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Acusado de matar a prestamista colombiano se defendió y pidió perdón

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El crimen del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) llegó a juicio hoy. La hipótesis acusatoria sostiene que un compatriota suyo, junto a un posadeño, lo torturó y mató a puñaladas para robarle $70.000, aunque el principal acusado alega que actuó en defensa propia ante un primer ataque por parte de la víctima y en torno a ambas posturas girará el debate que prevé extenderse hasta el 30 de septiembre.

Los involucrados son el también colombiano Brayan Damián Casso Acosta (29) y el posadeño José Ramón Ramírez (30), quienes llegan a esta instancia acusados por el delito de “homicidio agravado por criminis causa y robo en concurso real”, figura bajo cual son pasibles de ser condenados a la pena de prisión perpetua.

Yo no quería lastimarlo. Quería que se quede quieto. Me acuerdo que tiré dos puntazos hacia adelante. Fue muy rápido todo, prácticamente no me acuerdo de nada. Yo me desconozco. No soy así”, se defendió Casso Acosta esta mañana, al momento de comparecer ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante).

La declaración del extranjero, que también es prestamista, se dio luego de la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa, documento formulado por la fiscal de instrucción Patricia Clerici y donde se plasma una hipótesis diametralmente opuesta a la versión brindada por el imputado.

El debate oral comenzó hoy en el Tribunal Penal Uno de Posadas y continuará hasta el 30 de septiembre.

La acusación

El crimen de Gallego Rojas se registró el 28 de febrero de 2021, poco después de la medianoche, en su departamento ubicado en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas. 

Al llegar al lugar, los efectivos policiales intervinientes se toparon con el colombiano sin vida en la zona del lavadero. La autopsia luego marcó que el cuerpo presentaba al menos 15 heridas cortantes en distintas partes, aunque la lesión mortal fue un puntazo que causó perforación cardíaca. 

En su dictamen, la fiscal Clerici reconstruyó que los dos imputados habían venido desde Corrientes y que esa noche llegaron caminando a la casa de Gallego Rojas, quien les abrió la puerta porque se conocían de antes ya que los extranjeros habían trabajado juntos en el préstamo de dinero.

Una vez dentro, subieron el volumen de la música, cerraron la ventana, redujeron a la víctima y lo trasladaron hasta el lavadero, donde fue torturado a fin de que revele donde tenía dinero guardado. 

La acusación plantea que mientras Ramírez sostenía a Gallego Rojas, Casso Acosta aplicó el puntazo final y juntos huyeron del lugar con una caja de seguridad que contenía 70.000 pesos y 600 dólares, aunque minutos después regresaron para buscar las llaves del cofre y llevarse el arma homicida. 

La hipótesis se sostiene en base a declaraciones de testigos que vieron a ambos involucrados ingresando al departamento de la víctima, como así también rastros de ADN compatible con Casso Acosta que fueron levantados de un picaporte y de una canilla del lavadero, entre otras evidencias recolectadas a lo largo de la investigación llevada adelante por el magistrado Miguel Mattos, titular del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas.

“No quería hacerlo”

Esta mañana, tras oír la lectura de dicho requerimiento, Casso Acosta decidió declarar por primera vez en la causa y pasó ante el estrado del tribunal para defenderse de las acusaciones.

El imputado narró que llegó a Argentina en 2013 y que siempre se dedicó a la venta de muebles y al préstamo de dinero. Dijo que conoció a Gallego Rojas gracias a un pariente y que en 2019 decidió venir a Posadas para trabajar junto a quien terminaría siendo la víctima en esta causa.

Con el tiempo empezaron las diferencias. Hice mis reclamos y él nunca me respondía, así que empecé a trabajar solo, por mi cuenta. Una vez nos encontramos, discutimos y dijo que me iba a pagar, pero eso ya fue para mediados de 2020”, narró el extranjero.

Luego, recordó que un conocido le advirtió que Gallego Rojas “quería sacarme del camino” y poco fue después fue citado por su compatriota para jugar al pool. “Me llamó la atención de repente su ataque de amistad”, reveló Casso Acosta.

El imputado señaló que después de ello volvió a trabajar en Corrientes, pero en febrero de 2021 regresó a Posadas para “cobrar una platica” que había quedado pendiente de los préstamos realizados y fue en esas circunstancias que se reencontró con Gallego Rojas.

“Él me seguía escribiendo que quería arreglar las cosas. A mi no me interesaba el dinero, yo solo quería volver a vivir a Posadas para estar con mi hija. Ese día no sé cómo saqué coraje y fui”, expresó.

“Como yo estaba con Ramírez fui con él. Me voy a lo de Gustavo. Él abre la puerta, se ríe y me hace pasar. Yo pasé al baño y escuché un ruido. Cuando salgo él estaba peleando con Ramírez, entonces yo me meto y él se cae sobre una ventana”, relató.

Y continuó: “Había un cuchillo y él me ataca primero. Yo le agarro la mano y ahí fue que yo me corto. Yo no quería lastimarlo, quería que se quede quieto. Me acuerdo que tiré dos puntazos hacia adelante. Prácticamente no me acuerdo nada, fue muy rápido todo. Yo me desconozco”.

El posadeño José Ramón Ramírez es el otro imputado y hoy se abstuvo de declarar.

Casso Acosta argumentó que después del hecho entró en shock y que cuando se vio ensangrentado pensó que el herido era él, pero al sacarse la remera notó que estaba ileso.

“Desesperado agarré y me fui. Por el camino Ramírez me golpeaba la espalda y yo como que no reaccionaba. Yo no entendía lo que estaba pasando”, alegó.

El extranjero fue detenido horas después. Él asegura que iba a entregarse. “Yo me iba a entregar. Me estaba despidiendo de la mamá de mi hija que estaba embarazada y ahí me agarraron”, argumentó.

Antes de cerrar su deposición, pidió perdón: “Al hermano de Gustavo, quiero pedirle perdón por lo ocurrido. Fue algo que no quería hacer, esa persona no era yo”.

A diferencia de Casso, Ramírez optó por no declarar y su abogado defensor oficial, Mario Ramírez, adelantó que se opone a la acusación, advirtiendo que la participación de su cliente en el caso fue “secundaria”, ante lo cual solicitará que al final del juicio el joven sea incorporado el régimen de prueba para poder acceder a las salidas transitorias. 

El debate continuará mañana, a partir de las 8, con la declaración de los primeros testigos.

El extranjero imputado es defendido por la abogada particular Lilia Vargas, en tanto que en el debate también interviene el letrado Ignacio Peña como querellante y en representación del Ministerio Público Fiscal se encuentra el fiscal Martín Rau.

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Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa

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La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.

El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.

La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.

Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.

Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.

En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.

El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.

Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.

En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.

Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.

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Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato

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El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.

La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.

La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.

Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.

Duda

Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.

El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt

ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente. 

Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.

“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.

Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.

En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.

Cobarde, traicionero y abusivo

Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.

A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.

¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.

“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.

 

Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.

Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.

“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.

Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.

El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.

Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.

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