Opinión
El fin no justifica los medios
(*) Por Nicolás Marchiori
En la política, en los negocios y en otros ámbitos se suele usar la frase “el fin justifica los medios”. Atribuida erróneamente a Nicolás Maquiavelo en la famosa obra El Príncipe, esta frase enfatiza que el objetivo de la acción es más importante o justifica las maneras para alcanzar ese objetivo. Se asume que si el fin es lícito también lo son los medios. A pesar de la aceptación de este aforismo, estas palabras chocan con la realidad. El fin no
justifica los medios.
El economista liberal salvadoreño Manuel Hinds considera que los medios pueden destruir el fin. Esta afirmación parte de un problema ético: al usar medios antiéticos para lograr fines éticos, quienes impulsan la acción terminan perdiendo legitimidad. El exámen de legitimidad de los medios valida el objetivo y le confiere un sentido superior. No es verdad que “todo vale” a la hora de lograr un objetivo, muchas veces se transforma en una excusa para alcanzar metas a través de cualquier medio que se necesite, sin importa cuán inmoral o ilegal puedan llegar a ser. Tanto los medios medios como el fin conllevan una carga ética y moral.
Cuando una persona se convence de que “el fin justifica los medios”, puede terminar cruzando líneas muy peligrosas, como violar la ley o perjudicar a terceros. De esta forma, buenas intenciones puede transformarse en actos injustificables. En ese camino, se pierde la capacidad de distinguir entre lo correcto y lo conveniente.
Cuando aplicamos este principio corremos el riesgo de justificar el uso de la violencia, todo en nombre de una “buena causa” que muchas veces sólo termina siendo buena para quien la impone.
Validar cualquier acción solo porque uno cree tener la razón lleva a actuar sin empatía y con un desprecio hacia los demás. Así se rompe el tejido social y se alimentan conflictos. Dicho esto, si no se miden las consecuencias y no se pone un límite ético, lo que comienza como un causa justa se termina desvirtuando y causando un daño irreversible.
Es muy común ver esta mentalidad en los populistas cuando afirman que todo vale si se hace “por el pueblo”. De esta forma, buscan justificar decisiones autoritarias o irresponsables bajo la excusa de representar la “voluntad popular”.
* * *
Derecho a protestar: ¿vale todo?
El prestigioso jurista argentino especializado en derechos humanos Roberto Gargarella desarrolló un interesante trabajo titulado “Un diálogo sobre la ley y la protesta social”, en el que plasma una investigación sobre protestas sociales y la ley, tomando ejemplos principalmente de la Argentina. En la presentación explica que el mismo se realizó con información recolectada, particularmente con informaciones jurídicas sobre el tema y que el objetivo es reflexionar sobre cómo la ley debería reaccionar frente a la violación de derechos fundamentales y las graves tensiones sociales.
Citando como leading case “Cameron vs. Johnson”, Gargarella expone que las decisiones de las cortes en Estados Unidos han sido muy rigurosas cuando los manifestantes no tenían permiso para realizar sus manifestaciones y cuando ellos habían interferido innecesariamente con el tránsito en las calles.
Para los constitucionalistas existen muchas normas constitucionales que de relevancia en esta discusión. Entre los ejemplos, podríamos referirnos al derecho que poseen las personas a la libertad de expresión, al derecho de reunión, al derecho de peticionar ante las autoridades (artículo 14 de la Constitución Nacional) o a los amplios derechos sociales consagrados en el artículo 14 bis entre los que se incluye el derecho a huelga.
En Argentina, en una de las primeras decisiones judiciales sobre este tema, el juez federal Ricardo Napolitani, del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Comodoro Rivadavia, sostuvo en julio de 1999 que “no hay derechos absolutos, porque todos los derechos deben ser ejercidos de acuerdo a las leyes que los regulan, tomando en cuenta su finalidad así como los intereses que estos protegen”.
En los casos analizados por Gargarella en su trabajo de investigación, este tipo de alegatos supuso que los manifestantes no podían ser autorizados a ejercer, por ejemplo, su derecho a protesta en formas que afecten severamente los derechos de los demás, por ejemplo, el derecho a libre tránsito y el derecho a ejercer el comercio. En una decisión más reciente e importante, en el caso Schiffrin, la Cámara Nacional de Casación citó a la Corte Suprema
de Justicia de la Nación al afirmar que “los principios, garantías y derechos reconocidos en la Constitución Nacional no son absolutos y están sujetos a las leyes que razonablemente regulaban su ejercicio”.
La linea argumentativa que encontramos en las opiniones de muchos juristas reconocidos es clara, Gregorio Badeni sostuvo que “la libertad de expresión es una libertad legítima, pero no absoluta”. De manera similar, Juan Carlos Cassagne, afirmó que el derecho a peticionar ante las autoridades “no era absoluto”, porque este, como todo otro derecho, “debería ser ejercido de acuerdo con las leyes que regulan su ejercicio y respetando los límites establecidos por la Constitución en el artículo 22 (que se refiere al delito de sedición)”. Citando a uno de nuestros padres fundadores, Juan Bautista Alberdi, Cassagne concluyó su argumento diciendo que “la libertad de cada hombre termina donde comienza la libertad de sus prójimos”.
La huelga puede representar el ejercicio pleno de un derecho constitucional conforme el artículo 14 bis de nuestra Carta Magna, o bien, puede convertirse en un acto de abuso del derecho y hasta en un acto extorsivo y manifiestamente ilegal. Cuando el poder de daño es muy alto, aumenta la posibilidad de que la huelga deje de ser una medida de presión para transformarse en una virtual extorsión en virtud de que los daños que habría que soportar son muy graves comparados con el costo de las reivindicaciones que se llevan adelante.
El abuso del derecho es aquel en el cual el titular ejerce el mismo en exceso de las facultades y atribuciones concedidas por la legislación, de modo que afectan la buena fe, la proporcionalidad y la razonabilidad, la moral y las buenas costumbres, y en particular, el objetivo ético y central de ese derecho, para lograr un rédito irrazonable y
desproporcionado que trae aparejado daños impredecibles y distorsivos.
El Código Civil argentino es claro, en su artículo 10 establece que hay abuso del derecho cuando se vulnera el ejercicio regular de un derecho propio. Por ende, la ley no ampara el ejercicio abusivo de de los derechos y se considera tal el que contraría los fines del ordenamiento jurídico o el que excede los límites impuestos por
la buena fe, la moral y las buenas costumbres.
Asimismo, el juez debe ordenar lo necesario para evitar los efectos del ejercicio abusivo o de la situación jurídica abusiva y, si correspondiere, procurar la reposición al estado de hecho anterior y fijar una indemnización.
Una protesta política disfrazada
Mayo de 2024 no fue un mes más en el calendario para los misioneros, ya que bajo la excusa de una protesta impulsada por reclamos salariales, personas vinculadas a la docencia y a los policías pergeñaron una manifestación que reunió todos los elementos de una movida de desestabilización contra el Gobierno Provincial. Es menester dejar en claro que los reclamos por mejoras salariales son justos, pero cuando se lo utiliza como pantalla para disfrazar un movida que en realidad tiene una intencionalidad política, ese justo reclamo pierde todo tipo de legitimidad.
Rememorando lo sucedido, todo se inició en la madrugada del viernes 17 de mayo cuando un grupo de policías bajo las órdenes de los oficiales retirados Ramón Amarilla y Germán Palavecino, cabecillas del insólito alzamiento policial, tomaron el Comando Radioeléctrico ubicado en la avenida Uruguay y Félix Bogado de la Ciudad de Posadas.
Un grupo de policías robaron 18 patrulleros, un autobomba y una camioneta de la policía científica, los cuales permanecieron secuestrados durante las casi dos semanas del alzamiento pese a la existencia de una orden judicial que ordenaba su inmediata restitución a las respectivas dependencias policiales.
Durante el conflicto, el fiscal de Instrucción N°6, René Casals, advirtió que la protesta había cometido graves y numerosos delitos, entre los cuales mencionó: “incitación a la violencia”, “desobediencia de la orden judicial”, “robo de vehículos y otros elementos”.
Consultada sobre el conflicto en Misiones, la entonces Ministra de Seguridad de la Nación Patricia Bullrich fue contundente: “la policía no puede ser piquetera”. Una expresión que guarda relación con un paradigmático fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictado en 2017 que estableció la prohibición del derecho a huelga de las fuerzas policiales, porque sus funciones, según el Máximo Tribunal, no pueden quedar suspendidas por ningún período de tiempo.
Otro de los momentos más álgidos de la intentona desestabilizadora se dio el jueves 23 de mayo en la Cámara de Representantes de Misiones cuando un grupo de manifestantes provocaron diferentes daños en el edificio donde se llevaba a cabo la sesión. La columna de violentos rompió el vallado preparado por la seguridad y con gran esfuerzo, integrantes de la Policía de Misiones lograron evitar que los manifestantes ingresen al recinto, en lo que podría haber sido un hecho de consecuencias trágicas. Al frente de esas acciones se encontraban la dirigente de la CTA Mónica Gurina y los dirigentes docentes Leandro Sanchez, Estela Genesini y Carlos Lezcano, entre otros.
Luego del hecho, la Justicia impuso una restricción de acercamiento a los sujetos identificados durante el ataque al
edificio de la Legislatura Misionera. Llamó la atención la presencia en esa lista de Nicolás Rolón y Carlos Matías Bernhardt, militantes de Franja Morada y de la Juventud Radical.
Existe gran cantidad de material fotográfico y fílmico que permite probar la estrecha cercanía de dirigentes radicales y de otros espacios opositores durante los días de acampe, quienes se acercaron al lugar del acampe para llevar insumos a los manifestantes, incluso hasta baños químicos.
Lo cierto es que un genuino reclamo de algunos sectores de trabajadores misioneros que han sufrido el cimbronazo de la crisis económica nacional fue desvirtuado groseramente y terminó convirtiéndose en una protesta hiperpolitizada desde algunos sectores opositores que, envueltos en un mar de contradicciones y en su propia torpeza, quedaron expuestos.
Los meses posterior terminaron de confirmar lo que se especulaba desde el principio: la verdadera motivación de la protesta era política. Ramón Amarilla, Germán Palavecino y Mónica Gurina finalmente terminaron siendo candidatos a legisladores dentro de espacios opositores.
Un freno al uso abusivo de los derechos
A raíz de un expediente que tuvo origen tras denuncias de comerciantes de la avenida Uruguay, quienes aseguraron que el acampe docente les generaba pérdidas económicas, reducción de ventas, daños en la mercadería expuesta y dificultades en el acceso vehicular y peatonal, el 31 de mayo de 2024 el juez de turno Ricardo Balor impartió una
orden judicial tendiente a despejar la avenida Uruguay de Posadas. El día 1 de junio la Policía notificó a los manifestantes, en presencia de testigos y en ese momento la calzada fue desocupada. Horas más tardes del mismo día, volvieron a cortar totalmente la avenida, haciendo caso omiso a lo dispuesto por la Justicia. El 3 de junio, la Policía de Misiones constató nuevamente el bloqueo y registró la presencia de los dirigente
sindicales imputados en la causa.
Aunque el 7 de junio de 2024 se firmó un acta acuerdo entre el Gobierno provincial y los gremialistas, en el cual se establecía el compromiso de no promover acciones legales contra los manifestantes que participaron del acampe, la Justicia aclaró que ese tipo de acuerdos no frena la acción penal pública.
Esta causa llegó a debate oral la semana pasada, previo rechazo de una probation por parte de los sindicalistas Gurina y Sánchez. Al respecto, la Fiscal que intervino en el juicio María Laura Álvarez subrayó que la causa llegó a juicio oral porque los imputados rechazaron la suspensión del juicio a prueba ofrecida días antes. “Era una alternativa de resolución de conflicto. Yo sugerí que ellos enseñen, que den clases en un comedor durante un tiempo, y con eso se extinguía la acción penal”, manifestó la funcionaria judicial.
Por otra parte, aclaró que aceptar la probation no implica admitir culpabilidad, ya que el artículo 76 bis del Código Penal expresa que no implica reconocimiento del hecho. Se suspende el juicio por un plazo determinado y, cumpliendo tareas comunitarias, se extingue la acción penal.
En una entrevista en Misiones Online, la fiscal Álvarez se refirió a la supuesta “criminalización de la protesta” que se intento instalar por parte de los abogados de los sindicalistas que basaron toda su defensa en fundamentos del garantismo penal, corriente de pensamiento criminológico con sesgo utilitarista impulsada por el ex ministro de la
Corte Eugenio Zaffaroni. Al respecto sostuvo que “no se criminaliza la protesta. Yo soy hija de la democracia y es un derecho constitucional. Pero ningún derecho es absoluto cuando vulnera a otros.”
En ese sentido, enumeró los derechos afectados: “el libre tránsito público y privado, el derecho al comercio, el consecuente derecho alimentario, el daño al medio ambiente por la quema de neumáticos”. Y remarcó que “cuando un derecho colisiona con otros, hay que ponderar. La Corte Suprema lo ha dicho: ningún derecho es absoluto”.
La condena de la jueza Marcela Leiva se transforma en un antecedente histórico que pone un freno al abuso del derecho. El fallo dispuso reglas de conductas estrictas: fijar domicilio, no cometer nuevos delitos y cumplir ocho horas mensuales de trabajo comunitario fuera del horario laboral, acreditando cada mes el cumplimiento ante la
Justicia.
El derecho a reclamar por un salario digno es legítimo, pero cuando ese ejercicio del derecho se vuelve abusivo, perjudicando derechos de terceros la Justicia tiene la obligación de hacer cesar esa conducta. Los derechos de una persona terminan donde empiezan los derechos de otra, es un principio que rige la convivencia social y debe ser
respetado.
(*) Abogado. Diplomado en Manejo de Crisis y en Análisis de Procesos Electorales. Especializado en
Comunicación de Gobierno y Electoral. Becario de la Fundación Konrad Adenauer (Alemania) y del Centro de
Análisis y Entrenamiento Político (Colombia).
Opinión
Gobernar sin plata y sin excusas

Por Diego René Martín
Cuando no hay plata, la política se ve obligada a dejar de actuar. Se cae el decorado, se apagan las cámaras y queda lo único que importa: la decisión. Gobernar ya no es prometer sino elegir. Elegir qué se sostiene, qué se posterga y, sobre todo, qué no se negocia. En Misiones, el arranque de 2026 viene mostrando eso con claridad.
No hay épica. Hay gestión. No hay relato. Hay prioridades.
Ese pulso atraviesa la gestión de Hugo Passalacqua. Es una política sin fuegos artificiales, más parecida a un andamio o un encofrado que a un escenario: incómoda, visible, necesaria. Y en este contexto, que el Estado funcione ya es una definición ideológica en sí misma.
Las señales están ahí, sin demasiada propaganda: obras barriales hechas con participación vecinal; viviendas que se terminan con fondos provinciales porque el Estado nacional se retiró; inversión sostenida en salud pública; alivio fiscal para que el contribuyente no se asfixie; tarifas sociales prorrogadas para que el impacto no vaya directo a la pera de la gente.
No arregla la macro. Ni cerca. Pero evita algo peor: que la crisis se vuelva costumbre, o peor aún, epidemia.
Ahora bien: gobernar no es solo hacer. También es decir que no.
El rechazo legislativo al intento de juicio político contra Rosanna Pía Venchiarutti Sartori fue una de esas decisiones que no hacen ruido, pero ordenan el tablero. No por el expediente en sí, sino por lo que representaba.
El pedido no nació de una demanda social ni de una cruzada por la Justicia. Nació del enojo. Nació de un exfuncionario que no logró lo que buscaba ni por la vía administrativa ni por la judicial, y decidió desempolvar el manual viejo: presión política y ruido mediático.
El problema no es reclamar. El problema es desde dónde se reclama y con qué antecedentes.
La Legislatura hizo lo que tenía que hacer: cerró la puerta al escándalo. Sin show, sin sobreactuación. Analizó el expediente y dijo que no. Punto. Ese “no” pesa más que mil discursos. Porque mientras la provincia hace malabares para sostener viviendas, salud, tarifas sociales y alivio fiscal con recursos propios, no hay margen (ni moral ni político) para habilitar atajos a exfuncionarios expulsados del misionerismo.
Ahí aparece la coherencia del modelo. No se puede pedir esfuerzo colectivo y, al mismo tiempo, tolerar privilegios. No se puede hablar de cuidar la plata de la gente y hacerse el distraído cuando reaparecen reflejos de la política que tiene impresa una fecha de vencimiento que ya pasó.
Misiones arranca 2026 sin euforia, pero con la tranquilidad de tener algo más sólido: orden, prioridades claras y un Estado que, aun con recursos escasos, sigue presente. Cuando falta plata, la política se rinde o se prueba. Acá se la está probando en dos frentes: en la calle, resolviendo lo urgente con gestión diaria; y en las instituciones, poniendo límites donde corresponde.
En ambos casos, la Renovación demuestra, una vez más, que sabe gobernar sin plata y sin excusas.
Opinión
Una nueva etapa política

Por Nicolás Marchiori
Los cambios y las transformaciones son procesos dinámicos que están presentes en los sistemas políticos permanentemente. Conviven con una tendencia opuesta hacia la inmutabilidad, que podemos identificar en los mismos sistemas.
Podemos afirmar que los sistemas políticos tienen un carácter interactivo, esto quiere decir que su identidad dependerá de la interacción continua de múltiples elementos. Estos pueden ser internos o externos al sistema, en el último caso hablamos del entorno.
Esta característica de los sistemas crea un escenario en donde la capacidad de comunicarse e interactuar, con lo que ocurre en su entorno, se convierte en fundamental para que pueda alcanzar un buen desempeño. Dicho esto, la mayor o menor destreza que posean para comunicarse con el entorno, determinará su eficacia y su capacidad para
durar en el tiempo.
Las democracias han sido eficaces identificando los problemas y necesidades que existen en el entorno, pudiendo proponer mejoras y soluciones a las mismas. Las sociedades líquidas del presente demandan mayor capacidad de adaptabilidad a los cambios.
La apertura mental se transforma en un factor fundamental para transitar de manera exitosa estos tiempos, puesto que esa apertura permite contar con el poder de recibir nuevas ideas o experiencias con las que antes no contábamos. Nos libera del pasado, de viejos hábitos cerrados y sobre todo de pensamientos anacrónicos. Sin ello, no lograríamos alcanzar el desarrollo y el crecimiento como sociedad. El propio proceso evolutivo genera el desafío de abrir nuestras mentes, es inconcebible la posibilidad de evolucionar sin nuevas ideas que vayan dejando atrás viejos paradigmas.
Cuando se alcanza un cierto nivel de apertura mental crece la predisposición a escuchar otras opiniones y observar distintas versiones de los hechos. Ahora bien, esto de ninguna manera implica que las personas tengan que adaptarse a todo. Nos permite, sin perder nuestra esencia, estar dispuestos a dejar que otros nos aporten nuevas ideas o experiencias.
La historia de la humanidad se basa en la materialidad de la sociedad, en sus diversos elementos que han producido, los diferentes grupos sociales con determinados objetivos, en los hechos históricos regidos por sus leyes sociales.
Para estudiar el devenir histórico de las sociedades se utilizan diversas fuentes, con ello se elaboran la estructura de aquellas sociedades, pero regidas por leyes sociales, que explican la causalidad de los hechos históricos, los procesos de su desarrollo, sus relaciones sociales, su ideología, y lo más importante, su proceso de transformación.
Las sociedades que evolucionan son aquellas que demuestran apertura mental para dar paso a nuevos actores y nuevas ideas. Es allí donde es posible llevar adelante las transformaciones.
El pueblo, con sus acciones cotidianas, es el hacedor de la historia. Desde los primeros grupos humanos, los hombres que dirigen garantizan el éxito o fracaso del grupo. Dicho esto, surgen preguntas como: ¿por qué hay sociedades atrasadas con respecto a otras? o ¿por qué en unas hay mejores condiciones de desarrollarse que en otras? La respuesta es la misma para todas estas preguntas: dependen de los tipos de dirigentes que tienen.
En efecto, si esa clase dirigente sólo se preocupa por obedecer las órdenes impartidas desde afuera, manteniendo la dependencia, sometiendo a su pueblo a las decisiones externas, sin atreverse a sentar las bases de su desarrollo, su pueblo se mantendrá durante un largo tiempo en la dependencia y en la miseria; por el contrario, si los líderes defienden los intereses de esa sociedad por encima de cualquier otras cuestión o factor, el camino de la transformación será imparable. Bievenidos a la era del Misionerismo Neo.
* * *
Movimientos en el gabinete provincial
En la política, los gestos importan tanto como las decisiones. En las últimas horas, comenzaron a trascender lo que serían los primeros cambios en el gabinete del gobernador Passalacqua. Si bien aún resta la formalización de los primeros nombres, los trascendidos fueron leídos como señales claras, positivas y necesarias para este nuevo
tiempo político.
Uno de los nombres que se barajan es el de Carlos “Kako” Sartori para el Ministerio de Coordinación de Gabinete. Se trata de un intendente de mucha experiencia con un perfil político poco frecuente construído sobre los pilares de una trayectoria limpia y una fuerte legitimidad desde el territorio gracias a su cercanía con la gente. La llegada de Sartori
aportaría diálogo permanente y capacidad de real de resolución en un escenario en donde se anticipa un esquema de trabajo que tendrá a los intendentes como actores centrales de la toma de decisiones.
Por otra parte, en el Ministerio de Desarrollo Social también se anticipan cambios. El ministerio a cargo de Fernando Meza tendría dos caras nuevas: la ex diputada provincial Astrid Baetke sería la elegida por Passalacqua para estar al frente de la Subsecretaría de la Juventud, mientras que Manuel Sánchez que se viene desempeñando como Coordinador Operativo y tiene a su cargo la planificación y ejecución de programas sociales y asistenciales asumiría la Subsecretaría de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
El dato relevante de estos movimientos en el gabinete provincial es que se tratarían de una primera tanda, puesto que también ha trascendido de que habría una segunda etapa de reordenamiento para el mes de marzo, un detalle no menor que deja en claro que se trata de una estrategia pensada, gradual y con un horizonte bien claro.
Gobernabilidad por encima de las diferencias
El rol de la política en las sociedades es claro, apunta a la búsqueda y generación de espacios de encuentro, de compromiso. No hay lugar para los planteamientos binarios, los discursos polarizantes y las visiones maniqueas que han degradado a la política a tan bajos niveles de calidad y con pésimos resultados a la vista.
Sin estridencias ni grandes promesas, pero si asumiendo con mucha humildad y responsabilidad el compromiso de estar siempre al lado de los que lo necesitan, se abre la etapa de Misionerismo Neo que conceptualmente se podríamos resumirlo en la reivindicación del diálogo, la construcción de consensos y una gobernabilidad firme, sin
perder la identidad.
Con el recambio legislativo del pasado 10 de diciembre se abrió una nueva etapa en la política institucional de Misiones. Las elecciones legislativas provinciales del 8 de junio, en donde el Frente Renovador se impuso bajo el liderazgo de Sebastián Macías, configuraron un nuevo mapa político. La Cámara de Representantes comenzó a funcionar bajo un esquema inédito desde el regreso de la democracia que tiene como elemento saliente la convivencia de dos fuerzas políticas con peso propio, el Frente Renovador de la Concordia y La Libertad Avanza que se posicionó como segunda fuerza provincial.
Macías asumió la presidencia de la Cámara con la responsabilidad de escuchar y articular con todos los espacios opositores que estén dispuestos a trabajar por el bienestar de la provincia desde el Parlamento Misionero. Con un perfil político moderno, técnico y dialoguista, el nuevo Presidente simboliza una Legislatura abierta, estable y enfocada en soluciones concretas, lejos de la confrontación estéril que no genera ningún resultado positivo para la gente.
En la sesión especial del pasado 10 de diciembre, hubo un gesto que no pasó desapercibido y que fue muy valorado por todo el arco político. Carlos Rovira se levantó de su banca para saludar a cada uno de los legisladores opositores. En un país atravesado por la polarización extrema, el agravio permanente y la descalificación, el accionar del conductor de la Renovación fue interpretado como una señal muy potente que resume este nuevo tiempo político en donde el consenso, la concordia y la construcción del diálogo serán los protagonistas. Este nuevo escenario tiene en Carlos Rovira a un articulador central que, con visión estratégica, viene impulsando un diálogo coherente con la Nación en donde en donde Misiones reclama con firmeza que se salden las deudas pendientes y que se respete su autonomía.
(*) Abogado. Diplomado en Manejo de Crisis y en Análisis de Procesos Electorales. Especializado en Comunicación de Gobierno y Electoral. Becario de la Fundación Konrad Adenauer (Alemania) y del Centro de Análisis y Entrenamiento Político (Colombia).
Opinión
El derecho a llegar al río: qué es y por qué importa el camino de sirga

Por Lino Armando López Torres
La relación entra la sociedad y el ambiente parte de una idea sencilla; la conducta humana puede modificar las condiciones de existencia de los seres vivos. Por lo tanto, el derecho —definámoslo aquí simplemente como conjunto de normas — puede (y debe) regular esa conducta a los fines de que ella no afecte la vida de las personas. En este sentido, el derecho ambiental es un derecho humano — si nos importa el árbol no es por el árbol en sí mismo, sino porque su existencia beneficia la vida humana —. La Constitución Nacional (1994) en su art. 41 recepta el derecho a un ambiente sano, contemplando el principio del desarrollo sostenible. Esta es una ética que reposa sobre un postulado de equidad interjurisdiccional e intergeneracional.

La normativa ambiental cristaliza el modelo de cómo una sociedad define el acceso y uso de sus recursos naturales. El nuevo código civil (2015) reconoce esa cláusula constitucional en términos prácticos (política ambiental). En su afán por emprender un camino tendiente a la des mercantilización de la naturaleza, da una especial atención a lo público por sobre lo privado y a lo colectivo por sobre lo individual. El código menciona los derechos de incidencia colectiva (art. 14), aclarando que la ley de ninguna manera ampara el ejercicio abusivo de los derechos individuales cuando estos puedan afectar el ambiente, además de mencionar el funcionamiento de los ecosistemas, la flora y fauna, la biodiversidad, el agua, los valores culturales y el paisaje (art. 240). Sin embargo, en medio de estos avances, el Código introdujo un cambio que generó polémica: la reducción del llamado camino de sirga.
¿De qué se trata? El camino de sirga se encuentra en el capítulo correspondiente a los límites al dominio, cuyo objetivo es permitir sirgar, esto es, remolcar o arrastrar una embarcación desde la orilla. Se aplica a cursos de agua navegables y consiste en una franja de terreno que paso de 35 metros a solo 15 desde la línea de ribera. Aunque es propiedad privada, el propietario no puede realizar en él ningún acto (ejemplo construcciones) que menoscabe la actividad del transporte fluvial. Parte de la doctrina, desde un enfoque que observa el ordenamiento jurídico integral, ha dicho que esa actividad no solo se debe reducir al transporte, sino también a la pesca y al esparcimiento. Lo que hay que entender es que el río es un bien de dominio público (art. 235) y por ende se debe permitir el acceso a él. Para el derecho no es aceptable el acceso a determinado espacio del río, debe ser sobre su totalidad.
La reducción del camino de sirga llegó en un país donde las denuncias por su incumplimiento ya era moneda corriente. Con la legislación actual, en parte se legitima esas prácticas de obstrucción por parte de los propietarios. Para mencionar un caso extremo: en 2006, Cristian González y dos amigos fueron a pescar a la orilla del río Quilquihue; desde las cabañas Andina les dispararon tiros intimidatorios, y cuando Cristian pidió explicaciones, el guardia privado Horacio Calderón le efectuó un disparo mortal en el cuello. En la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, también abundan los ejemplos. En varias zonas, no solo no se ha respetado el camino de sirga, sino que directamente se han privatizado bienes públicos. Un caso emblemático es lo que sucede con el “montecito” de villa cabello; una reserva urbana ambiental en beneficio de un club privado.
El impedimento ciudadano del acceso a un bien público como el río tiene una vinculación fuerte entre democracia y derecho. La posibilidad de garantizar un ambiente sano y equilibrado para el desarrollo humano, así como la preservación al patrimonio natural y cultural, aumenta cuando la sociedad puede ejercer control sobre esos espacios; y para ello, necesariamente debe poder habitarlos. A pesar de todo, el código, deja una puerta abierta. El último párrafo del artículo atinente al camino de sirga dice lo siguiente: (…) “Todo perjudicado puede pedir que se remuevan los efectos de los actos violatorios de este artículo” Lo que significa que cualquier afectado puede demandar judicialmente al propietario por acción y al Estado por omisión. Bastaría hacerlo para ver qué pasa.
Referencias:
Pohl Schnake, V., Mantegna, S., & del Llano, T. (2019). Bienes comunes y conflictos socio-ambientales en torno a la segmentación normativa del territorio a partir del Código Civil y Comercial de la Nación vigente desde 2015. VII Congreso Nacional de Geografía de Universidades Públicas y XXI Jornadas de Geografía de la UNLP, La Plata, Argentina.
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