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El Superior Tribunal dispuso baja de pena para Rocío Santa Cruz y eludiría la cárcel

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Hizo lugar a un recurso de casación. Y admitió su responsabilidad en la muerte de un motociclista.Pero advirtió que conducía dentro de los límites establecidos. Una cadena de inhibiciones la beneficiarían para evitar la prisión por la condena de cuatro años que recibió.

POSADAS: El Superior Tribunal de Justicia dispuso que sea revisada la pena de cuatro años de prisión impuesta a la abogada Rocío Santa Cruz, por la muerte de un motociclista en un siniestro vial, con lo cual podría eludir el encierro en un penal.

Si bien el máximo órgano judicial coincidió con el fallo del juez César Jiménez en cuanto a la responsabilidad de la mujer en la muerte de Ramón Cabrera, un empleado municipal, consideró que la velocidad con que se desplazaba estaba dentro de los límites permitidos.

Dicha circunstancia habría sido evaluada como un atenuante para que el Tribunal diera curso al pedido de reducción de la pena de cuatro años de prisión, que por su monto debería ser de cumplimiento efectivo en un establecimiento carcelario.

Tras haber superado el trámite de casación, el expediente debería retornar al juez de la causa, aunque en fuentes judiciales se estima que se inhibiría, y en el orden operativo debería recaer en el juzgado de la jueza Marcela Leiva, quien ya adoptó un actitud similar durante el procedimiento.

En la misma línea de conjeturas, la causa finalmente iría a parar al juzgado del magistrado Marcelo Cardozo, quien si bien no es posible asegurar, se estima que seguiría la recomendación del Superior Tribunal y la condenada obtendría la rebaja de la pena y evitaría ir a prisión.

El caso

El hecho por el cual fue juzgada y condenada Santa Cruz se registró el 31 de enero de 2016, en la avenida Quaranta (tramo urbano de la Ruta Nacional 12) de Posadas, aunque la investigación determinó una serie de dudas sobre la conducta que tuvo la acusada tras el accidente.

El 26 de noviembre de 2018 fue condenada a cuatro años de prisión efectiva y diez de inhabilitación para conducir automotores, al ser hallada responsable por la muerte Cabrera, luego de colisionar el auto que manejaba con la motocicleta conducida por la víctima fatal.

Entre las medidas complementarias de la condena, el juez Jiménez le impuso a Santa Cruz la prohibición de salir del país mientras se tramitaban recursos y hasta que la pena quedara firme, pero en la Navidad de 2018, dos empleados judiciales la identificaron en un vuelo Asunción-Lima.

En febrero de 2019 la abogada, con prestación de servicios en la AFIP-Posadas, fue detenida por desobediencia durante 155 días, pero consiguió la libertad por un recurso de habeas corpus que fue tramitado ante la jueza Georgina López Liva, y desde entonces goza del beneficio.

Judiciales

Ex juez pide censura a LVM por nota sobre entrega de bebés en Concepción

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juez reyes concepción

Una semana después del informe que releva un esquema de entrega de bebés en Concepción de la Sierra llegó una amenaza de censura contra La Voz de Misiones. Lo hizo el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, quien ahora se desempeña como abogado defensor particular de una pareja bonaerense que fue condenada por los delitos cometidos en el hecho investigado.

El ex magistrado, que fue destituido por un juicio político realizado en 2007, envío una carta documento a título a personal que llegó este lunes a la mañana a la redacción de La Voz de Misiones, medio que el 5 de enero pasado publicó la nota “Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena”.

En dicha publicación, LVM expuso dos casos de entrega de niños recién nacidos que ocurrieron entre 2021 y 2022 en Concepción de la Sierra, donde los diversos autores implicados, tanto la madre biológica, como quienes oficiaron de intermediarios y quienes recibieron a los menores, asumieron sus respectivas responsabilidades en sendos acuerdos de juicio abreviado que se tradujeron en sentencias condenatorias.

Uno de esos involucra a la pareja conformada por el utilero de escenografía Luis Gabriel Ibáñez y a su esposa Lorena Soledad Márquez, quienes residen en San Miguel, provincia de Buenos Aires, pero que en marzo de 2022 vinieron hasta la tierra colorada para llevarse a una niña de cuatro meses con la que convivieron unos pocos meses hasta que el Juzgado Multifuero de Apóstoles descubrió la maniobra y ordenó un operativo de rescate que se concretó exitosamente.

Después de ello, se activó una causa penal que fue dirigida por la magistrada Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas. El expediente continuó su curso normal, con incorporación de pruebas, toma de indagatorias y exámenes de ADN, hasta que fue enviado a juicio oral, aunque antes de llegar a esa instancia los bonaerenses firmaron un acuerdo de juicio abreviado donde admitieron su culpabilidad con la anuencia de Reyes como abogado defensor.

De esa manera, tanto Ibáñez como Márquez recibieron 3 años de prisión en suspenso por delitos de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, con la diferencia de que a la mujer también se le atribuyó “promoción e intermediación”.

La carta documento de Reyes fue emitida el 9 de enero y llegó hoy a la redacción de LVM.

“Merecen la censura”

Ahora, Reyes, en su carácter de abogado defensor de ambos condenados, pero a título personal y desde su estudio en J.J. Lanusse 136 de Apóstoles, envío una carta documento intimando al medio a eliminar la nota publicada argumentando “calumnias”, atacando la fuente de información y considerando que los datos revelados “merecen la censura”.

Intimo se abstenga a calumniar a mis defendidos mencionados en el segundo caso publicado en las redes sociales, en clara violación ART. 1° Ley 27.708, que únicamente pudieron ser obtenidos de fuentes judiciales del fuero penal federal y provincial”, invoca Reyes.

En otro párrafo, arguye que “el periodismo viola el ART. 28 CN porque están incurriendo en el delito revelando los datos de los involucrados judicialmente y con ello perjudican el honor, la reputación e integridad de personas concretas”.

“Es indudable que obtuvieron esos datos y los publicaron injustificadamente con un efecto de amplitud y velocidad impredecible que merecen la censura”, remata luego.

Incluso, añade cuestiones que de índole cuasi personal que en ningún momento fueron objeto de la publicación efectuada por este diario. En su escrito Reyes acusa que “el juez y la defensora oficial de Apóstoles inculparon falsamente a sus defensores por instigadores a cometer delito supresión de identidad” y acto seguido se defiende “nunca antes tuvimos contactos con ellos ni la madre de la niña”.

El documento cierra con una intimidación de 72 horas para “retractarse y suprimir de las redes dicha noticia”, con la advertencia de ser “demandados y querellados” en caso contrario.

Información pública

Asesores consultados por LVM calificaron la presentación como “errónea, improcedente y hasta contradictoria”.

Por ejemplo, explicaron que uno de los articulados citados, el ART. 1° Ley 27.708 (Ley Argentina Digital), que tiene por objeto declarar “de interés público el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones, y sus recursos asociados, estableciendo y garantizando la completa neutralidad de las redes”, normativa considerada “no aplicable” para este caso puntual.

Además, yerra severamente Reyes cuando hipotetiza sobre el origen de la información. Es que, más allá de las inobjetables fuentes consultadas por este medio, el fallo que condena a sus defendidos es de público conocimiento en internet, donde el documento está a solo unos click’s de distancia para quien sabe navegar en sitios oficiales de información pública.

Sin ir más lejos, la sentencia condenatoria de 16 páginas emitida por el Tribunal Oral Federal de Posadas contra los defendidos de Reyes se encuentra aún disponible en el Centro de Información Judicial (CIJ), siendo de esta manera información pública, a disposición de cualquier ciudadano.

El fallo que condena a los defendidos de Reyes es público en el Centro de Información Judicial (CIJ) del Poder Judicial de la Nación.

Destituido

Reyes, que ahora ejerce como abogado particular, supo ser un juez marcado por resoluciones polémicas que incluso le valieron un juicio político que derivó en su destitución.

El ex magistrado fue titular del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, pero fue acusado de habilitar un recurso de amparo a favor de la empresa “Touché-Moreno Ocampo y Otros UTE”, que le permitió extraer 3 millones de pesos del banco Macro, supuestamente en concepto de pagos pendientes por el cobro tercerizado de morosos de Rentas.

Esa situación le valió un Jury que culminó en 2007 con su destitución del cargo. Para evitar la expulsión había renunciado, pero la dimisión no le fue aceptada.

El nombre Reyes, además, volvió a ser noticia recientemente cuando se supo que la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) ordenó reabrir la investigación por la muerte del soldado Mauro Ramírez, ocurrida el 26 de junio de 2003 dentro del destacamento de Monte 30 del Ejército Argentino en Apóstoles.

El primero en atender esa causa fue Reyes cuando dirigía el Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, pero en tres meses decidió archivar el expediente al considerar el hecho como suicidio, tesis que aún 20 años después sigue en duda, con fuertes indicios de que en realidad se trató de un caso de violencia institucional. 

Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena

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Policiales

Peatón falleció tras ser atropellado por un auto sobre ruta 12 en Jardín América

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En la madrugada de este lunes, un automóvil Fiat Cronos, conducido por un hombre de 66 años, circulaba en sentido Iguazú–Posadas cuando embistió a un peatón, provocando su muerte sobre la ruta 12 a la altura del kilómetro 1441, en jurisdicción de la ciudad de Jardín América.

La víctima fue identificada como Hugo Orlando Villar (60), quien se encontraba domiciliado en Colonia Primavera. Al momento del impacto quedó sobre la banquina, sin obstruir la circulación vehicular.

En el lugar trabajó personal policial de la Comisaría Seccional Primera de Jardín América, dependiente de la Unidad Regional IX.

Por disposición judicial, las autoridades procedieron al secuestro del vehículo involucrado y practicaron los exámenes de dosaje sanguíneo tanto al conductor como a la víctima

Por estas horas realizan las averiguaciones correspondientes a fin de establecer la identidad del fallecido y los motivos que desencadenaron el fatal desenlace.

Por disposición judicial, el cuerpo fue entregado a un familiar para velatorio y posterior inhumación.

Identificaron al peatón que murió atropellado sobre avenida Quaranta

 

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Policiales

Un hombre en una moto brasileña chocó y murió sobre la avenida Quaranta

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Un hombre que conducía una motocicleta con dominio brasileño y cuya identidad aún no fue establecida falleció esta tarde en un accidente de tránsito protagonizado contra un automóvil sobre la avenida Quaranta de Posadas.

De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, el siniestro ocurrió a las 16.50, en Quaranta y avenida Zapiola, en jurisdicción de la comisaría Decimoctava, dependiente de la Unidad Regional X.

En ese sitio, por causas que se intentan establecer, colisionaron un automóvil Chevrolet Prisma conducido por Fabián Guillermo E. y una motocicleta BMW GS, patente brasileña, guiada por un hombre cuya identidad aún se desconoce.

Como consecuencia del fuerte impacto, el motociclista falleció en el lugar, mientras que el conductor del auto fue trasladado al hospital Madariaga para recibir la atención médica correspondiente.

En el lugar trabajó el personal de la comisaría jurisdiccional y los agentes especializados de la División Científica, quienes realizaron las pericias de rigor para esclarecer las circunstancias del suceso y determinar posibles responsabilidades.

El auto era conducido por Fabián Guillermo E., quien fue llevado al hospital. 

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