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Reglamentan ley para la producción industrial de cannabis medicinal

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Este domingo el Gobierno firmó el decreto que reglamenta la ley 27.669 para la producción industrial de cannabis medicinal y el cáñamo industrial, que se publicó esta mañana en el Boletín oficial.

La Ley busca crear una cadena de producción y comercialización nacional y/o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados, afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial, promoviendo así el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial.

Esto permitirá fomentar el surgimiento de una industria dinámica que involucra iniciativas del sector público, privado y de organizaciones de la sociedad civil.

Es el resultado del consenso legislativo, a partir de una iniciativa presentada por el Poder Ejecutivo Nacional, que buscó canalizar las demandas de la sociedad vinculadas a los beneficios atribuidos al uso del cannabis, con fines medicinales.

De este modo, la República Argentina quedó adherida a la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, al Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 y a la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988, dictando la normativa de adecuación interna a los objetivos acordados en el marco de esos tratados.

La idea es otorgar al menos unas 80 licencias antes de fin de año a través de la ventanilla única de la Agencia Regulatoria de Cannabis (Ariccame), conformada por esta ley, pero ya en funcionamiento desde enero de 2023.

“Avanzaremos en dos semanas con los emprendimientos que ya tienen las autorizaciones a través del Ministerio de Salud”, adelantó Francisco Echarren, presidente de Ariccame.

El THC legal

La mayor novedad del marco regulatorio es que considera cannabis psicoactivo a aquellas plantas con flores secas que superen en su composición química el 1% de tetrahidrocannabinol (THC), por lo tanto, hasta ese porcentaje es legal, a partir de ahora, la fabricación de productos a base de la sustancia, sin entrar en conflicto con la legislación penal ni con las normativas internacionales.

El THC es la principal molécula psicoactiva de la cannabis sativa. Y es por este componente que la ley de drogas prohíbe la tenencia y cultivo de marihuana (y sus semillas) para uso adulto, excepto a las personas y ONG’s que estén inscriptas en el Reprocann -el registro de usuarios medicinales a cargo del Ministerio de Salud creado en 2021-, quienes pueden tener hasta nueve ejemplares en flor y transportar hasta 40 gramos de cogollos y un máximo de 6 unidades de goteros de 30 mililitros.

Las autorizaciones para particulares otorgadas por el Ministerio de Salud no proponen un límite para el THC. Es decir, la marihuana que los usuarios producen en sus casas -ilegalmente o autorizados por el Reprocann- para uso medicinal o uso adulto contiene mucho más que 1% de tetrahidrocannabinol.

Según lo establece el reglamento de la ley, la Ariccame tendrá la potestad de actualizar esa proporción según se avance con nuevos modelos de legislación, o descubrimientos científicos, tecnológicos e industriales. También podrá establecer categorías especiales por sobre el índice fijado, de acuerdo al destino de la producción.

La discusión sobre el THC en la producción para uso industrial u hortícola fue una de las razones por las cuales se demoró la firma del decreto, originalmente prevista para abril pasado. Hubo objeciones, pero finalmente ganó la postura de conservar esta proporción.

Cómo tramitar la licencia

Como autoridad de aplicación de la ley, la Agencia definirá las especificaciones y regulación de lo que se considera “producto derivado” del cannabis: medicinal humano, veterinario, nutricional, cosmético, industrial, de sanidad y fertilidad vegetal, pero la propia reglamentación deja abierta la puerta para nuevas funcionalidades que surjan a partir de la investigación científica y el desarrollo tecnológico e industrial. Por ejemplo, la semilla como alimento o el aceite que se extrae de esta es rico en Omega 3, 6 y 9. Y la fibra, como material textil, puede reemplazar otros que son contaminantes.

La ley establece una ventanilla única para tramitar las autorizaciones y licencias para realizar las operaciones de cultivo, cosecha, almacenamiento, fraccionamiento, procesamiento, producción industrial, transporte y distribución, comercialización, y cualquier otra actividad económica que integre la cadena productiva del cannabis, de la planta de cannabis, de las semillas y productos derivados con fines medicinales, industriales y de investigación.

Aunque el trámite se hará a través de la Ariccame, los organismos públicos como Inta, Inase o Anmat deberán dar su aprobación a los proyectos sobre los que tengan competencia. Tendrán un plazo máximo de 25 días para elevar sus informes sobre cada pedido.

Criterios de evaluación para las licencias

Además de los criterios establecidos por la Ariccame, se dará prioridad en los procedimientos de evaluación y adjudicación de licencias y/o autorizaciones a empresas cuya mayoría o totalidad del capital social provenga de fuentes nacionales. También se considerará la coincidencia de la sede social con la jurisdicción en la que se realiza la actividad económica objeto de la solicitud.

Asimismo, se dará prioridad si el 50 por ciento o más de los roles de toma de decisiones, como la presidencia, administración, dirección y gerencias, están ocupados por mujeres o personas trans, y que la mitad o más de los puestos de trabajo del personal sean ocupados por mujeres u otras personas con identidades no binarias.

Duración y tipos de licencias

Todas las licencias tendrán una validez mínima de cinco años y serán renovables.

Habrá siete tipos de licencia: de criadero, multiplicación y cultivo; de servicios logísticos (transporte, distribución, almacenamiento, envasado, entre otros); producción de derivados; comercialización de semillas, plantines y esquejes y flores; para estudios y pruebas analíticas; y de comercio exterior.

 La reglamentación establece la creación del Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal, que estará constituido por un representante de la Nación y uno por cada provincia y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ley 27.669

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

A una semana de la sanción en el Congreso de la Nación, el gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral y los cambios comienzan a regir a partir de hoy.

El Poder Ejecutivo puso en vigencia la Ley 27.802, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 137/2026, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

La norma, compuesta por 25 capítulos, introduce cambios en las relaciones de trabajo, principalmente, en indemnizaciones, salarios, vacaciones, jornada laboral, derechos sindicales y flexibiliza las condiciones de contratación.

Sobre las indemnizaciones, la Ley reduce la base de cálculo y deja de considerar dentro de las mismas vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Quedará un tope salarial como base de remunerativa, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. De esta manera, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3%. También habilita a las Pymes el pago en cuotas.

Los salarios podrán abonarse en dinero -en moneda nacional o extranjera- o en especie, mediante provisión de habitación o alimentos. Además, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos, regionales o por empresa, y contemplarse como una retribución vinculada al mérito personal del trabajador o a su productividad.

Según la norma, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque las partes podrán acordar tomarlas fuera de ese período. También se prevé que empleador y trabajador puedan convenir el fraccionamiento de las vacaciones con una antelación no menor a 30 días, con períodos mínimos de siete días.

En relación con las horas extras y el banco de horas, el artículo 197 bis incorporado establece que el empleador y trabajadores “podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias”, el cual deberá formalizarse por escrito.

El texto señala, además, que “dicho régimen deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador”.

Asimismo, la reforma establece porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas según la actividad: los servicios esenciales deberán garantizar una cobertura del 75% y los considerados trascendentales, del 50%. Además, amplía las actividades alcanzadas y dispone que, tras una conciliación obligatoria, los sindicatos presenten con anticipación el plan de la medida de fuerza. También establece que las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador.

La nueva legislación aclara que sus disposiciones no alcanzan a empleados de la administración pública nacional o provincial, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas tecnológicas ni a contratistas regidos por el Código Civil y Comercial, salvo que una norma específica los incluya.

La Reforma Laboral es ley: senadores misioneros votaron a favor

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Paro nacional universitario por 96 horas en reclamo de ley de financiamiento

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La Conadu Histórica, convocó a un paro nacional por 96 horas, desde el lunes 16 de marzo hasta el viernes 20, en reclamo de la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso de la Nación y vetada posteriormente por el presidente Javier Milei.

Sin embargo, los docentes de la Universidad de Buenos Aires (UBA) proponen que el cese de actividades sea “por tiempo indeterminado”, hasta que se aplique la ley y se concrete el pago de un aumento del 51% adeudado por la recomposición salarial.

De todas maneras, la medida será ejecutada conjuntamente el 16, en tanto, el día 20 se concretará una nueva asamblea general para evaluar los pasos a seguir. Mientras tanto, el gobierno nacional presentó un nuevo proyecto de ley, pero el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ratificó la ley original.

En ese sentido, los universitarios plantean que la nueva maniobra oficialista busca “no acatar la Ley”, ya que “es una modificación que desconoce la deuda y nos da un aumento del 12%, en lugar del 51% adeudado y encima en tres cuotas a pagar hasta octubre de 2026”, expresó Laura Carboni, secretaria general de la Asociación Gremial Docente (AGD) de la UBA en diálogo con Noticias Argentinas.

En ese contexto, planean convocar a una marcha federal antes del tratamiento de la modificación en el Congreso.

Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario

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Renunció Cúneo Libarona y lo reemplazará Juan Mahiques como ministro de Justicia

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El fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires y titular de la Asociación Internacional de Fiscales, Juan Bautista Mahiques, dará el salto al Poder Ejecutivo tras la salida de Mariano Cúneo Libarona, según anunció el propio presidente Javier Milei.

Esta mañana alrededor de las 10, el mandatario argentino recibió al ministro de Justicia saliente, Mariano Cúneo Libarona, para resolver la conducción de la cartera luego de varios intentos del abogado mediático por renunciar al cargo, lo que finalmente se concretó este mediodía. 

Si bien en la danza de nombres para el reemplazo figuraba el ex intendente de Mar del Plata Guillermo Montenegro y el fiscal federal Carlos Stornelli, el presidente anunció a través de su cuenta de X la designación de Mahiques, quien inmediatamente expresó su agradecimiento por nombrarlo en esa cartera y enfatizó que “sin Justicia no hay futuro posible”.

Por su parte, el nuevo ministro de Justicia, hasta ahora fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires, expresó: “Agradezco al Presidente Javier Milei por la confianza para asumir esta responsabilidad. Su liderazgo ha sido claro al marcar el camino: sin justicia no hay futuro posible”. 

Para el flamante funcionario, “ese rumbo exige instituciones que funcionen con arreglo al Estado de Derecho y un sistema jurídico con reglas claras y estables, que reconstruya la confianza pública, brinde seguridad real y un marco previsible para quien cumple la ley”.

Asimismo, agradeció también a la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, “por su apoyo permanente y por la dedicación con la que conduce y fortalece al equipo político del Gobierno”.

El responsable de Justicia también manifestó su “reconocimiento” a la labor de Cúneo Libarona “quien se ocupó de la primera etapa de transformación que debemos consolidar con responsabilidad y firmeza”.  

“La Argentina -recalcó- necesita una Justicia independiente de las disputas políticas, imparcial en sus decisiones, ágil en sus tiempos y moderna en sus herramientas; una institución que proteja a las víctimas, que no confunda garantías con impunidad y que reafirme, sin excepciones, que la ley se cumple para todos por igual”.

Finalmente destacó: “Asumo esta función con la convicción de que sin seguridad jurídica no hay inversión, sin reglas estables no hay desarrollo y sin jueces independientes no hay República”.

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