Judiciales
Ex sargento acusado de gatillo fácil en A3-2 aguardará el juicio en libertad
El ex sargento de la Policía Emanuel Esteban Soley (38), imputado por el asesinato de Arnaldo “Nano” Amarilla (33), perpetrado en julio de 2018, en el marco de un presunto caso de gatillo fácil, fue excarcelado por el cese de la prisión preventiva a fines del año pasado y ahora aguarda en libertad la realización del debate oral para esclarecer el hecho.
Según pudo averiguar La Voz de Misiones, la excarcelación se dio bajo caución juratoria y fue otorgada en diciembre de 2022 por las autoridades del Tribunal Penal Uno, tras considerarse vencidos los plazos de la prisión preventiva.
De esta manera, Soley salió de la cárcel y, al igual que su consorte de causa, el oficial subayudante David Salomón Villalba (34), aguardará en libertad el inicio del juicio oral en el que se esclarecerá el hecho y se determinará la responsabilidad de cada uno de ellos.
Ambos están imputados por el delito de “homicidio calificado por su función”, figura enmarcada por el artículo 80, inciso 9 del Código Penal de la Nación Argentina, que prevé una pena de prisión perpetua.
Al comienzo de la causa, Villalba estuvo imputado como partícipe secundario del mismo hecho, pero cuando René Casals asumió como titular de la Fiscalía de Instrucción Seis de Posadas, consideró que el uniformado debía responder como coautor por omisión, dado que era el encargado de la patrulla.
En ese marco, ambos imputados deberán enfrentar el juicio oral, que tendrá lugar en el Tribunal Penal Uno de Posadas, a cargo de los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie.
Las fuentes consultadas por LVM señalaron que el expediente está incorporado a la agenda de debates de este año y se estima que el proceso podría llevarse adelante entre agosto y octubre.
Como representante del Ministerio Público Fiscal intervendrá el fiscal original del Tribunal Penal Uno, Martín Rau, pero también participará como colaborador el fiscal Casals, quien instruyó la última etapa de la investigación y formuló el requerimiento de elevación a juicio del expediente.
La excarcelación de Soley ya había sido solicitada en la etapa de investigación, pero el magistrado Ricardo Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis, rechazó el planteo.
Tras la elevación a juicio, el pedido volvió a ser efectuado, esta vez ante el Tribunal Penal Uno, cuyas autoridades dieron lugar a la liberación de Soley al considerar vencido los plazos de la prisión preventiva, que estipula dos años y la posibilidad de una prórroga por un año más.
Las fuentes de LVM señalaron que Soley ahora debe cumplir determinados condicionamientos para mantener el beneficio, entre ellos, presentarse periódicamente ante el Tribunal para demostrar que continúa ajustado a derecho.

El hecho se registró el 1 de julio de 2018, en el barrio A3-2 de Posadas.
“Me genera dolor”
La excarcelación del ex sargento trajo malestar en la familia de Nano, encabezada por su madre Francisca Amarilla, quien adelantó que planean retomar las marchas con allegados a otras víctimas de casos de gatillo fácil en la provincia.
“Me genera dolor saber que la persona que mató a mi hijo está en libertad de nuevo. Yo quiero que llegue el momento del juicio y esta persona pague por lo que hizo. Hoy tenemos miedo, él puede llegar a amenazar o intimidar a los testigos”, señaló Francisca.
Y agregó que “por la forma en que mataron a mi hijo, creo que deben tener perpetua. Nosotros vamos a seguir organizando marchas para pedir justicia, no sólo por mi hijo, sino por todos los casos parecidos. Queremos que haya juicio porque si no parece que los policías son intocables y no es así; ellos tienen que pagar por lo que hicieron, como cualquier otro”.
El caso
De acuerdo a la reconstrucción del hecho, el crimen se cometió el 1 de julio de 2018, entre las 1.30 y las 1.45 de la madrugada, en el barrio A3-2 de Posadas.
La hipótesis consigna que, esa noche, un patrullero integrado por Villalba, Soley y un chofer, todos con prestación de servicios en la Comisaría Décima, recorrían la zona a raíz de una denuncia por grescas que se habían producido en cercanías a la cancha 6 de Septiembre y sindicaban a Nano Amarilla como uno de los involucrados.
En esas circunstancias, se estima que, en el mencionado horario, el patrullero llegó a la casa de Amarilla, quien se encontraba durmiendo en la vereda en una avanzado grado de intoxicación etílica y, al advertir la presencia policial, corrió hacia el inmueble, pero Soley abrió fuego con una Ithaca calibre 12.70.
Amarilla resultó herido tras ese primer disparo, pero aun así continuó su corrida hacia el interior de su casa, instancia en la que recibió un segundo balazo en el omóplato derecho que le terminó provocando lesiones que lo llevaron a la muerte en el lugar.
Los elementos recolectados en el expediente también harían suponer que tras el hecho el patrullero regresó a la comisaría, pero cerca de las 4, ambos imputados volvieron a la escena tras el alerta de una persona fallecida en el lugar.
Villalba también está acusado del delito de “falsificación ideológica de documento público en concurso real”, dado que habría fraguado los registros de los movimientos de la patrulla.
FOTO: El Territorio
Judiciales
Dieron arresto domiciliario a los 17 policías implicados en el caso Golemba
Los 17 policías, entre activos y retirados, detenidos en el marco de la investigación por la desaparición forzada de Mario Fabián Golemba, ocurrida en marzo de 2008, quedaron este jueves bajo arresto domiciliario por disposición de la Justicia Federal de Posadas.
La medida fue adoptada por la magistrada María Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas, y la fiscal Silvina Gutiérrez analiza si presenta un recurso de apelación.
El beneficio alcanza a los 16 efectivos que habían sido detenidos durante los allanamientos realizados el lunes a la mañana y a Alfredo Lorenzo Ortiz, quien se presentó posteriormente de manera espontánea ante el juzgado.
De esta manera, los 17 sospechosos continuarán sujetos al proceso, aunque ya no permanecerán alojados en dependencias de Gendarmería Nacional. La resolución todavía puede ser apelada por la Fiscalía Federal Dos de Posadas, a cargo de Silvina Gutiérrez.
La investigación busca determinar qué ocurrió con Golemba, quien fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008, cuando regresaba a su domicilio en la zona de Dos de Mayo después de haber viajado a Oberá.
La hipótesis de la desaparición forzada
La principal hipótesis que impulsa la Fiscalía Federal sostiene que Golemba fue privado ilegalmente de su libertad y que, posteriormente, habría sido trasladado y sometido a violencia en dependencias policiales.
De acuerdo con los elementos reunidos durante la investigación, distintos testimonios ubicaron al joven dentro de la comisaría de Dos de Mayo durante las horas posteriores a su desaparición.
La pesquisa también apunta a determinar la existencia de un presunto “pacto de silencio institucional” entre integrantes de la Policía para ocultar lo ocurrido y garantizar la impunidad de los responsables.
En ese sentido, la fiscalía analiza no solamente la posible participación de quienes pudieron haber intervenido directamente en la privación de la libertad de Golemba, sino también las conductas de aquellos funcionarios que eventualmente hayan colaborado con el encubrimiento o hayan omitido actuar ante lo sucedido.
Entre los imputados se encuentra el comisario retirado Ewaldo Katz, quien estaba al frente de la comisaría de Dos de Mayo al momento de la desaparición y durante su indagatoria decidió abstenerse de declarar.
Una causa que lleva 18 años
Golemba tenía 27 años cuando desapareció. El 27 de marzo de 2008 había viajado desde Dos de Mayo hasta Oberá para asistir a una consulta médica y posteriormente emprendió el regreso.
Sin embargo, nunca llegó a su casa y desde entonces nada se supo de su paradero.
La causa tuvo durante años una investigación en el ámbito de la Justicia provincial, hasta que posteriormente pasó al fuero federal. Con el avance de la pesquisa comenzaron a incorporarse nuevos testimonios y elementos que permitieron poner el foco sobre el accionar de policías que se encontraban en funciones durante los días posteriores a la desaparición.
Las detenciones concretadas esta semana marcaron un giro significativo en una investigación que llevaba casi dos décadas sin personas imputadas por la desaparición del joven.
Ahora, con los 17 acusados bajo arresto domiciliario, la Justicia Federal deberá avanzar con el análisis de las pruebas y determinar la situación procesal de cada uno de ellos.
El caso Golemba, el “pacto de silencio institucional” y los 16 detenidos
Judiciales
Caso Belén: la defensa pidió la absolución y el tribunal delibera la sentencia
“Para esta defensa, la muerte de Belén se produce de forma natural, como consecuencia de su enfermedad”, pronunció esta mañana el defensor oficial Miguel Ángel Varela, quien se apoyó en esa premisa para refutar la acusación de asesinato planteada por la fiscalía y solicitó la absolución de Mariela Andrea Ramírez (48), madre de la adolescente con discapacidad por Síndrome Rett fallecida en julio de 2013 en Posadas.
El abogado desplegó su alegato defensivo durante más de tres horas, instancia en la que repasó testimonios recabados en la causa y concluyó en que Ramírez no tuvo dolo ni de matar, ni de abandonar a su hija Rocío Belén López (15).
Varela cuestionó el examen de autopsia practicado a la niña y en contrapartida solicitó al tribunal valorar el aporte brindado por el neurólogo infantil José Galeano como el profesional “más capacitado” para comprender el Síndrome de Rett. “Él explicó que la desnutrición y la deshidratación son consecuencias propias de la enfermedad”, indicó.
También puso en dudas el relato de Esther “Gordi” Leiva, la empleada doméstica que en su momento declaró que Ramírez dejaba “encerrada y sin comida” a Belén en la casa del barrio Terrazas con la imputada residía a mediados de la década del 2000.
“Gordi vino acá a desplegar una obra teatral más que un testimonio. Hasta en el color de los ojos mintió”, fustigó.
También atacó el testimonio de las vecinas de aquella misma época, Hilda Da Silveira y Lourdes Balmaceda, que relataron haber visto episodios de maltrato y abandono hacia Belén.
“En realidad les molestaba el sonido. Escuchaban a toda hora como a una persona que se estaba lamentando, pero en realidad era el ruido propio que hacía Belén. Se preocuparon y denunciaron, pero fue por ignorancia, por desconocimiento. Era tan sencillo cómo preguntarle a la madre qué estaba pasando”, señaló.

El tribunal pasó a cuarto intermedio para deliberar. La sentencia podría darse esta tarde o mañana.
“Víctima del Estado”
En respuesta a la teoría del caso desplegada por el fiscal Glinka, el defensor consideró que el cambio de calificación (de abandono de persona a homicidio por omisión) es nulo, aunque de igual manera planteó que “el dolo no está probado para ninguno de los casos”.
Ponderó que Ramírez amaba a su hija y le dio todos los cuidados que estaban a su alcance, descartando que la mujer haya dejado de alimentar y de hidratar a su hija en forma deliberada para quitarle la vida. “Si ella no trabajaba se quedaba en la calle”, argumentó sobre los momentos de ausencia con la niña en esos diez días que compartieron.
En ese punto, describió que su defendida se encontraba en el contexto de ser “una madre soltera, vulnerable, con precariedad laboral y casi en estado de pobreza”, por lo que pidió que el tribunal aborde la causa con perspectiva de género.
Sobre esa línea, ahondó que Ramírez fue “víctima del abandono del Estado” y “víctima de violencia económica de su ex pareja y padre de su segunda hija.
“Por culpa de él tuvieron que vender la casa del barrio Terrazas y ahí comenzó a destruirse el proyecto de vida de Mariela, que era tener una familia”, afirmó.
Como cierre, Varela pidió la absolución de su defendida y también solicitó que, en caso de que el tribunal disponga una eventual condena, Ramírez continúe en libertad hasta tanto la sentencia quede firme.
Tras oír la posterior ronda de réplicas y dúplicas, marcadas por constantes cruces y chicanas entre las partes, como prácticamente ocurrió durante las restantes siete audiencias de debate, el Tribunal Penal Uno de Posadas pasó a deliberar y se aguarda novedades respecto a la resolución.
Según comunicó el presidente del tribunal, el magistrado Gustavo Bernie, el fallo podría darse a conocer esta misma tarde o, en su defecto, el viernes a la mañana. Los vocales que acompañan a Bernie son Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante).
Fiscal pidió perpetua para la madre de Belén: “La dejó morir de hambre y sed”
Judiciales
Nuevo certificado de defunción como víctima de lesa humanidad para Tereszecuk
El Registro de las Personas de Corrientes emitió un nuevo certificado de defunción de Carlos Enrique Tereszecuk, como víctima de crímenes de lesa humanidad, en cumplimiento de la sentencia por el derecho a la verdad dictada en 2025 y como reparación para sus familiares.
Tereszecuk se graduó como trabajador social en la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Misiones (Unam), y fue secuestrado y asesinado por la dictadura cívico militar en 1976, cuando tenía 24 años.
Este nuevo documento se conoció a menos de un año del 11 de noviembre pasado, cuando el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1, de Resistencia dio a conocer por primera vez la sentencia por el derecho a la verdad bajo esa carátula y ahora finalmente se dio cumplimiento a la medida dictada por la jueza, Zunilda Niremperger.
Ahora, el certificado de defunción deja asentado oficialmente aquello que durante décadas permaneció oculto: que el cuerpo de Tereszecuk fue hallado en el río Paraná, que la causa de muerte fue un homicidio y que se trató de un crimen de lesa humanidad.
Además, fue anulada el acta de defunción original, confeccionada en 1976, y se emitió una nueva inscripción —Acta Nº 41, Tomo Nº 80, Folio Nº 41, año 2026, Empedrado— que fue entregada a sus familiares.
Desde la Comisión Provincial por la Memoria de Chaco, remarcaron que: “El nuevo certificado inscribe la restitución de Carlos Tereszecuk en un documento público con la verdad histórica que durante décadas les fue negada a sus familiares”.
Y concluye: “El Estado democrático reconoce oficialmente lo ocurrido, nombra a las víctimas y deja constancia de los crímenes del terrorismo de Estado perpetrado por la última dictadura cívico militar”.
El caso
Carlos Enrique Tereszecuk nació en Posadas, Misiones, en 1952. Tenía una activa militancia estudiantil y política, y perseguido por la represión genocida, llegó a Resistencia.
La resolución reconstruyó que fue secuestrado los primeros días del mes de noviembre de 1976 y trasladado a la Jefatura de Policía de Resistencia, donde fue alojado en el primer piso. En ese recinto funcionaba el centro clandestino de detención dirigido conjuntamente por personal policial y del Ejército.
Diferentes testigos declararon que Tereszecuk fue torturado, que estaba en pésimas condiciones de salud y que no podía mantenerse en pie ni caminar. También indicaron, por orden de los guardiacárceles, que otro detenido debió bañarlo.
Además, se pudo establecer que el joven fue asesinado en la segunda semana de noviembre de 1976, que su cuerpo fue arrojado al río Paraná y que el 15 de noviembre fue rescatado en la costa de la localidad correntina de Empedrado, situada a 70 kilómetros de la ciudad de Resistencia. Los restos fueron inhumados como NN en el cementerio de Empedrado e identificado en el año 2018 por el Equipo de Antropología Forense (EAAF).
La nueva sentencia también estableció que el arrojo de cuerpos al río Paraná no fueron hechos aislados, sino una práctica sistemática del terrorismo de Estado. En ese sentido, la investigación judicial reconstruyó un patrón común en los cuerpos recuperados: personas asesinadas, desnudas, atadas de manos y pies, con signos de ejecución, mutilaciones en las yemas de los dedos y cortes en el abdomen.
Ese entramado represivo pudo ser reconstruido a partir del trabajo de la Fiscalía Federal de Corrientes y del EAAF, que permitió identificar, entre otros, los restos de Rómulo Artieda, desaparecido del centro clandestino RI 9 de Corrientes; Julio “Bocha” Pereyra, víctima de la Masacre de Margarita Belén; y Carlos Tereszecuk, visto con vida en la Jefatura de Policía de Resistencia.
Justicia declaró crimen de lesa humanidad el homicidio de Carlos Tereszecuk
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