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Perpetua para 5 rugbiers y 15 años para otros 3 por el crimen de Báez Sosa

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Cinco de los rugbiers imputados por el asesinato del joven Fernando Báez Sosa, a la salida de una discoteca en Villa Gessell hace tres años, Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi, fueron condenados a prisión perpetua este lunes por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1, de la localidad de Dolores, provincia de Buenos Aires.

Los otros tres procesados, Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi, recibieron 15 años como partícipes secundarios del crimen.

Los ocho rugbiers de Zárate estaban acusados de matar a golpes y patadas a Fernando Báez Sosa en la madrugada del 18 de enero de 2020, a la salida de la disco “Le Brique”, de la localidad balnearia de Villa Gesell.

El fallo de los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lázzari y Christian Rabaia se dio a conocer en el recinto donde tuvo lugar el juicio oral por el crimen, desarrollado entre el 2 y el 26 de enero.

La sesión vivió momentos dramáticos en el final, con el desmayo de Máximo Thomsen, señalado como el líder de la patota que atacó a Báez Sosa, que se desplomó minutos después de escuchar su condena a perpetua, y tuvo que ser retirado de la sala por paramédicos.

Hubo también insultos al tribunal y los medios de parte de los padres de los condenados, y el llanto desconsolado de Lucas Pertossi, que recibió 15 años junto a Cinalli y Viollaz.

Una multitud llegada de distintos puntos del territorio bonaerense acompañó desde la calle la lectura de la sentencia, y saludó con aplausos las condenas a los rugbiers involucrados en el crimen.

“Justicia débil”

A la salida del tribunal, el abogado de la familia de Báez Sosa, Fernando Burlando adelantó a los periodistas que apelará la condena a 15 años de Cinalli, Lucas Pertossi y Viollaz, y pedirá prisión perpetua también para ellos.

“Creo que esto es solamente el primer paso hacia el camino a una respuesta que acaricie el corazón de Fernando”, dijo Burlando.

“Entendemos y entendimos siempre que una justicia que no atienda a las suplicas de una víctima, y repare en la juventud de los acusados, no es justicia”, opinó.

El abogado de la familia de Báez Sosa, consideró “acreditado el hecho”, y aseguró que “en Casación vamos a obtener un fallo justo”.

“Es hora que la justicia se ponga los pantalones y deje de ser una justicia débil. Este fallo no tuvo en cuenta el ADN de Blas Cinalli en las uñas de Fernando”, sostuvo Burlando.

Por el lado de los padres de los imputados, el abogado Hugo Tomei, a quien el tribunal le rechazó también este lunes su pedido de nulidad del juicio, también adelantó la apelación.

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Ascienden a 102 los casos de hantavirus en el país

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Según los últimos registros del Boletín Epidemiológico Nacional, en las dos últimas semanas se registró sólo un caso de hantavirus en la provincia de Buenos Aires (PBA). Sin embargo, el pasado fin de semana se confirmó un caso en la localidad de Corcovado en Chubut, mientras que el total de infectados de la temporada 2025-2026 asciende a 102, en su mayoría vinculados a la variante Andes, con presencia en el sur de Argentina y Chile.

En cuanto a la distribución geográfica, la región Centro concentró el 54% de los casos principalmente en PBA (43 casos) y la tasa de incidencia más elevada corresponde a la región del NOA (0,60 casos por 100.000 habitantes), donde se registraron 36 casos confirmados, de los cuales el 83% se concentró en Salta.

En cuanto a los orígenes del virus, las pruebas de PCR y secuenciación genómica realizadas en laboratorios de referencia de Sudáfrica y Suiza confirmaron que los casos corresponden a la cepa Andes, con presencia en el sur de Argentina y Chile.

Los casos que rondaron Misiones

Respecto del brote de hantavirus que se detectó en el crucero MV Hondius la semana pasada, el BEN correspondiente a la semana epidemiológica 17 de 2026 confirma que, hasta el momento, se identificaron ocho casos a bordo del buque (seis confirmados y dos probables), de los cuales tres fallecieron.

Según información difundida por el sitio Mundo en Conflicto, la fallecida pareja holandesa señalada estuvo en Misiones en un recorrido por Argentina, Chile y Uruguay, antes de embarcar en el buque que en este momento navega hacia las Islas Canarias con 149 personas a bordo. 

Si bien la ANLIS Malbrán determinó que la secuencia del virus del crucero tiene un alto grado de parentesco con cepas detectadas en 2018 en Neuquén, aún no es posible confirmar el origen del brote, ya que el caso testigo no estuvo en zonas endémicas de la cepa Andes durante los días que se estima que tuvo lugar el contagio. 

Mientras tanto, el fin de semana pasado la Secretaría de Salud de Paraná, confirmó dos infectados en el estado brasileño, un hombre de 34 años de Pérola d’Oeste y una mujer de 28 de Ponta Grossa. El primero de ellos muy cercano al departamento misionero de General Manuel Belgrano.

Se trata de la enfermedad viral, transmitida a los humanos por roedores silvestres infectados. De no tratarse, puede causar infecciones pulmonares o renales severas, siendo el Síndrome Cardiopulmonar por Hantavirus (SCPH) la forma más común en América.

Infectados con hantavirus en el crucero de Ushuaia estuvieron 20 días en Misiones

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El gobierno detectó sobreprecios de hasta 4239% en compras de Andis

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El gobierno nacional detectó presuntos sobreprecios de hasta 4239% en compras de insumos ortopédicos realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante 2025, según surge de un informe técnico elaborado por el Ministerio de Salud y remitido a la Justicia.

De acuerdo al documento, las irregularidades fueron detectadas tras comparar facturas emitidas al Estado con valores de referencia del mercado en adquisiciones de andadores, sillas de ruedas y prótesis. El informe señala diferencias que oscilan entre el 300% y el 1000%, aunque en algunos casos superan el 2000% y llegaron hasta el 4239%.

Según publicó La Nación, el caso más extremo corresponde a la compra de un andador, donde se registró una diferencia del 4239% entre el monto facturado al Estado y el valor de referencia de un producto de similares características. En el rubro de sillas de ruedas, los presuntos sobreprecios alcanzaron el 2000%.

El informe sostiene que el análisis de la documentación respaldatoria permitió detectar “desvíos de precios injustificables” y posibles vínculos societarios y familiares entre proveedores involucrados en las contrataciones.

La documentación quedó incorporada a una investigación judicial en trámite vinculada a contrataciones realizadas por la Andis. En paralelo, durante las últimas semanas fueron convocados a declaración empresarios y personas relacionadas con el sector bajo investigación.

La causa que investiga un presunto fraude millonario en la Andis tiene entre sus procesados, a Diego Spagnuolo, máxima autoridad durante parte del período analizado. Consultado por el mismo diario porteño, su abogado, Mauricio D’Alessandro, señaló que el informe no le atribuye al ex director ninguna intervención en la maniobra, ni prueba tampoco conocimiento de la misma.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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