Nacionales
Cerraron por 30 días los 160 pasos fronterizos de Argentina
El cierre es para los 160 pasos fronterizos terrestres del país. El ministro justificó la decisión de restringir por las fronteras el ingreso de extranjeros que hayan estado en los últimos 12 días en áreas de circulación del virus: “Es una medida fuerte pero necesaria”, explicó el funcionario en rueda de prensa, mientras advirtió que hay ingreso de ese tipo de visitante especialmente por Mendoza y Puerto Iguazú.
BUENOS AIRES. El Gobierno Nacional prohibió por 30 días el ingreso al país de extranjeros no residentes que hayan estado en “zonas afectadas” por el coronavirus en los últimos 14 días previos a su llegada. Además confirmó 11 nuevos casos de Covid-19.
En una resolución del Ministerio de Salud, publicada este sábado por la noche en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció que el plazo de vigencia de 30 días podrá abreviarse o extenderse conforme la evolución de la situación epidemiológica.
Indica además que la Dirección Nacional de Migraciones “podrá establecer excepciones a efectos de atender circunstancias de necesidad debidamente fundadas”.
Además, las cartera sanitaria confirmó este sábado once nuevos casos de Covid-19 que se registraron en la ciudad de Buenos Aires y en las provincias de Santa Fe, Chaco y la provincia de Buenos Aires. De estos, diez registran antecedentes de viaje a zonas de riesgo y el restante corresponde con un contacto estrecho con uno de los casos confirmados.
El reporte publicado por la cartera sanitaria nacional indica que el total de casos confirmados en Argentina es de cuarenta y cinco, de los cuales dos fallecieron.
Asimismo, el funcionario remarcó que “los argentinos que regresaron desde Europa, EEUU, Corea del Sur, China e Irán y también los extranjeros que ingresaron al país desde esos destinos deben cumplir con el decreto presidencial de cuarentena por 14 días”.
“En este marco, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) está remitiendo a todas las provincias la información de personas que deben estar en cuarentena para que las autoridades competentes constaten su cumplimiento”, subrayó.
En ese sentido, el titular de la cartera de Interior aseguró que “la DNM realiza inspecciones de oficio para constatar que los extranjeros procedentes de los destinos mencionados estén cumpliendo con la cuarentena”.
El ministro de Salud, Ginés González García, afirmó, tras una recorrida por el Instituto Malbrán, que las nuevas medidas “tienen que ver con mayores controles en el ingreso de extranjeros en puntos como Mendoza o la ciudad misionera de Iguazú, donde hay alta circulación de turistas provenientes de zonas con circulación de Covid-19”.
Resolución N° 567-20
ALCANCES
ARTÍCULO 1°: Establécese la prohibición de ingreso al país por un plazo de TREINTA (30) días de las personas extranjeras no residentes que hayan transitado por “zonas afectadas” en los CATORCE (14) días previos a su llegada, en los términos del artículo 4° del Decreto N° 260/2020. El plazo de vigencia de la prohibición de ingreso al país podrá abreviarse o extenderse conforme la evolución de la situación epidemiológica.
APLICACIÓN DNM: A partir del día 14 de marzo de 2020 se establece la PROHICION de ingreso o reingreso de todos aquellos extranjeros que NO RESIDAN en la República Argentina y que hayan visitado, transitado o permanecido en los siguientes países: EEUU de Norteamérica; Corea del Sur; Japón; Irán; China y Europa (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido-queda incluido- República Checa, Rumanía y Suecia). Esto se podrá establecer a partir de la revisión del pasaporte o de la manifestación en la DDJJ de Salud o manifestación verbal del mismo, en ese caso se deberá dejar constancia de ello mediante un acta conformada por el pasajero.
ARTÍCULO 2°: La DIRECCCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, y las demás autoridades competentes en la materia, adoptarán las medidas que resulten necesarias a fin de implementar lo establecido en el artículo 1° de la presente resolución. La autoridad migratoria, podrá establecer excepciones a efectos de atender circunstancias de necesidad debidamente fundadas.
APLICACIÓN DNM: Se contempló exceptuar a los tripulantes (aéreos, terrestres o marítimos –fluviales) para no interrumpir los flujos comerciales o desabastecer las poblaciones. Asimismo se contempla la excepción de aquellos extranjeros que deban concurrir a establecimientos hospitalarios o corra riesgo su salud o integridad física.
ARTÍCULO 3°: La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL
APLICACIÓN DNM: A partir del día 14 de marzo de 2020.
Nacionales
Inflación de febrero fue de 2,9%: los mayores aumentos fueron en agua y luz
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de febrero igualó el registro del mes pasado con 2,9% y los precios acumulan un aumento de 5,9% en lo que va del año.
Según el organismo, la división con mayor incremento en febrero fue la de Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 6,8%; seguido por Alimentos y bebidas no alcohólicas con 3,3%, al igual que Bienes y servicios varios.
En contrapartida, no se registró modificaciones en la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, mientras que Bebidas alcohólicas experimentó aumentos de apenas 0,6%.
En cuanto al análisis de los aumentos por región, el índice nacional se ubicó por encima de lo registrado en Gran Buenos Aires (2,6%) y por debajo del Noereste (3,1%).
#DatoINDEC
Los precios al consumidor (#IPC) aumentaron 2,9% en febrero de 2026 con respecto a enero y 33,1% interanual https://t.co/bFx8TZTULF pic.twitter.com/ChEvJSQ4mY— INDEC Argentina (@INDECArgentina) March 12, 2026
Inflación de enero fue de 2,9% y la suba de alimentos fue del 4,7% en el mes
Nacionales
El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy
A una semana de la sanción en el Congreso de la Nación, el gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral y los cambios comienzan a regir a partir de hoy.
El Poder Ejecutivo puso en vigencia la Ley 27.802, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 137/2026, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.
La norma, compuesta por 25 capítulos, introduce cambios en las relaciones de trabajo, principalmente, en indemnizaciones, salarios, vacaciones, jornada laboral, derechos sindicales y flexibiliza las condiciones de contratación.
Sobre las indemnizaciones, la Ley reduce la base de cálculo y deja de considerar dentro de las mismas vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Quedará un tope salarial como base de remunerativa, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. De esta manera, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3%. También habilita a las Pymes el pago en cuotas.
Los salarios podrán abonarse en dinero -en moneda nacional o extranjera- o en especie, mediante provisión de habitación o alimentos. Además, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos, regionales o por empresa, y contemplarse como una retribución vinculada al mérito personal del trabajador o a su productividad.
Según la norma, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque las partes podrán acordar tomarlas fuera de ese período. También se prevé que empleador y trabajador puedan convenir el fraccionamiento de las vacaciones con una antelación no menor a 30 días, con períodos mínimos de siete días.
En relación con las horas extras y el banco de horas, el artículo 197 bis incorporado establece que el empleador y trabajadores “podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias”, el cual deberá formalizarse por escrito.
El texto señala, además, que “dicho régimen deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador”.
Asimismo, la reforma establece porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas según la actividad: los servicios esenciales deberán garantizar una cobertura del 75% y los considerados trascendentales, del 50%. Además, amplía las actividades alcanzadas y dispone que, tras una conciliación obligatoria, los sindicatos presenten con anticipación el plan de la medida de fuerza. También establece que las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador.
La nueva legislación aclara que sus disposiciones no alcanzan a empleados de la administración pública nacional o provincial, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas tecnológicas ni a contratistas regidos por el Código Civil y Comercial, salvo que una norma específica los incluya.
La Reforma Laboral es ley: senadores misioneros votaron a favor
Nacionales
Paro nacional universitario por 96 horas en reclamo de ley de financiamiento
La Conadu Histórica, convocó a un paro nacional por 96 horas, desde el lunes 16 de marzo hasta el viernes 20, en reclamo de la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso de la Nación y vetada posteriormente por el presidente Javier Milei.
Sin embargo, los docentes de la Universidad de Buenos Aires (UBA) proponen que el cese de actividades sea “por tiempo indeterminado”, hasta que se aplique la ley y se concrete el pago de un aumento del 51% adeudado por la recomposición salarial.
De todas maneras, la medida será ejecutada conjuntamente el 16, en tanto, el día 20 se concretará una nueva asamblea general para evaluar los pasos a seguir. Mientras tanto, el gobierno nacional presentó un nuevo proyecto de ley, pero el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ratificó la ley original.
En ese sentido, los universitarios plantean que la nueva maniobra oficialista busca “no acatar la Ley”, ya que “es una modificación que desconoce la deuda y nos da un aumento del 12%, en lugar del 51% adeudado y encima en tres cuotas a pagar hasta octubre de 2026”, expresó Laura Carboni, secretaria general de la Asociación Gremial Docente (AGD) de la UBA en diálogo con Noticias Argentinas.
En ese contexto, planean convocar a una marcha federal antes del tratamiento de la modificación en el Congreso.
LOS DOCENTES DE LAS UUNN VAN AL PARO DURANTE 2 SEMANAS
Anticipo de las resoluciones del Congreso de CONADU Histórica.El Congreso Extraordinario de Conadu Histórica resolvió:
(entre otras definiciones)Por mayoría de los votos de sus Congresales, PARAR LAS UNIVERSIDADES Y SUS… pic.twitter.com/c06Nk3ctFq
— ADUNS (@ADUNS_docentes) March 5, 2026
Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario
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