Nacionales
Devolución del 21% del IVA podrá sumarse a reintegros de otros programas
Luego del anuncio de la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), comunicado ayer por el ministro de Economía, Sergio Massa, se dispararon las dudas respecto a los detalles de la medida, que comenzará a regir desde este lunes 18 de septiembre y hasta el 31 de diciembre.
Según se explicó ayer, con el programa Compre sin IVA se recibirá un reintegro del 21% en la compra de productos de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) por hasta 18.800 pesos mensuales, lo cual significa compras por hasta unos 89.500 pesos por persona.
El beneficio alcanza a 9 millones de trabajadores en relación de dependencia que ganan menos de 708.000 pesos brutos mensuales, así como a 2,7 millones de monotributistas y 440 mil empleados de casas particulares.
Asimismo, también ingresarán al programa los 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y 7 millones de jubilados y pensionados (incluyendo cajas provinciales), que ya contaban con esta ayuda.
Tope de devolución
La devolución del 21% tiene un tope de reintegro de 18.800 pesos por mes. Es decir, si el 21% de las compras realizadas en el mes supera ese techo, de todas formas el reintegro no podrá ser mayor a esa suma.
Se podrá comprar en cualquier comercio que venda productos de la canasta básica, como supermercados, almacenes, supermercados chinos, carnicerías, verdulerías y más.
Tarjetas
Se puede acceder al beneficio con cualquiera de las tarjetas de débito de todos los bancos.
Además, en el proyecto que presentó el Poder Ejecutivo para fijar el programa como ley y derecho adquirido, se está estudiando ampliar la ayuda a las tarjetas de crédito, pero para ello la Afip debe elaborar una interfaz concreta con determinados bancos para evitar que algún otro consumo entre por esta vía.
En tanto, en lo que respecta a las billeteras virtuales, aclararon que si se paga con el dinero en cuenta de la billetera digital, como Mercado Pago o Modo, no se obtendrá el reintegro. En cambio, sí se obtiene la devolución si se abona a través de la tarjeta de débito asociada a la billetera digital. De igual manera, con tarjetas de débito de bancos virtuales como Lemon Card o Ualá también se hace la devolución.
En diálogo con Radio 10, el titular de Afip, Carlos Castagneto, afirmó que no se descarta, una vez lanzado, “ir ampliándolo a otras metodologías, como las billeteras virtuales”.
Reintegro y acumulación
De acuerdo a lo informado, no se debe hacer ningún trámite para utilizar para obtener el reintegro del 21%.
La devolución se deposita 48 horas después de la compra, de forma automática y en la cuenta bancaria de la tarjeta de débito asociada.
Además, el beneficio no es excluyente, ya que se acumula a las promociones de bancos, porque es sobre lo que se paga en el ticket final. También es acumulable con otro tipo de beneficios, como los programas Ahora que rigen en Misiones.
Por ejemplo, con la devolución del 17% del Ahora Canasta, se podrá sumar hasta un 38% de descuento en la compra de alimentos.
En tanto, el programa es por beneficiario, no por grupo familiar. En una familia con un matrimonio donde uno es empleado en relación de dependencia y el otro monotributista, por ejemplo, ambos tienen el beneficio por separado.
En ese sentido, se explicó que cada persona será identificada con el Cuil o Cuit en la base de datos para llegar al límite en ese monto.
Por más que la persona cuente con más de una tarjeta de débito, el programa Compre sin IVA se aplica por beneficiario, por lo que si se posee, por ejemplo, dos tarjetas, no se contará con el doble del beneficio.
Productos
Los productos incluidos en la medida son todos aquellos que formen parte de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) del Indec. También se podrán comprar productos de higiene personal.
- Frutas (manzana, mandarina, naranja, banana, pera)
- Papa
- Batata
- Legumbres secas (lentejas, arvejas)
- Hortalizas (acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado)
- Carnes (asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado)
- Menudencias (hígado)
- Fiambres (paleta cocida, salame)
- Huevos
- Leche
- Queso (queso crema, queso cuartirolo, queso de rallar)
- Yogur
- Manteca
- Aceite
- Pan
- Galletitas de agua
- Galletitas dulces
- Arroz
- Harina de trigo
- Otras harinas (maíz)
- Fideos
- Azúcar
- Dulces (dulce de batata, mermelada, dulce de leche)
- Bebidas no alcohólicas (gaseosas, jugos concentrados, soda)
- Bebidas alcohólicas (cerveza, vino)
- Sal fina
- Condimentos (mayonesa, caldos concentrados)
- Vinagre
- Café
- Yerba
Nacionales
Tras la marcha federal, Milei vetó la ley de Financiamiento Universitario
A pesar de la multitudinaria marcha que se realizó en todo el país ayer para frenar la medida, el presidente Javier Milei vetó la Ley de Financiamiento Universitario. El Decreto 879/24 fue publicado en el Boletín Oficial de la Nación este jueves.
Con la publicación del decreto, el gobierno nacional estableció que el proyecto de ley 27.757, sancionada el 12 de septiembre, se observe en su “totalidad” y vuelva al Honorable Congreso de la Nación (HCN).
En los considerando del documento se detallan los distintos artículos de la legislación, entre los cuales se destaca las “modificaciones que impactan en el régimen jurídico de financiamiento de las Universidades Nacionales, en materia de gastos de funcionamiento y de salarios para el personal docente y no docente del Sistema Universitario Nacional”.
De esta manera, para justificar el veto total al financiamiento universitario, el gobierno libertario sostuvo que “es manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente, en tanto contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento“, al tiempo que señaló que “el artículo 38 de Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional es claro al exigir de forma expresa que toda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento”.
Además, puntualiza que el reglamento de la Cámara de Senadores, en su artículo 126, prevé que “todo proyecto que importe gastos incluirá en sus fundamentos la estimación de tales erogaciones e indicará la fuente de financiamiento, a fin de justificar la viabilidad del mismo. De no ser así, no se discutirá en las sesiones de la Cámara hasta tanto la omisión no sea subsanada, por el o los autores del mismo”.
Ahora, la legislación que preveía principalmente una recomposición salarial para el personal docente y no docente, deberá regresar a la Cámara de origen, el Senado de la Nación, donde los legisladores nacionales deberán votar por sostener el financiamiento universitario o acompañar el veto presidencial.
Con la oficialización de la medida, es la segunda vez que el presidente utiliza el mecanismo, primeramente vetó la reforma de movilidad jubilaría, para sostener el “equilibrio fiscal”.
Ayer, miles estudiantes, egresados, personal docente, no docentes de las universidades nacionales de la Argentina, así como también gremios y organizaciones sociales, salieron a las calles en todo el país para rechazar la medida del gobierno nacional y defender la educación pública, gratuita y de calidad. Sin embargo, el Ejecutivo no dio marcha atrás y concretó el veto.
Unas 5.000 personas coparon las calles de Posadas en defensa de la universidad
Nacionales
La pobreza aumentó al 52,9% en el primer semestre del gobierno de Milei
La pobreza alcanzó al 52,9% de personas en todo en el país y la indigencia saltó del 9,3% al 18,1% durante el primer semestre del 2024, según informó hoy el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
El instituto nacional dio a conocer esta tarde el informe de Incidencia de la pobreza y la indigencia en 31 aglomerados urbanos en Argentina durante el primer periodo de gobierno del presidente Javier Milei, que representa un salto en la pobreza de más de 11 puntos porcentuales con respecto al segundo semestre del 2023, que estaba en 41,7%.
Los índices de 52, 9% de pobreza y de 18,1% de indigencia implican para el universo de los 31 aglomerados urbanos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) que por debajo de la línea de pobreza (LP) se encuentren 4.319.760 hogares, donde viven 15.685.603 personas y, dentro de ese conjunto, 1.378.142 hogares estén por debajo de la línea de indigencia (LI), lo que representa 5.379.588 personas indigentes, de acuerdo al informe del Indec.
Otro punto que remarcó el instituto fue sobre los ingresos de los hogares, el cual arrojó que entre el segundo semestre del 2023 y el primer semestre del 2024 el ingreso total medio aumentó 87,8% frente a subas de 115,3% de la canasta básica alimentaria (CBA) y de 119,3% en la canasta básica total (CBT).
Respecto a los grupos etarios que afectan la pobreza y la indigencia, el Indec detalló que dos tercios (66,1%) de las personas de entre 0 a 14 años forman parte de hogares por debajo de la línea de la pobreza, mientras que el total de argentinos bajo LP para los grupos de 15 a 29 años y de 30 a 64 años es de 60,7% y de 48,6% respectivamente.
En cuanto a la población mayor de 65 años, un 29,7% de las personas en esta franja etaria se ubicó en hogares bajo la línea de pobreza.
En relación a las regiones, el instituto indicó que la mayor incidencia de la pobreza en el primer semestre de este año se observó en el Noreste (62,9%) y el Noroeste (57,0%), mientras que los menores índices se registraron en la Patagonia (49,1%) y Pampeana (49,9%).
Nacionales
Jubilados y pensionados de Anses tendrán 4,17% de aumento en octubre
Hoy lunes, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó mediante la Resolución 798/2024, publicada en el Boletín Oficial, un incremento del 4,17% en los haberes mínimos y máximos a partir de octubre para jubilados y pensionados, en línea con la inflación de agosto.
Con este incremento, el reajuste hará que el haber mínimo suba de $234.540 a $244.320 y el máximo pase de $1.578.234 a $1.644.046, ya que, el organismo previsional estableció “que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de octubre de 2024, será de $244.320,56″. Mientras que el máximo, a partir del décimo mes del año, será de $1.644.046,07.
En caso de que, como viene sucediendo los últimos meses, se confirme el otorgamiento de un bono de $70.000 a los que perciben la mínima, las jubilaciones más bajas pasarán de $304.540 a $314.320. En tanto, quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla.
En el documento oficial que lleva la firma del titular de ANSES, Mariano de los Heros, también se establecieron las bases imponibles mínima y máxima en $82.287,12 y $2.674.292,72, respectivamente, a partir del período devengado octubre de 2024.
Al mismo tiempo, el organismo determinó que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicable a partir del próximo mes, será de $111.765,50. Mientras que el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se fijó en la suma de $195.456,45. Con el bono de $70.000, la PUAM ascenderá a $265.456.
La fórmula vigente
Tras vetar la nueva fórmula jubilatoria sancionada en el Congreso, el Gobierno de Javier Milei continúa con la aplicación del esquema previsional propio, puesto en marcha en julio pasado, que estipula el ajuste mensual en base a la inflación del segundo mes previo al del haber respectivo. Además, mantendría sin actualización el bono, siendo el octavo mes que otorga $70.000 por dicho concepto.
Al aplicar el monto del bono sin variaciones, “el aumento es inferior al índice inflacionario, ya que la suba apenas superaría el 3%, dependiendo la prestación”, sostienen desde el oficialismo, en tanto, “La suba del ingreso total que se acumuló en los últimos meses es bastante más baja que el incremento de los montos sin considerar el refuerzo”.
En este sentido, la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) reveló que “el poder de compra promedio de ocho meses de 2024 registra una caída real de 26,6% respecto de igual período de 2023; en tanto, los haberes mínimos (con bonos) perdieron 16,7% interanual”.
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