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Freno a los “providas”: Rechazan proyecto que prohibía el aborto en casos de violación

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TUCUMÁN. Tras el fuerte rechazo popular, la Legislatura tucumana en las comisiones de Familia y Derechos de la Mujer dio marcha atrás con el proyecto que buscaba prohibir los abortos aún en casos de violación, previstos en el Código Penal desde 1921.

La semana pasada legisladores de Tucumán presentaron un proyecto para prohibir todo tipo de abortos, inclusive los que contempla el fallo FAL por causales. Este lunes 12, fue rechazada por comisión la iniciativa de Marcelo Caponio debido a la gran resistencia, no sólo en Tucumán, sino en todo el país, de la mano de organizaciones feministas y de derechos humanos. El proyecto que ya había conseguido 28 diputados firmantes, pretendía “la protección integral del niño por nacer”, al tiempo que explicitaba la prohibición de “la discriminación al niño por nacer gestado por causa de violación”.

Entre otros polémicos artículos, también proponía la habilitación de una objeción de conciencia institucional, así como la posibilidad de que los profesionales de la salud pudieran denunciar a las personas gestantes que solicitaran un aborto por causa de violación, si sospechaban que estaban mintiendo. No es menor este dato si se tiene en cuenta que en Tucumán hay, al menos, 543 causas abiertas por casos de aborto, y en el 97% son las mujeres abortantes las criminalizadas, según datos aportados en el Congreso de la Nación durante las exposiciones por el Proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo. El 24% de estos casos son de abortos no punibles según publica el diario Contexto.

Lo cierto fue que ante el fuerte repudio que ayer incluyó una gran movilización convocada por la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito, la iniciativa se cayó: a la hora de emitir dictamen, los legisladores firmantes retiraron su adhesión y el proyecto fue rechazado, ya no pudiéndose tratar en labor parlamentaria. Según argumentaron en comisión, incumplía normas nacionales así como tratados internacionales con rango constitucional.

Cabe destacar que en Argentina rige el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal de un embarazo (ILE)”, vigente desde 1921 de acuerdo con el artículo 86 del Código Penal y ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “F.A.L.” de 2012. Esta normativa es de “aplicación obligatoria en todo el territorio argentino” por parte de “todas las instituciones sanitarias” públicas, privadas y de las obras sociales, y establece que el aborto no es punible en ninguna de las siguientes causales: si representa un peligro para la vida o salud de la persona embarazada o si es producto de violación. Por lo que el proyecto retrocedía en materia de derechos casi cien años.

https://www.lavozdemisiones.com/2018/11/12/tucuman-quiere-retroceder-un-siglo-legisladores-providas-intentan-que-mujeres-violadas-no-puedan-abortar/

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Bono de $40.000 y adicionales para fuerzas federales en abril

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bono fuerzas federales

El Gobierno nacional oficializó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para personal de seguridad y dispuso adicionales según jerarquía de las fuerzas que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.

De esta manera, mediante el Decreto 216/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso el pago de una suma fija extraordinaria que se abonará con los haberes de abril.  

Según lo establecido, se otorgará en concepto de bono no remunerativo y no bonificable, por única vez, destinado a personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, incluyendo también a alumnos en formación en algunos casos.

La medida fue firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; y los ministros de Seguridad Alejandra Monteoliva; Economía Luis Caputo y Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger.

Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión apunta a “reconocer y sostener una adecuada jerarquización” de las fuerzas, en línea con las responsabilidades y funciones que desempeñan, y a mejorar su poder adquisitivo.

El decreto también contempla el pago de montos adicionales para el personal en actividad de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, PSA y el Servicio Penitenciario Federal, bajo el mismo carácter no remunerativo, que variarán según el grado del personal. 

Asimismo, se facultó a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar normas complementarias para la implementación del decreto.

 

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La Justicia instó al gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

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La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó la “inmediata aplicación” del financiamiento universitario y la actualización salarial docente luego de tres semanas de paro nacional universitario en las facultades públicas de todo el país, desde donde se pronunciaron en defensa de la norma aprobada por el Congreso y derogada por el presidente Javier Milei.

Por este motivo, el gobierno nacional deberá aplicar sin más dilaciones la Ley 27.795, aprobada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, la cual garantiza la actualización de gastos de funcionamiento y salarios docentes/no docentes.

De esta manera, la apelación por parte del Poder Ejecutivo Nacional fue rechazada por la Justicia e hizo hincapié que tanto Diputados como el Senado votaron a favor del proyecto por mayoría, este último con 58 votos positivos, 10 negativos y 3 abstenciones.

Asimismo, desestimó los argumentos en los que se apoyaba el gobierno para no aplicar la norma ya sancionada y exigió la recomposición salarial docente y no docente que se encuentra paralizada hace meses.

En la misma línea, la Cámara resolvió, además, que el Ejecutivo deberá poner en marcha, a la brevedad, la actualización de las becas y aseveró que la suspensión por decreto de la ley “es ilegítima”.

El mes pasado, el Gobierno Nacional apeló la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro, dictada en diciembre de 2025, luego de un amparo llevado adelante por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).

Esta resolución se dio luego de tres semanas de paro nacional universitario, que afectó a la mayoría de las casas de altos estudios del país, en reclamo por recomposición salarial

Impacto en Misiones

Al igual que las demás facultades públicas presentes a lo largo y ancho del país, docentes y no docentes que prestan servicios en las distintas sedes académicas de la Universidad Nacional de Misiones (Unam) iniciaron su tercera semana de paro universitario este martes con un nuevo paro.

Se trata de quienes se encuentran nucleados en la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), Unión de Docentes Universitarios de Misiones (Udum) y la Asociación del Personal Nodocente de la Universidad Nacional de Misiones (Apunam), que a nivel nacional responden a la Conadu Histórica.  

Paro universitario y almuerzo solidario en comedor de Humanidades el martes

 

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Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral

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reforma laboral cautelar

La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.

La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.

Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.

La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.

El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.

Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.

Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26

El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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