Judiciales
Carlos Carvallo está preso en Candelaria y le negaron la domiciliara
Tras más de seis años detenido, purgando la pena de 12 años de prisión impuesta por delitos de lesa humanidad, el represor devenido en locutor Carlos Luis Carvallo (70) fue trasladado desde Entre Ríos a la cárcel federal de Candelaria y solicitó la prisión domiciliaria, aunque se la negaron.
Desde su captura en 2018, concretada tras más de cuatro años evadiendo un pedido de captura internacional en su contra, Carvallo estuvo detenido en Paraná, Entre Ríos, donde fue identificado como uno de los policías que integraba grupos de tareas dedicados a secuestrar y torturar presos políticos durante la última dictadura militar.
En esa misma ciudad fue juzgado en diciembre de 2020 y finalmente fue condenado como autor de los delitos de “privación ilegítima de la libertad perpetrada por un funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades previstas por la ley, agravada por el empleo de violencia o amenazas y por haber durado más de un mes, en concurso real con la imposición de torturas a personas privadas de su libertad agravada por ser la víctima un perseguido político”.
Todos estos hechos fueron cometidos en perjuicio de Manuel Ramat, un dirigente de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) que estuvo secuestrado en la comisaría paranaense de El Brete y que logró reconocer al imputado como uno de sus captores.
Como era época de pandemia, Carvallo oyó todo el proceso en su contra desde la Unidad Penal I de Paraná, donde continuó purgando la pena de 12 años de prisión impuesta en su contra por el juez Pablo Seró.
Sin embargo, en los últimos meses, la Justicia autorizó el traslado del represor a la Unidad Penal 17 de Candelaria para que pueda estar cerca de un familiar directo con una enfermedad terminal, según precisaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones.
En paralelo, Carvallo también pidió acceder a la prisión domiciliaria, pero dicho planteo fue denegado por las mismas autoridades intervinientes, ante lo cual deberá continuar privado de su libertad.
Represor en Entre Ríos
El juicio contra Carvallo había comenzó en marzo de 2020, pero debió suspenderse a razón de la emergencia sanitaria decretada en todo el país por la pandemia de Covid-19.
Meses después, las audiencias se reanudaron en forma remota y, en esas circunstancias, en octubre se realizaron los alegatos, ocasión en la que la fiscalía había pedido 11 años de prisión y las partes querellantes 21.
El expediente que se ventiló en debate oral fue un desprendimiento de la causa Aérea Paraná I en 2014, en la que Ramat brindó declaración testimonial y allí volvió a identificar a Carvallo como uno de los integrantes del grupo de tareas que lo detuvo ilegalmente y lo torturó durante 45 días.
En su alegato, el fiscal García Escalada destacó “la cantidad de declaraciones sustancialmente coincidentes” de la víctima Ramat y detalló que “se cuenta en la causa con cinco actas de declaración testimonial de Ramat. En las cinco fue claro describiendo los hechos que padeció, identificando con nitidez a Carvallo como uno de sus autores principales, al menos en lo que refiere a la primera fase de su padecimiento, la va desde el 30 de septiembre de 1976 hasta 45 días más tarde, cuando es llevado del centro clandestino de detención de El Brete a la UP I de Paraná”.

Carvallo se mantuvo cuatro años prófugo, con pedido de captura de Interpol en su contra.
La investigación realizada reconstruyó que Ramat conoció a Carvallo cuando éste llegó a su casa y se presentó como oficial de la Policía para llevar adelante un allanamiento vinculado a un hermano del dirigente que ya había sido asesinado en Campana.
Después de ese episodio, el dirigente se presentó ante la Policía, donde volvió a encontrarse con Carvallo y allí comenzó su padecimiento.
“Ramat concurrió por consejo de su abogado a la Dirección de Investigaciones. Allí el jefe le dijo que debía esperar a Carvallo y cuando llegó Carvallo comenzó el periplo de padecimientos. Lo llevaron a Santa Fe, lo obligaron a bajarse del auto, a ingresar al baúl, lo reingresaron a Paraná y lo alojaron en El Brete. Allí permaneció en situación infrahumana, comiendo con la mano, sometido a interrogatorio con trompadas y submarino seco (…) Allí le dijeron ‘vos sos boleta, nadie sabe que estás acá, vos tenés tu DNI’. Con eso querían demostrar la plena disposición que Carvallo y los otros tenían sobre la vida y la integridad física de Ramat”, siguió García Escalada en su alegato.
En esa misma audiencia expuso Lucía Tejera, quien además de recordar todos los hechos sufridos por Ramat también repasó el legajo de Carvallo para dar cuenta de la historia del imputado dentro de las filas de la Policía.
“En octubre de 1975 participó del secuestro de material ideológico y de la detención de varias personas, resaltando una felicitación por su extraordinaria dedicación, energía, serenidad y espíritu puesto en ese procedimiento. Figura también en ese legajo la realización satisfactoria de un curso contra subversivos en agosto de 76. Meses después formó parte de patota que secuestró y torturó a Ramat”.
Tejera recordó que después de esos 45 días privado de su libertad en clandestino, Ramat fue declarado preso legal y “sometido a un consejo de guerra, parodia de juicio como dicen las víctimas, y condenado bajo jurisdicción militar”.
Allí la víctima inició un periplo de detención en el cual pasó por los penales de Sierra Chica, La Plata, Caseros y Paraná, donde fue liberado en 1984 y donde ahora, casi 40 años después, se encuentra encerrado su captor.
De locutor a prófugo
La historia de Carvallo, en tanto, fue muy distinta. Después de la dictadura llegó a Misiones y ocultando su pasado se desempeñó como locutor en varias radios de Posadas, entre ellas en FM Show, siendo ladero al micrófono de Alfredo Abrazian y transformándose incluso en un personaje altamente conocido.
Su situación recién cambió en 2014, después del juicio por la causa Aérea Paraná I que derivó en el dictado de un pedido de detención internacional por parte de la Justicia de Entre Ríos.
Después de ello, el locutor se mantuvo prófugo durante un largo tiempo hasta que finalmente en 2018 efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) lograron ubicarlo en la casa de unos familiares en el barrio Santa Rita de Posadas.
Judiciales
Imputado por muerte del gendarme Barreto pidió perdón: “No quise hacer daño”
“Nunca quise hacer daño, fue un accidente y quiero pedir disculpas a la familia”, expresó esta mañana Rodrigo Dias Da Silva (27) en el inicio del juicio oral donde se determinará su responsabilidad por chocar y matar al gendarme Chato Barreto a bordo de una camioneta repleta de cigarrillos de contrabando dos años atrás en Santa Ana.
Da Silva llegó a esta instancia detenido y así continuará debido a que el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, presidido por la magistrada Ruth María Ponce de León e integrado por Gustavo Cardozo y Enrique Bosch (subrogante), prorrogó su prisión preventiva.
En la audiencia de hoy se leyó el auto de elevación a juicio del expediente, se resolvieron cuestiones preliminares planteadas por las partes y el tribunal le dio al imputada la posibilidad de declarar. Da Silva rechazó la oportunidad, aunque si aprovechó para dar unas palabras.
“Durante mucho tiempo se habló mucho de mí, pero no soy malo. Sé que el cigarrillo no es un delito mayor, yo nunca tuve quise hacer daño, lo que hice fue un accidente, fue todo muy rápido y salió mal”, expresó el joven oriundo de Oberá, aunque con domicilio en San Vicente ante el tribunal.
Y, entre lágrimas, pidió perdón: “Quiero pedirle disculpas a la familia y mis condolencias. Nunca, jamás, quise hacer daño”.
El debate oral continuará el próximo lunes con la declaración de los primeros testigos citados. En la fiscalía interviene Pablo Di Loreto, en tanto que también abogadas representantes de Defensorías Públicas de Víctimas, mientras que Da Silva es defendido por el letrado particular Carlos Luis Ferreyra.

Dias Da Silva no declaró y solo se limitó a expresar disculpas por el hecho.
Fuga, choque y muerte
El hecho que se ventila en debate ocurrió hace exactamente dos años, sobre la ruta provincial 103, poco después del ingreso al Parque Temático de la Cruz de Santa Ana.
Robert David “Chato” Barreto (31) era uno de los gendarmes apostados sobre la ruta cuando Da Silva embistió el control vehicular a toda velocidad.
Según la reconstrucción del hecho, Barreto estaba apostado sobre la doble línea amarilla de la ruta, al lado de un cono vial, y al ver que la camioneta Volkswagen Amarok avanzaba en contramano corrió hacia la banquina para resguardarse.
En esas circunstancias, fue embestido, quedó tendido sobre el capot y fue arrastrado varios metros hasta que se produjo el despiste de la camioneta y fue despedido violentamente.
El gendarme atropellado quedó severamente herido al costado de la ruta y alcanzó a ser asistido, aunque falleció horas después en el hospital.
La camioneta que era conducida por Da Silva tenía pedido de secuestro por robo en la ciudad bonaerense de Quilmes y en su interior transportaba 20.000 paquetes de cigarrillos Eight valuados en más de 22 millones de pesos.
Contrabandista que chocó y mató a un gendarme irá a juicio el lunes
Judiciales
Contrabandista que chocó y mató a un gendarme irá a juicio el lunes
Exactamente dos años después del hecho, el joven contrabandista que en pleno intento de fuga chocó y mató a un gendarme en Santa Ana irá a juicio oral y enfrentará una acusación que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser declarado culpable.
El debate se realizará en el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas y comenzará el lunes 14 de septiembre, exactamente dos años después del hecho que acabó con la vida del cabo Robert David “Chato” Barreto (31), un centinela con más de doce años en la institución y padre de dos hijos.
El imputado, por su parte, es Rodrigo Dias Da Silva (27), quien se encuentra imputado y procesado con prisión preventiva por los delitos de “encubrimiento de contrabando, resistencia a la autoridad y homicidio doblemente calificado cometido a un miembro de la fuerza de seguridad para procurar la impunidad, en concurso ideal”, figura que prevé prisión perpetua.
El juicio oral será presidido por la magistrada Ruth María Ponce de León e integrado por sus pares Fabián Gustavo Cardozo y Enrique Jorge Bosch (subrogante). En representación de la fiscalía, en tanto, actuará Pablo Ricardo Di Loreto, mientras que como defensor de Da Silva estará el abogado particular Carlos Luis Ferreyra.
Para la primera audiencia está pautada la lectura del requerimiento de elevación a juicio y la indagatoria al acusado, que tendrá la posibilidad de declarar o abstenerse, para luego avanzar en la producción de prueba. Se prevén varias jornadas más para la declaración de los testigos citados.

Chato Barreto llevaba doce años en la GNA y era padre de dos hijos.
Crimen en la ruta
El hecho que se encuentra en investigación se registró el 14 de septiembre del 2024, cuando una Volkswagen Amarok cargada con 20 millones de cigarrillo de contrabando evadió un control sobre la ruta provincial 103, a la altura de Santa Ana, pero en plena maniobra su conductor embistió a uno de los gendarmes apostados sobre la arteria.
El uniformado atropellado fue Chato Barreto y tras el impacto la camioneta Amarok continuó su marcha sin control hasta volcar en una banquina de la ruta y en esas circunstancias fue detenido Da Silva.
Según la reconstrucción del hecho, Barreto estaba apostado sobre la doble línea amarilla de la ruta, al lado de un cono vial, y al ver que la camioneta avanzaba en contramano corrió hacia la banquina para resguardarse.
En esas circunstancias, fue embestido, quedó tendido sobre el capot y fue arrastrado varios metros hasta que se produjo el despiste de la camioneta y fue despedido violentamente.
El gendarme atropellado quedó severamente herido al costado de la ruta y alcanzó a ser asistido, aunque falleció horas después en el hospital.
La camioneta que era conducida por Da Silva tenía pedido de secuestro por robo en la ciudad bonaerense de Quilmes y en su interior transportaba 20.000 paquetes de cigarrillos Eight valuados en más de 22 millones de pesos.
Tras la muerte de Barreto, la fuerza federal rindió diversos homenajes y en su honor bautizó con su nombre la Plaza de Armas del Escuadrón 11 de GNA en San Ignacio.

El homenaje a Barreto se realizó en marzo del año pasado.
Judiciales
El STJ confirmó la condena al médico Vinuesa por abuso a cuatro pacientes
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la condena a 4 años de prisión efectiva dictada a fines de 2024 contra el médico gastroenterólogo infantil Fernando Alfredo Vinuesa por cuatro hechos de abuso sexual simple cometidos en perjuicio de pacientes adolescentes.
La resolución del máximo órgano judicial de la provincia fue emitida este lunes, con el voto inicial del ministro Roberto Rubén Uset, al cual adhirieron sus pares Rossana Pía Venchiarutti Sartori, Cristina Irene Leiva, Cristian Marcelo Benítez, María Laura Niveyro, Juan Manuel Díaz y Valeria Fiore Cáceres.
La causa llegó al STJ tras un recurso de casación interpuesto por Julio César Lenzken, abogado defensor particular de Vinuesa, quien cuestionó el fallo emitido por el Juzgado Correccional y de Menores Dos de Posadas en diciembre de 2024 tras un debate oral que se extendió durante cuatro jornadas.
En su presentación, el letrado insistía en declarar la nulidad del requerimiento de elevación a juicio de la causa iniciada en 2019 y apuntaba imprecisiones en la acusación que perjudicaban el derecho de defensa en juicio.
“No se advierte la existencia de vicio procesal alguno que habilite la declaración de nulidad, toda vez que el trámite se desarrolló conforme a derecho y con pleno respeto de las garantías procesales. Cabe agregar que durante el debate oral, el Sr. Defensor ejerció sin restricciones su derecho de defensa, formulando ofrecimiento de prueba, alegando y planteando nulidades, lo que permite concluir que no se ha configurado situación alguna de indefensión derivada de las observaciones planteadas”, responde el ministro Uset en la resolución a la que La Voz de Misiones tuvo acceso.
En otra línea, el magistrado argumenta que “la nulidad de la acusación solo procede cuando indeterminación impide comprender el hecho o genera indefensión real. En el presente caso, los hechos están probados y determinados en su esencia fáctica, por lo que la variación de fechas no genera indefensión material ni afecta el derecho de defensa”.
Asimismo, destaca que “la sentencia demuestra que el juez ha valorado la prueba de manera racional, ponderando los elementos de cargo y descargo, y otorgando mayor fuerza convictiva a aquellos que resultan más verosímiles y concordantes. No se advierte contradicción ni arbitrariedad en la valoración probatoria, sino un razonamiento lógico que conduce a la conclusión alcanzada”.
Por todo lo expuesto, el STJ resolvió declarar admisible el planteo recursivo, aunque rechazó los agravios esgrimidos y en consecuencia confirmó el fallo oportunamente dictado por el Juzgado Correccional y de Menores Dos de Posadas, en ese momento a cargo del magistrado ahora jubilado César Raúl Jiménez.
En dicha sentencia, Vinuesa fue condenado a la pena de 4 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua para ejercer la medicina como autor penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple, cuatro hechos en concurso real”, aunque el cumplimiento de la pena fue diferida hasta que el fallo quedara firme, lo cual ocurrió ahora tras la revisión del STJ.
El fallo condenatorio fue emitido el 6 de diciembre de 2024, tras cuatro audiencias de juicio oral en el que las cuatro denunciantes ratificaron haber sido manoseadas y acosadas por el médico. En el proceso oral intervino como fiscal María Laura Álvarez, que en la instancia de alegatos había solicitado una pena de 7 años de prisión para el acusado.
FOTO: Archivo El Territorio.
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