Judiciales
A 20 años de la muerte del soldado Ramírez: “Hay testigos que saben lo que pasó”
La certeza es que el 26 de junio de 2003 el soldado chaqueño Mauro Ramírez (22) murió de un tiro en el pecho dentro del Regimiento de Monte 30 de Apóstoles, pero la incógnita es quién efectuó ese disparo. Para la Justicia en un principio fue un suicidio, mientras que la familia sostiene que hubo un entramado de poder y corrupción para ocultar el fusilamiento del joven. Hoy, 20 años después, la cuestión sigue sin dilucidarse.
La causa por el fallecimiento del soldado Ramírez fue archivada como suicidio en tres ocasiones. Primero por la Justicia provincial y luego por la Justicia Federal en dos instancias, pero en 2016 la investigación fue reabierta a partir de un dictamen emitido por Procuraduría General de la Nación, al advertir que el caso podría tratarse de un hecho de violencia institucional.
“No se suicidó”
La muerte de Ramírez fue reportada el 26 de junio de 2003, a las 10 de la mañana. Su cuerpo sin vida, con un disparo en el pecho, fue hallado frente a una garita del destacamento del Ejército Argentino en Apóstoles.
El inicio de la pesquisa estuvo en manos del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, a cargo en ese entonces del magistrado José Antonio Reyes -posteriormente destituido-, quien apenas tres meses después decidió archivar la causa al considerar el hecho como un suicidio.
“Hubo entramado de encubrimiento para hacerme creer que mi hijo se suicidó y él no se suicidó. Yo sé que a mi hijo lo mataron, no es una cosa inventada”, exclamó la madre del soldado, Susana Pintos, quien además acusó al ex juez Reyes de hacer desaparecer pruebas, específicamente unas cartas que el joven guardaba en su cofre de seguridad.
En la misma sintonía, el defensor oficial federal de Bahía Blanca, Gabriel Jarque, que actúa en la causa como querellante en representación de Pintos, sostuvo que “la versión que en su momento nos aportó el Ejército y el juez (Reyes) apuntó a un suicidio y no hay ningún elemento que permita sostener esa premisa. En esas primeras diligencias hubo deficiencias inexcusables. Es más, ni siquiera tenemos certezas de que el fusil y las prendas peritadas hayan sido efectivamente de Ramírez”.

El soldado Mauro Ramírez nació en Resistencia, Chaco.
Justamente, en su carácter de querellante, fue Pintos la que tuvo un rol trascendental para que, dos décadas después del hecho, la causa permanezca abierta y en pleno proceso. Es que, desde un principio, descreyó de la hipótesis de un suicidio y prácticamente se convirtió en una investigadora privada que se dedicó a recolectar elementos y recibir testimonios para esclarecer el hecho.
En diálogo con La Voz de Misiones, la mujer contó que “pude recorrer y contactarme con ex compañeros de Mauro que me dijeron que a él lo hicieron callar porque no se quiso involucrar en cuestiones de droga y contrabando de armas, pero algunos fueron amenazados y otros fueron acomodados en puestos importantes para que no cuenten la verdad. Mi hijo fue fusilado”.
Sin embargo, añadió Pintos, en muchas ocasiones, esas mismas personas que por privado le contaron una versión de los hechos, al momento de declarar ante la Justicia negaron todo o excusaron falta de memoria.
“Yo sé que hay testigos que tienen pesadillas, que no pueden dormir porque saben lo que pasó y no lo cuentan. Mi esperanza es que uno de ellos se quiebre y creo que en algún momento sucederá; muchos de hoy ellos hoy también son padres”, lanzó.
De testimoniales e indagatorias
Desde la reapertura de la causa, la investigación avanzó, aunque de manera lenta y con contratiempos en el medio como, por ejemplo, cambio de fiscales y una pandemia que obligó a frenar actividades.
Actualmente, el expediente está en manos del Juzgado Federal de Posadas, aunque la jueza original María Verónica Skanata se inhibió y, por subrogancia, el caso recayó en Miguel Ángel Guerrero, en tanto que, en representación del Ministerio Público Fiscal, interviene Vivian Barbosa.
Según pudo saber LVM, desde la reactivación de la causa, ya declararon más de 25 testigos y la querella considera que la etapa de testimoniales está pronta a culminar, tras lo cual planean solicitar el llamado a indagatoria de dos uniformados que podrían haber tenido responsabilidad en el hecho, tal como ya lo pidieron sin éxito en 2017.
“Tenemos algunos testigos pendientes, pero ya serían los últimos. Vamos a insistir con las citaciones a indagatorias. Nosotros tenemos elementos y pruebas como para demostrar que estas dos personas puntuales no solamente estuvieron revistando en el regimiento el día del hecho, sino que también han tergiversado sus dichos”, puntualizó el defensor Gabriel Jarque.
Asimismo, el letrado tampoco descartó que el pedido se amplíe a otros involucrados, de acuerdo a los nuevos elementos que puedan ser recolectados.

Una inspección ocular realizada en el Regimiento de Apóstoles tras la reapertura de la investigación, en 2016.
En esa línea, detalló que “lo que estas personas aportaron cuando declararon como testigos no es cierto en todos sus aspectos y son contradictorias en parte. Es decir, para nosotros saben más de lo que están diciendo y por eso creemos que estas personas tuvieron alguna intervención en el hecho, ya sea por acción o por omisión. Eso da como para citarlos”.
Pintos, además, fustigó por la actualidad de algunos de los posibles implicados y su próximo objetivo es plantear la cuestión ante el ministro de Defensa de la Nación, Jorge Taiana.
“Algunas de las personas que pudieron tener responsabilidad en la muerte de mi hijo están retirados, pero otros siguen en funciones, en distintos destinos. Se pasean libremente y eso no puede ser así”, cuestionó la madre.
“Una perpetua de dolor”
En ese marco, la causa continúa en pie y este domingo, Susana volvió a Apóstoles para realizar actividades y ceremonias en memoria de su hijo.
“Como hacemos siempre, no vamos a destruir, ni hacer pintadas. Solo llevo conmigo mi dolor, mi angustia, una oración y ramo de flores. Solo quiero estar un rato en la garita donde mi hijo estuvo con vida por última vez”, señaló la mujer, que se dedica a la docencia en Chaco.

La madre del soldado fallecido, Susana Pintos, estará hoy y mañana en Misiones realizando actividades.
Las actividades comenzaron hoy a las 9, con una visita al barrio Esperanza de Apóstoles, donde hay un mural en honor al soldado fallecido y también se repartió chocolatada y pelotas para niños de la zona.
Se hará, por otra parte, una visita al regimiento y una misa, al tiempo que mañana se hará una ofrenda floral frente al Juzgado Federal de Posadas, ubicado sobre la avenida Corrientes.
“A mí ya me arruinaron la vida, pero necesito llegar a la verdad. Yo hoy tengo una condena a perpetua de dolor, pero sigo en la lucha por Mauro y para que esto no le vuelva a suceder a ningún otro soldado que solo sueña con defender nuestra bandera y nuestra patria”, expresó.
Quienes tengan información sobre lo sucedido, pueden comunicarse al 0291-4527588 y aportarla bajo todas las garantías.
Judiciales
Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”
La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.
En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.
Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.
“Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.
La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.
En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.
Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.
Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.
En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.
La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.
A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.
El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Judiciales
Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos
Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.
Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.
Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.
El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.
Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia.
Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.
En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.
“Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.
Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.
Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.
El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.
Juicio y versiones
Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.
La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.
La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.
Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.
En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.
Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.
Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.
Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida
Judiciales
Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años
El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.
Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.
Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.
Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22).
Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.
En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.
El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.
Golpeado y estrangulado
El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.
Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.
La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.
En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.
Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.
Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.
El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.
Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo
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