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Reglamentan ley para la producción industrial de cannabis medicinal

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Este domingo el Gobierno firmó el decreto que reglamenta la ley 27.669 para la producción industrial de cannabis medicinal y el cáñamo industrial, que se publicó esta mañana en el Boletín oficial.

La Ley busca crear una cadena de producción y comercialización nacional y/o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados, afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial, promoviendo así el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial.

Esto permitirá fomentar el surgimiento de una industria dinámica que involucra iniciativas del sector público, privado y de organizaciones de la sociedad civil.

Es el resultado del consenso legislativo, a partir de una iniciativa presentada por el Poder Ejecutivo Nacional, que buscó canalizar las demandas de la sociedad vinculadas a los beneficios atribuidos al uso del cannabis, con fines medicinales.

De este modo, la República Argentina quedó adherida a la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, al Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 y a la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988, dictando la normativa de adecuación interna a los objetivos acordados en el marco de esos tratados.

La idea es otorgar al menos unas 80 licencias antes de fin de año a través de la ventanilla única de la Agencia Regulatoria de Cannabis (Ariccame), conformada por esta ley, pero ya en funcionamiento desde enero de 2023.

“Avanzaremos en dos semanas con los emprendimientos que ya tienen las autorizaciones a través del Ministerio de Salud”, adelantó Francisco Echarren, presidente de Ariccame.

El THC legal

La mayor novedad del marco regulatorio es que considera cannabis psicoactivo a aquellas plantas con flores secas que superen en su composición química el 1% de tetrahidrocannabinol (THC), por lo tanto, hasta ese porcentaje es legal, a partir de ahora, la fabricación de productos a base de la sustancia, sin entrar en conflicto con la legislación penal ni con las normativas internacionales.

El THC es la principal molécula psicoactiva de la cannabis sativa. Y es por este componente que la ley de drogas prohíbe la tenencia y cultivo de marihuana (y sus semillas) para uso adulto, excepto a las personas y ONG’s que estén inscriptas en el Reprocann -el registro de usuarios medicinales a cargo del Ministerio de Salud creado en 2021-, quienes pueden tener hasta nueve ejemplares en flor y transportar hasta 40 gramos de cogollos y un máximo de 6 unidades de goteros de 30 mililitros.

Las autorizaciones para particulares otorgadas por el Ministerio de Salud no proponen un límite para el THC. Es decir, la marihuana que los usuarios producen en sus casas -ilegalmente o autorizados por el Reprocann- para uso medicinal o uso adulto contiene mucho más que 1% de tetrahidrocannabinol.

Según lo establece el reglamento de la ley, la Ariccame tendrá la potestad de actualizar esa proporción según se avance con nuevos modelos de legislación, o descubrimientos científicos, tecnológicos e industriales. También podrá establecer categorías especiales por sobre el índice fijado, de acuerdo al destino de la producción.

La discusión sobre el THC en la producción para uso industrial u hortícola fue una de las razones por las cuales se demoró la firma del decreto, originalmente prevista para abril pasado. Hubo objeciones, pero finalmente ganó la postura de conservar esta proporción.

Cómo tramitar la licencia

Como autoridad de aplicación de la ley, la Agencia definirá las especificaciones y regulación de lo que se considera “producto derivado” del cannabis: medicinal humano, veterinario, nutricional, cosmético, industrial, de sanidad y fertilidad vegetal, pero la propia reglamentación deja abierta la puerta para nuevas funcionalidades que surjan a partir de la investigación científica y el desarrollo tecnológico e industrial. Por ejemplo, la semilla como alimento o el aceite que se extrae de esta es rico en Omega 3, 6 y 9. Y la fibra, como material textil, puede reemplazar otros que son contaminantes.

La ley establece una ventanilla única para tramitar las autorizaciones y licencias para realizar las operaciones de cultivo, cosecha, almacenamiento, fraccionamiento, procesamiento, producción industrial, transporte y distribución, comercialización, y cualquier otra actividad económica que integre la cadena productiva del cannabis, de la planta de cannabis, de las semillas y productos derivados con fines medicinales, industriales y de investigación.

Aunque el trámite se hará a través de la Ariccame, los organismos públicos como Inta, Inase o Anmat deberán dar su aprobación a los proyectos sobre los que tengan competencia. Tendrán un plazo máximo de 25 días para elevar sus informes sobre cada pedido.

Criterios de evaluación para las licencias

Además de los criterios establecidos por la Ariccame, se dará prioridad en los procedimientos de evaluación y adjudicación de licencias y/o autorizaciones a empresas cuya mayoría o totalidad del capital social provenga de fuentes nacionales. También se considerará la coincidencia de la sede social con la jurisdicción en la que se realiza la actividad económica objeto de la solicitud.

Asimismo, se dará prioridad si el 50 por ciento o más de los roles de toma de decisiones, como la presidencia, administración, dirección y gerencias, están ocupados por mujeres o personas trans, y que la mitad o más de los puestos de trabajo del personal sean ocupados por mujeres u otras personas con identidades no binarias.

Duración y tipos de licencias

Todas las licencias tendrán una validez mínima de cinco años y serán renovables.

Habrá siete tipos de licencia: de criadero, multiplicación y cultivo; de servicios logísticos (transporte, distribución, almacenamiento, envasado, entre otros); producción de derivados; comercialización de semillas, plantines y esquejes y flores; para estudios y pruebas analíticas; y de comercio exterior.

 La reglamentación establece la creación del Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal, que estará constituido por un representante de la Nación y uno por cada provincia y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ley 27.669

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Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral

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reforma laboral cautelar

La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.

La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.

Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.

La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.

El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.

Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.

Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26

El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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Santa Fe: alumno fue armado a la escuela, mató a un compañero e hirió a dos

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alumno santa fe

Una fuerte conmoción sacude a la provincia de Santa Fe tras un violento episodio ocurrido este lunes por la mañana en la ciudad de San Cristóbal, donde un estudiante de 15 años ingresó armado a un establecimiento educativo y efectuó disparos contra otros alumnos, provocando la muerte de un adolescente de 13 años e hiriendo a otros dos menores.

El hecho se registró alrededor de las 7.15 en la Escuela N° 40 Mariano Moreno, cuando los estudiantes se encontraban reunidos en el patio interno aguardando el inicio de la jornada escolar y el izamiento de la bandera. Según las primeras reconstrucciones, el agresor extrajo un arma de fuego que llevaba en su mochila y abrió fuego de manera repentina contra sus compañeros.

Como consecuencia del ataque, un alumno de 13 años murió en el lugar tras recibir un disparo, mientras que otros dos estudiantes resultaron heridos por perdigones y fueron trasladados a un centro de salud de la zona para recibir atención médica.

El atacante fue reducido y quedó a disposición de la Justicia de Menores, mientras personal policial y peritos trabajaban dentro del establecimiento para determinar las circunstancias del hecho, el tipo de arma utilizada y cómo el adolescente logró ingresar armado al colegio.

Desde el municipio local confirmaron que, tras el episodio, se suspendieron las actividades escolares y se dispuso asistencia psicológica para alumnos, docentes y familiares afectados por lo ocurrido. La investigación permanece en curso y no se informó todavía cuál habría sido el motivo del ataque.

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Inflación de febrero fue de 2,9%: los mayores aumentos fueron en agua y luz

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inflación febrero

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de febrero igualó el registro del mes pasado con 2,9% y los precios acumulan un aumento de 5,9% en lo que va del año.

Según el organismo, la división con mayor incremento en febrero fue la de Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 6,8%; seguido por Alimentos y bebidas no alcohólicas con 3,3%, al igual que Bienes y servicios varios.

En contrapartida, no se registró modificaciones en la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, mientras que Bebidas alcohólicas experimentó aumentos de apenas 0,6%.

En cuanto al análisis de los aumentos por región, el índice nacional se ubicó por encima de lo registrado en Gran Buenos Aires (2,6%) y por debajo del Noereste (3,1%).

Inflación de enero fue de 2,9% y la suba de alimentos fue del 4,7% en el mes

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