ingresar al baúl, lo reingresaron a Paraná y lo alojaron en El Brete. Allí permaneció en situación infrahumana, comiendo con la mano, sometido a interrogatorio con trompadas y submarino seco (…) Allí le dijeron ‘vos sos boleta, nadie sabe que estás acá, vos tenés tu DNI’. Con eso querían demostrar la plena disposición que Carvallo y los otros tenían sobre la vida y la integridad física de Ramat”, siguió García Escalada en su alegato.
En esa misma audiencia expuso Lucía Tejera, quien además de recordar todos los hechos sufridos por Ramat también repasó el legajo de Carvallo para dar cuenta de la historia del imputado dentro de las filas de la Policía.
“En octubre de 1975 participó del secuestro de material ideológico y de la detención de varias personas, resaltando una felicitación por su extraordinaria dedicación, energía, serenidad y espíritu puesto en ese procedimiento. Figura también en ese legajo la realización satisfactoria de un curso contra subversivos en agosto de 76. Meses después formó parte de patota que secuestró y torturó a Ramat”.
Tejera recordó que después de esos 45 días privado de su libertad en clandestino, Ramat fue declarado preso legal y “sometido a un consejo de guerra, parodia de juicio como dicen las víctimas, y condenado bajo jurisdicción militar”.
Allí la víctima inició un periplo de detención en el cual pasó por los penales de Sierra Chica, La Plata, Caseros y Paraná, donde fue liberado en 1984 y donde ahora, casi 40 años después, se encuentra encerrado su captor.
De locutor a prófugo
La historia de Carvallo, en tanto, fue muy distinta. Después de la dictadura llegó a Misiones y ocultando su pasado se desempeñó como locutor en varias radios de Posadas, entre ellas en FM Show, siendo ladero al micrófono de Alfredo Abrazian y transformándose incluso en un personaje altamente conocido.
Su situación recién cambió en 2014, después del juicio por la causa Aérea Paraná I que derivó en el dictado de un pedido de detención internacional por parte de la Justicia de Entre Ríos.
Después de ello, el locutor se mantuvo prófugo durante un largo tiempo hasta que finalmente en 2018 efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) lograron ubicarlo en la casa de unos familiares en el barrio Santa Rita de Posadas.
Judiciales
Nuevo certificado de defunción como víctima de lesa humanidad para Tereszecuk
El Registro de las Personas de Corrientes emitió un nuevo certificado de defunción de Carlos Enrique Tereszecuk, como víctima de crímenes de lesa humanidad, en cumplimiento de la sentencia por el derecho a la verdad dictada en 2025 y como reparación para sus familiares.
Tereszecuk se graduó como trabajador social en la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Misiones (Unam), y fue secuestrado y asesinado por la dictadura cívico militar en 1976, cuando tenía 24 años.
Este nuevo documento se conoció a menos de un año del 11 de noviembre pasado, cuando el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1, de Resistencia dio a conocer por primera vez la sentencia por el derecho a la verdad bajo esa carátula y ahora finalmente se dio cumplimiento a la medida dictada por la jueza, Zunilda Niremperger.
Ahora, el certificado de defunción deja asentado oficialmente aquello que durante décadas permaneció oculto: que el cuerpo de Tereszecuk fue hallado en el río Paraná, que la causa de muerte fue un homicidio y que se trató de un crimen de lesa humanidad.
Además, fue anulada el acta de defunción original, confeccionada en 1976, y se emitió una nueva inscripción —Acta Nº 41, Tomo Nº 80, Folio Nº 41, año 2026, Empedrado— que fue entregada a sus familiares.
Desde la Comisión Provincial por la Memoria de Chaco, remarcaron que: “El nuevo certificado inscribe la restitución de Carlos Tereszecuk en un documento público con la verdad histórica que durante décadas les fue negada a sus familiares”.
Y concluye: “El Estado democrático reconoce oficialmente lo ocurrido, nombra a las víctimas y deja constancia de los crímenes del terrorismo de Estado perpetrado por la última dictadura cívico militar”.
El caso
Carlos Enrique Tereszecuk nació en Posadas, Misiones, en 1952. Tenía una activa militancia estudiantil y política, y perseguido por la represión genocida, llegó a Resistencia.
La resolución reconstruyó que fue secuestrado los primeros días del mes de noviembre de 1976 y trasladado a la Jefatura de Policía de Resistencia, donde fue alojado en el primer piso. En ese recinto funcionaba el centro clandestino de detención dirigido conjuntamente por personal policial y del Ejército.
Diferentes testigos declararon que Tereszecuk fue torturado, que estaba en pésimas condiciones de salud y que no podía mantenerse en pie ni caminar. También indicaron, por orden de los guardiacárceles, que otro detenido debió bañarlo.
Además, se pudo establecer que el joven fue asesinado en la segunda semana de noviembre de 1976, que su cuerpo fue arrojado al río Paraná y que el 15 de noviembre fue rescatado en la costa de la localidad correntina de Empedrado, situada a 70 kilómetros de la ciudad de Resistencia. Los restos fueron inhumados como NN en el cementerio de Empedrado e identificado en el año 2018 por el Equipo de Antropología Forense (EAAF).
La nueva sentencia también estableció que el arrojo de cuerpos al río Paraná no fueron hechos aislados, sino una práctica sistemática del terrorismo de Estado. En ese sentido, la investigación judicial reconstruyó un patrón común en los cuerpos recuperados: personas asesinadas, desnudas, atadas de manos y pies, con signos de ejecución, mutilaciones en las yemas de los dedos y cortes en el abdomen.
Ese entramado represivo pudo ser reconstruido a partir del trabajo de la Fiscalía Federal de Corrientes y del EAAF, que permitió identificar, entre otros, los restos de Rómulo Artieda, desaparecido del centro clandestino RI 9 de Corrientes; Julio “Bocha” Pereyra, víctima de la Masacre de Margarita Belén; y Carlos Tereszecuk, visto con vida en la Jefatura de Policía de Resistencia.
Justicia declaró crimen de lesa humanidad el homicidio de Carlos Tereszecuk
Judiciales
Fiscal pidió perpetua para la madre de Belén: “La dejó morir de hambre y sed”
Con un extenso, detallado y crudo alegato, el fiscal Vladimir Antonio Glinka solicitó esta mañana la pena de prisión perpetua para la empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48), al acusarla de actuar en forma deliberada para dejar morir de hambre y sed a su hija Rocío Belén López (15), adolescente con discapacidad cognitiva y motriz por Síndrome de Rett.
“Esto fue un asesinato. Ella adrede decidió dejar de alimentar y de dar agua a su hija para que muriera”, apuntó el fiscal y encuadró el caso en un homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión, ampliando la imputación originaria que era abandono de persona agravado por el vínculo y el resultado.
Ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, el fiscal desarrolló un alegato de dos horas y media que partió en dos partes. En la primera trazó su teoría del caso y en la segunda fundamentó su cambio de calificación legal.
“Acá vamos a demostrar que Belén no se murió porque la imputada se fue a trabajar o por el riguroso estándar laboral de la Municipalidad”, adelantó Glinka y con ironía respondió a la estrategia defensiva planteada por la imputada y por el defensor oficial Miguel Ángel Varela desde el primer día de debate.
Antes de ahondar en su hipótesis acusatoria, el fiscal exhibió varias fotografías que consideró necesarias para graficar la gravedad del caso. Con una de ellas contrastó el antes y del después de Belén bajo el cuidado de su madre, mientras que otra serie imágenes ilustraron la escena donde la adolescente fue hallada sin vida como consecuencia de un cuadro de desnutrición, deshidratación e hipotermia.
“Estoy acá por Belén, pero voy por ella”, lanzó en referencia a la imputada y calificó el hecho como “un acto de semejante crueldad que no puede quedar impune”.

El fiscal Glinka en pleno desligue de su alegato ante el tribunal y la defensa.
“Fue un asesinato”
Repasando los testimonios recolectados durante las seis audiencias previas, Glinka recordó que Belén “pasó el 85% de su vida” al cuidado de su abuela Delira y su tía Clara -madre y hermana de la imputada-, mientras que con su madre solo estuvo un período de dos años comprendido a medidos de los 2000 donde “sufrió maltratos de todo tipo” y un lapso de diez días entre el 13 y el 23 de julio de 2013, cuando finalmente se produjo la muerte.
“Fíjense la diferencia en el cuidado que hubo que ella entró caminando y bailando a la casa de su madre y diez días después salió en una morguera, muerta de hambre, de sed, con hipotermia y escaras en la espalda del tiempo que llevaba postrada en un colchón todo podrido”, señaló.
En ese punto, volvió a mostrar las fotografías de Criminalística que registraron a la víctima tendida en una cama en condiciones precarias y prácticamente sin colchón, dentro de una habitación abarrotada de muebles rotos y bolsas de ropa apilada que apenas dejaban un angosto pasillo de acceso.
“Belén estaba tirada como una cosa. Tenía una barricada a sus costados para que no pudiera salirse de ahí. Y así estuvo no sabemos cuánto tiempo”, describió con vehemencia.
Para Glinka no hay dudas y todo el accionar de Ramírez fue adrede. “Ella tomó la decisión de eliminarla porque Belén no formaba parte de su proyecto de vida. Esto fue un asesinato y lo más grave de todo es que no solo le privó de alimentos, sino que también se aseguró de que nadie se interponga en su plan porque nadie ni siquiera sabía que Belén estaba en esa pieza”, fustigó.
El fiscal desacreditó la versión de la imputada en la que alegaba que por sus obligaciones laborales se veía impedida de brindar el cuidado necesario a Belén y criticó la estrategia defensiva: “Ella trabajaba 6 horas. Tenía otras 18 para cuidar a Belén. Acá vinieron a deshumanizar a una nena, a reducirla a una simple enfermedad que ella no eligió tener para justificar los actos de su madre”.
También objetó el pedido de “reautopsia” planteado por la defensa e interpeló a las partes en forma cruda: “¿Qué dudas hay en la causa de muerte? A Belén la abrieron al medio, le sacaron las tripas y en su estómago no encontraron ni un arroz. Murió de hambre y por no tomar una gota de agua en siete días”.
Como cierre, encuadró el caso en un homicidio agravado por el vínculo cometido por omisión, pidió la prisión perpetua.
Alternativamente, solicitó que se mantenga la calificación inicial de abandono de persona agravado por el vínculo y el resultado y se dicte la máxima pena prevista: 20 años de cárcel.
Para cualquiera de los casos, Glinka pidió que la imputada sea inmediatamente detenida una vez que se dicte sentencia. “Han demostrado que están dispuestos a entorpecer la causa, sumado a que la presunción de inocencia se encuentra en riesgo y que no he escuchado una sola palabra cierta de su parte, no estoy seguro de que se someta a la justicia”, concluyó.

El defensor Miguel Ángel Varela pidió diferir su alegato al jueves y el tribunal aceptó.
Defensa
Concluida su exposición era el turno del defensor Miguel Ángel Varela, aunque el letrado pidió diferir su alegato al jueves. “No estoy condiciones”, planteó y argumentó un agotamiento físico propiciado por la seguidilla de audiencias y por la “extensa” presentación de Glinka.
El fiscal se opuso al pedido al considerar que el otorgamiento de un plazo extra atentaba contra la “igualdad de armas” e incluso acusó a Varela de dilatar el inicio de la audiencia. “Si es tarde es porque el defensor llegó una hora tarde”, apuntó.
El tribunal presidido por Gustavo Bernie e integrado por los magistrados Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante) pasó a deliberar y tras un cuarto intermedio decidieron hacer lugar al pedido del defensor. El debate se reanudará mañana a las 7.30.
La palabra de Ramírez
Previo a los alegatos de la fiscalía, la imputada brindó una ampliación de declaración indagatoria en la que mantuvo su versión de los hechos.
Argumentó que debió afrontar el cuidado de su hija en soledad, con dificultades económicas y apremiada por obligaciones laborales. “Reconozco que estuvo mal haberla dejado e irme a trabajar. Hice lo que estaba dentro de mis posibilidades, no podía darme el lujo de quedar sin trabajo”, justificó.
E insistió: “Jamás la abandoné. Nunca dejé de cuidarla y alimentarla. Jamás se me pasó por la mente este resultado. Pude tener mis errores como madre pero nunca quise matar a mi hija”.
Judiciales
Fiscal del caso Belén se opuso al amicus curiae: “Tratan de condicionar”
Culminada la resolución de las incidencias pendientes, vinculadas a pedidos tanto de la fiscalía como de la defensa, que marcaron la audiencia del lunes, el debate oral para esclarecer la muerte de la adolescente con discapacidad Rocío Belén López (15) avanzó hoy con la incorporación de los últimos elementos de prueba. Para mañana se prevé una jornada de varias horas, con una ampliación de indagatoria por parte de la madre de la víctima y única imputada, como así también con el inicio de la ronda de alegatos.
La última prueba incorporada consiste en un informe emitido por la Municipalidad de Posadas respecto al legajo personal de la imputada Mariela Andrea Ramírez (48), que llegó a este debate acusada de abandono de persona doblemente agravado por el vínculo y el resultado, aunque podría enfrentar un cargo mayor si la fiscalía finalmente decide ampliar la calificación a homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión.
Resta decidir respecto a un pedido formulado por el Equipo Misionero de Derechos Humanos, Justicia y Género, quienes solicitaron ser incorporados al proceso en carácter de amicus curiae, planteo al cual el fiscal Vladimir Glinka se opuso y descargó duras críticas contra el escrito.

La imputada, Mariela Ramírez, mañana ampliará su declaración indagatoria. FOTO: Félix Armengol.
“No cualquiera es amicus curiae”
“Está tan mal hecho que parece apropósito, todo con tal de que sea rechazado y esto habilite un micrófono externo. Esto tiene que ir directamente a la basura, es una falta de respeto para quienes trabajamos de esto”, disparó el fiscal, quien argumentó que la presentación tiene “once defectos formales en 22 carillas” e incumple con los requisitos estipulados para su admisión.
Glinka consideró que los integrantes de dicho equipo carecen o al menos no adjuntaron nada que acredite algún grado de conocimiento o experiencia puntual sobre el Síndrome de Rett como para ser habilitados como voces legitimadas en el asunto. “No cualquiera es un amicus curiae”, objetó.
“Acá no hablan de un interés público comprometido, sino hablan contra la causa y piden que se valoren pruebas según sus interpretaciones. No vienen con la intención de arrojar luz sobre algunos temas, vienen a tratar de condicionar y de condicionar a ustedes”, señaló en referencia al tribunal presidido por Gustavo Bernie e integrado por Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante).
Independientemente de la parte técnica-jurídica, Glinka también puso en duda el “interés real” detrás de la presentación formulada. “Solo quieren meter su cuchara trece años después. ¿Creen que les importa la imputada con una nota a destiempo? ¿Creen que les importa Belén trece años después? Hicieron todo mal apropósito. Quisieron aprovechar una causa de trascendencia pública para hacerse más conocidos para fines personales”, remató.
Por su parte, el defensor oficial Miguel Ángel Varela, que el lunes había solicitado nuevas medidas pruebas, entre ellas una “reautopsia” y una nueva testigo, que fueron rechazadas por el tribunal, pidió que no se tenga en cuenta la oposición de Glinka y se autorice el amicus curiae.
Tras los planteos, los jueces dieron por terminada la audiencia y dieron un cuarto intermedio hasta el miércoles a las 7.30 para reanudar el proceso.
Según la programación estipulada, en primer turno la imputada volverá a pasar frente al tribunal para una ampliación de declaración indagatoria y una vez culminada su deposición se iniciará la ronda de alegatos. La sentencia, en principio, se dará a conocer el jueves.
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