Nacionales
Crearon nuevo reglamento para clientes y operadores de telefonía celular
Según el portal TN, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial el Reglamento de Clientes de los Servicios de Comunicaciones Móviles, la normativa que regirá las relaciones entre los usuarios y las compañías de telefonía celular.
Según la Resolución 6 de la Secretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Comunicaciones, la normativa todavía está en evaluación. Empresas, representantes de usuarios y todo aquel interesado podrá, durante los próximos treinta días, aportar sugerencias al reglamento.
1. LOS DERECHOS
El cliente tiene derecho a ser tratado con cortesía y respeto, a celebrar contratos y rescindirlos de forma anticipada y a ejercer la portabilidad numerica de forma “segura, económica y rápid”. También debe “recibir servicios con un nivel de cobertura y de calidad no inferior a la prevista en la reglamentación pertinente”.
Las compañías de telefonía deben brindar líneas de atención gratuitas que operen las 24 horas. “En todos los casos, el cliente podrá disponer de una opción que le mpermita ser atendido en tiempo real por un operador humano”, dice el artículo 8 de la norma.
2. RECLAMO POR SMS
El reglamento habilita la posibilida de efectuar un reclamo por mensaje de texto SMS, que deberá ser precedido por la palabra RECLAMO y enviarse a un número corto asignado por el prestador.
3. INFORMACIÓN CLARA
El artículo 13 del reglamento obliga a los prestadores a “suministrar al cliente toda la información asociada a las características esenciales de los servicios que comercialicen.
4. LOS EQUIPOS
“El cliente podrá optar libremente por el uso de los equipos terminales que cumplan con las normas técnicas y de homologación vigentes”, dice el artículo 24.
5. ROBO
Las operadoras “son responsables (…) de cumplir con el Procedimiento para el Bloqueo de Terminales” en casos de robo, hurto o extravío.
6. OJO CON LO QUE FACTURAN
La factura debe incluir todos los datos correspondientes al plan contratado y los servicios consumidos. “Los prestadores no podrán facturar ni cobrar productos o servicios que no estén expresamente incluidos en el contrato o que no fueren solicitados expresa e inequívocamente con posterioridad a su celebración”, dispone el artículo 27.
7. PRECIOS LIBRES
“Todos los precios y cargos correspondientes al servicio son libres y de exclusiva responsabilidad del prestador”, indica el artículo 31. El 32 agrega que los precios”deberán ser razonables y no discriminatorios.
8. CRÉDITO VIGENTE
En los planes prepagos, la carga de crédito tendrá un plazo de vigencia no inferior a los 180 días. Los prestadores, sin embargo, podrán ofrecer promociones que impliquen una menor vigencia del crédito.
9. ROAMING
Cuando el cliente se conecte a una red ajena a la del prestador, éste debe informar “en forma gratuita e inmediata mediante el envío de un SMS los precios de los servicios” de telefonía, datos móviles y mensajería.
10. MENSAJES NO DESEADOS
“El envío de mensajes a través de redes de servicios con fines publicitarios o comerciales mediante cualquier número de acceso deberá contar con la autorización previa y expresa del cliente”, dispone el artículo 42.
11. CONTENIDOS EXTRA
El cliente deberá dar su autorización expresa para recibir contenidos y aplicaciones a través de redes móviles que no sean gratuitos. Si decide contratar estos servicios, podrá darse de baja en cualquier momento y con la misma modalidad de contratación.
12. RECLAMOS
Las telefónicas tienen plazos para resolver reclamos. Las compañías tendrán 3 días hábiles para resolver reclamos por “deficiencias e interrupción del servicio”, cinco días hábiles para tratar reclamos de facturación y diez días hábiles para el resto de los reclamos. Si el cliente considera que la resolución no lo satisfizo, podrá seguir el trámite en dependencias oficiales.
El Ente Nacional de las Comunicaciones (Enacom) recibirá reclamo de los clientes. Los usuarios podrán optar por esa vía o por el procedimiento de la Ley de Defensa del Consumidor, más largo. El Enacom, dictará un procedimiento de resolución de conflictos entre prestadores y sus clientes, que contemple la gratuidad de los actos y la informalidad a favor de los clientes”.
Nacionales
La pobreza aumentó al 52,9% en el primer semestre del gobierno de Milei
La pobreza alcanzó al 52,9% de personas en todo en el país y la indigencia saltó del 9,3% al 18,1% durante el primer semestre del 2024, según informó hoy el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
El instituto nacional dio a conocer esta tarde el informe de Incidencia de la pobreza y la indigencia en 31 aglomerados urbanos en Argentina durante el primer periodo de gobierno del presidente Javier Milei, que representa un salto en la pobreza de más de 11 puntos porcentuales con respecto al segundo semestre del 2023, que estaba en 41,7%.
Los índices de 52, 9% de pobreza y de 18,1% de indigencia implican para el universo de los 31 aglomerados urbanos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) que por debajo de la línea de pobreza (LP) se encuentren 4.319.760 hogares, donde viven 15.685.603 personas y, dentro de ese conjunto, 1.378.142 hogares estén por debajo de la línea de indigencia (LI), lo que representa 5.379.588 personas indigentes, de acuerdo al informe del Indec.
Otro punto que remarcó el instituto fue sobre los ingresos de los hogares, el cual arrojó que entre el segundo semestre del 2023 y el primer semestre del 2024 el ingreso total medio aumentó 87,8% frente a subas de 115,3% de la canasta básica alimentaria (CBA) y de 119,3% en la canasta básica total (CBT).
Respecto a los grupos etarios que afectan la pobreza y la indigencia, el Indec detalló que dos tercios (66,1%) de las personas de entre 0 a 14 años forman parte de hogares por debajo de la línea de la pobreza, mientras que el total de argentinos bajo LP para los grupos de 15 a 29 años y de 30 a 64 años es de 60,7% y de 48,6% respectivamente.
En cuanto a la población mayor de 65 años, un 29,7% de las personas en esta franja etaria se ubicó en hogares bajo la línea de pobreza.
En relación a las regiones, el instituto indicó que la mayor incidencia de la pobreza en el primer semestre de este año se observó en el Noreste (62,9%) y el Noroeste (57,0%), mientras que los menores índices se registraron en la Patagonia (49,1%) y Pampeana (49,9%).
Nacionales
Jubilados y pensionados de Anses tendrán 4,17% de aumento en octubre
Hoy lunes, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó mediante la Resolución 798/2024, publicada en el Boletín Oficial, un incremento del 4,17% en los haberes mínimos y máximos a partir de octubre para jubilados y pensionados, en línea con la inflación de agosto.
Con este incremento, el reajuste hará que el haber mínimo suba de $234.540 a $244.320 y el máximo pase de $1.578.234 a $1.644.046, ya que, el organismo previsional estableció “que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de octubre de 2024, será de $244.320,56″. Mientras que el máximo, a partir del décimo mes del año, será de $1.644.046,07.
En caso de que, como viene sucediendo los últimos meses, se confirme el otorgamiento de un bono de $70.000 a los que perciben la mínima, las jubilaciones más bajas pasarán de $304.540 a $314.320. En tanto, quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla.
En el documento oficial que lleva la firma del titular de ANSES, Mariano de los Heros, también se establecieron las bases imponibles mínima y máxima en $82.287,12 y $2.674.292,72, respectivamente, a partir del período devengado octubre de 2024.
Al mismo tiempo, el organismo determinó que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicable a partir del próximo mes, será de $111.765,50. Mientras que el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se fijó en la suma de $195.456,45. Con el bono de $70.000, la PUAM ascenderá a $265.456.
La fórmula vigente
Tras vetar la nueva fórmula jubilatoria sancionada en el Congreso, el Gobierno de Javier Milei continúa con la aplicación del esquema previsional propio, puesto en marcha en julio pasado, que estipula el ajuste mensual en base a la inflación del segundo mes previo al del haber respectivo. Además, mantendría sin actualización el bono, siendo el octavo mes que otorga $70.000 por dicho concepto.
Al aplicar el monto del bono sin variaciones, “el aumento es inferior al índice inflacionario, ya que la suba apenas superaría el 3%, dependiendo la prestación”, sostienen desde el oficialismo, en tanto, “La suba del ingreso total que se acumuló en los últimos meses es bastante más baja que el incremento de los montos sin considerar el refuerzo”.
En este sentido, la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) reveló que “el poder de compra promedio de ocho meses de 2024 registra una caída real de 26,6% respecto de igual período de 2023; en tanto, los haberes mínimos (con bonos) perdieron 16,7% interanual”.
Nacionales
El Progresar aumentó a $35.000 y la inscripción va hasta el 30 de septiembre
El gobierno nacional oficializó un incremento y una segunda instancia de inscripción a las Becas Progresar. El aumento alcanza el 75%, mientras que el plazo para solicitar el beneficio es hasta el lunes 30 de septiembre.
Sobre el anuncio, el cual fue publicado en el Boletín Oficial de la Nación, la directora de Políticas Estudiantiles de la Subsecretaría del Ministerio de Educación, Emilia Lunge, afirmó en entrevista con el programa radial Acá te lo Contamos, que la suba significa “una buena noticia para los estudiantes”, ya que pasarán de percibir $20.000 a $35.000.
Además, la funcionaria celebró el monto que se aplicó al programa debido a que “no tenía ningún aumento desde el año pasado”, al tiempo que indicó que en Misiones unos 40 mil estudiantes reciben la ayuda para finalizar sus estudios.
En cuanto a los nuevos solicitantes de la beca, el gobierno fijó el plazo de inscripción hasta el 30 de septiembre. Para ello, deben ingresar al link oficial y completar sus datos: https://www.argentina.gob.ar/educacion/progresar.
“Los aspirantes a la beca se pueden inscribir hasta los 24 años, mientras que para la carrera de enfermería no hay límite de edad para poder inscribirse, así también como para las personas con discapacidad. La beca es bastante inclusiva, tiene los requisitos, los cuales no son tan restrictivos y tiene como fin y objetivo que los chicos elijan la educación como proyecto de vida, o sea que terminen la educación obligatoria y que elijan una carrera y puedan estar estudiando”, explicó Lunge.
Otro punto al que se refirió la directora de Políticas Estudiantiles fue al test vocacional que deben realizar los estudiantes que ya están inscriptos en las becas.
“Un requisito fundamental es realizar el curso de orientación vocacional. Deben ingresar con su usuario y contraseña y hacerlo. De los 40 mil estudiantes que reciben el beneficio en Misiones, más de 18 mil estudiantes de entre 16 y 17 años tienen que hacer, sí o sí, el curso de orientación vocacional y laboral”, precisó.
En esa línea, Lunge indicó que para cumplir con el curso de orientación vocacional, los beneficiarios del programa deben ingresar a la plataforma Educar, utilizando el Cuil y una contraseña personalizada. “En la plataforma entran al área de orientación vocacional/educar.org.ar, ingresan con usuario y contraseña. Por primera vez, el usuario es el cuil y la contraseña son sus iniciales más su DNI”, sostuvo.
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