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Cerraron por 30 días los 160 pasos fronterizos de Argentina

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El cierre es para los 160 pasos fronterizos terrestres del país. El ministro justificó la decisión de restringir por las fronteras el ingreso de extranjeros que hayan estado en los últimos 12 días en áreas de circulación del virus: “Es una medida fuerte pero necesaria”, explicó el funcionario en rueda de prensa, mientras advirtió que hay ingreso de ese tipo de visitante especialmente por Mendoza y Puerto Iguazú.

BUENOS AIRES. El Gobierno Nacional prohibió por 30 días el ingreso al país de extranjeros no residentes que hayan estado en “zonas afectadas” por el coronavirus en los últimos 14 días previos a su llegada. Además confirmó 11 nuevos casos de Covid-19.

En una resolución del Ministerio de Salud, publicada este sábado por la noche en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció que el plazo de vigencia de 30 días podrá abreviarse o extenderse conforme la evolución de la situación epidemiológica.

Indica además que la Dirección Nacional de Migraciones “podrá establecer excepciones a efectos de atender circunstancias de necesidad debidamente fundadas”.

Además, las cartera sanitaria confirmó este sábado once nuevos casos de Covid-19 que se registraron en la ciudad de Buenos Aires y en las provincias de Santa Fe, Chaco y la provincia de Buenos Aires. De estos, diez registran antecedentes de viaje a zonas de riesgo y el restante corresponde con un contacto estrecho con uno de los casos confirmados.

El reporte publicado por la cartera sanitaria nacional indica que el total de casos confirmados en Argentina es de cuarenta y cinco, de los cuales dos fallecieron.

Asimismo, el funcionario remarcó que “los argentinos que regresaron desde Europa, EEUU, Corea del Sur, China e Irán y también los extranjeros que ingresaron al país desde esos destinos deben cumplir con el decreto presidencial de cuarentena por 14 días”.

“En este marco, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) está remitiendo a todas las provincias la información de personas que deben estar en cuarentena para que las autoridades competentes constaten su cumplimiento”, subrayó.

En ese sentido, el titular de la cartera de Interior aseguró que “la DNM realiza inspecciones de oficio para constatar que los extranjeros procedentes de los destinos mencionados estén cumpliendo con la cuarentena”.

El ministro de Salud, Ginés González García, afirmó, tras una recorrida por el Instituto Malbrán, que las nuevas medidas “tienen que ver con mayores controles en el ingreso de extranjeros en puntos como Mendoza o la ciudad misionera de Iguazú, donde hay alta circulación de turistas provenientes de zonas con circulación de Covid-19”.

Resolución N° 567-20
ALCANCES
ARTÍCULO 1°: Establécese la prohibición de ingreso al país por un plazo de TREINTA (30) días de las personas extranjeras no residentes que hayan transitado por “zonas afectadas” en los CATORCE (14) días previos a su llegada, en los términos del artículo 4° del Decreto N° 260/2020. El plazo de vigencia de la prohibición de ingreso al país podrá abreviarse o extenderse conforme la evolución de la situación epidemiológica.

APLICACIÓN DNM: A partir del día 14 de marzo de 2020 se establece la PROHICION de ingreso o reingreso de todos aquellos extranjeros que NO RESIDAN en la República Argentina y que hayan visitado, transitado o permanecido en los siguientes países: EEUU de Norteamérica; Corea del Sur; Japón; Irán; China y Europa (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido-queda incluido- República Checa, Rumanía y Suecia). Esto se podrá establecer a partir de la revisión del pasaporte o de la manifestación en la DDJJ de Salud o manifestación verbal del mismo, en ese caso se deberá dejar constancia de ello mediante un acta conformada por el pasajero.

ARTÍCULO 2°: La DIRECCCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, y las demás autoridades competentes en la materia, adoptarán las medidas que resulten necesarias a fin de implementar lo establecido en el artículo 1° de la presente resolución. La autoridad migratoria, podrá establecer excepciones a efectos de atender circunstancias de necesidad debidamente fundadas.
APLICACIÓN DNM: Se contempló exceptuar a los tripulantes (aéreos, terrestres o marítimos –fluviales) para no interrumpir los flujos comerciales o desabastecer las poblaciones. Asimismo se contempla la excepción de aquellos extranjeros que deban concurrir a establecimientos hospitalarios o corra riesgo su salud o integridad física.

ARTÍCULO 3°: La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETIN OFICIAL
APLICACIÓN DNM: A partir del día 14 de marzo de 2020.

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Autorizan la realización de “microeventos” en el Parque Nacional Iguazú

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A través de la Resolución 460/2025, publicada en el Boletín Oficial, el gobierno nacional autorizó la realización de dos “microeventos” por jornada y un máximo de 60 personas por cada festival en el Parque Nacional Iguazú.

El pedido había sido efectuado por su intendenta José María Hervás y, para respetar el medio ambiente y no provocar desmanes, las autoridades informaron que deberán respetarse ciertas condiciones, entre ellas, el límite de participantes, la frecuencia, la zonificación y el tránsito, sujetas a las Medidas de Manejo Ambiental (MMA).

A través de un escrito, la intendencia del Parque Nacional Iguazú manifestó “la necesidad operativa de agilizar el trámite de las actividades de pequeña escala que se desarrollan sistemáticamente en sectores de uso público intensivo, sin implicar modificaciones permanentes ni generar impactos ambientales relevantes”.

Luego del análisis de expertos, se permitió que el Parque Nacional pueda concretar eventos “en sectores de uso público intensivo, con una escala sustentable de participantes, bajo impacto operativo y una modalidad consolidada que requiere una dinámica de tramitación acorde a su naturaleza”.

Para el desarrollo de los festivales, se otorgará la intervención de prestadores y concesionarios habilitados, como forma de resguardar la seguridad de los participantes, y dentro de un dispositivo de control.

Las medidas

Entre las restricciones se encuentran limitaciones de carga, frecuencia y uso del espacio. Por lo que cada evento podrá contar con un máximo de 60 personas y solo podrán realizarse dos por día. A su vez, deberán ser efectuados en Áreas de Uso Público Intensivo autorizadas, y dentro del horario convencional del Parque.

En cuanto a la circulación, no podrá restringirse el tránsito general de visitantes no participantes del evento.

Respecto a la tecnología, queda prohibida la amplificación sonora eléctrica o a batería y el uso de drones, salvo autorización extraordinaria y fundada en seguridad o registro institucional.

En lo que hace a infraestructura sólo se permitirán elementos desmontables, portátiles y de bajo impacto, por lo que quedan estrictamente prohibidas las estructuras fijas, ancladas al suelo o cierres totales del área.

Finalmente, se aplicarán las medidas de Gestión Ambiental y Residuos con la modalidad “Cero-Impacto”, por lo que el organizador del evento estará obligado a la recolección de los residuos generados.

También estarán prohibidos los plásticos descartables o de un solo uso y los alimentos deben manipularse en condiciones que impidan el acceso de fauna silvestre.

Otro punto expuesto es que toda solicitud para la realización de los microeventos deberá ser presentada con una antelación mínima de cinco días hábiles administrativos previos a la fecha prevista para su realización.

“La Intendencia del Parque Nacional Iguazú será responsable de la verificación, control y fiscalización del cumplimiento de las condiciones establecidas”, remarcaron. 

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Encuentran sin vida a un soldado misionero en la Quinta de Olivos

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Un soldado del Ejército Argentino, oriundo de Misiones e identificado como Rodrigo Gómez, de 21 años, fue encontrado sin vida este martes en uno de los puestos de guardia de la Quinta Presidencial de Olivos.

“En horas de la madrugada del día de la fecha, personal que presta servicio en la Residencia Presidencial de Olivos halló sin vida a un efectivo del personal militar que cumplía funciones de seguridad en el lugar”, informó la Vocería Presidencial en su cuenta oficial de X.

“De inmediato se activaron los protocolos correspondientes y acudieron servicios médicos de emergencia, que constataron el fallecimiento”, agrega el comunicado del gobierno y señala que, por el momento, “la principal línea de investigación apunta a que se habría quitado la vida”.

“Por disposición del Juzgado Federal interviniente, a cargo de la jueza Sandra Arroyo Salgado, se dio intervención a las distintas áreas de las fuerzas federales, a fin de llevar adelante las pericias necesarias”, continúa.

“El presidente de la Nación y todo el Gobierno Nacional expresa sus condolencias y acompaña a la familia en este momento de dolor”, finaliza el parte oficial.

Según informan los medios porteños, Gómez estaba asignado al Escuadrón Chacabuco del Regimiento de Granaderos a Caballo y prestaba servicios en una de las garitas de la Residencia Presidencial.

Las publicaciones periodísticas sostienen que el joven soldado misionero se disparó en la cabeza con su arma reglamentaria, un fusil FAL que fue encontrado junto a su cadáver.

El portal de noticias Infobae consigna que el perfil crediticio de Gómez “reflejaba deudas en blanco con bancos y entidades financieras” y que “su salario dependía de la Contaduría General del Ejército”.

Tras el hallazgo, se activaron los protocolos de seguridad y se convocó a la DUOF San Isidro de la Policía Federal Argentina, que realizó la primera intervención junto a autoridades del área de Seguridad Presidencial. La autopsia se realizará en la Morgue Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

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El misionero Javier Lanari es el nuevo secretario de Comunicación de Nación

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Javier Lanari

El gobierno nacional oficializó este viernes la designación del periodista misionero Javier Lanari como nuevo titular de la Secretaría de Comunicación y Prensa, cargo en el que reemplazará a Manuel Adorni, que en contrapartida continuará ejerciendo como vocero presidencial.

El nombramiento, publicado en el Boletín Oficial a través del Decreto 871/2025, se enmarca en una reorganización del gabinete impulsada por el presidente Javier Milei para encarar su tercer año de gobierno en 2026.

Lanari, hasta ahora subsecretario en la misma cartera, asume el cargo con efecto retroactivo desde el 6 de diciembre, reemplazando directamente a Adorni, quien dejó la secretaría para concentrarse en su rol como jefe de Gabinete, desde donde continuará centralizando la comunicación pública.

La resolución que oficializa a Lanari en su nuevo puesto lleva las firmas del presidente Milei y del ministro Adorni.

El misionero Lanari defendió a Milei: “No soportan que baje la inflación”

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