Nacionales
Indemnizarán a quienes hayan sufrido efectos adversos de vacunas contra el covid
El Gobierno resolvió indemnizar a todas aquellas personas que hayan sufrido efectos adversos a cualquiera de las vacunas contra el covid aplicadas en la pandemia.
El Ministerio de Salud Pública de la Nación publicó este lunes la Resolución N° 7/2022, que lleva la firma de la ministra Carla Vizzotti, y Enrique Alberto Cossio, superintendente de Riesgos del Trabajo.
La medida establece un “procedimiento para la tramitación de reclamos indemnizatorios” para aquellos casos donde se hayan sufrido efectos adversos tras la aplicación de alguna vacuna “destinada a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19”, y se aplica en el marco del Plan Estratégico para la Vacunación contra el coronavirus, aprobado por Salud el 29 de diciembre de 2020.
“La tramitación del reclamo indemnizatorio ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, prevista en el artículo 8 de la Ley N°27.573, requerirá que el evento adverso haya sido previamente notificado a través del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino por el personal de salud que asista al presunto damnificado/a o que tome conocimiento del evento”, explica la resolución.
Detalla asimismo que “todos los estudios que demande el trámite deberán ser aportados en forma digital en el expediente administrativo a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), dentro del plazo que establezca la notificación que lo requiera, según las circunstancias del caso”.
“La realización de los mismos (los estudios) –precisa-, estará a cargo de la persona que pretenda el reconocimiento resarcitorio”.
“Al efecto de la evaluación encomendada a las Comisiones Médicas Jurisdiccionales serán de aplicación las ‘Normas para la Evaluación, Calificación y Cuantificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones’ contenidas en el Decreto N°478 de fecha 30 de abril de 1998, con exclusión de la aplicación de los ‘factores complementarios’”, agrega.
La decisión, que además crea un Fondo de Reparación Covid-19, emula un instrumento implementado en diversos países del mundo, destinado a indemnizar a quienes padecen un daño en la salud que sea consecuencia directa de la aplicación de alguna de las vacuna contra el virus.
El trámite
El procedimiento para el reclamo se completa en varios pasos disponibles en la web de Salud. La medida permite la tramitación por parte de terceros, debidamente identificados; y alcanza también a familiares de casos fatales, o que hayan derivado en incapacidad física total y permanente, del vacunado.
En estos casos extremos, el Fondo de Reparación abonará una indemnización equivalente a 240 haberes mínimos jubilatorios del SIPA, unos $5.5 millones de pesos, ya que la jubilación mínima es de unos $23.000.
Cabe recalcar que el reclamo de la indemnización prescribe a los 3 años desde que se conoció el daño provocado por la vacuna.
Los pasos a seguir pueden resumirse así:
1- Informar del supuesto evento adverso, a través del personal de salud, en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA).
2- Presentar la solicitud correspondiente ante las Comisiones Médicas mediante la plataforma de Trámites a Distancia junto al certificado del diagnóstico, DNI y el carnet de vacunación.
3- Si se aprueba la solicitud, la misma pasará a la Dirección de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles (DiCEI) del Ministerio de Salud y se procederá a verificar la notificación de este en el SISA.
4- La Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CONASEVA) determinará la relación entre la vacuna y el evento adverso denunciado.
5- En caso de que se pruebe la relación, la Comisión Médica correspondiente fijará el porcentaje de incapacidad que presenta el damnificado.
6- En base al porcentaje anteriormente mencionado, se determina el monto a indemnizar y se procede a realizar el pago.
Nacionales
Bono de $40.000 y adicionales para fuerzas federales en abril
El Gobierno nacional oficializó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para personal de seguridad y dispuso adicionales según jerarquía de las fuerzas que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.
De esta manera, mediante el Decreto 216/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso el pago de una suma fija extraordinaria que se abonará con los haberes de abril.
Según lo establecido, se otorgará en concepto de bono no remunerativo y no bonificable, por única vez, destinado a personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, incluyendo también a alumnos en formación en algunos casos.
La medida fue firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; y los ministros de Seguridad Alejandra Monteoliva; Economía Luis Caputo y Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger.
Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión apunta a “reconocer y sostener una adecuada jerarquización” de las fuerzas, en línea con las responsabilidades y funciones que desempeñan, y a mejorar su poder adquisitivo.
El decreto también contempla el pago de montos adicionales para el personal en actividad de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, PSA y el Servicio Penitenciario Federal, bajo el mismo carácter no remunerativo, que variarán según el grado del personal.
Asimismo, se facultó a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar normas complementarias para la implementación del decreto.
Nacionales
La Justicia instó al gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó la “inmediata aplicación” del financiamiento universitario y la actualización salarial docente luego de tres semanas de paro nacional universitario en las facultades públicas de todo el país, desde donde se pronunciaron en defensa de la norma aprobada por el Congreso y derogada por el presidente Javier Milei.
Por este motivo, el gobierno nacional deberá aplicar sin más dilaciones la Ley 27.795, aprobada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, la cual garantiza la actualización de gastos de funcionamiento y salarios docentes/no docentes.
De esta manera, la apelación por parte del Poder Ejecutivo Nacional fue rechazada por la Justicia e hizo hincapié que tanto Diputados como el Senado votaron a favor del proyecto por mayoría, este último con 58 votos positivos, 10 negativos y 3 abstenciones.
Asimismo, desestimó los argumentos en los que se apoyaba el gobierno para no aplicar la norma ya sancionada y exigió la recomposición salarial docente y no docente que se encuentra paralizada hace meses.
En la misma línea, la Cámara resolvió, además, que el Ejecutivo deberá poner en marcha, a la brevedad, la actualización de las becas y aseveró que la suspensión por decreto de la ley “es ilegítima”.
El mes pasado, el Gobierno Nacional apeló la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro, dictada en diciembre de 2025, luego de un amparo llevado adelante por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
Esta resolución se dio luego de tres semanas de paro nacional universitario, que afectó a la mayoría de las casas de altos estudios del país, en reclamo por recomposición salarial
Impacto en Misiones
Al igual que las demás facultades públicas presentes a lo largo y ancho del país, docentes y no docentes que prestan servicios en las distintas sedes académicas de la Universidad Nacional de Misiones (Unam) iniciaron su tercera semana de paro universitario este martes con un nuevo paro.
Se trata de quienes se encuentran nucleados en la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), Unión de Docentes Universitarios de Misiones (Udum) y la Asociación del Personal Nodocente de la Universidad Nacional de Misiones (Apunam), que a nivel nacional responden a la Conadu Histórica.
Paro universitario y almuerzo solidario en comedor de Humanidades el martes
Nacionales
Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral
La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.
La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.
Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.
La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.
El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.
Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.
Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26
El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy
-
La Voz de la Gente hace 3 díasPuerto Rico: denunció a su ex por violencia y perdió la tenencia de su hijo
-
Judiciales hace 7 díasEl hermano de Mario Golemba anunció una “inminente definición del caso”
-
Policiales hace 7 díasApartaron a funcionario provincial implicado en una causa por estafa piramidal
-
Política hace 3 díasKicillof recibió reclamo de yerbateros y organizan reunión con él en Misiones
-
Política hace 3 díasRoque Gervasoni: “Lalo Arguibel y Cristina Brítez son hijos de la Renovación”
-
Policiales hace 3 díasDos heridos graves en choque de camiones en el puente sobre arroyo Piray Guazú
-
Judiciales hace 7 díasDeclaró Thomas en la Causa Cuadernos: “Nunca delinquí”
-
Policiales hace 2 díasHallaron sin vida a una mujer en un mirador de la avenida Urquiza
