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Murió un chico de 19 años y es la víctima más joven del coronavirus en Argentina

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Un chico de 19 años murió este jueves en el partido bonaerense de José C. Paz como consecuencia del coronavirus, por lo que se convirtió en la víctima fatal más joven registrada hasta el momento en el país. El hecho ocurrió el mismo día en el que se confirmaron 648 nuevos infectados en la Argentina, la cifra más alta desde que comenzó la pandemia.

 

De acuerdo con los datos que se pudo confirmar, se trata de un paciente que ya sufría el virus de la inmunodeficiencia humana (HIV) y que cursaba una meningitis por criptococo, por lo que integraba el grupo de riesgo para el COVID-19.

El adolescente presentó los primeros síntomas compatibles con el coronavirus el domingo 10 de mayo y una semana más tarde quedó internado en un establecimiento público porque empeoró su estado de salud. En ese mismo lugar, falleció apenas cuatro días después de haber ingresado.

De esta manera, se convirtió en la persona más joven en morir como consecuencia del COVID-19 y en la segunda víctima fatal registrada en José C. Paz en las últimas 24 horas.

Según la información oficial, hasta el momento en este partido bonaerense se detectaron 53 infectados, de los cuales 11 fueron dados de alta y 8 perdieron la vida por la enfermedad. Además, todavía hay 87 casos sospechosos pertenecientes a este distrito y fueron descartados 529 posibles contagiados.

“Lamentamos comunicar en el informe diario del día de la fecha, el fallecimiento de dos vecinos por COVID19. La Municipalidad de José C. Paz expresa su apoyo a los familiares en este momento tan doloroso por el que transcurren”, manifestaron las autoridades locales en la cuenta oficial de la red social Twitter.

El Ministerio de Salud de la Nación informó este mismo jueves que durante las últimas 24 horas se registraron 13 muertes y 648 nuevos casos positivos por coronavirus en la Argentina, siendo el día con más contagios desde que comenzó a registrarse el avance de la pandemia en el país.

Con estos datos, el total de infectados en todo el territorio nacional asciende a 9.931 y las víctimas fatales suman 416. Durante la jornada del miércoles fueron tomadas 4.319 nuevas muestras y desde el inicio del brote se realizaron 116.689 pruebas de diagnóstico para esta enfermedad, lo que equivale a 2.571,6 muestras por millón de habitantes. A la fecha, el total de altas es de 3.032 personas.

De los 648 nuevos casos, 379 son de Capital Federal, 213 de la provincia de Buenos Aires, 34 de Chaco, 12 de Córdoba, 5 de Santa Fe, 3 de Río Negro, 1 de Mendoza y 1 de Tucumán. Las principales franjas etarias afectadas de los casos registrados corresponden a personas de entre 20 y 59 años, siendo la edad promedio de 39 años.

La muerte de este joven de 19 años surge, además, en un contexto en el que la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires debaten medidas de prevención para limitar la circulación de gente entre ambos distritos, principalmente en el Área Metropolitana.

Por otra parte, recientemente se supo que en el propio Ministerio de Salud de la Nación hubo cuatro casos positivos de coronavirus a lo largo de los últimos dos meses.

Los rumores, luego confirmados por Infobae, comenzaron a circular ya que hubo un vasto operativo de desinfección dentro del propio edificio ubicado sobre la avenida 9 de Julio, algo que sucede cuando se produce un contagio o existen sospechas. Y habrían comenzado a pedir DNI y a exigir el uso de barbijo a quienes ingresan.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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