Nacionales
La Corte ordenó al Gobierno recalcular los montos con índice más favorable al jubilado
BUENOS AIRES (Agencias y diarios). La Corte Suprema de Justicia ordenó hoy al Gobierno Nacional que recalcule los montos que se liquidan en concepto de jubilaciones en base a un nuevo índice, al declarar inconstitucional el sistema vigente.
El fallo, que beneficiará a 150 mil jubilados y servirá como antecedente para otros casos, contó con los votos favorables de los ministros de Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Higton de Nolasco, mientras que el presidente Carlos Rosenkratz lo hizo en contra.
De acuerdo con el pronunciamiento, las remuneraciones consideradas para el cálculo de las jubilaciones deben actualizarse por el Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), declarando inconstitucional la aplicación del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables RIPTE), que es utilizado por la Anses desde 2016 y que había sido establecido por varias resoluciones del Gobierno.
La aplicación del ISBIC para la actualización de las remuneraciones -que luego son tomadas para calcular el primer haber jubilatorio- se debe realizar sin el límite temporal de la Ley de convertibilidad 23.928 que la Anses había fijado en 1995.
La Corte, además, ordenó que el Congreso de la Nación fije, “en un plazo razonable”, el indicador para la actualización de los salarios en el período 1995-2008. Mientras tanto, estableció que esa actualización se realice por aplicación del ISBIC, el índice que tuvo mayor variación entre abril de 1995 y febrero de 2009: se incrementó un 435% contra 178% del RIPTE, un indicador conformado por los salarios promedio de los trabajadores registrados. De este modo, el criterio de la Corte deberá ser aplicado de inmediato a las causas judiciales en trámite.
Highton, en un voto concurrente con la mayoría, consideró que tanto la resolución de Anses 56/2018, como la de la Secretaría de Seguridad Social 1/2018, habían sido dictadas por dichos organismos sin tener la competencia para hacerlo. En disidencia, Rozenkrantz, consideró que la atribución de fijar el índice de actualización no es privativa del Poder Legislativo y que podía ejercerla el Poder Ejecutivo a través de la ANSeS y la Secretaría de Seguridad Social.
La decisión de la Corte sobre qué índice debe usar el Estado para actualizar las jubilaciones responde a un caso puntual, el de Lucio Orlando Blanco, quien se jubiló en el 2003. Pero podrá ser tomada como jurisprudencia para los casos iniciados antes de agosto de 2016. También podría disparar reclamos para parte de los jubilados y pensionados que ingresaron al sistema y que sus haberes fueron actualizados por el RIPTE. En cambio, no abarcará los casos de los que ya aceptaron la Reparación Histórica.
Según sostuvo semanas atrás el abogado de Blanco, Gabriel Greizerstein, su defendido se verá mucho más favorecido con la aplicación del índice ISBIC para calcular el incremento de sus haberes, ya que cobraría el 59% de su salario como trabajador activo, mientras que con el otro mecanismo pasaría a recibir el 46 por ciento.
Nacionales
El gobierno quitó subsidios a pasajes en micro para personas con discapacidad
La Secretaría de Transporte dejó sin efecto el régimen mediante el cual el Estado compensaba económicamente a las empresas de transporte automotor de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad, pacientes trasplantados, personas en lista de espera y niños, niñas y adolescentes con cáncer.
La decisión quedó formalizada a través de la resolución 28/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial de la Nación, en cuya normativa establece que “se deja sin efecto el régimen de compensaciones económicas” que regía para las compañías alcanzadas por las leyes 22.431, 26.928 y 27.674.
De este modo, el Ejecutivo encabezado por el presidente Javier Milei dio de baja un sistema vigente desde 2018, mediante el cual el Estado cubría parcialmente el costo de los boletos gratuitos que debían otorgar las empresas de transporte interjurisdiccional a los beneficiarios contemplados en esas normativas.
Sin embargo, la resolución aclara que la medida no modifica el derecho de los usuarios a acceder a pasajes gratuitos, por lo que las compañías continuarán obligadas a emitir los boletos sin cargo para los grupos alcanzados por la ley.
Más detalles
En los fundamentos, el gobierno sostuvo que el esquema perdió sentido tras la entrada en vigencia del Decreto 883/2024, que avanzó con la desregulación del transporte de larga distancia y habilitó a las empresas a definir libremente recorridos, horarios, tarifas y modalidades de servicio, bajo supervisión de la autoridad de aplicación.
En tanto, la Secretaría de Transporte argumentó que el nuevo marco regulatorio modificó las condiciones económicas y jurídicas que habían dado origen a las compensaciones estatales, al señalar que: “El derecho de los usuarios a viajar sin costo permanece plenamente vigente y exigible”.
La resolución también ratificó que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será la encargada de fiscalizar el cumplimiento de la entrega de pasajes gratuitos por parte de las empresas.
Para acceder al beneficio se necesitará DNI y la documentación correspondiente. La reserva puede hacerse de manera online o presencial en la boletería de la empresa de transporte ingresando al Sistema de Solicitud de Pasajes de la CNRT y completando los datos solicitados.
La empresa debe enviar el pasaje hasta 48 horas antes de la salida del servicio y tiene la obligación de otorgar el boleto reservado.
En caso de que el pasajero cuente con certificado de discapacidad (no CUD) debe tener el alta como persona usuaria del sistema.
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Nacionales
Aumento en Cataratas: $7.000 para misioneros y $20.000 para argentinos
El gobierno nacional, a través de la Administración de Parques Nacionales (APN) anunció un nuevo esquema tarifario que comenzará a regir a partir de junio en doce parques nacionales. El ingreso a Cataratas tendrá un valor de $7.000 para misioneros, $20.000 para argentinos y $60.000 para extranjeros, siendo este último el ticket más caro del país.
El incremento fue oficializado este viernes mediante la Resolución 132/2026 publicada en el Boletín Oficial de la Nación. En los detalles, se puede observar que la suba, en promedio, es del 86% para los argentinos, del 60% para los residentes provinciales, del 42% para los extranjeros y del 117% para estudiantes, que gozan de las tarifas más bajas.
Tras el último aumento registrado en el año 2024, a partir del 1 de junio próximo la entrada al Parque Nacional Iguazú pasará de costar $45.000 a $60.000 para extranjeros, mientras que los residentes nacionales abonarán $25.000 (cuando antes era $15.000). En tanto, los misioneros pasarán de pagar $5000 a $8000.
En cuanto al resto del país, el acceso general al Parque Nacional Los Glaciares, en Santa Cruz, pasó a costar $50.000 para los visitantes extranjeros. Esta suba representa un aumento del 66% respecto del anterior precio, que era de $45.000. En tanto, los residentes provinciales pagarán desde hoy $8000 en lugar de los $5000 que abonaban con anterioridad (60% más) y los argentinos del resto del país tienen una nueva tarifa de $25.000 (sufrieron un incremento del 66%).
En Nahuel Huapi, Los Arrayanes, Los Alerces, Lanín y Lago Puelo, la entrada general escaló de $20.000 a $35.000 para los extranjeros, lo que representa una suba del 75%. Para visitantes nacionales, en esos mismos parques, el acceso pasó de $7000 a $15.000 (+114,3%), mientras que la categoría estudiantes aumentó de $5000 a $12.000 (+140%).
En el Parque Nacional Tierra del Fuego, en cambio, el ticket para no residentes de la Argentina se mantuvo sin cambios en $40.000, aunque las demás categorías sí registraron subas: la entrada para argentinos pasó de $12.000 a $18.000 (+50%) y la estudiantil de $7000 a $12.000 (+71,4%).
Por su parte, en parques como El Palmar, Talampaya y Sierra de las Quijadas, la entrada para argentinos aumentó de $7000 a $12.000 (+71%), para extranjeros de de $20.000 a $25.000 (+25%) mientras que la tarifa para estudiantes se duplicó: pasó de $5000 a $10.000 (+100%).
Como siempre, en todos los casos, en la Argentina están exentos del pago de las tarifas los jubilados y pensionados; los niños de hasta 5 años; las visitas educativas; las personas con discapacidad; los residentes locales; las visitas protocolares; los guías y coordinadores.
Cabe recordar que a lo largo y ancho del país se encuentran distribuídos un total de 39 Parques Nacionales y 55 Áreas Protegidas Nacionales.
El Gobierno argumentó en la resolución que los incrementos generarán una “distribución más equitativa de los recursos”, de manera que el aporte de los visitantes contribuya directamente al sostenimiento y al desarrollo de esas áreas protegidas.
La norma también justifica la actualización tarifaria en la necesidad de integrar nuevas áreas al Sistema de Emisión de Tickets Electrónicos y Control de Accesos, además de actualizar categorías y requisitos para acceder a descuentos, particularmente en el caso de estudiantes.
Recorte a Parques Nacionales
El incremento se conoció luego de que el gobierno nacional, presidido por Javier Milei, modificara el presupuesto 2026 y recortara distintas partidas. Una de ellas es para los parques nacionales, cuyo recorte es de más de $2500 millones.
Para Nahuel Huapi la quita alcanza los $191 millones. El Parque Nacional Lanín perdió $157 millones; el Parque Nacional los Alerces, $70 millones; y el Parque Nacional Tierra del Fuego, $77 millones.
Por su parte, el parque Nacional Iguazú sufrió un recorte de $41 millones, mientras que la reserva federal Campo San Juan perdería $12 millones.
En todos los casos afectará al financiamiento de obras de infraestructura ecoturística y obras de prevención y combate del fuego.
Nacionales
La inflación de abril fue del 2,6% y transporte encabezó los aumentos
Este jueves, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer los datos de inflación de abril e informó que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) registró una suba del 2,6%, mientras que el acumulado de los primeros cuatro meses de 2026 alcanzó el 12,3%.
En tanto, el organismo precisó que, en la comparación interanual, la inflación se ubicó en el 32,4%.
Entre los rubros con mayores incrementos del mes se ubicaron Transporte (4,4%), impulsado principalmente por el aumento de combustibles, y Educación (4,2%).
A nivel de categorías, los precios Regulados encabezaron las subas con un 4,7%, debido a aumentos en transporte y electricidad. En contraste, las menores variaciones se registraron en Alimentos y bebidas no alcohólicas (1,5%) y Recreación y cultura (1,0%).
Además, el Indec señaló que los precios estacionales no mostraron variación, ya que las subas vinculadas al cambio de temporada en indumentaria fueron compensadas por bajas en turismo y frutas.
En el desglose por regiones, el Gran Buenos Aires registró la mayor suba mensual del país con un 2,8%, seguido por el Noreste con 2,7%. En tanto, la Patagonia se ubicó en línea con el promedio nacional, ambos con un 2,6%, mientras que el Noroeste marcó un 2,5% y la región Pampeana un 2,4%. La menor variación del IPC en abril se dio en Cuyo, donde la inflación fue del 2,1%, según los datos difundidos por el Indec.
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