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Declararon culpable al médico “provida” que se negó a realizar un aborto legal a víctima de abuso

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RÍO NEGRO. Leandro Rodríguez Lastra, el ginecólogo que se negó a practicarle un aborto no punible a una joven de 19 años, fue declarado culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Leandro Rodríguez Lastra está acusado de obstruir un aborto no punible a una joven de 19 años, víctima de violación, en 2017. Sin embargo, al menos por ahora, seguirá trabajando en el hospital de Cipolletti, pero en los próximos días se conocerá la pena, que puede ser de hasta dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.

El juicio inició el 13 de mayo pasado y tuvo tres audiencias testimoniales y una de alegatos. El propio ginecólogo abrió y cerró el debate con sus palabras, mientras que la víctima declaró como testigo en la primera audiencia y a puertas cerradas. También declararon las médicas que escucharon a la joven reclamar la ILE -Interrupción Legal del Embarazo- en el Hospital y la diputada provincial Marta Milesi, entre otros.

La víctima de abuso ingresó el 2 de abril del 2017 al hospital cipoleño, luego de haber consumido pastillas de Oxaprost y con un proceso abortivo en curso. Días antes las profesionales del hospital de Fernández Oro, habían solicitado la derivación a Cipolletti para interrumpir el embarazo, pero el acusado exigió un informe psiquiátrico, un requisito no establecido en la ley, por lo que se interpretó como una negación a la asistencia sanitaria.

Tras consumir en forma particular las pastillas, la joven fue atendida, permaneció dos meses y medio internada en Cipolletti, a la espera de la ILE que nunca llegó. Luego fue sometida a una cesárea y el bebé dado en adopción de forma inmediata. Posteriormente, sufrió un daño irreparable en su psiquis, que la llevó a cuadros graves de anorexia nerviosa e intentos de suicidio.

Según expresó la legisladora Marta Milesi, quien impulsó la denuncia, la joven estuvo retenida contra su voluntad para que pueda dar a luz al bebé.

El juez Álvaro Meynet consideró que Rodríguez Lastra “nunca tuvo la intención, siquiera, de contemplar y efectuar la práctica que le reclamaba” la víctima de abuso sexual. “En todo momento mantuvo una actitud negadora de la práctica que se le demandaba, a la cual estaba obligado. Queda de lado toda conducta negligente, es una omisión que consiste en la inobservancia de la ley”, agregó.

Además Meynet señaló que el acusado no estaba inscripto en el registro de objetores de conciencia por lo que “puede inferirse que al menos a esa fecha no tenía una postura personal pública contraria a la práctica del aborto”. También consideró un agravante que Rodríguez Lastra “en momento alguno le informó convenientemente la invocada imposibilidad de realizar la práctica”.

Hay un claro indicio de mentira pues si bien el acusado dice que le informó a la paciente, esta lo niega rotundamente. Debo recordar que en la audiencia de formulación de cargos dijo no recordar preguntarle concretamente si quería realizarse la práctica”, consideró Meynet.

Quedó claro que ningún ciudadano puede colocar sus propias creencias por encima de las normas: las leyes están para cumplirse“, resumió el fiscal Santiago Márquez Gauna, según reproduce el diario Río Negro.

El médico llegó a juicio tras ser denunciado por la diputada provincial Marta Milesi (Juntos Somos Río Negro), médica pediatra y autora de la ley 4796 que regula y controla la atención sanitaria en casos de abortos no punibles.


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Tras la marcha federal, Milei vetó la ley de Financiamiento Universitario

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Tras la marcha federal, Milei vetó la ley de Financiamiento Universitario

A pesar de la multitudinaria marcha que se realizó en todo el país ayer para frenar la medida, el presidente Javier Milei vetó la Ley de Financiamiento Universitario. El Decreto 879/24 fue publicado en el Boletín Oficial de la Nación este jueves.

Con la publicación del decreto, el gobierno nacional estableció que el proyecto de ley 27.757, sancionada el 12 de septiembre, se observe en su “totalidad” y vuelva al Honorable Congreso de la Nación (HCN).

En los considerando del documento se detallan los distintos artículos de la legislación, entre los cuales se destaca las “modificaciones que impactan en el régimen jurídico de financiamiento de las Universidades Nacionales, en materia de gastos de funcionamiento y de salarios para el personal docente y no docente del Sistema Universitario Nacional”.

De esta manera, para justificar el veto total al financiamiento universitario, el gobierno libertario sostuvo que “es manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente, en tanto contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento“, al tiempo que señaló que “el artículo 38 de Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional es claro al exigir de forma expresa que toda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento”.

Además, puntualiza que el reglamento de la Cámara de Senadores, en su artículo 126, prevé que “todo proyecto que importe gastos incluirá en sus fundamentos la estimación de tales erogaciones e indicará la fuente de financiamiento, a fin de justificar la viabilidad del mismo. De no ser así, no se discutirá en las sesiones de la Cámara hasta tanto la omisión no sea subsanada, por el o los autores del mismo”.

Ahora, la legislación que preveía principalmente una recomposición salarial para el personal docente y no docente, deberá regresar a la Cámara de origen, el Senado de la Nación, donde los legisladores nacionales deberán votar por sostener el financiamiento universitario o acompañar el veto presidencial.

Con la oficialización de la medida, es la segunda vez que el presidente utiliza el mecanismo, primeramente vetó la reforma de movilidad jubilaría, para sostener el “equilibrio fiscal”.

Ayer, miles estudiantes, egresados, personal docente, no docentes de las universidades nacionales de la Argentina, así como también gremios y organizaciones sociales, salieron a las calles en todo el país para rechazar la medida del gobierno nacional y defender la educación pública, gratuita y de calidad. Sin embargo, el Ejecutivo no dio marcha atrás y concretó el veto.

Unas 5.000 personas coparon las calles de Posadas en defensa de la universidad


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La pobreza aumentó al 52,9% en el primer semestre del gobierno de Milei

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La pobreza aumentó al 52,9% en el primer semestre del gobierno de Milei

La pobreza alcanzó al 52,9% de personas en todo en el país y la indigencia saltó del 9,3% al 18,1% durante el primer semestre del 2024, según informó hoy el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

El instituto nacional dio a conocer esta tarde el informe de Incidencia de la pobreza y la indigencia en 31 aglomerados urbanos en Argentina durante el primer periodo de gobierno del presidente Javier Milei, que representa un salto en la pobreza de más de 11 puntos porcentuales con respecto al segundo semestre del 2023, que estaba en 41,7%.

Los índices de 52, 9% de pobreza y de 18,1% de indigencia implican para el universo de los 31 aglomerados urbanos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) que por debajo de la línea de pobreza (LP) se encuentren 4.319.760 hogares, donde viven 15.685.603 personas y, dentro de ese conjunto, 1.378.142 hogares estén por debajo de la línea de indigencia (LI), lo que representa 5.379.588 personas indigentes, de acuerdo al informe del Indec.

Otro punto que remarcó el instituto fue sobre los ingresos de los hogares, el cual arrojó que entre el segundo semestre del 2023 y el primer semestre del 2024 el ingreso total medio aumentó 87,8% frente a subas de 115,3% de la canasta básica alimentaria (CBA) y de 119,3% en la canasta básica total (CBT).

Respecto a los grupos etarios que afectan la pobreza y la indigencia, el Indec detalló que dos tercios (66,1%) de las personas de entre 0 a 14 años forman parte de hogares por debajo de la línea de la pobreza, mientras que el total de argentinos bajo LP para los grupos de 15 a 29 años y de 30 a 64 años es de 60,7% y de 48,6% respectivamente.

En cuanto a la población mayor de 65 años, un 29,7% de las personas en esta franja etaria se ubicó en hogares bajo la línea de pobreza.

En relación a las regiones, el instituto indicó que la mayor incidencia de la pobreza en el primer semestre de este año se observó en el Noreste (62,9%) y el Noroeste (57,0%), mientras que los menores índices se registraron en la Patagonia (49,1%) y Pampeana (49,9%).


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Jubilados y pensionados de Anses tendrán 4,17% de aumento en octubre

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Hoy lunes, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó mediante la Resolución 798/2024, publicada en el Boletín Oficial, un incremento del 4,17% en los haberes mínimos y máximos a partir de octubre para jubilados y pensionados, en línea con la inflación de agosto.

Con este incremento, el reajuste hará que el haber mínimo suba de $234.540 a $244.320 y el máximo pase de $1.578.234 a $1.644.046, ya que, el organismo previsional estableció “que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de octubre de 2024, será de $244.320,56″. Mientras que el máximo, a partir del décimo mes del año, será de $1.644.046,07.

En caso de que, como viene sucediendo los últimos meses, se confirme el otorgamiento de un bono de $70.000 a los que perciben la mínima, las jubilaciones más bajas pasarán de $304.540 a $314.320. En tanto, quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla.

En el documento oficial que lleva la firma del titular de ANSES, Mariano de los Heros, también se establecieron las bases imponibles mínima y máxima en $82.287,12 y $2.674.292,72, respectivamente, a partir del período devengado octubre de 2024.

Al mismo tiempo, el organismo determinó que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicable a partir del próximo mes, será de $111.765,50. Mientras que el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se fijó en la suma de $195.456,45. Con el bono de $70.000, la PUAM ascenderá a $265.456.

La fórmula vigente

Tras vetar la nueva fórmula jubilatoria sancionada en el Congreso, el Gobierno de Javier Milei continúa con la aplicación del esquema previsional propio, puesto en marcha en julio pasado, que estipula el ajuste mensual en base a la inflación del segundo mes previo al del haber respectivo. Además, mantendría sin actualización el bono, siendo el octavo mes que otorga $70.000 por dicho concepto.

Al aplicar el monto del bono sin variaciones, “el aumento es inferior al índice inflacionario, ya que la suba apenas superaría el 3%, dependiendo la prestación”, sostienen desde el oficialismo, en tanto, “La suba del ingreso total que se acumuló en los últimos meses es bastante más baja que el incremento de los montos sin considerar el refuerzo”.

En este sentido, la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) reveló que “el poder de compra promedio de ocho meses de 2024 registra una caída real de 26,6% respecto de igual período de 2023; en tanto, los haberes mínimos (con bonos) perdieron 16,7% interanual”.

 


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