Judiciales
“Fue un virus o un hacker”: familiares de detenido por pornografía infantil
Los familiares de Chen Meng Ching, el profesor de artes marciales de origen taiwanés detenido a fines de junio en el marco del mega operativo internacional Luz de Infancia IX contra la pornografía infantil, reclamaron su excarcelación y defendieron la inocencia del hombre, al considerar que la situación pudo haber sido consecuencia de un “virus” informático o un “hacker”.
“La Justicia llegó a mi casa y nos dijeron que descargamos muchas cosas malas desde internet. Mi esposo quiere ser Youtuber y siempre descarga muchas cosas para desarrollar sus videos. Él es autodidacta, entonces siempre baja muchas cosas para aprender, de verdad no sabemos qué pasó. Lo que pensamos es que fue un virus”, expresó Claudia Cheng, en diálogo con La Voz de Misiones.
La mujer contó que su marido es maestro de kun fu y masajista, en tanto que incursiona a través de videos sobre cultura china y artes marciales en un canal de Youtube.
En esa línea, Claudia sostuvo que “pienso que él no hizo eso, porque él siempre baja cosas para aprender y yo nunca vi eso. Me dijeron que pudo ser un ataque a su IP” y agregó que “no sabemos porque ellos -por la Justicia- piensan así. Pensamos que puede ser un ataque de un hacker, un virus o no sé si cuando mi esposo bajó algunos recursos se descargó accidentalmente”.

Claudia Cheng, esposa del detenido, dialogó con La Voz de Misiones.
Chen Meng Ching fue detenido el 30 de junio, durante un allanamiento en su casa, procedimiento enmarcado en el mega operativo internacional Luz de Infancia IX contra la pornografía infantil, que se extendió a otras trece provincias argentinas y seis países (Estados Unidos, Brasil, Ecuador, Paraguay, Panamá y Costa Rica).
En ese momento, las fuentes de LVM señalaron que la vivienda del profesor de artes marciales fue marcada mediante la dirección IP utilizada para la descarga de material y que la actividad habría sido realizada en febrero, aunque el reporte proveniente de Homeland Security (de Estados Unidos) llegó ese 30 de junio, lo cual activó los procedimientos en distintas partes del continente.
En la causa intervino el Juzgado de Instrucción Dos, a cargo del magistrado Juan Manuel Monte, que ordenó el allanamiento de la vivienda y hasta allí se dirigió el personal de Cibercrimen de la Policía de Misiones y de la Secretaría de Apoyo para Investigaciones Complejas (Saic), dependiente del Poder Judicial.
En el lugar los uniformados incautaron para pericias una computadora, discos rígidos y un teléfono celular.
A tres meses de ese procedimiento, desde la defensa de Chen Meng Ching, encabezada por el letrado David Sebastián Mieres, consideran que el hombre debe ser excarcelado por la inexistencia de material pornográfico o similar en los dispositivos incautados.
En ese contexto, fuentes de LVM señalaron lo contrario y detallaron que el informe preliminar de las pericias informáticas consigna que tanto en la PC como en uno de los discos rígidos secuestrados se detectó “bastante” contenido de pornografía infantil, no así en el teléfono Xiaomi incautado.
Los voceros añadieron que en total cerca de 25 terabytes de contenido de esa índole y que ahora se aguarda el resultado de otra pericia para establecer si el implicado sólo almacenaba las imágenes o si también las distribuía o comercializaba, lo que agravaría severamente su acusación.
“Él no es consumidor de pornografía infantil. Mi esposo me dijo ‘quién es tan tonto para usar su computadora?’. Vivimos hace más de once años acá y es muy fácil de ser encontrados. Él se siente muy mal porque no hizo nada malo y el ambiente es muy diferente. Le pegaron, le abrieron el labio y le tuvieron que coser, tiene 12 puntos, y su ojo está morado, muy oscuro”, agregó al respecto Claudia.
Actualmente, el hombre se encuentra detenido en una comisaría posadeña. Su caso es monitoreado por la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura e incluso, aseguran las fuentes, recibió la visita de delegados del consulado de Taiwán.
El implicado está imputado por delitos contemplados en el artículo 128 del Código Penal de la Nación, que prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión para quien “produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere” material de pornografía infantil.
La imputación es provisoria y podría modificarse en virtud del avance de la investigación, principalmente en lo referido a la autopsia digital a los insumos informáticos incautados en poder del sospechoso.
Hasta el momento, lo que para la Justicia estaría comprobado es la tenencia y de dichos contenidos. En este punto, las fuentes fueron tan descriptivas que señalaron que durante el allanamiento los peritos técnicos revisaron una computadora y allí mismo encontraron material pornográfico infantil.
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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