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Reglamentan ley para la producción industrial de cannabis medicinal

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Este domingo el Gobierno firmó el decreto que reglamenta la ley 27.669 para la producción industrial de cannabis medicinal y el cáñamo industrial, que se publicó esta mañana en el Boletín oficial.

La Ley busca crear una cadena de producción y comercialización nacional y/o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados, afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial, promoviendo así el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial.

Esto permitirá fomentar el surgimiento de una industria dinámica que involucra iniciativas del sector público, privado y de organizaciones de la sociedad civil.

Es el resultado del consenso legislativo, a partir de una iniciativa presentada por el Poder Ejecutivo Nacional, que buscó canalizar las demandas de la sociedad vinculadas a los beneficios atribuidos al uso del cannabis, con fines medicinales.

De este modo, la República Argentina quedó adherida a la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, al Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 y a la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988, dictando la normativa de adecuación interna a los objetivos acordados en el marco de esos tratados.

La idea es otorgar al menos unas 80 licencias antes de fin de año a través de la ventanilla única de la Agencia Regulatoria de Cannabis (Ariccame), conformada por esta ley, pero ya en funcionamiento desde enero de 2023.

“Avanzaremos en dos semanas con los emprendimientos que ya tienen las autorizaciones a través del Ministerio de Salud”, adelantó Francisco Echarren, presidente de Ariccame.

El THC legal

La mayor novedad del marco regulatorio es que considera cannabis psicoactivo a aquellas plantas con flores secas que superen en su composición química el 1% de tetrahidrocannabinol (THC), por lo tanto, hasta ese porcentaje es legal, a partir de ahora, la fabricación de productos a base de la sustancia, sin entrar en conflicto con la legislación penal ni con las normativas internacionales.

El THC es la principal molécula psicoactiva de la cannabis sativa. Y es por este componente que la ley de drogas prohíbe la tenencia y cultivo de marihuana (y sus semillas) para uso adulto, excepto a las personas y ONG’s que estén inscriptas en el Reprocann -el registro de usuarios medicinales a cargo del Ministerio de Salud creado en 2021-, quienes pueden tener hasta nueve ejemplares en flor y transportar hasta 40 gramos de cogollos y un máximo de 6 unidades de goteros de 30 mililitros.

Las autorizaciones para particulares otorgadas por el Ministerio de Salud no proponen un límite para el THC. Es decir, la marihuana que los usuarios producen en sus casas -ilegalmente o autorizados por el Reprocann- para uso medicinal o uso adulto contiene mucho más que 1% de tetrahidrocannabinol.

Según lo establece el reglamento de la ley, la Ariccame tendrá la potestad de actualizar esa proporción según se avance con nuevos modelos de legislación, o descubrimientos científicos, tecnológicos e industriales. También podrá establecer categorías especiales por sobre el índice fijado, de acuerdo al destino de la producción.

La discusión sobre el THC en la producción para uso industrial u hortícola fue una de las razones por las cuales se demoró la firma del decreto, originalmente prevista para abril pasado. Hubo objeciones, pero finalmente ganó la postura de conservar esta proporción.

Cómo tramitar la licencia

Como autoridad de aplicación de la ley, la Agencia definirá las especificaciones y regulación de lo que se considera “producto derivado” del cannabis: medicinal humano, veterinario, nutricional, cosmético, industrial, de sanidad y fertilidad vegetal, pero la propia reglamentación deja abierta la puerta para nuevas funcionalidades que surjan a partir de la investigación científica y el desarrollo tecnológico e industrial. Por ejemplo, la semilla como alimento o el aceite que se extrae de esta es rico en Omega 3, 6 y 9. Y la fibra, como material textil, puede reemplazar otros que son contaminantes.

La ley establece una ventanilla única para tramitar las autorizaciones y licencias para realizar las operaciones de cultivo, cosecha, almacenamiento, fraccionamiento, procesamiento, producción industrial, transporte y distribución, comercialización, y cualquier otra actividad económica que integre la cadena productiva del cannabis, de la planta de cannabis, de las semillas y productos derivados con fines medicinales, industriales y de investigación.

Aunque el trámite se hará a través de la Ariccame, los organismos públicos como Inta, Inase o Anmat deberán dar su aprobación a los proyectos sobre los que tengan competencia. Tendrán un plazo máximo de 25 días para elevar sus informes sobre cada pedido.

Criterios de evaluación para las licencias

Además de los criterios establecidos por la Ariccame, se dará prioridad en los procedimientos de evaluación y adjudicación de licencias y/o autorizaciones a empresas cuya mayoría o totalidad del capital social provenga de fuentes nacionales. También se considerará la coincidencia de la sede social con la jurisdicción en la que se realiza la actividad económica objeto de la solicitud.

Asimismo, se dará prioridad si el 50 por ciento o más de los roles de toma de decisiones, como la presidencia, administración, dirección y gerencias, están ocupados por mujeres o personas trans, y que la mitad o más de los puestos de trabajo del personal sean ocupados por mujeres u otras personas con identidades no binarias.

Duración y tipos de licencias

Todas las licencias tendrán una validez mínima de cinco años y serán renovables.

Habrá siete tipos de licencia: de criadero, multiplicación y cultivo; de servicios logísticos (transporte, distribución, almacenamiento, envasado, entre otros); producción de derivados; comercialización de semillas, plantines y esquejes y flores; para estudios y pruebas analíticas; y de comercio exterior.

 La reglamentación establece la creación del Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal, que estará constituido por un representante de la Nación y uno por cada provincia y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ley 27.669

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El gobierno eliminará la Andis y traspasó sus funciones al ministerio de Salud

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Esta mañana, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, anunció la disolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), explicó que incluye reducción de estructuras y aclaró que no se eliminarán prestaciones. 

La decisión surgió luego de que, meses atrás, se filtraran audios del ex funcionario Diego Spagnuolo, los cuales daban cuenta de un presunto cobro de coimas en la compra de medicamentos por parte de la agencia, además de la gestión de auditorías irregulares que también se efectuaron en Misiones

Tras esta serie de acontecimientos que generaron ruido mediático y hoy buscan respuestas en la Justicia, el gobierno dio el paso a la disolución de la agencia y traspasó sus atribuciones al ministerio de Salud a cargo de Mario Lugones

La Agencia Nacional de Discapacidad, tal como la conocemos, dejará de existir y sus funciones serán absorbidas por el ministerio de Salud”, fueron las palabras de Adorni, pronunciadas en la mañana de hoy desde la sala de conferencias. 

Asimismo, remarcó: “La agencia se creó en 2017 como un organismo descentralizado que tenía como objetivo coordinar las políticas públicas en discapacidad. Sin embargo, durante años y fruto de la autonomía administrativa que gozaba este tipo de organización, acumuló toneladas de capas burocráticas, descontrol administrativo y manejos incompatibles con una política transparente”. 

Para Adorni, la situación “provocó irregularidades, como personas fallecidas cuyos familiares seguían cobrando la pensión, pensiones otorgadas sin documentación válida, médicos que avalaban trámites sin respaldo clínico y organizaciones que facturaron sin prestar servicios, como la Fundación Metas, que decía brindar clases de apoyo escolar, pero en sus instalaciones solo había una vivienda precaria, sin agua, electricidad, inmobiliario”. 

“Solo se encontró suciedad, moho, escombros y excremento de roedores. Al formar parte del Ministerio de Salud, las políticas de discapacidad se van a administrar de manera transparente, con mecanismos de control y sin discrecionalidades”, sentenció el funcionario.

Luego, aclaró: “Se va a garantizar la trazabilidad en expedientes, habrá auditorías permanentes y criterios sanitarios en todas las decisiones. Además, se van a eliminar 16 cargos políticos, lo que implica una reducción del 45,7% en la estructura jerárquica”. 

“Esto no significa que se vayan a cortar pensiones ni nada por el estilo. Esto lo aclaro, porque en virtud de evitar que alguien cometa algún error contando la información alejada de la realidad o de lo que realmente es, repito: esto no implica que se corte absolutamente ninguna prestación”, concluyó.

Comenzó la restitución de pensiones por discapacidad en Misiones

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Nación oficializó nuevos feriados y el 2026 tendrá más findes extralargos

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A través de la resolución 164/25 publicada este viernes en el Boletín Oficial de la Nación, el gobierno agregó tres nuevos feriados no laborables con fines turísticos al calendario 2026 y el año tendrá más fines de semana extralargos.

El documento firmado por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, estableció al lunes 23 de marzo, al viernes 10 de julio y al lunes 7 de diciembre como días no laborables adicionales. A partir de su publicación en el Boletín, la medida tomó vigencia.

Dentro de los considerando de la resolución, el gobierno argumentó que la ley 27.399 lo faculta a “fijar anualmente tres (3) días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”.

En esa línea, el documento sostiene que “tales días contribuyen a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuir la actividad turística en el tiempo”.

De esta manera, el lunes 23 de marzo conformará un fin de semana extralargo junto al 24 de marzo, feriado por el Día de la Memoria, la Verdad y la Justicia.

En tanto, el 10 de julio se sumará al 9 de julio, Día de la Independencia, mientras que el lunes 7 de diciembre se unirá al 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción María.

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Autorizan la realización de “microeventos” en el Parque Nacional Iguazú

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A través de la Resolución 460/2025, publicada en el Boletín Oficial, el gobierno nacional autorizó la realización de dos “microeventos” por jornada y un máximo de 60 personas por cada festival en el Parque Nacional Iguazú.

El pedido había sido efectuado por su intendenta José María Hervás y, para respetar el medio ambiente y no provocar desmanes, las autoridades informaron que deberán respetarse ciertas condiciones, entre ellas, el límite de participantes, la frecuencia, la zonificación y el tránsito, sujetas a las Medidas de Manejo Ambiental (MMA).

A través de un escrito, la intendencia del Parque Nacional Iguazú manifestó “la necesidad operativa de agilizar el trámite de las actividades de pequeña escala que se desarrollan sistemáticamente en sectores de uso público intensivo, sin implicar modificaciones permanentes ni generar impactos ambientales relevantes”.

Luego del análisis de expertos, se permitió que el Parque Nacional pueda concretar eventos “en sectores de uso público intensivo, con una escala sustentable de participantes, bajo impacto operativo y una modalidad consolidada que requiere una dinámica de tramitación acorde a su naturaleza”.

Para el desarrollo de los festivales, se otorgará la intervención de prestadores y concesionarios habilitados, como forma de resguardar la seguridad de los participantes, y dentro de un dispositivo de control.

Las medidas

Entre las restricciones se encuentran limitaciones de carga, frecuencia y uso del espacio. Por lo que cada evento podrá contar con un máximo de 60 personas y solo podrán realizarse dos por día. A su vez, deberán ser efectuados en Áreas de Uso Público Intensivo autorizadas, y dentro del horario convencional del Parque.

En cuanto a la circulación, no podrá restringirse el tránsito general de visitantes no participantes del evento.

Respecto a la tecnología, queda prohibida la amplificación sonora eléctrica o a batería y el uso de drones, salvo autorización extraordinaria y fundada en seguridad o registro institucional.

En lo que hace a infraestructura sólo se permitirán elementos desmontables, portátiles y de bajo impacto, por lo que quedan estrictamente prohibidas las estructuras fijas, ancladas al suelo o cierres totales del área.

Finalmente, se aplicarán las medidas de Gestión Ambiental y Residuos con la modalidad “Cero-Impacto”, por lo que el organizador del evento estará obligado a la recolección de los residuos generados.

También estarán prohibidos los plásticos descartables o de un solo uso y los alimentos deben manipularse en condiciones que impidan el acceso de fauna silvestre.

Otro punto expuesto es que toda solicitud para la realización de los microeventos deberá ser presentada con una antelación mínima de cinco días hábiles administrativos previos a la fecha prevista para su realización.

“La Intendencia del Parque Nacional Iguazú será responsable de la verificación, control y fiscalización del cumplimiento de las condiciones establecidas”, remarcaron. 

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